Formato de Creación de Terceros Cláusulas de Ejemplo

Formato de Creación de Terceros. El formato de creación terceros deberá descargarse de la página Web de la entidad: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx, deberá seleccionar del Menú Principal la opción “Información a Contratistas”, luego seleccionar la opción “Requisitos para el pago” y en la lista: FORMATOS que aparece el link “Información General y Tributaria de Terceros” de acuerdo con lo siguiente: Al seleccionar el link le muestra el siguiente cuadro con lo cual podrá almacenar el formato de creación de terceros, el cual deberá diligenciar y entregar. El oferente debe acreditar en su oferta, que cuenta con experiencia específica en PRESTACION DE SERVICIOS EN MANTENIMIENTO Y REPARACION DE COMPUTADORES. La experiencia debe ser acreditada con la EJECUCIÓN DE MÍNIMO UN (1) y MÁXIMO TRES (3) contrato(s) terminado en los últimos CUATRO (4) años, contados a partir de la fecha establecida para presentar oferta y cumplir también las siguientes condiciones. ➢ La experiencia deberá ser acreditada con la ejecución de MINIMO UNO (01) CONTRATO terminado en los últimos CUATRO (4) AÑOS, contados a partir de la fecha establecida para presentar oferta. ➢ MÍNIMO uno (1) de los contratos aportados, debe ser de valor igual o superior al XXX expresado en SMMLV. Para demostrar la experiencia especifica el oferente debe presentar con su oferta el Formato No. 03 debidamente diligenciado e indicando en él toda la información allí solicitada. Así mismo, debe anexar la documentación adecuada y pertinente, que acredite clara y verazmente la realización de los contratos relacionados, cuyo número debe ser máximo el señalado en el inciso segundo del presente numeral. Los documentos de los contratos presentados y aportados con la oferta, que acrediten los relacionados en el Formato No. 03 deben permitir al Comité Evaluador realizar eficazmente la verificación y evaluación del factor técnico establecido en este numeral. Si la experiencia se pretende acreditar con FACTURAS CAMBIARIAS, estas deben cumplir con los requisitos previstos en los artículos 772 y 774 del Código de Comercio. Cada factura se asimila a un contrato. La relación de la experiencia específica que pretenda ser acreditada, deberá ser presentada utilizando exclusivamente el Formato 03, en el cual deberá relacionar toda la información allí solicitada bajo la gravedad de juramento; así mismo la entidad se reserva el derecho de revisar y verificar la información suministrada en este formato. La oferta deberá cumplir los requisitos mínimos antes señalados. ❖ Acreditac...
Formato de Creación de Terceros. Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes, deberán aportar cada uno de los documentos señalados en el presente numeral y el NIT. del Consorcio.
Formato de Creación de Terceros. El formato de creación terceros deberá descargarse de la página Web de la entidad: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx, deberá seleccionar del Menú Principal la opción “Información a Contratistas”, luego seleccionar la opción “Requisitos para el pago” y en la lista: FORMATOS que aparece el link “Información General y Tributaria de Terceros” de acuerdo con lo siguiente: Al seleccionar el link le muestra el siguiente cuadro con lo cual podrá almacenar el formato de creación de terceros, el cual deberá diligenciar y entregar.

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  • Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros 1. La solicitud de indemnización de daños cuya cobertura corresponda al Consorcio de Compensación de Seguros, se efectuará mediante comunicación al mismo por el tomador del seguro, el asegurado o el beneficiario de la póliza, o por quien actúe por cuenta y nombre de los anteriores, o por la entidad aseguradora o el mediador de seguros con cuya intervención se hubiera gestionado el seguro.

  • Aclaración de los Documentos de Licitación 10.1 Todos los posibles Oferentes que requieran aclaraciones sobre los Documentos de Licitación deberán solicitarlas al Contratante por escrito a la dirección indicada en los DDL. El Contratante deberá responder a cualquier solicitud de aclaración recibida por lo menos 21 días antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas. Se enviarán copias de la respuesta del Contratante a todos los que compraron los Documentos de Licitación, la cual incluirá una descripción de la consulta, pero sin identificar su origen.

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  • DATOS DEL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN CUCE: - - - - -

  • CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Son contratos de prestación de servicios los que celebren las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Estos contratos sólo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados. En ningún caso estos contratos generan relación laboral ni prestaciones sociales y se celebrarán por el término estrictamente indispensable.

  • PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN EN CASO DE SINIESTRO INDEMNIZABLE POR EL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS En caso de siniestro, el asegurado, tomador, beneficiario, o sus respectivos representantes legales, directamente o a través de la entidad aseguradora o del mediador de seguros, deberá comunicar, dentro del plazo de siete días de haberlo conocido, la ocurrencia del siniestro, en la delegación regional del Consorcio que corresponda, según el lugar donde se produjo el siniestro. La comunicación se formulará en el modelo establecido al efecto, que está disponible en la página "web" del Consorcio (xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx), o en las oficinas de éste o de la entidad aseguradora, al que deberá adjuntarse la documentación que, según la naturaleza de los daños, se requiera. Asímismo, se deberán conservar restos y vestigios del siniestro para la actuación pericial y, en caso de imposibilidad absoluta, presentar documentación probatoria de los daños, tales como fotografías, actas notariales, vídeos o certificados oficiales. Igualmente, se conservarán las facturas correspondientes a los bienes siniestrados cuya destrucción no pudiera demorarse. Se deberán adoptar cuantas medidas sean necesarias para aminorar los daños. La valoración de las pérdidas derivadas de los acontecimientos extraordinarios se realizará por el Consorcio de Compensación de Seguros, sin que éste quede vinculado por las valoraciones que, en su caso, hubiese realizado la entidad aseguradora que cubriese los riesgos ordinarios. Para aclarar cualquier duda que pudiera surgir sobre el procedimiento a seguir, el Consorcio de Compensación de Xxxxxxx dispone del siguiente teléfono de atención al asegurado: 902 222 665.

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