Common use of Integración de la solvencia con medios externos Clause in Contracts

Integración de la solvencia con medios externos. Cuando se recurra a la solvencia y medios de otras empresas de conformidad con el artículo 75 LCSP, cada una de ellas deberán presentar la declaración responsable debidamente cumplimentada y firmada, cuyo modelo consiste en el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) (xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx). En este caso, se deberá cumplimentar las secciones A y B de la parte II, la parte III y la parte VI. Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en las partes IV y V por cada una de las entidades de que se trate. Además, los licitadores afectados deberán presentar la siguiente documentación: Aquellos licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsable, conforme al modelo fijado en el Anexo sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres El Órgano de Contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación, en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones. Asimismo, los licitadores harán constar que cumplen con los requisitos establecidos en la normativa vigente en materia laboral y social, así como que, en aquellos casos en los que corresponda, cumple con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativos a la elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad. El Órgano de Contratación podrá hacer uso de las facultades de comprobación que tenga atribuidas en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones.

Appears in 5 contracts

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Contratacion Del Servicio De Electrónica De Red, Red Privada De Datos Para Conexión Entre Sedes, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Contratacion Del Suministro De Tickets Restaurante, Modelo De Proposición Económica

Integración de la solvencia con medios externos. Cuando se recurra En el supuesto de que los licitadores recurran a la solvencia y medios de otras empresas de conformidad con el artículo 75 LCSP, cada una de ellas deberán presentar la declaración responsable debidamente cumplimentada y firmadaademás, cuyo modelo consiste en el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) (xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx). En este caso, se deberá cumplimentar las secciones A y B de la parte II, la parte III y la parte VI. Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en las partes IV y V por cada una de las entidades de que se trate. Además, los licitadores afectados deberán presentar la siguiente documentación: Aquellos licitadores que tengan El licitador deberá presentar un número compromiso por escrito de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsabledichas entidades, conforme al modelo fijado establecido en el Anexo VII al pliego, siempre que no se hubiese aportado conforme a lo señalado en el 140.3 LCSP, del que se derive que durante toda la duración de la ejecución del contrato, ponen a disposición del licitador la solvencia y medios a los que se compromete. La empresa o empresas a las que recurre el licitador deberán presentar la documentación de los apartados 1, 2, 6 y, si procede 3, 4, 5 y, en su caso, 7 anteriores. El órgano o la mesa de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el cumplimiento buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. El órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, en los términos establecidos en el artículo 150.3 LCSP. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013artículo 147.2 LCSP, el empate entre varias ofertas tras la aplicación de 29 los criterios de noviembreadjudicación del contrato se resolverá mediante la aplicación por orden de los siguientes criterios sociales, por referidos al momento de finalizar el que se aprueba el Texto Refundido plazo de la Ley General presentación de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento ofertas: Mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento en situación de exclusión social en la plantilla de cada una de las obligaciones establecidas empresas, primando en caso de igualdad, el mayor número de trabajadores fijos con discapacidad en plantilla, o el mayor número de personas trabajadoras en inclusión en la normativa vigente plantilla. Menor porcentaje de contratos temporales en materia laboral, social y la plantilla de igualdad efectiva entre cada una de las empresas. Mayor porcentaje de mujeres y hombres empleadas en la plantilla de cada una de las empresas. El Órgano de Contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobaciónsorteo, en relación con el cumplimiento caso de las citadas obligacionesque la aplicación de los anteriores criterios no hubiera dado lugar a desempate. Asimismo, A efectos de aplicación de estos criterios los licitadores harán constar que cumplen con los requisitos establecidos en la normativa vigente en materia laboral y social, así como quedeberán acreditarlos, en aquellos casos en su caso, mediante los que corresponda, cumple con lo establecido en los apartados 2 correspondientes contratos de trabajo y 3 del artículo 45 documentos de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativos cotización a la elaboración Seguridad Social y aplicación de un Plan de Igualdad. El Órgano de Contratación podrá hacer uso de las facultades de comprobación cualquier otro documento admitido en derecho que tenga atribuidas en relación con el cumplimiento de las citadas obligacionesacredite los criterios sociales anteriormente referidos.

Appears in 3 contracts

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De “Servicios De Las Actuaciones Musicales Y Servicios Varios De Las Fiestas De San Félix De 2019, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Servicios De Musica a Adjudicar Por Procedimiento Abierto, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Servicios De Colonias Urbanas Udalekuak a Adjudicar Por Procedimiento Abierto

Integración de la solvencia con medios externos. Cuando se recurra En el supuesto de que las empresas licitadoras recurran a la solvencia y medios de otras empresas de conformidad con el artículo 75 LCSP, cada una de ellas deberán presentar la declaración responsable debidamente cumplimentada y firmadaademás, cuyo modelo consiste en el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) (xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx). En este caso, se deberá cumplimentar las secciones A y B de la parte II, la parte III y la parte VI. Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en las partes IV y V por cada una de las entidades de que se trate. Además, los licitadores afectados deberán presentar la siguiente documentación: Aquellos licitadores que tengan El licitador deberá presentar un número compromiso por escrito de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsabledichas entidades, conforme al modelo fijado establecido en el Anexo anexo V al pliego, siempre que no se hubiese aportado conforme a lo señalado en el 140.3 LCSP, del que se derive que durante toda la duración de la ejecución del contrato, ponen a disposición del licitador la solvencia y medios a los que se compromete. La empresa o empresas a las que recurre el licitador deberán presentar la documentación de los apartados 1, 2, 5 y, si procede 3, 4 y, en su caso, 6 anteriores. El órgano o la mesa de contratación podrá pedir a las empresas licitadoras que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el cumplimiento buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3% del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, sin perjuicio de lo establecido en la letra a) del apartado 2 del artículo 71 LCSP, relativo a las prohibiciones de contratar. En el supuesto señalado en el párrafo anterior, se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. El órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, en los términos establecidos en el artículo 150.3 LCSP. La resolución de adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los candidatos y licitadores, debiendo ser publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013artículo 147.2 LCSP, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de empate entre varias ofertas tras la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres El Órgano de Contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación, en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones. Asimismo, los licitadores harán constar que cumplen con los requisitos establecidos en la normativa vigente en materia laboral y social, así como que, en aquellos casos en los que corresponda, cumple con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativos a la elaboración y aplicación de un Plan los criterios de Igualdad. El Órgano adjudicación del contrato se resolverá mediante la aplicación por orden de Contratación podrá hacer uso los siguientes criterios sociales, referidos al momento de las facultades finalizar el plazo de comprobación que tenga atribuidas en relación con el cumplimiento presentación de las citadas obligaciones.ofertas:

Appears in 2 contracts

Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Contratación Del Servicio De Conservación Y Mantenimiento De Los Jardines, Parques Y Zonas Verdes Del Municipio De Sondika, Sujeto a Regulación Armonizada, Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Contratación Del Servicio De Conservación Y Mantenimiento De Los Jardines, Parques Y Zonas Verdes Del Municipio De Sondika, Sujeto a Regulación Armonizada

Integración de la solvencia con medios externos. Cuando se recurra En el supuesto de que los licitadores recurran a la solvencia y medios de otras empresas de conformidad con el artículo 75 LCSP, cada una de ellas deberán presentar la declaración responsable debidamente cumplimentada y firmadaademás, cuyo modelo consiste en el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) (xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx). En este caso, se deberá cumplimentar las secciones A y B de la parte II, la parte III y la parte VI. Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en las partes IV y V por cada una de las entidades de que se trate. Además, los licitadores afectados deberán presentar la siguiente documentación: Aquellos licitadores que tengan El licitador deberá presentar un número compromiso de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsabledichas entidades, conforme al modelo fijado establecido en el Anexo VII al pliego, siempre que no se hubiese aportado conforme a lo señalado en el 140.3 LCSP, del que se derive que durante toda la duración de la ejecución del contrato, ponen a disposición del licitador la solvencia y medios a los que se compromete. La empresa o empresas a las que recurre el licitador deberán presentar la documentación de los apartados 1, 2, 6 y, si procede 3, 4, 5 y, en su caso, 7 anteriores. El órgano o la mesa de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el cumplimiento buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. El órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, en los términos establecidos en el artículo 150.3 LCSP. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013artículo 147.2 LCSP, el empate entre varias ofertas tras la aplicación de 29 los criterios de noviembreadjudicación del contrato se resolverá mediante la aplicación por orden de los siguientes criterios sociales, por referidos al momento de finalizar el que se aprueba el Texto Refundido plazo de la Ley General presentación de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento ofertas: Mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento en situación de exclusión social en la plantilla de cada una de las obligaciones establecidas empresas, primando en caso de igualdad, el mayor número de trabajadores fijos con discapacidad en plantilla, o el mayor número de personas trabajadoras en inclusión en la normativa vigente plantilla. Menor porcentaje de contratos temporales en materia laboral, social y la plantilla de igualdad efectiva entre cada una de las empresas. Mayor porcentaje de mujeres y hombres empleadas en la plantilla de cada una de las empresas. El Órgano de Contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobaciónsorteo, en relación con el cumplimiento caso de las citadas obligacionesque la aplicación de los anteriores criterios no hubiera dado lugar a desempate. Asimismo, A efectos de aplicación de estos criterios los licitadores harán constar que cumplen con los requisitos establecidos en la normativa vigente en materia laboral y social, así como quedeberán acreditarlos, en aquellos casos en su caso, mediante los que corresponda, cumple con lo establecido en los apartados 2 correspondientes contratos de trabajo y 3 del artículo 45 documentos de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativos cotización a la elaboración Seguridad Social y aplicación de un Plan de Igualdad. El Órgano de Contratación podrá hacer uso de las facultades de comprobación cualquier otro documento admitido en derecho que tenga atribuidas en relación con el cumplimiento de las citadas obligacionesacredite los criterios sociales anteriormente referidos.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Servicios De

Integración de la solvencia con medios externos. Cuando se recurra En el supuesto de que los licitadores recurran a la solvencia y medios de otras empresas de conformidad con el artículo 75 LCSP, cada una de ellas deberán presentar la declaración responsable debidamente cumplimentada y firmadaademás, cuyo modelo consiste en el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) (xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx). En este caso, se deberá cumplimentar las secciones A y B de la parte II, la parte III y la parte VI. Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en las partes IV y V por cada una de las entidades de que se trate. Además, los licitadores afectados deberán presentar la siguiente documentación: Aquellos licitadores que tengan El licitador deberá presentar un número compromiso por escrito de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsabledichas entidades, conforme al modelo fijado establecido en el Anexo sobre VI al pliego, siempre que no se hubiese aportado conforme a lo señalado en el cumplimiento 140.3 LCSP, del que se derive que durante toda la duración de la ejecución del contrato, ponen a disposición del licitador la solvencia y medios a los que se compromete. La empresa o empresas a las que recurre el licitador deberán presentar la documentación de los apartados 1, 2, 6 y, si procede 3, 4, 5 y, en su caso, 6 anteriores. De conformidad con lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, relativo al derecho a no aportar documentos al procedimiento, la documentación requerida en los puntos 1º y 5º, podrá no aportarse. Respecto a las copias simples de poderes notariales deberá facilitarse el código seguro de verificación del documento (CSV código alfanumérico de 24 caracteres) que permita su consulta. En caso que quiera ejercer derecho de oposición a la consulta, se puede realizar a través de la sede electrónica del Principado xx Xxxxxxxx accediendo a xxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx y siguiendo las instrucciones marcadas en la ficha del procedimiento. Si ejerce el derecho de oposición, deberá aportar todos los datos y documentos requeridos en ésta cláusula xxx xxxxxx. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013artículo 147.2 LCSP, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de empate entre varias ofertas tras la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres El Órgano de Contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación, en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones. Asimismo, los licitadores harán constar que cumplen con los requisitos establecidos en la normativa vigente en materia laboral y social, así como que, en aquellos casos en los que corresponda, cumple con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativos a la elaboración y aplicación de un Plan los criterios de Igualdad. El Órgano adjudicación del contrato se resolverá mediante la aplicación por orden de Contratación podrá hacer uso los siguientes criterios sociales, referidos al momento de las facultades finalizar el plazo de comprobación que tenga atribuidas en relación con el cumplimiento presentación de las citadas obligaciones.ofertas:

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Servicios Informáticos De Implantación en El Puesto De Trabajo De Una Solución De Virtualización

Integración de la solvencia con medios externos. Cuando se recurra a la solvencia y medios de otras empresas de conformidad con el artículo 75 LCSP, cada una de ellas deberán presentar la declaración responsable debidamente cumplimentada y firmada, cuyo modelo consiste en el Documento Europeo Único documento europeo único de Contratación contratación (DEUC), aprobado a través del Reglamento (UE) en 2016/7, de 5 de enero (xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxxxxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx- databases/espd). En este caso, se deberá cumplimentar las secciones A y B de la parte II, la parte III y la parte VI. Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en las partes IV y V por cada una de las entidades de que se trate. Además, los licitadores afectados deberán presentar la siguiente documentación: Aquellos Declaración responsable conforme al modelo del Anexo VI relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aquellos licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsable, conforme al modelo fijado en el Anexo VI sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres El Órgano de Contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación, en relación con el cumplimiento de las citadas obligacionessocial. Asimismo, los licitadores harán constar que cumplen con los requisitos establecidos en la normativa vigente en materia laboral y social, así como que, en aquellos casos en los que corresponda, cumple con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativos a la elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad. El Órgano de Contratación podrá hacer uso de las facultades de comprobación que tenga atribuidas en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Jurídicas Particulares Del Contrato De Servicio De Consultoría Y Asistencia

