Common use of Jornada laboral Clause in Contracts

Jornada laboral. 1. Durante la vigencia del convenio colectivo, la jornada ordinaria máxima de trabajo efectivo, en cómputo anual, será de 1.800 horas anuales, sin perjuicio, en todo caso, de las jornadas actualmente pactadas más favorables para las personas. Su distribución semanal podrá pactarse con la Representación Legal de los Trabajadores en la empresa teniendo en cuenta que, en ningún caso, se podrán realizar más de nueve horas ordinarias diarias de trabajo efectivo. De acuerdo con lo establecido en el artículo 37.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, ninguna fiesta laboral será recuperable.

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Samples: www.scayle.es, www.boe.es, fesibac.org

Jornada laboral. 1. Durante la vigencia del convenio colectivo, la jornada ordinaria máxima de trabajo efectivo, en cómputo anual, será de 1.800 horas anuales, sin perjuicio, en todo caso, de las jornadas actualmente pactadas más favorables para las personas. Su distribución semanal podrá pactarse con la Representación Legal de los Trabajadores las Personas Trabajadoras en la empresa teniendo en cuenta que, en ningún caso, se podrán realizar más de nueve horas ordinarias diarias de trabajo efectivo. De acuerdo con lo establecido en el artículo 37.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, ninguna fiesta laboral será recuperable.

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Samples: www.boe.es

Jornada laboral. 1. Durante la vigencia del convenio colectivo, la La jornada ordinaria máxima de trabajo efectivo, en cómputo anual, será de 1.800 horas anuales, sin perjuicio, en todo caso, de las jornadas actualmente pactadas más favorables para las personasmil ochocientas (1.800) horas. Su La distribución semanal de la jornada ordinaria anual podrá pactarse con la Representación Legal los representantes de los Trabajadores trabajadores en la empresa empresa, teniendo en cuenta que, en ningún caso, se podrán realizar más de nueve horas ordinarias diarias de trabajo efectivo. De acuerdo con lo establecido en el artículo 37.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, ninguna fiesta laboral será recuperable.

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Samples: www.ccoo-servicios.es

Jornada laboral. 1. Durante la vigencia A partir del convenio colectivo1 de enero de 2.011, la jornada ordinaria máxima de trabajo efectivo, en cómputo anual, será de 1.800 horas anuales, sin perjuicio, en todo caso, de las jornadas actualmente pactadas más favorables para las personasmil ochocientas (1.800) horas. Su La distribución semanal de la jornada ordinaria anual podrá pactarse con la Representación Legal los representantes de los Trabajadores trabajadores en la empresa empresa, teniendo en cuenta que, en ningún caso, se podrán realizar más de nueve horas ordinarias diarias de trabajo efectivo. De acuerdo con lo establecido en el artículo 37.2 del texto refundido Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, ninguna fiesta laboral será recuperable.

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Samples: navarra.ugt.org

Jornada laboral. 1. Durante la vigencia A partir del convenio colectivo, la jornada ordinaria 0 xx xxxxx xx 0000 xx xxxxxxx xxxxxxxxx máxima de trabajo efectivo, en cómputo anual, será de 1.800 horas anuales, sin perjuicio, en todo caso, de las jornadas actualmente pactadas más favorables para las personasmil ochocientas (1.800) horas. Su La distribución semanal de la jornada ordinaria anual podrá pactarse con la Representación Legal los representantes de los Trabajadores trabajadores en la empresa empresa, teniendo en cuenta que, en ningún caso, se podrán realizar más de nueve horas ordinarias diarias de trabajo efectivo. De acuerdo con lo establecido en el artículo 37.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, ninguna fiesta laboral será recuperable.

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Samples: fius.us.es