Informes trimestrales Cláusulas de Ejemplo

Informes trimestrales. Las empresas de seguros remitirán trimestralmente a la Autoridad de Control, dentro de los primeros veinte días del mes siguiente, un estado detallado de sus operaciones, en la forma prescrita por la Autoridad de Control y suministrarán además cualquier información aclaratoria o ampliatoria que se les requiriese. Estos informes serán firmados por las personas de las empresas de seguros debidamente autorizadas para el efecto.
Informes trimestrales. Las unidades de compras del ente respectivo deberán presentar a la Unidad Centralizada de Compras que corresponda, informes trimestrales del desarrollo de las contrataciones que hayan realizado. Estos informes se tomarán en cuenta al momento de realizar el informe anual de resultados establecido en el Artículo 73.
Informes trimestrales. A más tardar el Quinto (5º) Día calendario de cada Trimestre, o el siguiente Día Hábil en el caso en que éste cayera en Día Inhábil, el Concesionario deberá presentar la información contable del Trimestre, con detalles de ingresos por Peaje, Ingresos Comerciales, Vigencias Futuras, y costos operativos, de personal, generales, extraordinarios, etc.
Informes trimestrales. Trimestralmente se debe entregar un informe de avance que constituye la actualización del informe inicial y en el que se pueda conocer de primera instancia el estado de avance de las liquidaciones sobre las asignaciones de Proyecto de Interventoría (PI) y la planeación de actividades de control que sobre este tema realice LA INTERVENTORÍA. Los informes deberán ser entregados durante los primeros diez (10) días calendario posteriores al término de cada trimestre contractual. En el caso eventual de que las liquidaciones de los contratos de obra tomen más tiempo de lo previsto inicialmente, los costos asociados a esta actividad no serán imputables a PROSPERIDAD SOCIAL, por ende, LA INTERVENTORÍA deberá definir y ejecutar los planes de depuración y consolidación de información durante la ejecución de los proyectos para dar cumplimiento a la actividad dentro de los plazos definido En este informe trimestral de avance, se debe dar a conocer de primera instancia el estado de avance del Contrato de Interventoría, incluyendo al menos lo siguiente:
Informes trimestrales. El adjudicatario presentará informes trimestrales sin necesidad de que sean requeridos por el técnico municipal, en el que se hará constar: Pruebas y ensayos realizados en las revisiones. Incidencias observadas. Reparaciones efectuadas. Valores y parámetros de funcionamiento, así como la comparación de los mismos con la normativa en vigor.
Informes trimestrales. El Consultor presentará trimestralmente al Contratante un informe detallado de las actividades cumplidas (incluyendo el mercadeo, la evaluación de Proyectos y la solicitud, negociación, seguimiento y refinanciación de Préstamos), el estado del portafolio del Fondo (incluyendo, de ser el caso, las acciones que propone tomar para subsanar eventuales incumplimientos por parte de los Promotores) y un estado de la situación financiera del Fondo (incluyendo desembolsos y amortizaciones, ingresos por intereses y comisiones y costos de operación).
Informes trimestrales. Dentro de los quince (15) días posteriores a la finalización de cada uno de los trimestres de cada año, el Operador presentará al Fideicomiso un resumen de las actividades y operaciones para el trimestre, el cual incluya el trabajo realizado, entregas y recepciones, y las obligaciones de comercialización si le fueran solicitadas conforme al presente contrato, todos los gastos abonados para la cuenta del administrador, cualquier condición o hecho que sustancialmente afecta el valor de cualquiera de los Activos y cualquier otro punto requerido en forma razonable por el Fiduciario.
Informes trimestrales. El Concesionario deberá elaborar un informe trimestral y entregar Inspector Fiscal dentro de los primeros 15 días del Trimestre siguiente al informado. En él se presentará la información estadística trimestral sobre auxilios prestados a usuarios, en un documento escrito y medios magnéticos u ópticos, de acuerdo al formato que se establezca. Además se debe entregar un informe que contenga los reclamos de los usuarios y las medidas adoptadas para solucionar dichos reclamos. El atraso en la entrega de los informes señalados en este artículo, hará incurrir a la Sociedad Concesionaria en las multas establecidas en el artículo 1.8.11 de las Bases de Licitación.
Informes trimestrales. Las unidades de compras del ente respectivo deberán presentar a la Unidad Centralizada de Compras que corresponda, informes trimestrales del desarrollo de las contrataciones que hayan realizado. Estos informes se tomarán en cuenta al momento de realizar el informe anual de resultados establecido en el artículo 5.6. La Unidad Centralizada de Compras, en el ámbito de sus atribuciones, en coadyuvancia con la [Contraloría], establecerá las directrices conforme a las cuales se determinarán los perfiles de puesto de los servidores públicos correspondientes en materia de contrataciones públicas, así como las relativas a la capacitación para el adecuado desempeño de sus funciones en las materias a que alude esta Ley.133 Tanto los perfiles como los programas de capacitación, los resultados de la evaluación de desempeño y los reportes del programa de acompañamiento preventivo descrito en el artículo 5.10, deberán publicarse en el Sistema Electrónico de Compras Públicas y en el portal de transparencia correspondiente.
Informes trimestrales. A más tardar el Octavo día (8) Día calendario de cada Trimestre, o el siguiente Día Hábil en el caso en que éste cayera en Día Inhábil, el Concesionario deberá presentar la información contable del Trimestre no auditada, con detalles de ingresos por Peaje, Ingresos Comerciales, y costos operativos, de personal, generales, extraordinarios, etc.