Fondo de Garantía de Inversiones Cláusulas de Ejemplo

Fondo de Garantía de Inversiones. ESFERA CAPITAL es una entidad adherida al Fondo de Garantía de Inversiones (FOGAIN). El Fondo tiene por objeto garantizar, en caso de insolvencia de las entidades adheridas, los saldos dinerarios y el depósito de valores e instrumentos financieros mantenidos por cuenta de sus clientes, hasta un importe máximo por depositante de 100.000 desde la entrada en vigor del RD 1642/2008, esto es, para procesos de indemnización iniciados con posterioridad al 11 de octubre de 2008. Existe información adicional en xxx.xxxxxx.xxx.
Fondo de Garantía de Inversiones. 19.1 El Fondo de Garantía de Inversiones al que ARCANO está adscrito, por tratarse de una sociedad gestora instituciones de inversión colectiva domiciliada en España que presta servicios de inversión, es el Fondo General de Garantía de Inversiones (FOGAIN). Los valores y efectivo de los Clientes xx XXXXXX se encuentran cubiertos por este fondo, en los términos establecidos en la legislación del española vigente en cada momento, en aplicación de las Directivas Comunitarias sobre la materia y, en particular, de la Directiva 97/9/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 xx xxxxx de 1997, relativa a los sistemas de indemnización de los inversores o norma que le sustituya en el futuro y el Real Decreto 948/2001, de 3 xx xxxxxx, sobre Sistemas de Indemnización de los Inversores.
Fondo de Garantía de Inversiones. La SOCIEDAD se encuentra adherida al Fondo de Garantía de Inversiones (FOGAIN) regulado en el Real Decreto 948/2001, de 3 xx xxxxxx, sobre sistemas de indemnización de los inversores (modificado, entre otras, por la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, por el Real Decreto 628/2010, de 00 xx xxxx, de 14 xx xxxx) por lo que el CLIENTE tendrá derecho a recibir una indemnización en caso de que la SOCIEDAD se encuentre en concurso judicial o sobre ella la CNMV hubiera resuelto que no se encuentra en situación de atender sus obligaciones con los clientes. El CLIENTE puede obtener más información acerca del FOGAIN a través de la página web: xxx.xxxxxx.xxx.
Fondo de Garantía de Inversiones. Rentamarkets cuenta con la cobertura del Fondo de Garantía de Inversiones (“FOGAIN”), en los términos del Real Decreto 948/2001, de 3 agosto, sobre sistemas de indemnización de los inversores, en especial, en los artículos 4.1 a), 4.2, 4.3, 5 y 6 de dicha norma. El FOGAIN tiene por objeto garantizar, en caso de insolvencia de la entidad, los depósitos de valores y efectivo hasta el importe máximo por depositante que en cada momento determine la normativa de aplicación. Sin perjuicio de que puede solicitar a Rentamarkets cualquier información adicional por los medios de comunicaciones previstos en el presente Contrato, le informamos de la página web del FOGAIN, donde se facilita información sobre su funcionamiento y la cobertura que ofrece a los inversores: xxx.xxxxxx.xx.
Fondo de Garantía de Inversiones. NORBOLSA forma parte del Fondo de Garantía de Inversiones constituido y regulado por el Real Decreto 948/2001, contribuyendo conforme a lo en él establecido a dotarle de fondos que permitan la indemnización de inversores en los supuestos de insolvencia del intermediario. El cliente puede obtener información adicional sobre el sistema en la web del Fogain xxx.xxxxxx.xxx.
Fondo de Garantía de Inversiones. La ENTIDAD se encuentra adherida al Fondo de Garantía de Inversiones (FOGAIN) regulado en el Real Decreto 948/2001, de 3 xx xxxxxx, sobre sistemas de indemnización de los inversores (modificado, entre otras, por la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, por el Real Decreto 628/2010, de 00 xx xxxx, de 14 xx xxxx), cuyo objeto es garantizar a los inversores el reembolso de las cantidades de dinero o la restitución de los valores o instrumentos financieros que les pertenezcan, hasta el límite que legalmente esté establecido en cada momento por la correspondiente normativa reguladora del FOGAIN y por lo que el CLIENTE tendrá derecho a recibir una indemnización en caso de que la ENTIDAD se encuentre en concurso judicial o sobre ella la CNMV hubiera resuelto que no se encuentra en situación de atender sus obligaciones con los clientes. El CLIENTE puede obtener más información acerca del FOGAIN a través de la página web: xxx.xxxxxx.xxx.
Fondo de Garantía de Inversiones. ABANTE informa al CLIENTE de que es una entidad adherida al Fondo de Garantía de Inversiones. La finalidad del Fondo General de Garantía de Inversiones es ofrecer a los clientes de las sociedades de valores, agencias de valores y sociedades gestoras de carteras la cobertura de una indemnización en caso de que alguna de estas entidades entre en una situación de concurso de acreedores, o bien declare la CNMV que la entidad no está en condiciones de atender sus obligaciones con sus clientes. Si se da uno de estos supuestos, y como consecuencia de ello, algún CLIENTE no puede obtener la devolución o entrega del efectivo y valores confiados a dicha entidad, el Fondo General de Garantía de Inversiones despliega su cobertura e indemniza a tales clientes con un importe determinado en la normativa aplicable. ABANTE facilitará al CLIENTE información adicional, previa petición, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.
Fondo de Garantía de Inversiones. Les informamos de que la Entidad está adherida al Fondo de Garantía de Inversiones (en adelante, “FOGAIN”) y que, en consecuencia, el Cliente puede beneficiarse de la protección que el FOGAIN ofrece a los clientes de sus entidades adheridas. El régimen jurídico y de funcionamiento tanto del FOGAIN como su gestora se encuentran regulados en el Real Decreto 948/2001, de 3 xx xxxxxx, sobre Sistemas de Indemnización de los Inversores. Todas las empresas de servicios de inversión españolas deben estar adheridas al FOGAIN, aportando al mismo las cantidades que les correspondan según la normativa vigente en cada momento. El Cliente puede obtener más información acerca del FOGAIN, su funcionamiento y cobertura en la página web del FOGAIN (xxx.xxxxxx.xxx).
Fondo de Garantía de Inversiones. HALTIA CAPITAL AV se encuentra adherida al Fondo de Garantía de Inversiones (FOGAIN) regulado en el Real Decreto 948/2001, de 3 xx xxxxxx, sobre sistemas de indemnización de los inversores (modificado, entre otras, por la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, por el Real Decreto 628/2010, de 00 xx xxxx, de 14 xx xxxx) por lo que el CLIENTE tendrá derecho a recibir una indemnización en caso de que HALTIA CAPITAL AV se encuentre en concurso judicial o sobre ella la CNMV hubiera resuelto que no se encuentra en situación de atender sus obligaciones con los clientes. El CLIENTE puede obtener más información acerca del FOGAIN a través de la página web: xxx.xxxxxx.xxx
Fondo de Garantía de Inversiones. El fondo de garantía de inversiones al que Q-RENTA está adscrita, por tratarse de una empresa de servicios de inversión residente en España, es el Fondo General de Garantía de Inversiones (FOGAIN). Los valores y efectivo de los CLIENTES de Q-RENTA se encuentran cubiertos por dicho fondo, en los términos y limitaciones establecidos en la legislación española vigente en cada momento.