Common use of Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato Clause in Contracts

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato de acuerdo al modelo del ANEXO 17 y para presentar copia y original para cotejo de los siguientes documentos: Inscripción al registro federal de contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del registro federal de contribuyentes. Cédula del registro federal de contribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los servicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes en los siguientes documentos:

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Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato de acuerdo al modelo del ANEXO 17 y para presentar copia y original para cotejo de los siguientes documentos: Inscripción al registro federal Registro Federal de contribuyentes Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del registro federal de contribuyentes. Cédula del registro federal de contribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los servicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes en los siguientes documentos:

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Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. El Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Se levantará el acta del evento, Dicho procedimiento sustituirá a la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emitanotificación personal. Con la notificación del fallo Fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Asimismo, El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que se difundirá un ejemplar señala en el ANEXO 15 de dichas actas la presente Convocatoria en CompraNet para efectos la Gerencia de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personalAdquisiciones. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato contrato; de acuerdo al con el modelo del ANEXO 17 15 y para presentar copia y original para cotejo de los siguientes documentosdocumentos siguientes: Inscripción al registro federal Registro Federal de contribuyentes Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del registro federal Registro Federal de contribuyentesContribuyentes. Cédula del registro federal Registro Federal de contribuyentesContribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los serviciosbienes. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalenteequivalente (según corresponda). En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondientecorrespondiente (según corresponda). Carta de no revocación de poder. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Identificación oficial vigente Comprobante del estado de cuenta con fotografía de una persona física que funja como testigo de CLABE interbancaria a la celebración del contrato Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en los siguientes documentos:sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontrate: a) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. de la Miscelánea Fiscal para 2019. (D.O.F. 29-04-2019), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con relación a la vigencia de la misma. O bien, autorizar al SAT a hacer público el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019, informando mediante escrito a esta Institución que dicha consulta es pública.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica, Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas dicha acta en CompraNet para efectos de su notificación a los licitantesparticipantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato de acuerdo al modelo del ANEXO 17 y 17, para presentar copia y original para cotejo de los siguientes documentosdocumentos siguientes: Inscripción al registro federal Registro Federal de contribuyentes Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del registro federal Registro Federal de contribuyentesContribuyentes. Cédula del registro federal Registro Federal de contribuyentesContribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los servicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes en los siguientes documentos:

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Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que se señala en el ANEXO 17 de la presente Convocatoria, en la Gerencia de Adquisiciones. En caso de que la fecha prevista originalmente esté rebasada o no se encuentre vigente, o bien no se mencione en el fallo, el término para la firma del contrato quedará comprendido dentro de los quince días naturales posteriores a la notificación del fallo mediante notificación personal en el domicilio o a través de correo electrónico que para tales efectos haya señalado el licitante. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato de acuerdo al modelo del ANEXO 17 y para presentar copia y original para cotejo de los siguientes documentos: Inscripción al registro federal Registro Federal de contribuyentes Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del registro federal de contribuyentes. Cédula del registro federal de contribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los servicios. Escritura pública que contenga el poder con facultades vigentes, que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente. Carta de no revocación de poder. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Identificación oficial vigente Comprobante del estado de cuenta con fotografía de una persona física que funja como testigo de CLABE interbancaria a la celebración del contrato Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Con fundamento en cual se realizará el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes en los siguientes documentos:pago correspondiente (actualizado).

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Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato de acuerdo al modelo del ANEXO 17 16 y para presentar copia y original para cotejo de los siguientes documentos: Inscripción al registro federal Registro Federal de contribuyentes Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del registro federal de contribuyentes. Cédula del registro federal de contribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los servicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes en los siguientes documentos:: a) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. de la Miscelánea Fiscal para 2017. (D.O.F. 18-07-2017), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Miscelánea Fiscal para 2017 en relación a la vigencia de la misma. b) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para la obtención de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social conforme a lo establecido en la Regla primera, publicada en el D.O.F. el 27 de febrero de 2015 así mismo deberá cumplir con el Acuerdo de fecha 10 de diciembre de 2014 emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se establece la vigencia de la misma. Si el licitante no firmara el contrato por causas imputables a él mismo, en la fecha, hora y lugar señalado en el fallo y se actualice el supuesto establecido en el artículo 60 fracción I de la Ley podrá ser sancionado. En términos del artículo 46 segundo párrafo de la Ley, si alguno de los licitantes adjudicados no firma el contrato por causas imputables al mismo, BANSEFI podrá sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el contrato al licitante que hubiese presentado la siguiente mejor propuesta solvente y así sucesivamente, siempre y cuando la diferencia en precio con respecto a la postura adjudicada no sea superior al 10%, en caso de que este último no acepte la adjudicación, BANSEFI declarará desierta la Licitación.

