Forma de Pago por las ventas concretadas Cláusulas de Ejemplo

Forma de Pago por las ventas concretadas. Las ventas que se hayan concretado y que hayan sido canceladas íntegramente por el consumidor final, serán pagaderas de la siguiente manera:

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  • MONTO, MONEDA Y FORMA DE PAGO El monto total propuesto y aceptado por ambas partes para la adquisición de los BIENES asciende a la suma de ___________ (registrar en forma numeral y literal el monto del contrato en Bolivianos). La ENTIDAD procederá al pago del monto pactado ___________(señalar una de las siguientes alternativas para el pago:

  • PRECIO Y FORMA DE PAGO El Usuario debe abonar el precio de estabulación, suministros y, en su caso, otros servicios, conforme a las tarifas oficiales de HZ, publicadas en su página Web corporativa.El pago de estabulación y suministros se hará de forma mensual y por anticipado, en los cinco primeros días del mes, mediante domiciliación bancaria. Serán por cuenta del Usuario, los gastos de las reparaciones que sean consecuencia de un uso no correcto de las instalaciones por parte del Usuario, sus caballos, preparadores, acompañantes o en general cualquier persona a su cargo o bajo su responsabilidad. Los eventuales servicios adicionales se facturarán en el mes siguiente a su realización. La falta de pago de los recibos enviados al cobro implicará la constitución en xxxx del Usuario, sin necesidad de intimación por parte de HZ, quien podrá aplicar a las cantidades así adeudadas el interés de demora que corresponda según resolución de la Dirección General xxx Xxxxxx y Política Financiera con arreglo a la Ley 3/2004, de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. No obstante lo anterior y sin perjuicio de las acciones legales que procedan, HZ se reserva el derecho a compensar las cantidades adeudadas por el/los Usuario/s, con las que les deba abonar HZ por premios ganados en las carreras que se celebren en el hipódromo o con saldos a su favor existentes en otras cuentas de cuadras de su propiedad en HZ, procedimiento que queda expresamente autorizado por parte del Usuario. HZ queda también autorizada, por la firma de este contrato, a proceder a la enajenación mediante pública subasta, o el medio que HZ considere más adecuado, de un caballo cuyo Usuario esté en xxxx por un período superior a seis (6) meses, contado desde la fecha del primer recibo no atendido. El producto obtenido de la enajenación, descontados los gastos originados en la misma, se aplicará en primer lugar a saldar la deuda del Usuario con HZ; de existir sobrante, se aplicará a saldar las posibles deudas con los colectivos de entrenadores y jockeys, en este orden, y el posible remanente será puesto a disposición del Usuario moroso.

  • FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o certificada efectuada por traductor público juramentado o traductor colegiado certificado, según corresponda, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica. Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno. Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual. En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos. Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. (Formato Nº 1) En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente: En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio. En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.

  • FORMA DE COTIZAR El oferente cotizará el precio del servicio o material en la moneda que se indique en las CALP, en la Planilla de Cotización que se adjunta, discriminando IVA, de acuerdo a lo señalado en el presente artículo, y discriminando todo impuesto indirecto que corresponda. Los precios cotizados deberán constituir la retribución de todos los gastos por cualquier concepto requeridos para el cumplimiento del objeto contractual, por lo que deberán comprender todos los tributos, impuestos, tasas, contribuciones, derechos y cualquier otro componente de costo de cualquier índole con la única excepción de los que la C.T.M., haya tomado expresamente a su cargo y así lo indique en el pliego respectivo. A fin de conformar sus precios, los oferentes argentinos deberán tener presente que según lo establecido en el Art. 5 del Acuerdo de Sede celebrado entre el Gobierno de la República Argentina y la Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande, aprobado por Ley Nº 21.756, la misma está exenta de toda clase de impuestos o contribuciones directos o indirectos, ya sean federales, provinciales y municipales o de cualquier otro tipo. A su vez, los oferentes uruguayos deberán tener presente que según lo establecido en el Artículo 5 del Acuerdo sobre Privilegios e Inmunidades celebrado entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y la Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande, aprobado por Ley Nº 14.896, la misma está exenta de toda clase de tributos nacionales o municipales, con excepción de los habitualmente denominados indirectos que normalmente se incluyen en el precio de las mercaderías y servicios. Asimismo, se deberá tener en cuenta que el Decreto 666/79 reglamenta la exoneración del Organismo respecto del Impuesto al Valor Agregado en sus Artículos 24 a 28. Oportunamente la C.T.M. extenderá al Contratista los correspondientes certificados, avalando lo señalado precedentemente.

  • FORMA Y LUGAR DE PAGO Las partes convienen que los trabajos objeto del presente contrato, se paguen mediante la formulación de estimaciones, que abarcarán períodos máximos de 30 días naturales, las cuales serán presentadas por “EL CONTRATISTA” a la residencia de supervisión, acompañadas de la documentación soporte correspondiente, dentro de los (7) siete días hábiles siguientes a la fecha xx xxxxx para la elaboración de las mismas; cuando las estimaciones no sean presentadas en el término antes señalado, se incorporarán en la siguiente estimación para que "LA JAPAME" inicie el trámite de pago. La residencia de supervisión dentro de los 8 (ocho) días hábiles siguientes, deberá revisar y en su caso autorizar la estimación. El pago se hará a “EL CONTRATISTA” a través de la Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Elota, elaborando los contrarecibos correspondientes contra la entrega de la estimación para que le sean cubiertas por dicha Junta. En el supuesto de que surjan diferencias técnicas o numéricas, las partes tendrán 5 (cinco) días hábiles a partir del plazo señalado para la revisión, con el objeto de conciliar dichas diferencias, y en su caso, autorizar la estimación correspondiente. De no ser posible conciliar todas las diferencias, las pendientes deberán resolverse e incluirse en la siguiente estimación. En el caso de que "LA JAPAME" realice algún pago en exceso, “EL CONTRATISTA” deberá reintegrar estas cantidades, más los intereses correspondientes conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de crédito fiscal. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso y se computarán por días calendario desde la fecha del pago y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de "LA JAPAME. Ni las estimaciones, ni la liquidación, aunque hayan sido pagadas, se considerarán como aceptación plena de los trabajos, pues "LA JAPAME" se reserva expresamente el derecho a reclamar por los trabajos faltantes o mal ejecutados, o por pagos efectuados en exceso.

  • LUGAR Y FORMA DE PAGO Dentro de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a cada Fecha de Pago, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto de las cantidades que el Estado le adeude, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugar.

  • FORMA DE EJECUCIÓN No se realizará ningún trabajo sin que previamente el Técnico Constructor (TC), haya inspeccionado el área de trabajo. Antes de la colocación de las piezas, éstas deberán remojarse de acuerdo al procedimiento establecido en la etapa de capacitación, a fin de quedar saturadas de agua. Asimismo deberán regarse las superficies a revestir. Una vez ejecutado el piso de cerámica, se colocarán los zócalos cuales serán piezas cortadas de las mismas cerámicas a una altura de 10 cm se colocaran con la pasta de cemento cola elaborada de acuerdo a las especificaciones técnicas del material, y dosificando la pasta sobre el zocalo de cemento a través de una plancha dosificadora de 1 cm. A objeto de obtener una adecuada alineación y nivelación se colocarán las respectivas maestras y se utilizarán guías xx xxxxxx y clavos de ½” a 1 ½” para mantener la separación entre piezas, los mismos que serán retirados una vez que hubiera fraguado el mortero. Concluida la operación del colocado, se aplicará una lechada de cemento blanco para cubrir las juntas, limpiándose luego con un trapo seco la superficie obtenida. La asistencia técnica y seguimiento de las entidad ejecutora por intermedio de su Técnico Constructor (TC) deberá garantizar el alineado, colocado correcto de las piezas de zocalo de cerámica y emboquillado de las juntas de las piezas con pasta de cemento blanco para obtener un acabado prolijo, deberá tener un remate a 45°. Todo el trabajo estará sujeto a indicación expresa del Técnico Operativo de Área (TOA). El zócalo de cerámica se medirá en metros. ITEM 18 MESÓN DE COCINA UNIDAD m2 DESCRIPCIÓN: - Este ítem comprende los trabajos de colocado de los elementos destinados para la construcción del Mesón de cocina. Todo el trabajo estará sujeto a indicación expresa del Técnico Operativo de Área (TOA), además del visto bueno y aprobación de la inspectoría. El Responsable de la Autoconstrucción, realizará los trabajos de colocación del Mesón de Cocina, empleando herramientas, apropiadas para la realización del presente Ítem.

  • GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más xxx xxxx por ciento (10%) de éste, para la suscripción del contrato, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.

  • FORMA Y CONDICIONES DE PAGO El BATALLÓN DE COMANDO Y APOYO DE I.M No.1. , se obliga con el contratista a pagar el valor total del contrato, por la suma de ,mediante --------, una vez recibidos los servicios a entera satisfacción por parte del Supervisor del contrato, presentación de la factura comercial debidamente firmada por el Contratista, el Supervisor y/o el Almacenista, Constancia de cumplimiento de las obligaciones del Contratista frente a los Sistemas de Seguridad Social Integral (salud, pensión, riesgos profesionales) y parafiscales Entrada de los servicios en el programa SAP y Acta de recibo a satisfacción firmada por el Supervisor del contrato, dentro de los sesenta (60) días contados a partir de la radicación de los documentos en la Dirección de Economía y Finanzas de la Armada Nacional. NOTA 1: De conformidad con lo establecido en el Manual de bienes, las facturas o cuentas de cobro, según aplique, deberán estar expedidas dentro del plazo de ejecución del contrato y encontrarse suscritas por el Almacenista si se trata de adquisición de bienes, o por el supervisor si se trata de la adquisición de servicios. NOTA 2: El término para el pago solo empezará a contarse desde la fecha en que se presente en debida forma y adjuntando la totalidad de los documentos exigidos para tal efecto. Las ARMADA NACIONAL REPUBLICA DE COLOMBIA FORMATO PLIEGOS DE CONDICIONES - SELECCIÓN ABREVIADA MENOR CUANTÍA

  • Forma y contenido de las proposiciones Las proposiciones constarán de los sobres indicados en el apartado 10 del Anexo I al presente Xxxxxx. Los sobres se presentarán cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos el número de referencia y la denominación del contrato al que licitan, el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa y su correspondiente NIF o CIF. En su interior se hará constar una relación numérica de los documentos que contienen. Los sobres se dividen de la siguiente forma: preceptivamente, los siguientes documentos: