Common use of FUERZA MAYOR Y CASO FORTUITO Clause in Contracts

FUERZA MAYOR Y CASO FORTUITO. Las Partes deberán cumplir con todas las obligaciones derivadas del Contrato, Pedido u Orden de Compra. En caso de incumplimiento de cualquiera de ellas, incurrirán en responsabilidad, salvo que éste sea producto de fuerza mayor, caso fortuito y/o hechos de terceros debidamente comprobado. Se entiende por fuerza mayor, caso fortuito y/o hechos de terceros el imprevisto que no es posible resistir. Las obligaciones a que se refiera del Contrato, Pedido u Orden de Compra se suspenderán durante todo el tiempo en que cualquiera de las Partes esté en imposibilidad de cumplirlas total o parcialmente, debido a hechos que constituyan fuerza mayor, caso fortuito o hechos irresistibles de terceros y, en general, cualquier motivo no financiero que impida realmente la entrega de los bienes, siempre que tal circunstancia no esté bajo control de ninguna de ellas o se hubiere producido como consecuencia de una acción u omisión de las mismas. Cada una de las Partes asumirá sus propios costos derivados de la fuerza mayor, el caso fortuito o el hecho de terceros, incluidos los ocasionados por demoras en la ejecución o entrega de los bienes. La extensión del término del Contrato, Pedido u Orden de Compra y en general la declaratoria de fuerza mayor, caso fortuito y/o hechos de terceros, no implicará de ninguna forma el aumento del valor del Contrato, Pedido u Orden de Compra ni el reconocimiento de indemnizaciones a favor del PROVEEDOR. Si la fuerza mayor, caso fortuito y/o hechos de terceros fuere de tal naturaleza que llevare a considerar la conveniencia de dar por terminado definitivamente el Contrato, Pedido u Orden de Compra, las Partes así lo harán constar por escrito. La terminación, por este motivo, se entenderá como una justa causa para ambas partes y no dará lugar a indemnización de perjuicios.

Appears in 2 contracts

Samples: www.cepsa.com, www.cepsa.com

FUERZA MAYOR Y CASO FORTUITO. Las Partes deberán cumplir con todas las obligaciones derivadas del Contrato, Pedido u Orden de CompraSer- vicios. En caso de incumplimiento de cualquiera de ellas, incurrirán en responsabilidad, salvo que éste sea producto de fuerza mayor, caso fortuito y/o hechos de terceros debidamente comprobado. Se entiende en- tiende por fuerza mayor, caso fortuito y/o hechos de terceros el imprevisto que no es posible resistir. Las obligaciones a que se refiera del Contrato, Pedido u Orden de Compra Servicios se suspenderán durante todo el tiempo en que cualquiera de las Partes esté en imposibilidad de cumplirlas total o parcialmenteparcialmen- te, debido a hechos que constituyan fuerza mayor, caso fortuito o hechos irresistibles de terceros y, en general, cualquier motivo no financiero que impida realmente la entrega de los bienestrabajos, siempre que tal circunstancia circunstan- cia no esté bajo control de ninguna de ellas o se hubiere producido como consecuencia de una acción u omisión de las mismas. Cada una de las Partes asumirá sus propios costos derivados de la fuerza mayor, el caso fortuito o el hecho de terceros, incluidos los ocasionados por demoras en la ejecución o entrega de los bienestrabajos. La extensión del término del Contrato, Pedido u Orden de Compra Servicios y en general la declaratoria de fuerza mayor, caso fortuito y/o hechos de terceros, no implicará de ninguna forma el aumento del valor del Contrato, Pedido u Orden de Compra Servicios ni el reconocimiento de indemnizaciones a favor del PROVEEDORCONTRA- TISTA. Si la fuerza mayor, caso fortuito y/o hechos de terceros fuere de tal naturaleza que llevare a considerar conside- rar la conveniencia de dar por terminado definitivamente el Contrato, Pedido u Orden de CompraServicios, las Partes así lo harán constar por escrito. La terminación, por este motivo, se entenderá como una justa causa para ambas partes y no dará lugar a indemnización de perjuicios.

Appears in 1 contract

Samples: www.cepsa.com

FUERZA MAYOR Y CASO FORTUITO. Las Partes deberán cumplir con todas las obligaciones derivadas del Contrato, Pedido u Orden de Compra. En caso de incumplimiento de cualquiera de ellas, incurrirán en responsabilidad, salvo que éste sea producto de fuerza mayor, caso fortuito y/o hechos de terceros debidamente comprobado. Se entiende por fuerza mayor, caso fortuito y/o hechos de terceros el imprevisto que no es posible resistir. Las obligaciones a que se refiera del Contrato, Pedido u Orden de Compra se suspenderán durante todo el tiempo en que cualquiera Ninguna de las Partes esté será responsable frente a la otra del incumplimiento de sus obligaciones contractuales que, sin culpa o negligencia, viniera originado por causa de fuerza mayor o caso fortuito, con arreglo a lo dispuesto en imposibilidad el artículo 1.105 del Código Civil. La Parte afectada por una situación de cumplirlas total Fuerza Mayor o parcialmenteCaso Fortuito, debido deberá comunicarlo por escrito a hechos la otra Parte tan pronto como sea posible, indicando el suceso causante de la situación de Fuerza Mayor o Caso Fortuito, su naturaleza, las circunstancias en que constituyan fuerza mayorse ha producido, caso fortuito o hechos irresistibles de terceros yel tiempo que se prevé pueda prolongarse dicha situación, en generaly las medidas que piensa adoptar para reducir, cualquier motivo no financiero que impida realmente la entrega de si fuera posible, los bienes, siempre que tal circunstancia no esté bajo control de ninguna de ellas o se hubiere producido como consecuencia de una acción u omisión de efectos del suceso sobre las mismasobligaciones del presente Contrato. Cada una de las Partes asumirá acuerda emplear sus propios costos derivados mejores esfuerzos (siempre que estén a su alcance) para evitar o mitigar los efectos de una situación de Fuerza Mayor o Caso Fortuito, así como para asegurar la fuerza mayorcontinuación normal del presente Contrato. Si una situación de Fuerza Mayor o Caso Fortuito que afecta a la totalidad de las obligaciones de una de las Partes en relación con el presente Contrato, o a una parte sustancial de tales obligaciones, se prolonga ininterrumpidamente en el caso fortuito tiempo por más de seis meses, o el hecho por la totalidad de tercerostiempo restante de vigencia del Contrato si fuera menor de 6 meses, incluidos los ocasionados la Parte no afectada por demoras en dicha situación de Fuerza Mayor o Caso Fortuito podrá, con un preaviso de treinta (30) días naturales, instar la ejecución o entrega de los bienesresolución del presente Contrato. La extensión del término del Contratoresolución, Pedido u Orden de Compra y en general la declaratoria de fuerza mayor, caso fortuito y/o hechos de tercerossu caso, no implicará de ninguna forma el aumento del valor del Contrato, Pedido u Orden de Compra ni el reconocimiento de indemnizaciones eximirá a favor del PROVEEDOR. Si la fuerza mayor, caso fortuito y/o hechos de terceros fuere de tal naturaleza que llevare a considerar la conveniencia de dar por terminado definitivamente el Contrato, Pedido u Orden de Compra, las Partes así lo harán constar por escrito. La terminación, por este motivo, se entenderá como una justa causa para ambas partes y no dará lugar del cumplimiento de las obligaciones surgidas con anterioridad a indemnización la situación de perjuiciosFuerza Mayor o Caso Fortuito.

Appears in 1 contract

Samples: energia.gob.es

FUERZA MAYOR Y CASO FORTUITO. Las Partes deberán cumplir con todas las obligaciones derivadas del Contrato, Pedido u Orden de CompraServicios. En caso de incumplimiento de cualquiera de ellas, incurrirán en responsabilidad, salvo que éste sea producto pro- ducto de fuerza mayor, caso fortuito y/o hechos de terceros debidamente comprobado. Se entiende por fuerza mayor, caso fortuito y/o hechos de terceros el imprevisto que no es posible resistir. Las obligaciones a que se refiera del Contrato, Pedido u Orden de Compra Servicios se suspenderán durante todo el tiempo en que cualquiera de las Partes esté en imposibilidad de cumplirlas total o parcialmente, debido a hechos que constituyan fuerza mayor, caso fortuito o hechos irresistibles de terceros y, en general, cualquier motivo no financiero que impida realmente la entrega de los bienestrabajos, siempre que tal circunstancia no esté bajo control de ninguna de ellas o se hubiere producido como consecuencia de una acción u omisión de las mismas. Cada una de las Partes asumirá sus propios costos derivados de la fuerza mayor, el caso fortuito o el hecho de terceros, incluidos los ocasionados por demoras en la ejecución o entrega de los bienestrabajos. La extensión del término del Contrato, Pedido u Orden de Compra Servicios y en general la declaratoria de fuerza mayor, caso fortuito y/o hechos de terceros, no implicará de ninguna forma el aumento del valor del Contrato, Pedido u Orden de Compra Servicios ni el reconocimiento de indemnizaciones a favor del PROVEEDORCONTRATISTA. Si la fuerza mayor, caso fortuito y/o hechos de terceros fuere de tal naturaleza que llevare a considerar la conveniencia de dar por terminado definitivamente el Contrato, Pedido u Orden de CompraServicios, las Partes así lo harán constar por escrito. La terminación, por este motivo, se entenderá como una justa causa para ambas partes y no dará lugar a indemnización de perjuicios.

Appears in 1 contract

Samples: www.cepsa.com