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Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. BANSEFI podrá sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el contrato al licitante que hubiese presentado la proposición solvente más baja y así sucesivamente, siempre y cuando la diferencia en precio con respecto a la postura adjudicada no sea superior al 10%, en caso de que este último no acepte la adjudicación, BANSEFI declarará desierta la Licitación. El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato de acuerdo al modelo del ANEXO 17 y para presentar copia y original para cotejo de los siguientes documentos: Inscripción al registro federal Registro Federal de contribuyentes Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del registro federal de contribuyentes. Cédula del registro federal de contribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los servicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente. En los casos en que los poderes Comprobante del estado de cuenta con CLABE interbancaria a la cual se otorguen con realizará el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondientepago correspondiente (actualizado). Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes en los siguientes documentos:: a) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. de la Miscelánea Fiscal para 2017. (D.O.F. 18-07-2017), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Miscelánea Fiscal para 2017 en relación a la vigencia de la misma. b) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para la obtención de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social conforme a lo establecido en la Regla primera, publicada en el D.O.F. el 27 de febrero de 2015 así mismo deberá cumplir con el Acuerdo de fecha 10 de diciembre de 2014 emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se establece la vigencia de la misma. Si el licitante no firmara el contrato por causas imputables a él mismo, en la fecha, hora y lugar señalado en el fallo y se actualice el supuesto establecido en el artículo 60 fracción I de la Ley podrá ser sancionado conforme al mismo.

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Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. El fallo, fallo para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas dicha acta en CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato de acuerdo al modelo del ANEXO 17 y 17, para presentar copia y original para cotejo de los siguientes documentos: Inscripción al registro federal de contribuyentes R.F.C. Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes R.F.C. Cédula del registro federal de contribuyentes. R.F.C. Cédula del registro federal de contribuyentes. R.F.C. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los servicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes en los siguientes documentos:

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Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato de acuerdo al modelo del ANEXO 17 y para presentar copia y original para cotejo de los siguientes documentos: Inscripción al registro federal de contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del registro federal de contribuyentes. Cédula del registro federal de contribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. xxxxxxx. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los servicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes en los siguientes documentos:

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Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas dicha acta en CompraNet para efectos de su notificación a los licitantesparticipantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato de acuerdo al modelo del ANEXO 17 y 17, para presentar copia y original para cotejo de los siguientes documentosdocumentos siguientes: Inscripción al registro federal Registro Federal de contribuyentes Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del registro federal Registro Federal de contribuyentesContribuyentes. Cédula del registro federal Registro Federal de contribuyentesContribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que Acta de nacimiento o, en su caso, carta de fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que naturalización respectiva, expedida por la autoridad tiene su domicilio en el territorio nacional con la competente, así como la documentación con la que constancia de inscripción en el registro público de acredite tener su domicilio legal en el territorio comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufridonacional. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacionalxxxxxxx. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la representante legal persona física que proporcionará los servicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso contratará contratar á adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes en los siguientes documentos:

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Samples: Convenio De Proposición