Integración de la solvencia con medios externos. Cuando se recurra a la Los licitadores podrán complementar su solvencia y con medios de otras empresas de conformidad que no estén incursas en prohibición para contratar con el sector público. Se requiere para ello la acreditación de la efectiva disposición de esos medios, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con esas otras empresas. En el caso de la solvencia técnica, deberá demostrar tal disposición mediante un compromiso escrito de dichas entidades; si se acude a medios externos para acreditar la solvencia económica y financiera, el compromiso deberá reflejar expresamente la responsabilidad solidaria de ambas empresas en los riesgos derivados de la ejecución del contrato (artículo 75 LCSP, cada una de ellas ). Estas mismas exigencias se deberán presentar la declaración responsable debidamente cumplimentada y firmada, cuyo modelo consiste acreditar en el Documento Europeo Único supuesto de Contratación (DEUC) (xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx)personas jurídicas pertenecientes a un grupo de sociedades y se pretenda acreditar la valoración de su solvencia económica, financiera y técnica mediante los recursos de las sociedades pertenecientes al grupo. Se podrá exigir no obstante que determinados trabajos hayan de ser ejecutados directamente por el propio licitador o, en caso de concurrencia en unión temporal de empresas, por un integrante de la misma, en atención a la naturaleza especial de dichos trabajos. En este caso, se deberá cumplimentar las secciones A y B de la parte II, la parte III y la parte VI. Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en las partes IV y V por cada una de las entidades apartado H.2 del CCP del contrato de que se trate, se recogerán de manera detallada los trabajos en cuestión. AdemásComprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, los licitadores afectados deberán presentar la siguiente documentación: Aquellos licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas si así se exige en el Real Decreto 364/2005CCP del contrato (apartado I). El incumplimiento de este compromiso será considerado incumplimiento contractual muy grave (cláusula 55.C). Esta exigencia no podrá superar el siguiente personal en la dirección de la ejecución del contrato, de 8 xx xxxxx, por el salvo que se regula motive adecuadamente: Contratos de importe inferior a 1.000.000€: Un Jefe de obra con una titulación de grado medio en disciplinas relacionadas directamente con el cumplimiento alternativo tipo de obra de que se trate, como responsable del contrato, con carácter excepcional una experiencia superior a 3 años en la ejecución de contratos similares al que es objeto de licitación. Contratos de importe superior a 1.000.000€: Un Jefe de la cuota obra con una titulación de reserva grado superior en disciplinas relacionadas directamente con el tipo de obra de que se trate, como responsable del contrato, y un capataz, ambos con una experiencia superior a favor 3 años en la ejecución de contratos similares al que es objeto de licitación. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los trabajadores con discapacidad. A estos efectosapartados anteriores, los licitadores deberán aportar declaración responsable, conforme al modelo fijado concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el Anexo sobre el cumplimiento momento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres El Órgano de Contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación, en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones. Asimismo, los licitadores harán constar que cumplen con los requisitos establecidos en la normativa vigente en materia laboral y social, así como que, en aquellos casos en los que corresponda, cumple con lo establecido en los apartados 2 y 3 perfección del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativos a la elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad. El Órgano de Contratación podrá hacer uso de las facultades de comprobación que tenga atribuidas en relación con el cumplimiento de las citadas obligacionescontrato.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Acceso a Datos Por Cuenta De Terceros

Integración de la solvencia con medios externos. Cuando se recurra Para la verificación del siguiente código podrá conectarse a la siguiente direcciónhttp://www- 0.xxxxxxxxxx.xx/XxxxxxxxxxxxXxxx/XxxxxxXXXX.xxx?xxxxxxXxxxxxxxxxxx=XX00000x00x0x00x Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras empresas entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 LCSP, podrán recurrir a las capacidades ajenas a la unión temporal. Por tanto, los licitadores podrán acreditar los requisitos específicos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional recogidos en el apartado 11 del Anexo I basándose en la solvencia y medios de otras entidades. La falta o insuficiencia de la clasificación no podrá suplirse mediante la integración de la solvencia con medios externos. De conformidad con el artículo 75 75.1 LCSP, cada una con respecto a los criterios relativos a los títulos de ellas deberán presentar la declaración responsable debidamente cumplimentada estudios y firmada, cuyo modelo consiste profesionales que se indican en el Documento Europeo Único de Contratación (DEUCartículo 90.1 e) (xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx). En este caso, se deberá cumplimentar las secciones A y B de la parte II, la parte III y la parte VI. Siempre que resulte pertinente en lo que respecta o a la capacidad o SERVICIOS: ABIERTO SIN LOTES experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en las partes IV y V por cada una de las otras entidades si éstas van a prestar los servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. Código de que se trate. Además, verificación : PY11496d66d5f73e En los licitadores afectados deberán presentar la siguiente documentación: Aquellos licitadores que tengan un número contratos de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005servicios, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo acuerdo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsable, conforme al modelo fijado en el Anexo sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013artículo 75.4 LCSP, los poderes adjudicadores podrán exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de 29 una oferta presentada por una unión de noviembreempresarios, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas participante en la normativa vigente misma, siempre que así se haya previsto en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres El Órgano de Contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación, el pliego. Dicha posibilidad se encuentra regulada en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones. Asimismo, los licitadores harán constar que cumplen con los requisitos establecidos en la normativa vigente en materia laboral y social, así como que, en aquellos casos en los que corresponda, cumple con lo establecido en los apartados 2 y 3 apartado 25 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativos a la elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad. El Órgano de Contratación podrá hacer uso de las facultades de comprobación que tenga atribuidas en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones.Anexo I.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Servicios Denominado “Organización Y Desarrollo De Las Actividades Culturales, Formativas

