MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE VIDEOVIGILANCIA Cláusulas de Ejemplo

MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE VIDEOVIGILANCIA. Constituye asimismo el alcance del presente contrato el servicio de Mantenimiento de las instalaciones de video vigilancia existentes en el hospital y que se detallan el la Cláusula 3 del presente pliego, así como aquellas que con arreglo al presente contrato habrá de suministrar y gestionar para una mejor eficacia del servicio. El mantenimiento abarcará las siguientes actuaciones, que se llevarán a cabo, conforme el esquema de funcionamiento descrito en la Cláusula 3 del presente pliego.  MANTENIMIENTO PREVENTIVO El mantenimiento preventivo supone llevar a cabo aquellas actuaciones que tiendan a asegurar un estado óptimo de los equipos y sistemas de videovigilancia instalados en el hospital, incluyendo tanto las cámaras de video vigilancia, video wall, grabadoras y demás elementos que constituyen el sistema global de video vigilancia instalado. El Mantenimiento preventivo se llevará a cabo de forma programada e incluirá todas las actividades de limpieza, comprobaciones, regulaciones, chequeos, ajustes, tal y como se describe en la Cláusula 3. Formarán necesariamente parte de dichas actuaciones aquellas expresamente recomendadas por el fabricante.  MANTENIMIENTO CORRECTIVO El mantenimiento correctivo supone la ejecución de un servicio integral de reparaciones correctivas teniendo en cuenta el origen de las averías o daños de las instalaciones conforme a lo previsto en la cláusula 3 del presente pliego y el carácter rutinario, urgente o de emergencias de éstas, sobre las instalaciones objeto del contrato. Este servicio incluye un servicio de asistencia y asesoramiento técnicos y de gestión inmediata. GISPASA, con CIF X00000000 e inscrita en el Registro Mercantil xx Xxxxxxxx al Tomo 3225, Libro 0, Folio 000, Xxxx XX-00000, inscrip. 1 Este mantenimiento será realizado sobre la totalidad de las instalaciones y equipos y sistemas instalados y sus componentes, realizándose sobre los mismos todo tipo de actuaciones tendentes a su reparación y puesta en servicio en los plazos más exiguos posibles. Las actuaciones de mantenimiento correctivo serán asumidas por el adjudicatario, con independencia de que el origen de las mismas hubiera podido ser previo al inicio de su actividad en el centro. Merecen tratamiento especial, que se desarrolla en la cláusula 3.2 del presente pliego, aquellas actuaciones de mantenimiento correctivo que puedan suponer la Sustitución de equipos obsoletos o la ampliación de los asistentes, para estos casos la xxxxxxxx xx xxxxxx en lo que r...
MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE VIDEOVIGILANCIA. Se describen a continuación las prescripciones técnicas mínimas particulares de que conforman el Servicio de Mantenimiento del Sistema de videovigilancia del HVAB. En cualquier caso, el nivel de servicio requerido será análogo, con cumplimiento de los protocolos, procedimientos, actividades y frecuencias especificados por los fabricantes y con exigencia al adjudicatario de las prescripciones recogidas en el presente pliego. El Adjudicatario deberá entregar, en el primer mes de contrato un plan general de mantenimiento de las instalaciones de videovigilancia que incorporará a su vez los planes de mantenimiento preventivo conforme a lo dispuesto en la presente cláusula. Este plan, que tomará como base el ofertado, y será aprobado por GISPASA/HVAB y recogerá el alcance (número de elementos y tareas a realizar sobre el mismo) y frecuencias sobre un mismo elemento.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.