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que se señala en el ANEXO 17 de la presente Convocatoria, en la Gerencia de Adquisiciones. En caso de que la fecha prevista originalmente esté rebasada o no se encuentre vigente, o bien no se mencione en el fallo, el término para la firma del contrato quedará comprendido dentro de los quince días naturales posteriores a la notificación del fallo mediante notificación personal en el domicilio o a través de correo electrónico que para tales efectos haya señalado el licitante. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato de acuerdo al con el modelo del ANEXO 17 y para presentar copia y original para cotejo de los siguientes documentos: Inscripción al registro federal de contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del registro federal de contribuyentesla empresa. Cédula del registro federal Registro Federal de contribuyentes. Contribuyentes Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los servicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público Clave Única de Registro de Población (CURP) Currículum de la propiedad empresa. Currículum y del comercio correspondientecomprobante de último comprobante de estudios. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante del estado de domicilio fiscal cuenta con CLABE interbancaria a la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado) Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo ). Documento de la celebración del contrato Identificación oficial vigente con fotografía resolución expedido por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de una persona física que funja como testigo sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Segunda Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017; Regla 2.1.31. de la celebración del contrato Con fundamento Miscelánea Fiscal para 2017 (en el artículo 32 D del Código Fiscal sentido positivo). (D.O.F. 18 de julio de 2017), asimismo, deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Federación, Miscelánea Fiscal para 2017 en relación a la Entidad, en ningún caso contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes en los siguientes documentos:vigencia de la misma.

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Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas dicha acta en CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que se señala en el ANEXO 15 de la presente Convocatoria, en la Gerencia de Adquisiciones. En caso de que la fecha prevista originalmente esté rebasada o no se encuentre vigente, o bien no se mencione en el fallo, el término para la firma del contrato quedará comprendido dentro de los quince días naturales posteriores a la notificación del fallo mediante notificación personal en el domicilio o a través de correo electrónico que para tales efectos haya señalado el licitante. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato de acuerdo al modelo del ANEXO 17 15 y para presentar copia y original para cotejo de los siguientes documentos: Inscripción al registro federal Registro Federal de contribuyentes Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del registro federal de contribuyentes. Cédula del registro federal de contribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los servicios. Escritura pública que contenga el poder vigente que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente. Carta de no revocación de poder. Comprobante de domicilio fiscal (actualizadono mayor a tres meses) Comprobante de domicilio fiscal (no mayor a tres meses) Comprobante del estado de cuenta con CLABE interbancaria a la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado) Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato ). Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes en los siguientes documentos:: a) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. de la Miscelánea Fiscal para 2018. (D.O.F. 22-12-2017), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 en relación a la vigencia de la misma. O bien, autorizar al SAT a hacer público el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, informando mediante escrito a esta Institución que dicha consulta es pública. b) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para la obtención de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social conforme a lo establecido en la Regla primera, publicada en el D.O.F. el 27 de febrero de 2015 así mismo deberá cumplir con el Acuerdo de fecha 10 de diciembre de 2014 emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se establece la vigencia de la misma. O en su caso, escrito firmado por el Representante Legal en el que manifieste que emplea bajo el régimen de subcontratación, adjuntando copia simple del convenio correspondiente, así como del documento indicado en el párrafo anterior de la empresa con la que tiene convenio. c) Constancia Fiscal de no adeudo con INFONAVIT, conforme a las “Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx del 2017. O en su caso, escrito firmado por el Representante Legal en el que manifieste que emplea bajo el régimen de subcontratación, adjuntando copia simple del convenio correspondiente, así como del documento indicado en el párrafo anterior de la empresa con la que tiene convenio. No será aplicable a los particulares que teniendo créditos fiscales firmes hayan celebrado convenio con las autoridades fiscales en los términos del Código Fiscal de la Federación, en dicho supuesto, deberá presentar copia simple legible de dicho convenio. Si el licitante adjudicado no firmara el contrato por causas imputables a él mismo, en la fecha, hora y lugar señalado en el fallo y se actualice el supuesto establecido en el artículo 60 fracción I de la Ley podrá ser sancionado conforme al mismo. Con fundamento en el segundo párrafo del artículo 46 de la Ley, cuando el licitante adjudicado no firma el contrato por causas imputables al mismo, sin necesidad de un nuevo procedimiento, BANSEFI podrá adjudicar el contrato al licitante que hubiese presentado la siguiente proposición solvente.

