LICITACIÓN DESIERTA Cláusulas de Ejemplo

LICITACIÓN DESIERTA. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el pliego (Art. 151.3 TRLCSP).
LICITACIÓN DESIERTA. La Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, declarará desierta la licitación cuando a su juicio las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos de ésta convocatoria a la licitación, sus precios de insumos no fueren aceptables, cuando ninguna persona adquiera las bases, o cuando no se reciba alguna proposición en el acto de presentación y apertura de proposiciones.
LICITACIÓN DESIERTA. “LA CONVOCANTE” procederá a declarar desierta la licitación cuando:
LICITACIÓN DESIERTA. 2. Partida Desierta.
LICITACIÓN DESIERTA. El SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO, declarará desierta la invitación a licitación cuando la totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos solicitados en la invitación o los precios de sus insumos no fueren aceptables.
LICITACIÓN DESIERTA. La Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Estado xx Xxxxxxxx Roo, declarará desierta la licitación cuando a su juicio la totalidad de las proposiciones presentadas por los licitantes no reúnan los requisitos de esta convocatoria a la licitación o sus precios de insumos no fueren aceptables; cuando ninguna persona obtenga la convocatoria, o cuando no se reciba alguna proposición en el acto de presentación y apertura de proposiciones, señalándose en el fallo las causas que lo motivaron. Se considera que los precios de los insumos contenidos en las proposiciones no son aceptables cuando se propongan importes que sean notoriamente superiores a los que se desprendan de la investigación xx xxxxxxx que se realice para la presupuestación de los trabajos, o bien, no siendo notoriamente superiores, rebasen el presupuesto elaborado de manera previa por parte de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Estado xx Xxxxxxxx Roo y no sea factible pagarlos.
LICITACIÓN DESIERTA. Se declarará desierta la licitación, cuando:  La totalidad de las proposiciones presentadas no reúna los requisitos solicitados, o los precios ofertados no resulten aceptables, de conformidad con el artículo 38 de la Ley.
LICITACIÓN DESIERTA. I.- SE PROCEDERÁ A DECLARAR LA LICITACIÓN DESIERTA EN LOS SIGUIENTES CASOS: SI NO SE PRESENTEN PROPOSICIONES EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA. CUANDO NINGUNA DE LAS PROPUESTAS PRESENTADAS CUBRAN LOS REQUISITOS SOLICITADOS EN LA CONVOCATORIA. CUANDO LOS PRECIOS DE LAS PROPUESTAS PRESENTADAS NO FUEREN ACEPTABLES PARA EL “IPN”, CONFORME A LA INVESTIGACIÓN DE PRECIOS REALIZADA O AL PREPUESTO ASIGNADO A LAS PARTIDAS. CUANDO SE DECLARE DESIERTA UNA LICITACIÓN O ALGUNA PARTIDA Y PERSISTA LA NECESIDAD DE CONTRATAR CON EL CARÁCTER Y REQUISITOS SOLICITADOS EN LA LICITACIÓN, LA DEPENDENCIA O ENTIDAD PODRÁ EMITIR UNA SEGUNDA CONVOCATORIA, O BIEN OPTAR POR EL SUPUESTO DE EXCEPCIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 41 FRACCIÓN VII DE ESTA “LEY”. CUANDO LOS REQUISITOS O EL CARÁCTER SEA MODIFICADO CON RESPECTO A LA PRIMERA CONVOCATORIA, SE DEBERÁ CONVOCAR A UN NUEVO PROCEDIMIENTO EN TERMINOS DEL ARTÍCULO 38 PARRAFO TERCERO DE LA “LEY”.
LICITACIÓN DESIERTA. Se declarará desierta la licitación, cuando: ❒ Cuando vencido el plazo de venta de las bases de licitación, ningún interesado las adquiera o no se presenten proposiciones en el acto de presentación y apertura, de conformidad con el artículo 47 del Reglamento. ❒ Ninguna de las ofertas presentadas reúna los requisitos de las bases de licitación, o sus precios no fueren aceptables, de conformidad con el artículo 38 de la Ley. ❒ Cuando no se hayan vendido bases.