Historia laboral Cláusulas de Ejemplo

Historia laboral. Proporcionar información de los tres (3) últimos años, especificando el salario honorario/ anual por separado para cada año. Con el fin de proporcionar una lista completa de la historia profesional relacionada con el cargo propuesto, favor continuar la lista en una hoja de papel por separado de ser necesario. En los casos de salarios (para empleados) pago básico por servicios prestados. Para contratistas debe incluirse el valor de la carga prestacional (aproximadamente 51.85%). Favor no incluir bonos, acuerdos de distribución de dividendos, comisiones, honorarios por consultoría, pago por horas extra o adicionales, compensaciones o mesadas para expatriados, gastos de costo de vida o mesadas de educación para dependientes. En los casos de honorarios anuales poner la cifra CARGO NOMBRE Y DIRECCIÓN DEL EMPLEADOR/CONTRATANTE PUNTO DE CONTACTO, # DE TELÉFONO Fechas de Empleo/contrato (MM/DD/AA) Salario/Honorarios Mes
Historia laboral. Cada una de estas dimensiones será evaluada en forma individual, desagregadas en factores que describan los comportamientos observables, en una escala de 5 categorías (o niveles), graduadas desde un bajo a un alto desempeño. El resultado de la evaluación será el promedio simple de los factores de la evaluación de cada factor. El procedimiento será debidamente comunicado a todos los Trabajadores, contemplará una etapa de autoevaluación y una revisión intermedia. El proceso de evaluación intermedia tendrá por objeto entregar retroalimentación al Trabajador respecto de su desempeño hasta la fecha, identificando sus logros y oportunidades de mejora, de lo que se entregará copia al Trabajador evaluado.
Historia laboral. Cada una de estas dimensiones será evaluada en forma individual, desagregadas en factores que describan los comportamientos observables, en una escala de 5 categorías (o niveles), graduadas desde un bajo a un alto desempeño. El resultado de la evaluación será el promedio simple de los factores de la evaluación de cada factor. El procedimiento de evaluación de desempeño será debidamente comunicado a todos los trabajadores y al Sindicato, y contemplará, al menos: la ponderación de cada ámbito de evaluación, las diversas etapas de la evaluación de desempeño y las fechas en que deben llevarse a cabo, incluyéndose entre las mismas necesariamente una etapa de autoevaluación y una revisión intermedia lo más próxima a la mitad del año calendario a evaluar; el cargo de la persona que llevará a cabo la evaluación de desempeño, quien debe tener un conocimiento mínimo de la situación laboral del trabajador a evaluar. Las modificaciones de este procedimiento deberán ser debidamente comunicadas a los trabajadores y al Sindicato. El proceso de evaluación intermedia tendrá por objeto entregar retroalimentación al Trabajador respecto de su desempeño hasta la fecha, identificando sus logros y oportunidades de mejora, de lo que se entregará copia al Trabajador evaluado.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.