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Samples: Convenio De Proposición

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas dicha acta en CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que se señala en el ANEXO 17 de la presente Convocatoria, en la Gerencia de Adquisiciones. En caso de que la fecha prevista originalmente esté rebasada o no se encuentre vigente, o bien no se mencione en el fallo, el término para la firma del contrato quedará comprendido dentro de los quince días naturales posteriores a la notificación del fallo mediante notificación personal en el domicilio o a través de correo electrónico que para tales efectos haya señalado el licitante. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato de acuerdo al modelo del ANEXO 17 y para presentar copia y original para cotejo de los siguientes documentos: Inscripción al registro federal Registro Federal de contribuyentes Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del registro federal de contribuyentes. Cédula del registro federal de contribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. xxxxxxx. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los servicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente. Carta de no revocación de poder. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Identificación oficial vigente Comprobante del estado de cuenta con fotografía de una persona física que funja como testigo de CLABE interbancaria a la celebración del contrato Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Con fundamento en cual se realizará el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes en los siguientes documentos:pago correspondiente (actualizado).

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Samples: Convenio De Proposición Conjunta

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema Compranet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que se señala en el ANEXO 15 de la presente Convocatoria, en la Gerencia de Adquisiciones. En caso de que la fecha prevista originalmente esté rebasada o no se encuentre vigente, o bien no se mencione en el fallo, el término para la firma del contrato quedará comprendido dentro de los quince días naturales posteriores a la notificación del fallo mediante notificación personal en el domicilio o a través de correo electrónico que para tales efectos haya señalado el licitante. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato de acuerdo al con el modelo del ANEXO 17 15 y para presentar copia y original para cotejo de los siguientes documentos: Inscripción al registro federal Registro Federal de contribuyentes Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del registro federal de contribuyentes. Cédula del registro federal de contribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los servicios. Escritura pública que contenga el poder vigente que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalenteequivalente (en su caso). En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondientecorrespondiente (en su caso). Carta de no revocación de poder. Comprobante de domicilio fiscal (actualizadono mayor a tres meses de antigüedad) Comprobante de domicilio fiscal (no mayor a tres meses de antigüedad) Comprobante del estado de cuenta con CLABE interbancaria a la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado) Identificación oficial vigente con fotografía ). Formato de una persona física que funja como testigo Alta de la celebración del contrato Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes en los siguientes documentos:Proveedor conforme al Anexo 19.

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Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato de acuerdo al modelo del ANEXO 17 y para presentar copia y original para cotejo de los siguientes documentos: Inscripción al registro federal de contribuyentes contribuyentes. Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Contribuyentes. Cédula del registro federal de contribuyentes. Cédula del registro federal de contribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Representante Legal. Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los serviciosel servicio. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legalRepresentante Legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos Contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) ). Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) ). Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Contrato. Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Contrato. Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes en los siguientes documentos:

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Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en CompraNet para efectos de su notificación a los licitantesparticipantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. El licitante participante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato de acuerdo al modelo del ANEXO 17 y para presentar copia y original para cotejo de los siguientes documentos: Inscripción al registro federal de contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del registro federal de contribuyentes. Cédula del registro federal de contribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los servicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes en los siguientes documentos:

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Samples: Convenio De Proposición

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas dicha acta en CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que se señala en el ANEXO 16 de la presente Convocatoria, en la Gerencia de Adquisiciones. En caso de que la fecha prevista originalmente esté rebasada o no se encuentre vigente, o bien no se mencione en el fallo, el término para la firma del contrato quedará comprendido dentro de los quince días naturales posteriores a la notificación del fallo mediante notificación personal en el domicilio o a través de correo electrónico que para tales efectos haya señalado el licitante. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato de acuerdo al con el modelo del ANEXO 17 16 y para presentar copia y original para cotejo de los siguientes documentos: Inscripción al registro federal Registro Federal de contribuyentes Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del registro federal de contribuyentes. Cédula del registro federal de contribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los servicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente. Carta de no revocación de poder. Comprobante de domicilio fiscal (actualizadono mayor a tres meses) Comprobante de domicilio fiscal (no mayor a tres meses) Comprobante del estado de cuenta con CLABE interbancaria a la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado) Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes en los siguientes documentos:).

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Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. El Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Se levantará el acta del evento, Dicho procedimiento sustituirá a la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emitanotificación personal. Con la notificación del fallo Fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Asimismo, El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que se difundirá un ejemplar señala en el ANEXO 15 de dichas actas la presente Convocatoria en CompraNet para efectos la Gerencia de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personalAdquisiciones. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato contrato; de acuerdo al con el modelo del ANEXO 17 15 y para presentar copia y original para cotejo de los siguientes documentosdocumentos siguientes: Inscripción al registro federal Registro Federal de contribuyentes Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del registro federal Registro Federal de contribuyentesContribuyentes. Cédula del registro federal Registro Federal de contribuyentesContribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los serviciosbienes. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalenteequivalente (según corresponda). En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondientecorrespondiente (según corresponda). Carta de no revocación de poder. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Identificación oficial vigente Comprobante del estado de cuenta con fotografía de una persona física que funja como testigo de CLABE interbancaria a la celebración del contrato Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontrate: a) Opinión vigente y en sentido positivo de la resolución expedida por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. de la Miscelánea Fiscal para 2020. (D.O.F. 28-12-2019), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020 con relación a la vigencia de la misma. O bien, autorizar al SAT a hacer público el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, informando mediante escrito a esta Institución que dicha consulta es pública. b) Opinión vigente y en sentido positivo de la resolución expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para la obtención de Cumplimiento de Obligaciones en Materia de Seguridad Social conforme a lo establecido en la Regla primera, publicada en el D.O.F. el 27 de febrero de 2015 así mismo deberá cumplir con el Acuerdo de fecha 10 de diciembre de 2014 emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se establece la vigencia de la misma, y copia simple del convenio. c) Constancia Fiscal vigente y de no adeudo con INFONAVIT, relativa a la situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuento conforme a las “Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx del 2017, y copia simple del convenio. No será aplicable a los particulares que teniendo créditos fiscales firmes hayan celebrado convenio con las autoridades fiscales en los siguientes documentos:términos del Código Fiscal de la Federación, en dicho supuesto, deberá presentar copia simple legible de dicho convenio. Si el licitante adjudicado no firmará el contrato por causas imputables a él mismo, en la fecha, hora y lugar señalado en el fallo y se actualice el supuesto establecido en el artículo 60, fracción I de la Ley podrá ser sancionado conforme al mismo. Con fundamento en el segundo párrafo del artículo 46 de la Ley, cuando el licitante adjudicado no firmare el contrato por causas imputables al mismo, sin necesidad de un nuevo procedimiento, el BANCO DEL BIENESTAR podrá adjudicar el contrato al licitante que hubiese presentado la proposición solvente y así sucesivamente, siempre y cuando la diferencia en precio con respecto a la postura adjudicada no sea superior al 10%.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. El Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Se levantará el acta del evento, Dicho procedimiento sustituirá a la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emitanotificación personal. Con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Asimismo, El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que se difundirá un ejemplar señala en el ANEXO 15 de dichas actas la presente Convocatoria en CompraNet para efectos la Gerencia de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personalAdquisiciones. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato contrato; de acuerdo al con el modelo del ANEXO 17 15 y para presentar copia y original para cotejo de los siguientes documentosdocumentos siguientes: Inscripción al registro federal Registro Federal de contribuyentes Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del registro federal Registro Federal de contribuyentesContribuyentes. Cédula del registro federal Registro Federal de contribuyentesContribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los servicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalenteequivalente (según corresponda). En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondientecorrespondiente (según corresponda). Carta de no revocación de poder. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Identificación oficial vigente Comprobante del estado de cuenta con fotografía de una persona física que funja como testigo de CLABE interbancaria a la celebración del contrato Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontrate: a) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. de la Miscelánea Fiscal para 2018. (D.O.F. 22-12-2017), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con relación a la vigencia de la misma. O bien, autorizar al SAT a hacer público el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, informando mediante escrito a esta Institución que dicha consulta es pública. b) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para la obtención de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social conforme a lo establecido en la Regla primera, publicada en el D.O.F. el 27 de febrero de 2015 así mismo deberá cumplir con el Acuerdo de fecha 10 de diciembre de 2014 emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se establece la vigencia de la misma, y copia simple del convenio. c) Constancia Fiscal de no adeudo con INFONAVIT, conforme a las “Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx del 2017, y copia simple del convenio. No será aplicable a los particulares que teniendo créditos fiscales firmes hayan celebrado convenio con las autoridades fiscales en los siguientes documentos:términos del Código Fiscal de la Federación, en dicho supuesto, deberá presentar copia simple legible de dicho convenio. Si el licitante adjudicado no firmara el contrato por causas imputables a él mismo, en la fecha, hora y lugar señalado en el fallo y se actualice el supuesto establecido en el artículo 60 fracción I de la Ley podrá ser sancionado conforme al mismo. Con fundamento en el segundo párrafo del artículo 46 de la Ley, cuando el licitante adjudicado no firmare el contrato por causas imputables al mismo, sin necesidad de un nuevo procedimiento, BANSEFI podrá adjudicar el contrato al licitante que hubiese presentado la proposición solvente y así sucesivamente, siempre y cuando la diferencia en precio con respecto a la postura adjudicada no sea superior al 10%.

