INDEMNIZACIÓN EN CASO DE PÉRDIDA TOTAL Cláusulas de Ejemplo

INDEMNIZACIÓN EN CASO DE PÉRDIDA TOTAL. En el caso de pérdida total del vehículo (según la definición indicada en el artículo Preliminar – Definiciones), la indemnización por parte del asegurador se establece:
INDEMNIZACIÓN EN CASO DE PÉRDIDA TOTAL. Si se trata del robo del vehículo completo, la indemnización por parte del asegurador se establece:
INDEMNIZACIÓN EN CASO DE PÉRDIDA TOTAL. La franquicia pactada en póliza no se deducirá en los siniestros de pérdida total del vehículo asegurado. Si en el momento del siniestro, el vehículo asegurado es conducido por un con- ductor no declarado en póliza, se aplicará, adicionalmente, la franquicia estable- cida en condiciones particulares. EN EL CASO DE DAÑOS PARCIALES NO QUEDAN CUBIERTOS:
INDEMNIZACIÓN EN CASO DE PÉRDIDA TOTAL. En el caso de pérdida total del vehículo (según la definición indicada en el Artículo preliminar – Definiciones), la indemnización por parte del asegurador se establece: La indemnización se efectuará con arreglo al coste de reparación de las piezas a sustituir, así como de la mano de obra utilizada en dicha reparación.
INDEMNIZACIÓN EN CASO DE PÉRDIDA TOTAL. En caso de pérdida total la indemnización se determinará de acuerdo a las siguientes normas. • El 100% del valor de nuevo, si su antigüedad es inferior a un año. • Si la antigüedad del vehículo es superior a un año, se indemnizará por su valor venal. La franquicia pactada en póliza no se deducirá en los siniestros de pérdida total del vehículo asegurado. Del importe de la indemnización se deducirá el valor de los restos. NO QUEDAN CUBIERTOS PARA LA COBERTURA DE DAÑOS SUFRIDOS POR EL VEHÍCULO:
INDEMNIZACIÓN EN CASO DE PÉRDIDA TOTAL. 1. En los casos de pérdida total de bienes nuevos, la indemnización se calculará así: El valor actual inmediatamente antes de la ocurrencia del daño, menos los gastos de construcción, ensamblaje o montaje que no se hayan hecho hasta el momento del siniestro, a este monto se le deducirán el infraseguro y el valor de salvamento si los hubiere, al monto así obtenido se le restará el deducible.
INDEMNIZACIÓN EN CASO DE PÉRDIDA TOTAL. Si se trata del robo del vehículo completo, la indemnización por parte del asegu- rador se establece:
INDEMNIZACIÓN EN CASO DE PÉRDIDA TOTAL. En caso de Pérdida Total del vehículo asegurado, la indemnización al propietario del mismo se estipulará con arreglo a los siguientes criterios: – Para vehículos con menos de 2 años de antigüedad desde la fecha de primera matriculación, se indemnizará el 100 por 100 del valor de reposición a nuevo. – Para vehículos de más de 2 años de antigüedad desde la fecha de primera matriculación, el valor venal. Cuando los restos del vehículo queden en poder del asegurado se deducirá el valor de los mismos de la indemnización por pérdida total.
INDEMNIZACIÓN EN CASO DE PÉRDIDA TOTAL. En el caso de pérdida total del vehículo (según la definición indicada en el Ar- tículo preliminar - Definiciones), la indemnización por parte del asegurador se establece: Los elementos de mejora e instalación fija integrantes del vehículo a su salida de fábrica así como los accesorios declarados en póliza se indemnizarán como se indica en los párrafos precedentes.
INDEMNIZACIÓN EN CASO DE PÉRDIDA TOTAL. En caso de pérdida total la indemnización se determinará tomando como base el valor venal clásico del vehículo en el momento inmediatamente anterior a la ocurrencia del siniestro (con deducción del valor de los restos). NO QUEDAN CUBIERTOS: