Common use of MEDIDAS DE PREVENCIÓN Clause in Contracts

MEDIDAS DE PREVENCIÓN. Las Empresas adjudicatarias, asumiendo sus obligaciones en materia preventiva se comprometen: - A elaborar un plan de evaluación de riesgos que deberá estar terminado dos meses después de la firma del Convenio. - A establecer la planificación preventiva en coordinación con el Servicio de Prevención. - A consultar, informar y formar a los trabajadores en todo lo que dispone la Legislación vigente. - A controlar el cumplimiento de las medidas de prevención y el estado de salud de los trabajadores. Así, se realizará por parte de los servicios médicos una revisión médica anual, siendo el trabajador avisado con una antelación de 24 horas como mínimo. Dicha revisión es de carácter voluntario salvo las excepciones fijadas en el art. 22 de la ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales y los reconocimientos exigidos en el art. 243 de la ley general de la seguridad social. Estos reconocimientos deben consistir al menos en: - Confección de un historial médico-laboral. - Toma de datos antropométricos. - Presión arterial y pulso. - Exploración clínica dirigida en relación con el puesto de trabajo. - Control audiométrico. - Control visual. - Espirometría (en aquellos trabajos expuestos a ambientes pulvígenos) - Electrocardiograma a todo trabajador mayor de 50 años, o en aquellos casos en los que la exploración clínica ponga de manifiesto alteraciones cardiacas. - Pruebas de sangre y orina tipo estándar. - Pruebas analíticas especiales para aquellos trabajadores en caso de necesidad. El resultado de la exploración se notificará por escrito al trabajador y será de carácter estrictamente confidencial y aclaratorio entre el trabajador y el médico de Empresa. El día para realizar dicho reconocimiento será a cargo de la Empresa y nunca en el día de libranza del trabajador. Y a documentar adecuadamente todas las materias relacionadas con la actividad preventiva. Las Empresas adjudicatarias instalarán filtros en las pantallas de los ordenadores y se realizará anualmente una revisión oftalmológica específica al personal administrativo que realice sus funciones con ordenadores.

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Samples: Convenio Colectivo De r.b.u. Madrid Capital Para Los Años, Convenio Colectivo Para El Colectivo Que Presta Sus Servicios en Las Actividades De Recogida Selectiva De Papel

MEDIDAS DE PREVENCIÓN. Las Empresas adjudicatariasLa Empresa, asumiendo sus obligaciones en materia preventiva se comprometencompromete: - A elaborar un plan de la evaluación de riesgos que deberá estar terminado dos meses después de la firma fir- ma del Convenio. - A establecer la planificación preventiva en coordinación con el Servicio de Prevención. - A consultar, informar y formar a los trabajadores en todo lo que dispone la Legislación vigente. - A controlar el cumplimiento de las medidas de prevención y el estado de salud de los trabajadorestraba- jadores. Así, se realizará por parte de los servicios médicos una revisión médica anual, siendo el trabajador trabaja- dor avisado con una antelación de 24 horas como mínimo. Dicha revisión es de carácter voluntario salvo las excepciones fijadas en el art. 22 de la ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales y los reconocimientos exigidos en el art. 243 de la ley general de la seguridad social. Estos reconocimientos deben consistir al menos en: - Confección de un historial médico-laboral. - Toma de datos antropométricos. - Presión arterial y pulso. - Exploración clínica dirigida en relación con el puesto de trabajo. - Control audiométrico. - Control visual. - Espirometría — Expirometría (en aquellos trabajos expuestos a ambientes pulvígenos) - Electrocardiograma a todo trabajador mayor de 50 años, o en aquellos casos en los que la exploración clínica ponga de manifiesto alteraciones cardiacas. - Pruebas de sangre y orina tipo estándar. - Pruebas analíticas especiales para aquellos trabajadores en caso de necesidad. El resultado de la exploración se notificará por escrito al trabajador y será de carácter estrictamente estric- tamente confidencial y aclaratorio entre el trabajador y el médico de Empresa. El día para realizar dicho reconocimiento será a cargo de la Empresa y nunca en el día de libranza del trabajador. Y a documentar adecuadamente todas las materias relacionadas con la actividad preventiva. Las Empresas adjudicatarias instalarán La Empresa instalará filtros en las pantallas de los ordenadores y se realizará anualmente una revisión oftalmológica específica realizarán exámenes of- talmológicos periódicos al personal administrativo que realice sus funciones trabaje con ordenadoreslos mismos.

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Samples: Convenio Colectivo De La Empresa Cespa

MEDIDAS DE PREVENCIÓN. Las Empresas adjudicatariasLa Empresa, asumiendo sus obligaciones en materia preventiva se comprometencompromete: - A elaborar un plan de evaluación de riesgos que deberá estar terminado dos meses después de la firma del Convenio. - A establecer la planificación preventiva en coordinación con el Servicio de Prevención. - A consultar, informar y formar a los trabajadores en todo lo que dispone la Legislación vigente. - A controlar el cumplimiento de las medidas de prevención y el estado de salud de los trabajadores. Así, se • Y a documentar adecuadamente todas las materias relacionadas con la actividad preventiva. Se realizará por parte de los servicios médicos un servicio médico de empresa una revisión médica anualanual de carácter voluntario para el trabajador, siendo salvo en los supuestos contemplados en el artículo 22 de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales y en el artículo 243 y ss de la LGSS, y/o demás normas legales concordantes. Siendo el trabajador avisado con una antelación de 24 horas como mínimo. Dicha revisión es de carácter voluntario salvo las excepciones fijadas en el art. 22 de la ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales y los reconocimientos exigidos en el art. 243 de la ley general de la seguridad social. Estos reconocimientos deben consistir al menos en: - Confección de un historial médico-laboral. - Toma de datos antropométricos. - Presión arterial y pulso. - Exploración clínica dirigida en relación con el puesto de trabajo. - Control audiométrico. - Control visual. - Espirometría Expirometría (en aquellos trabajos expuestos expuesto a ambientes pulvígenos) ). - Electrocardiograma a todo trabajador mayor de 50 años, o en aquellos casos en los que la exploración clínica ponga de manifiesto alteraciones cardiacas. - Pruebas de sangre y orina tipo estándar. - Pruebas analíticas especiales para aquellos trabajadores en caso de necesidad. El resultado de la exploración se notificará por escrito al trabajador siempre que lo solicite y será de carácter estrictamente confidencial y aclaratorio entre el trabajador y el médico de la Empresa. El día para realizar dicho reconocimiento será a cargo de la Empresa y nunca en el día de libranza del trabajador. Y a documentar adecuadamente todas las materias relacionadas con la actividad preventiva. Las Empresas adjudicatarias instalarán filtros en las pantallas de los ordenadores y se La Empresa realizará anualmente una revisión oftalmológica específica exámenes oftalmológicos periódicos al personal administrativo que realice sus funciones trabaje con ordenadores.

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Samples: Convenio Colectivo De La Empresa