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Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. El falloDe conformidad con el artículo 37, para efectos quinto párrafo de su notificaciónla Ley, el acto de fallo de la licitación se llevará a cabo en junta pública en la fecha y lugar señalado en la presente convocatoria, levantándose el acta respectiva, la cual se dará a conocer a través de en el sistema CompraNet el mismo día en que se celebrecelebre esta junta pública. A los licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho Este procedimiento sustituirá sustituye a la notificación personal. La fecha señalada anteriormente será ratificada o rectificada en el acto de presentación y apertura de proposiciones. Cuando se advierta en el fallo la existencia de un error aritmético, mecanográfico o de cualquier otra naturaleza que no afecte el resultado de la evaluación realizada por la convocante, dentro de los cinco días hábiles siguientes a su notificación y siempre que no se haya firmado el contrato, el titular del área responsable del procedimiento de contratación procederá a su corrección, con la intervención de su superior jerárquico, aclarando o rectificando el mismo, mediante el acta administrativa correspondiente en la que se harán constar los motivos que lo originaron y las razones que sustentan su enmienda, hecho que se notificará a los licitantes que hubieran participado en el procedimiento de licitación, remitiendo copia de la misma al Órgano Interno de Control dentro de los cinco días hábiles posteriores a la fecha de su firma. Contra la resolución que contenga el fallo no procederá recurso alguno, sin embargo, procederá la inconformidad en términos de la Ley. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato de acuerdo al modelo del ANEXO 17 16 y para presentar en copia y original para cotejo de los siguientes documentos: Inscripción al registro federal de contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del registro federal de contribuyentes. Cédula del registro federal de contribuyentes. PERSONA MORAL PERSONA FÍSICA Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los servicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso contratará contratara adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes en los siguientes documentos:

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Samples: Convenio De Proposición

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. El fallo, fallo para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que se señala en el ANEXO 16 de la presente Convocatoria, en la Gerencia de Adquisiciones. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato contrato; de acuerdo al con el modelo del ANEXO 17 16 y para presentar copia y original para cotejo de los siguientes documentosdocumentos siguientes: Inscripción al registro federal Contribuyentes Registro Federal de contribuyentes Inscripción al Registro Federal Contribuyentes de Contribuyentes Cédula del registro federal Contribuyentes. Registro Federal de contribuyentes. Cédula del registro federal Registro Federal Contribuyentes. de contribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los servicios. con que Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal Gobierno Federal o su equivalenteequivalente (según corresponda). En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente. Comprobante de domicilio fiscal correspondiente (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes en los siguientes documentos:según corresponda).

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Samples: Convenio De Proposición Conjunta

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato de acuerdo al modelo del ANEXO 17 y para presentar copia y original para cotejo de los siguientes documentos: Inscripción al registro federal Registro Federal de contribuyentes Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del registro federal de contribuyentes. Cédula del registro federal de contribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. xxxxxxx. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los servicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes en los siguientes documentos:

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Samples: Convenio De Proposición

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. BANSEFI podrá sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el contrato al licitante que hubiese presentado la proposición solvente más baja y así sucesivamente, siempre y cuando la diferencia en precio con respecto a la postura adjudicada no sea superior al 10%, en caso de que este último no acepte la adjudicación, BANSEFI declarará desierta la Licitación. El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato de acuerdo al modelo del ANEXO 17 y para presentar copia y original para cotejo de los siguientes documentos: Inscripción al registro federal Registro Federal de contribuyentes Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del registro federal de contribuyentes. Cédula del registro federal de contribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los servicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes en los siguientes documentos:: a) Documento de la resolución expedido por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. de la Miscelánea Fiscal para 2017 (en sentido positivo). (D.O.F. 23-12-2016), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Miscelánea Fiscal para 2017 en relación a la vigencia de la misma. b) Documento de la resolución expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para la obtención de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social conforme a lo establecido en la Regla primera, publicada en el D.O.F. el 27 de febrero de 2015 (mismo que deberá ser Positivo), así mismo deberá cumplir con el Acuerdo de fecha 10 de diciembre de 2014 emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se establece la vigencia de la misma. Si el licitante no firmara el contrato por causas imputables a él mismo, en la fecha, hora y lugar señalado en el fallo y se actualice el supuesto establecido en el artículo 60 fracción I de la Ley podrá ser sancionado conforme al mismo.

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Samples: Convenio De Proposición

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. El Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Se levantará el acta del evento, Dicho procedimiento sustituirá a la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emitanotificación personal. Con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Asimismo, El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que se difundirá un ejemplar señala en el ANEXO 15 de dichas actas la presente Convocatoria en CompraNet para efectos la Gerencia de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personalAdquisiciones. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato contrato; de acuerdo al con el modelo del ANEXO 17 15 y para presentar copia y original para cotejo de los siguientes documentosdocumentos siguientes: Inscripción al registro federal Registro Federal de contribuyentes Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del registro federal Registro Federal de contribuyentesContribuyentes. Cédula del registro federal Registro Federal de contribuyentesContribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los servicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalenteequivalente (según corresponda). En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA No. IA-006HJO001-E20-2019 estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondientecorrespondiente (según corresponda). Carta de no revocación de poder. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Identificación oficial vigente Comprobante del estado de cuenta con fotografía de una persona física que funja como testigo de CLABE interbancaria a la celebración del contrato Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes en los siguientes documentos:: a) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. de la Miscelánea Fiscal para 2018. (D.O.F. 22-12-2017), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con relación a la vigencia de la misma. O bien, autorizar al SAT a hacer público el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, informando mediante escrito a esta Institución que dicha consulta es pública. O en su caso, escrito en el que manifieste que su representada se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales, manifestando que en caso de resultar adjudicada presentará el formato de opinión en sentido positivo emitido por dicha Institución, vigente a la fecha en la que se emita el fallo. b) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para la obtención de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social conforme a lo establecido en la Regla primera, publicada en el D.O.F. el 27 de febrero de 2015 así mismo deberá cumplir con el Acuerdo de fecha 10 de diciembre de 2014 emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se establece la vigencia de la misma. O en su caso, escrito firmado por el Representante Legal en el que manifieste que emplea bajo el régimen de subcontratación, adjuntando copia simple del convenio correspondiente, así como del documento indicado en el párrafo anterior de la empresa con la que tiene convenio. O bien, escrito en el que manifieste que su representada se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales, manifestando que en caso de resultar adjudicada presentará el formato de opinión en sentido positivo emitido por dicha Institución, vigente a la fecha en la que se emita el fallo. c) Constancia Fiscal de no adeudo con INFONAVIT, conforme a las “Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx del 2017. O en su caso, escrito firmado por el Representante Legal en el que manifieste que emplea bajo el régimen de subcontratación, adjuntando copia simple del convenio correspondiente, así como del documento indicado en el párrafo anterior de la empresa con la que tiene convenio. O bien, escrito en el que manifieste que su representada se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales, manifestando que en caso de resultar adjudicada presentará el formato de opinión en sentido positivo emitido por dicha Institución, vigente a la fecha en la que se emita el fallo. No será aplicable a los particulares que teniendo créditos fiscales firmes hayan celebrado convenio con las autoridades fiscales en los términos del Código Fiscal de la Federación, en dicho supuesto, deberá presentar copia simple legible de dicho convenio. INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA No. IA-006HJO001-E20-2019 Si el licitante adjudicado no firmara el contrato por causas imputables a él mismo, en la fecha, hora y lugar señalado en el fallo y se actualice el supuesto establecido en el artículo 60 fracción I de la Ley podrá ser sancionado conforme al mismo. Con fundamento en el segundo párrafo del artículo 46 de la Ley, cuando el licitante adjudicado no firmare el contrato por causas imputables al mismo, sin necesidad de un nuevo procedimiento, BANSEFI podrá adjudicar el contrato al licitante que hubiese presentado la proposición solvente y así sucesivamente, siempre y cuando la diferencia en precio con respecto a la postura adjudicada no sea superior al 10%.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. El falloLa fecha de notificación de fallo y la firma de los contratos se efectuarán conforme a lo señalado en el punto 3.2 del numeral 3. “Forma y términos que regirán los diversos actos de este procedimiento” de esta Convocatoria. Es preciso señalar que los contratos serán suscritos en las oficinas de la Dirección General Adjunta de Administración y Finanzas de la Coordinación General del PRONAFIM, para efectos ubicada en Boulevard Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx No. 3025, Piso 11, Colonia Xxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Delegación La Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, C.P. 10400, México, D.F, teléfono 00000000, ext. 27601 y 27609 de su notificación9:00 a 14:00 horas. Además, se dará en apego a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 46 de la Ley. Se levantará el acta del eventoLAASSP, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con con la notificación del fallo por el serán exigibles los derechos y obligaciones que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio resulten de la obligación adjudicación del contrato de las partes de esta Convocatoria y obligará a los fideicomisos y a la persona a quien se haya adjudicado, a firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoriafecha, hora y lugar previstos en el propio fallo, o bien en la Convocatoria a la licitación pública y en defecto de tales previsiones, dentro de los quince días naturales siguientes al de la citada notificación. Asimismo, con la notificación del fallo la dependencia o entidad realizará la requisición de los bienes o servicios de que se difundirá trate. Si el licitante adjudicado no firma el contrato por causas imputables al mismo, conforme a lo señalado en el párrafo anterior, los fideicomisos, sin necesidad de un ejemplar de dichas actas nuevo procedimiento, deberá adjudicar el contrato al participante que haya obtenido el segundo lugar, siempre que la diferencia en CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá precio con respecto a la notificación personalproposición inicialmente adjudicada no sea superior a un margen xxx xxxx por ciento. El licitante a quien se hubiere adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato no estará obligado a prestar el servicio, si los fideicomisos, por causas imputables a los mismos, no firman los contratos. En este supuesto, los fideicomisos, a solicitud escrita del licitante, cubrirán los gastos de acuerdo al modelo del ANEXO 17 administración no recuperables en que hubiere incurrido para preparar y para presentar copia elaborar su proposición, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y original para cotejo se relacionen directamente con la licitación de que se trate. Los derechos y obligaciones que se deriven de los siguientes documentos: Inscripción al registro federal contratos no podrán ser transferidos por el proveedor en favor de contribuyentes Inscripción al Registro Federal cualquier otra persona, con excepción de Contribuyentes Cédula del registro federal los derechos de contribuyentes. Cédula del registro federal de contribuyentes. Testimonio cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia dependencia o entidad de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los servicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del contrato Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes en los siguientes documentos:trate.

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Samples: Contrato No. FPNFM Serv