Garantía Salarial Cláusulas de Ejemplo

Garantía Salarial. Si se constatara oficialmente por el Instituto Nacional de Estadística (INE) que, a 31 de diciembre de 2019, la inflación acumulada de los años 2018 y 2019 fuese superior al 5,10%, para el conjunto de dichos años, se efectuará una revisión técnica sobre las tablas salariales de 2019, sin efectos retroactivos y aplicable a partir de 1 de enero de 2020, consistente en aplicar a dichas tablas la diferencia entre el 5,10% y el exceso sobre la cifra puesta de manifiesto por el INE.
Garantía Salarial. Artículo 29. Conceptos retributivos. Artículo 30.
Garantía Salarial. Al personal de la Oficina provincial de Xxxx Xxxx Española en Cáceres se le aplicarán las re- tribuciones que le corresponda en función del Grupo al que pertenezca, y de acuerdo con las Tablas Salariales establecidas en el ANEXO adjunto al presente Convenio. Dichas retribuciones serán revisadas y para los años de vigencia del Convenio: Para el año 2013: A partir del 1 de julio del año 2013 se acuerda un incremento salarial del 0,6 %, que por tan- to no tendrá efectos retroactivos anteriores a esa fecha. Para el año 2014: Incremento Fijo: se incrementará la Tabla Salarial para el año 2014 sobre la del 2013, en una cantidad fija del 1 %, cualquiera que sea el resultado de la entidad.
Garantía Salarial. Se respetarán las condiciones personales que en conjunto anual excedan de las condiciones establecidas en el presente Convenio, manteniéndose estrictamente "Ad Personam".
Garantía Salarial. Ningún piloto podrá recibir durante el año calendario vigente un salario inferior al devengado en el año calendario inmediatamente anterior (excluido viáticos, prima de comando y prima de navegación), excepto por causas de suspensión, licencias, permisos no remunerados o situaciones que impliquen disminución de categoría en el escalafón técnico. Al sucedes este fenómeno, la empresa reconocerá al piloto afectado l correspondiente diferencia salarial no después del 15 de febrero siguiente. En la programación mensual de vuelos de línea de la empresa en todos los equipos no se podrán presentar diferencias en el reconocimiento de viáticos mayores al diez por ciento (10%) entre uno y otro piloto que opere el mismo equipo en la misma base. Se entiende por tiempo de programación para liquidación de viáticos, el transcurrido entre la hora de llegada y la hora de salida consignados en la bitácora de vuelo.
Garantía Salarial. Al personal de Xxxx Xxxx Española en Cáceres se le aplicarán las retribuciones que le corres- ponda en función del Grupo al que pertenezca, y de acuerdo con las Tablas Salariales estable- cidas en el Anexo I adjunto al presente Convenio. Se acuerdan los siguientes Incrementos Salariales: • Para el Año 2021: Un incremento salarial de 1,5% aplicable desde el 1 de enero de 2021, sobre la tabla salarial del año 2020 Un incremento salarial de 1,25% cada uno de estos años, aplicable sobre las tablas del año anterior. En el último trimestre de los años 2021, 2022 y 2023, se reunirá la Comisión Negociadora, para analizar si la situación económica de la entidad permite una revisión al alza del incre- mento acordado del 1,25%.
Garantía Salarial. Se respetarán las condiciones personales que en conjunto anual excedan de las con- diciones establecidas en el presente Convenio, manteniéndose estrictamente “Ad Perso- nam”.
Garantía Salarial. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 84.2 apartado «a» del Estatuto de los Trabajadores, sea cualquiera la fórmula de retribución que, con sujeción a la estructura salarial establecida en el presente Convenio, se pacte en los Convenios colectivos sectoriales de ámbito inferior, se respetará en todo caso el importe xxx xxxxxxx mínimo garantizado en el presente convenio colectivo. cve: BOE-A-2017-5496 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx
Garantía Salarial. Sea cualquiera la fórmula de retribución que, con sujeción a la estructura salarial establecida en el presente Convenio, se pacte en los Convenios colectivos sectoriales de ámbito inferior, se respetará en todo caso el importe xxx xxxxxxx mínimo garantizado en el presente convenio colectivo.
Garantía Salarial. Se respetarán las condiciones personales que en conjunto anual excedan de las condiciones establecidas en el presente Convenio, manteniéndose estrictamente "Ad Personan" Art. 5º - VINCULACIÓN A LA TOTALIDAD Las condiciones pactadas forman un todo orgánico e indivisible, y a efectos de su aplicación práctica serán consideradas globalmente y en su cómputo anual. Serán respetadas en su totalidad aquellas situaciones individuales más beneficiosas en las que, para los respectivos supuestos, contengan el convenio. Si la jurisdicción competente anulase o invalidase alguno de sus artículos parcial o totalmente, las partes firmantes se reunirán con objeto de solventar el problema planteado. En el plazo de un mes de no haber llegado a un acuerdo la Comisión Negociadora, el convenio quedaría invalidado en su totalidad, por lo que se tendría que negociar nuevamente un convenio.