Integración de la solvencia con medios externos. Cuando se recurra En el supuesto de que los licitadores recurran a la solvencia y medios de otras empresas de conformidad con el artículo 75 LCSP, cada una de ellas deberán presentar la declaración responsable debidamente cumplimentada y firmadaademás, cuyo modelo consiste en el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) (xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx). En este caso, se deberá cumplimentar las secciones A y B de la parte II, la parte III y la parte VI. Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en las partes IV y V por cada una de las entidades de que se trate. Además, los licitadores afectados deberán presentar la siguiente documentación: Aquellos licitadores que tengan El licitador deberá presentar un número compromiso de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsabledichas entidades, conforme al modelo fijado establecido en el Anexo VII al pliego, siempre que no se hubiese aportado conforme a lo señalado en el 140.3 LCSP, del que se derive que durante toda la duración de la ejecución del acuerdo marco y sus contratos basados, ponen a disposición del licitador la solvencia y medios a los que se compromete. La empresa o empresas a las que recurre el licitador deberán presentar la documentación de los apartados 1, 2, 6 y, si procede 3, 4, 5 y, en su caso, 7 anteriores. El órgano o la mesa de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el cumplimiento buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el acuerdo marco. El órgano de contratación adjudicará el acuerdo marco dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, en los términos establecidos en el artículo 150.3 LCSP. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013artículo 147.2 LCSP y siempre que el número de empresas participantes en el acuerdo marco se haya fijado en un número máximo, el empate entre varias ofertas tras la aplicación de 29 los criterios de noviembreadjudicación del acuerdo marco se resolverá mediante la aplicación por orden de los siguientes criterios sociales, por referidos al momento de finalizar el que se aprueba el Texto Refundido plazo de la Ley General presentación de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento ofertas: Mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento en situación de exclusión social en la plantilla de cada una de las obligaciones establecidas empresas, primando en caso de igualdad, el mayor número de trabajadores fijos con discapacidad en plantilla, o el mayor número de personas trabajadoras en inclusión en la normativa vigente plantilla. Menor porcentaje de contratos temporales en materia laboral, social y la plantilla de igualdad efectiva entre cada una de las empresas. Mayor porcentaje de mujeres y hombres empleadas en la plantilla de cada una de las empresas. El Órgano de Contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobaciónsorteo, en relación con el cumplimiento caso de las citadas obligacionesque la aplicación de los anteriores criterios no hubiera dado lugar a desempate. Asimismo, A efectos de aplicación de estos criterios los licitadores harán constar que cumplen con los requisitos establecidos en la normativa vigente en materia laboral y social, así como quedeberán acreditarlos, en aquellos casos en su caso, mediante los que corresponda, cumple con lo establecido en los apartados 2 correspondientes contratos de trabajo y 3 del artículo 45 documentos de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativos cotización a la elaboración Seguridad Social y aplicación de un Plan de Igualdad. El Órgano de Contratación podrá hacer uso de las facultades de comprobación cualquier otro documento admitido en derecho que tenga atribuidas en relación con el cumplimiento de las citadas obligacionesacredite los criterios sociales anteriormente referidos.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Acuerdo Marco De Las Obras De

Integración de la solvencia con medios externos. Cuando se recurra a Para acreditar la solvencia necesaria, la empresa podrá basarse en la solvencia y medios de otras empresas entidades, independientemente de conformidad la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios. Declaración relativa a la parte del contrato que la empresa licitadora tenga previsto subcontratar. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 75 LCSP63 del TRLCSP, cuando en la carátula del presente pliego se contemple la posibilidad de subcontratación, las empresas licitadoras deberán indicar en todo caso si tienen o no previsto subcontratar parte del contrato, señalando su importe o el porcentaje máximo que representa, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de las empresas subcontratadas a las que se vaya a encomendar su realización. Documentos y datos de las empresa licitadoras de carácter confidencial. Tal como prevé el artículo 140 del TRLCSP, las empresas licitadoras tendrán que indicar, si es el caso, mediante una declaración complementaria qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Esta circunstancia deberá además reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento señalado como tal. Los documentos y datos presentados por las empresas licitadoras pueden ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceras partes pueda ser contraria a sus intereses comerciales legítimos, perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector o bien estén comprendidas en las prohibiciones establecidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal. De no aportarse esta declaración podrá considerarse, en función de sus características, que todos o alguno de los documentos o datos presentados carecen de dicho carácter confidencial. Cuando la proposición se formule por una unión temporal de empresas, cada una de ellas deberán presentar las que la declaración responsable debidamente cumplimentada componen deberá acreditar su capacidad y firmadasu solvencia –clasificación, cuyo modelo consiste en el Documento Europeo Único su caso - como empresa contratista de Contratación (DEUC) (xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx)servicios. En este tal caso, se deberá cumplimentar acumularán, según proceda, bien las secciones A y B características acreditadas para cada integrante de la parte IImisma bien las clasificaciones individuales de quienes integran la U.T.E., a efectos de poder acreditar la solvencia/ clasificación global exigida en el presente pliego. Asimismo, deberá presentarse un documento firmado por las y los representantes legales de todas ellas en el que se indique los nombres y circunstancias de las empresas que la suscriban, que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas caso de resultar adjudicatarias, la parte III y la parte VI. Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en las partes IV y V por participación de cada una de ellas en la misma, así como designarse la persona que durante la vigencia del contrato habrá de ostentar la plena representación de todas ellas frente a la administración. Para los casos en que sea exigible la clasificación y concurran en la unión temporal empresas nacionales, extranjeras que no sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y extranjeras que sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea, las entidades de que pertenezcan a los dos primeros grupos deberán acreditar su clasificación, y éstas últimas su solvencia económica y financiera, técnica o profesional. Declaración en la que se tratehaga constar que la empresa licitadora no se encuentra en ninguno de los supuestos de vinculación de empresas, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio y, en el caso de empresas del mismo grupo que concurran a una misma licitación, relación de las empresas que formando parte del grupo de empresas del que forme parte la licitadora, presentan proposiciones individuales a la adjudicación del contrato. AdemásTal declaración deberá ajustarse al modelo que figura como ANEXO V del presente pliego. Para las empresas extranjeras, la declaración de someterse a la jurisdicción de los licitadores afectados Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder a la empresa licitadora. Las empresas extranjeras no comunitarias, además, deberán presentar la siguiente documentación: Aquellos licitadores acreditar que tengan un número tienen abierta sucursal en España, con designación de personas apoderadas o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil. La documentación que presenten estas empresas estará traducida de forma oficial al castellano o al euskera de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 23 del RGLCAP. Las empresas de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el personas trabajadoras deberán aportar la documentación acreditativa del cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva de puestos de trabajo a favor de los trabajadores personas con discapacidad. A estos efectosdiscapacidad igual o superior al 33%, los licitadores deberán aportar declaración responsable, conforme al modelo fijado en el Anexo sobre el o complementaria o subsidiaria­mente del cumplimiento de las medidas que alternativamente puedan adoptarse, de acuerdo con lo dispuesto previsto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido texto refundido de la Ley General de derechos Derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social relativa al cumplimiento social, así como en la correspondiente normativa de desarrollo. A tales efectos se aportará un certificado de la obligación empresa en que conste tanto el número global de contar con un dos por ciento personas trabajadoras de trabajadores plantilla como el número particular de personas trabajadoras con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente misma, o en materia laboral, social y el caso de igualdad efectiva entre mujeres y hombres El Órgano de Contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación, en relación con haberse optado por el cumplimiento de las citadas obligacionesmedidas alternativas legalmente previstas, una copia de la declaración de excepcionalidad y una declaración del licitador con las concretas medidas a tal efecto aplicadas. Asimismo, los licitadores harán constar Toda esta documentación recogida en el sobre Nº 1 se presentará en original o copias que cumplen con los requisitos establecidos tengan carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la normativa vigente materia. Aquellas empresas licitadoras que se encuentren inscritas en materia laboral el Registro de Contratistas regulado por el Decreto 12/1998, de 3 de febrero, sobre Registro Oficial de Contratistas e implantación de la clasificación y socialdesarrollado por Orden de 4 de febrero de 1998, así como quepor la que se establecen las normas de funcionamiento del Registro Oficial de Contratistas, podrán presentar original o copia compulsada del certificado expedido por personal letrado responsable del registro en sustitución de la documentación requerida en el apartado a) y, en aquellos casos en los que correspondasu caso, cumple d) También podrá sustituirse la documentación antedicha mediante la presentación de un certificado comunitario de clasificación o mediante la presentación de un certificado acreditativo de la capacidad de contratar expedido por el Servicio de Intervención y Auditoría de la Diputación Xxxxx de Gipuzkoa, de conformidad con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007el Decreto Xxxxx 24/2001, de 22 13 xx xxxxx, por el que se establece el procedimiento de la acreditación de la capacidad para contratar con la Diputación Xxxxx de Gipuzkoa. Cuando la acreditación de las circunstancias mencionadas en las letras a) o d) del apartado 1 anterior se realice mediante cualquiera de las certificaciones allí referidas, deberá acompañarse por la empresa licitadora –conforme al ANEXO IV una declaración responsable en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. En el sobre nº 2 se incluirá: En la MEMORIA o estudio de ejecución de los trabajos en la que se explique y justifique la forma en que se pretenden realizar los mismos. En este apartado se considerarán los siguientes aspectos de la oferta: Descripción del planteamiento global de ejecución de los trabajos objeto del contrato (máximo 30 hojas DIN A4 por ambas caras, tamaño de letra mínimo 10). Reconstrucción de xxxx xx xxxxx Refuerzo de muros Reposición xx xxxxx Recalces y rejunteos Obras de drenaje Elementos de contención Afirmado Señalización y balizamiento Gestión de residuos Seguridad y salud Justificación de los rendimientos asociados a las actuaciones objeto del contrato con los medios humanos y materiales ofertados (máximo 20 hojas DIN A4 por ambas caras, tamaño de letra mínimo 10). Reconstrucción de xxxx xx xxxxx Refuerzo de muros Reposición xx xxxxx Recalces y rejunteos Obras de drenaje Elementos de contención Afirmado Señalización y balizamiento Detección de las principales dificultades para la igualdad efectiva realización de mujeres las actuaciones incluidas en el apartado 2.2 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas (máximo 5 hojas DIN A4 por ambas caras, tamaño de letra mínima 10). Sólo se valorarán las propuestas que se consideren viables y hombrespara las que se indique de forma explícita que su coste se considera incluido en la oferta económica realizada. (máximo 15 hojas DIN A4 por ambas caras, relativos tamaño de letra mínimo 10) Plan ambiental del servicio que incluya identificación de impactos, medidas correctoras y plan de vigilancia ambiental. Medidas encaminadas a minimizar el consumo de recursos naturales como materias primas, combustibles y agua. Medidas encaminadas a minimizar la generación de residuos peligrosos y no peligrosos, así como su reutilización o reciclabilidad. Medidas encaminadas a la elaboración reducción de emisiones de gases de efecto invernadero ( CO2) Medidas encaminadas a la reducción de emisiones contaminantes (óxidos de nitrógeno y aplicación de un Plan de Igualdad. El Órgano de Contratación podrá hacer uso de las facultades de comprobación que tenga atribuidas en relación con el cumplimiento de las citadas obligacionespartículas finas).

Appears in 1 contract

Samples: www5.gipuzkoa.net

Integración de la solvencia con medios externos. Cuando se recurra a la solvencia y medios de otras empresas de conformidad con el artículo 75 LCSP, cada una de ellas deberán deberá presentar la declaración responsable debidamente cumplimentada y firmada, cuyo modelo consiste en el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) (xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx). En este caso, se deberá cumplimentar las secciones A y B de la parte II, la parte III y la parte VI. Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en las partes IV y V por cada una de las entidades de que se trate. Además, los licitadores afectados deberán presentar la siguiente documentación: Aquellos licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsable, conforme al modelo fijado en el Anexo sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres El Órgano de Contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación, en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones. Asimismo, los licitadores harán constar que cumplen con los requisitos establecidos en la normativa vigente en materia laboral y social, así como que, en aquellos casos en los que corresponda, cumple con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativos a la elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad. El Órgano de Contratación podrá hacer uso de las facultades de comprobación que tenga atribuidas en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Contratación Del Servicio De Mantenimiento Preventivo Y Correctivo De Aparatos Elevadores Que Gestiona La Empresa Municipal De Servicios Funerarios Y Cementerios

Integración de la solvencia con medios externos. Cuando se recurra a la solvencia y medios de otras empresas de conformidad con el artículo 75 LCSP, cada una de ellas deberán deberá presentar la declaración responsable debidamente cumplimentada y firmada, cuyo modelo consiste en el Documento Europeo Único documento europeo único de Contratación contratación (DEUC), aprobado a través del Reglamento (UE) (xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx)nº 2016/7, de 5 de enero. En este caso, se deberá cumplimentar las secciones A y B de la parte II, la parte III y la parte VI. Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en las partes IV y V por cada una de las entidades de que se trate. Además, los licitadores afectados deberán presentar la siguiente documentación: Aquellos licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas La inscripción en el Real Decreto 364/2005Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (ROLECE), acreditará frente a todos los órganos de 8 xx xxxxxcontratación del sector público, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsable, conforme al modelo fijado en el Anexo sobre el cumplimiento tenor de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de 29 aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de noviembreobrar, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad representación, habilitación profesional o empresarial y de su inclusión social relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres El Órgano de Contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobaciónclasificación, en relación con el cumplimiento caso de las citadas obligaciones. Asimismo, los licitadores harán constar que cumplen con los requisitos establecidos en la normativa vigente en materia laboral y socialser exigida, así como quela concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo. La prueba del contenido de los Registros Oficiales de Licitadores y Empresas Clasificadas se efectuará mediante certificación del órgano encargado del mismo, en aquellos casos en que podrá expedirse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. Se acompañará de una declaración responsable del licitador de la vigencia de los datos que corresponda, cumple sirvieron para su obtención. De acuerdo con lo establecido en los apartados 2 y 3 del el artículo 45 53.1.d) de la Ley Orgánica 3/200739/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el caso de 22 xx xxxxxque la documentación administrativa que se exige en el presente pliego, para esté ya en poder del CV07, por haber sido presentada en otros expedientes de contratación, bastará indicar en el sobre de documentación administrativa este extremo, indicando en el expediente en que se incluyen tales documentos, con expresa declaración de vigencia y validez de la igualdad efectiva de mujeres y hombresreferida documentación. No obstante, relativos a la elaboración y aplicación vista de un Plan la documentación referida por el CV07 se podrá requerir en todo momento al licitador, a fin de Igualdadque complete o subsane aquella que por sus características, deba ser original o actualizada a fecha vigente. El Órgano En todo caso, el órgano de Contratación contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá hacer uso recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de las facultades la propuesta de comprobación adjudicación, que tenga atribuidas en relación con el los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las citadas obligacionescondiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato. Así mismo, los licitadores, presentarán, en su caso, una declaración a incluir en cada sobre, designando qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales, tal como se indica en el artículo 133 de la LCSP. Los documentos y datos presentados pueden ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceras personas pueda ser contraria a sus intereses comerciales legítimos, perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector o bien estén comprendidas en las prohibiciones establecidas en la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal. De no aportarse esta declaración se considerará que ningún documento o dato posee dicho carácter. El modelo de declaración se incluye en el anejo nº 7.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Habrá De Regir La Contratación

Integración de la solvencia con medios externos. Cuando se recurra En el supuesto de que los licitadores recurran a la solvencia y medios de otras empresas de conformidad con el artículo 75 LCSP, cada una de ellas deberán presentar la declaración responsable debidamente cumplimentada y firmadapresentar, cuyo modelo consiste en el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) (xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx). En este casoademás, se deberá cumplimentar las secciones A y B de la parte II, la parte III y la parte VI. Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en las partes IV y V por cada una de las entidades de que se trate. Además, los licitadores afectados deberán presentar la siguiente documentación: Aquellos licitadores El licitador deberá presentar un compromiso por escrito de dichas entidades, siempre que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados no se hubiese aportado conforme a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas lo señalado en el Real Decreto 364/2005140.3 LCSP, del que se derive que durante toda la duración de la ejecución del contrato, ponen a disposición del licitador la solvencia y medios a los que se compromete. Una vez comprobada que la documentación requerida al licitador que presentó la mejor oferta es correcta, la Comisión de Contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes. El acuerdo de adjudicación se deberá adoptar en el plazo máximo de dos meses desde la fecha de apertura de las proposiciones presentadas, el citado plazo se ampliará en quince días hábiles cuando se hubiere identificado una o varias ofertas incursas en presunción de anormalidad. Transcurrido dicho plazo sin que la Cámara hubiese dictado acuerdo, los candidatos que lo deseen podrán retirar sus ofertas. La resolución de adjudicación, que será motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y se publicará en el Perfil del Contratante de la página Web de la Cámara de España. La notificación se hará por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, la notificación podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 8 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas , sin perjuicio de que el plazo para considerar rechazada la notificación será xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo xxxx días naturales de conformidad con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsable, conforme al modelo fijado en el Anexo sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido artículo 43 de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres El Órgano de Contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación, en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones. Asimismo, los licitadores harán constar que cumplen con los requisitos establecidos en la normativa vigente en materia laboral y social, así como que, en aquellos casos en los que corresponda, cumple con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativos a la elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad. El Órgano de Contratación podrá hacer uso de las facultades de comprobación que tenga atribuidas en relación con el cumplimiento de las citadas obligacionescitada Ley.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Particulares

Integración de la solvencia con medios externos. Cuando se recurra a 1. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e), o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si éstas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. 2. Cuando una empresa desee recurrir a las capacidades de otras entidades, demostrará al poder adjudicador que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades. El compromiso a que se refiere el párrafo anterior se presentará por el licitador que hubiera presentado la mejor oferta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 LCSP145, cada una previo requerimiento cumplimentado de ellas deberán presentar la declaración responsable debidamente cumplimentada y firmada, cuyo modelo consiste conformidad con lo dispuesto en el Documento Europeo Único apartado 2 del artículo 150, sin perjuicio de Contratación (DEUC) (xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx)lo establecido en el apartado 3 del artículo 140. En este caso, se deberá cumplimentar 3. Cuando una empresa recurra a las secciones A y B capacidades de la parte II, la parte III y la parte VI. Siempre que resulte pertinente otras entidades en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en las partes IV y V por cada una de las entidades de que se trate. Además, los licitadores afectados deberán presentar la siguiente documentación: Aquellos licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsable, conforme al modelo fijado en el Anexo sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres El Órgano de Contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación, en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones. Asimismo, los licitadores harán constar que cumplen con los requisitos establecidos en la normativa vigente en materia laboral y social, así como que, en aquellos casos en los que corresponda, cumple con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, criterios relativos a la elaboración solvencia económica y aplicación financiera, el poder adjudicador podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. 4. En el caso de los contratos de obras, los contratos de servicios, o los servicios o trabajos de colocación o instalación en el contexto de un Plan contrato de Igualdadsuministro, los poderes adjudicadores podrán exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. El Órgano de Contratación podrá hacer uso de las facultades de comprobación que tenga atribuidas en relación con el cumplimiento de las citadas obligacionesArtículo 64.

Appears in 1 contract

Samples: www.corposuperior.es

Integración de la solvencia con medios externos. Cuando se recurra En el supuesto de que los licitadores recurran a la solvencia y medios de otras empresas de conformidad con el artículo 75 LCSP, cada una de ellas deberán presentar la declaración responsable debidamente cumplimentada y firmadaademás, cuyo modelo consiste en el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) (xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx). En este caso, se deberá cumplimentar las secciones A y B de la parte II, la parte III y la parte VI. Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en las partes IV y V por cada una de las entidades de que se trate. Además, los licitadores afectados deberán presentar la siguiente documentación: Aquellos licitadores que tengan El licitador deberá presentar un número compromiso por escrito de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsabledichas entidades, conforme al modelo fijado establecido en el Anexo sobre XI al pliego, siempre que no se hubiese aportado conforme a lo señalado en el cumplimiento 140.3 LCSP, del que se derive que durante toda la duración de la ejecución del contrato, ponen a disposición del licitador la solvencia y medios a los que se compromete. De conformidad con lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, relativo al derecho a no Respecto a las copias simples de poderes notariales deberá facilitarse el código seguro de verificación del documento (CSV código alfanumérico de 24 caracteres) que permita su consulta. En caso que quiera ejercer derecho de oposición a la consulta, se puede realizar a través de la sede electrónica del Principado xx Xxxxxxxx accediendo a xxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx y siguiendo las instrucciones marcadas en la ficha del procedimiento. Si ejerce el derecho de oposición, deberá aportar todos los datos y documentos requeridos en ésta cláusula xxx xxxxxx. La propuesta de adjudicación del contrato no crea derecho alguno en favor del licitador propuesto, que no los adquirirá, frente a la Administración, mientras no se haya formalizado el contrato. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013artículo 152 LCSP, la decisión de 29 de noviembre, no adjudicar o celebrar el contrato o el desistimiento del procedimiento podrán acordarse por el que se aprueba el Texto Refundido órgano de contratación antes de la Ley General formalización. Sólo podrá adoptarse la decisión de derechos no adjudicar o celebrar el contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente. El desistimiento del procedimiento deberá estar fundado en una infracción no subsanable de las personas con discapacidad y normas de su inclusión social relativa al cumplimiento preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, debiendo justificarse en el expediente la concurrencia de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres El Órgano de Contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación, en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones. Asimismo, los licitadores harán constar que cumplen con los requisitos establecidos en la normativa vigente en materia laboral y social, así como que, en aquellos casos en los que corresponda, cumple con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativos a la elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad. El Órgano de Contratación podrá hacer uso de las facultades de comprobación que tenga atribuidas en relación con el cumplimiento de las citadas obligacionescausa.

Appears in 1 contract

Samples: Modelo De Pliego De Cláusulas Administrativas Para Contratos De Servicios Informáticos Relativos Al Análisis, Diseño, Construcción E Implantación De Sistemas De Información Y/O Mantenimiento Evolutivo De Los Mismos

Integración de la solvencia con medios externos. Cuando se recurra a Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras empresas entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios, y se actuará en estos casos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 de la LCSP. 12/11/2018 13:19:31 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) 07dd3257-aa03-dc37-147509119204 Xxxxxx, asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el artículo 75 LCSP, cada una de ellas deberán presentar la declaración responsable debidamente cumplimentada y firmada, cuyo modelo consiste en el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) (xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx). En este caso, se deberá cumplimentar las secciones A y B 69 de la parte IILCSP. Cada uno de los empresarios que componen la agrupación, deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la parte III participación de cada uno de ellos y la parte VI. Siempre que resulte pertinente en lo que respecta persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la capacidad o capacidades específicas Administración y que asumen el compromiso de constituirse en que se base Unión Temporal de Empresas, según dispone el operador económico, se consignará artículo 69.3 de la información exigida en las partes IV y V LCSP. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las entidades empresas componentes de la Unión. (Anexo IV). Los empresarios que se trate. Ademásestén interesados en formar las uniones temporales de empresas que cita el mencionado artículo 69, los licitadores afectados deberán presentar la siguiente documentación: Aquellos licitadores que tengan un número podrán darse de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas alta en el Real Decreto 364/2005Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que especificará esta circunstancia, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsable, conforme al modelo fijado y si ya estuviera inscritos en el Anexo sobre el cumplimiento de lo dispuesto mismo, únicamente deberá comunicarle a éste su interés en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos sentido indicado. La duración de las personas Uniones Temporales de Empresarios deberá ser coincidente con discapacidad la del contrato y hasta la extinción de su inclusión social relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres El Órgano de Contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación, en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones. Asimismo, los licitadores harán constar que cumplen con los requisitos establecidos en la normativa vigente en materia laboral y social, así éste como que, en aquellos casos en los que corresponda, cumple con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativos a la elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad. El Órgano de Contratación podrá hacer uso de las facultades de comprobación que tenga atribuidas en relación con el cumplimiento de las citadas obligacionesmínimo.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Del Contrato De Servicios

Integración de la solvencia con medios externos. Cuando se recurra a Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras empresas entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios, y se actuará en estos casos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 de la LCSP. Firmante: XXXXXX XXXXXXXX, XXXXXXXXX XXXXXX Xxxxxx, asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el artículo 75 LCSP, cada una de ellas deberán presentar la declaración responsable debidamente cumplimentada y firmada, cuyo modelo consiste en el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) (xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx). En este caso, se deberá cumplimentar las secciones A y B 69 de la parte IILCSP. Cada uno de los empresarios que componen la agrupación, deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la parte III participación de cada uno de ellos y la parte VI. Siempre que resulte pertinente en lo que respecta persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la capacidad o capacidades específicas Administración y que asumen el compromiso de constituirse en que se base Unión Temporal de Empresas, según dispone el operador económico, se consignará artículo 69.3 de la información exigida en las partes IV y V LCSP. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las entidades de que se trate. Además, los licitadores afectados deberán presentar la siguiente documentación: Aquellos licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional empresas componentes de la cuota Unión. Esta es una copia auténtica imprimible de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectosun documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, los licitadores deberán aportar declaración responsable, conforme al modelo fijado en el Anexo sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido según artículo 27.3.c) de la Ley General 39/2015. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de derechos verificación (CSV) d32b186a-aa04-ff43-426038883288 A los efectos de las personas con discapacidad valorar y apreciar la concurrencia del requisito de su inclusión social relativa al cumplimiento clasificación, respecto de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas los empresarios que concurran agrupados en el caso del artículo 69, se atenderá, en la normativa vigente forma que reglamentariamente se determine, a las características acumuladas de cada uno de ellos, expresadas en materia laboralsus respectivas clasificaciones. En todo caso, social y será necesario para proceder a esta acumulación que todas las empresas hayan obtenido previamente la clasificación como empresa de igualdad efectiva entre mujeres y hombres El Órgano de Contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobaciónobras, en relación con el cumplimiento contrato al que opten, sin perjuicio de lo establecido para los empresarios extranjeros nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo en el apartado 5 del artículo 69 LCSP. 17/04/2018 12:33:34 Los empresarios que estén interesados en formar las uniones temporales de empresas que cita el mencionado artículo 69, podrán darse de alta en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que especificará esta circunstancia, y si ya estuviera inscritos en el mismo, únicamente deberá comunicarle a éste su interés en el sentido indicado. La duración de las citadas obligaciones. Asimismo, los licitadores harán constar que cumplen Uniones Temporales de Empresarios deberá ser coincidente con los requisitos establecidos en la normativa vigente en materia laboral del contrato y social, así hasta la extinción de éste como que, en aquellos casos en los que corresponda, cumple con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativos a la elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad. El Órgano de Contratación podrá hacer uso de las facultades de comprobación que tenga atribuidas en relación con el cumplimiento de las citadas obligacionesmínimo.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Suministro Mediante Procedimiento Abierto

Integración de la solvencia con medios externos. Cuando se recurra a la solvencia y medios de otras empresas de conformidad con el artículo 75 LCSP, cada una de ellas deberán deberá presentar la declaración responsable debidamente cumplimentada y firmada, cuyo modelo consiste en el Documento Europeo Único documento europeo único de Contratación contratación (DEUC), aprobado a través del Reglamento (UE) (xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx)nº 2016/7, de 5 de enero. En este caso, se deberá cumplimentar las secciones A y B de la parte II, la parte III y la parte VI. Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en las partes IV y V por cada una de las entidades de que se trate. Además, los licitadores afectados Además deberán presentar la siguiente documentación: Aquellos licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsable, conforme al modelo fijado en el Anexo sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social Declaración responsable relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento 2% de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres El Órgano hombres. La inscripción en el Registro Oficial de Contratación podrá hacer uso Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (ROLECE), acreditará frente a todos los órganos de sus facultades contratación del sector público, a tenor de comprobaciónlo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial y clasificación, en relación con el cumplimiento caso de las citadas obligaciones. Asimismo, los licitadores harán constar que cumplen con los requisitos establecidos en la normativa vigente en materia laboral y socialser exigida, así como quela concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo. La prueba del contenido de los Registros Oficiales de Licitadores y Empresas Clasificadas se efectuará mediante certificación del órgano encargado del mismo, en aquellos casos en que podrá expedirse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. Se acompañará de una declaración responsable del licitador de la vigencia de los datos que corresponda, cumple sirvieron para su obtención. De acuerdo con lo establecido en los apartados 2 y 3 del el artículo 45 53.1.d) de la Ley Orgánica 3/200735/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el caso de 22 xx xxxxxque la documentación administrativa que se exige en el presente pliego, para esté ya en poder del CV07, por haber sido presentada en otros expedientes de contratación, bastará indicar en el sobre de documentación administrativa este extremo, indicando en el expediente en que se incluyen tales documentos, con expresa declaración de vigencia y validez de la igualdad efectiva de mujeres y hombresreferida documentación. No obstante, relativos a la elaboración vista de la documentación referida por el CV07 se podrá requerir en todo momento al licitador, a fin de que complete o subsane aquella que por sus características, deba ser original o actualizada a fecha vigente. Así mismo, los licitadores, podrán presentar, en su caso, una declaración a incluir en cada sobre, designando qué documentos administrativos y aplicación técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de un Plan ser considerados confidenciales, tal como se indica en el artículo 133 de Igualdadla LCSP. Los documentos y datos presentados pueden ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceras personas pueda ser contraria a sus intereses comerciales legítimos, perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector o bien estén comprendidas en las prohibiciones establecidas en la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal. De no aportarse esta declaración se considerará que ningún documento o dato posee dicho carácter. El Órgano modelo de Contratación podrá hacer uso de las facultades de comprobación que tenga atribuidas declaración se incluye en relación con el cumplimiento de las citadas obligacionesanejo nº 7.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Habrá De Regir La Contratación

Integración de la solvencia con medios externos. Cuando se recurra En el supuesto de que los licitadores recurran a la solvencia y medios de otras empresas de conformidad con el artículo 75 LCSP, cada una de ellas deberán presentar la declaración responsable debidamente cumplimentada y firmadaademás, cuyo modelo consiste en el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) (xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx). En este caso, se deberá cumplimentar las secciones A y B de la parte II, la parte III y la parte VI. Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en las partes IV y V por cada una de las entidades de que se trate. Además, los licitadores afectados deberán presentar la siguiente documentación: Aquellos licitadores que tengan El licitador deberá presentar un número compromiso por escrito de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsabledichas entidades, conforme al modelo fijado establecido en el Anexo sobre IX al pliego, siempre que no se hubiese aportado conforme a lo señalado en el cumplimiento 140.3 LCSP, del que se derive que durante toda la duración de la ejecución del contrato, ponen a disposición del licitador la solvencia y medios a los que se compromete. De conformidad con lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, relativo al derecho a no aportar documentos al procedimiento, la documentación requerida en los puntos 1º y 5º b), podrá no aportarse. Respecto a las copias de poderes notariales deberá facilitarse el código seguro de verificación del documento (CSV código alfanumérico de 24 caracteres) que permita su consulta. En caso que quiera ejercer derecho de oposición a la consulta, se puede realizar a través de la sede electrónica del Principado xx Xxxxxxxx accediendo a xxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx y siguiendo las instrucciones marcadas en la ficha del procedimiento. Si ejerce el derecho de oposición, deberá aportar todos los datos y documentos requeridos en ésta cláusula xxx xxxxxx. La propuesta de adjudicación del contrato no crea derecho alguno en favor del licitador propuesto, que no los adquirirá, frente a la Administración, mientras no se haya formalizado el contrato. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013artículo 152 LCSP, la decisión de 29 no adjudicar o celebrar el contrato o el desistimiento del procedimiento podrán acordarse por el órgano de noviembrecontratación antes de la formalización. Sólo podrá adoptarse la decisión de no adjudicar o celebrar el contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente. El desistimiento del procedimiento deberá estar fundado en una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, debiendo justificarse en el expediente la concurrencia de la causa. El órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, en los términos establecidos en el artículo 150.3 LCSP. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 147.2 LCSP, el empate entre varias ofertas tras la aplicación de los criterios de adjudicación del contrato se resolverá mediante la aplicación por orden de los criterios sociales fijados en el referido artículo. A efectos de aplicación de estos criterios los licitadores deberán acreditarlos, en su caso, mediante los correspondientes contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social y cualquier otro documento admitido en derecho que acredite los criterios sociales anteriormente referidos. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3% del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad. En el supuesto señalado en el párrafo anterior, se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas La adjudicación del contrato corresponde al órgano de contratación señalado en el apartado A del cuadro resumen. El órgano de contratación adjudicará el contrato al licitador que haya presentado la mejor oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145 LCSP. La adjudicación se acordará en resolución motivada en el plazo máximo de quince días, a contar desde la apertura de las proposiciones. Este plazo se ampliará en quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites a que se aprueba refiere el Texto Refundido apartado 4 del artículo 149 LCSP para las ofertas anormalmente bajas. La adjudicación se notificará a los licitadores, debiendo ser publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días. El órgano de contratación podrá declarar desierta la licitación, en su caso, a propuesta de la Ley General mesa de derechos contratación, cuando no exista ninguna oferta o proposición que sea admisible de las personas con discapacidad y de su inclusión social relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres El Órgano de Contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación, en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones. Asimismo, los licitadores harán constar que cumplen acuerdo con los requisitos establecidos criterios que figuran en la normativa vigente en materia laboral y social, así como que, en aquellos casos en los que corresponda, cumple con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativos a la elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad. El Órgano de Contratación podrá hacer uso de las facultades de comprobación que tenga atribuidas en relación con el cumplimiento de las citadas obligacionespliego.

Appears in 1 contract

Samples: Modelo De Pliego De Cláusulas Administrativas Para Contratos De Suministro Consistente en El Mantenimiento Y Soporte De Licencias