ESTUDIOS PREVIOS. Con anterioridad a la apertura de los procesos de selección correspondientes, y caso de contratación directa antes de la celebración del contrato, el área que genera la necesidad, deberá diligenciar el formato de los estudios previos que justifican la contratación. Estos estudios estarán conformados por los documentos definitivos que sirvan de soporte para la elaboración del proyecto ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de condiciones o del contrato, de manera que los proponentes o el eventual contratista respectivamente, puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la entidad, así como la distribución de riesgos que la misma propone. Para la elaboración de los estudios previos, se requiere de un análisis serio y completo de la necesidad y la conveniencia para el logro de los objetivos institucionales. Deberá contener la identificación del objeto a contratar, el proceso legal requerido para la contratación, los aspectos técnicos y financieros y demás requisitos, los cuales serán incluidos en el formato de estudios previos aprobado en su última versión, y firmado por la secretaría general quien se hace responsable con su firma, de la calidad de la información plasmada y de su coincidencia con la realidad. Nota: La responsabilidad de los estudios y documentos previos recae única y exclusivamente sobre el titular de la dependencia generadora de la necesidad que los elabora. El objetivo fundamental del estudio previo es analizar todas las variables que pueden afectar los procesos de selección, los contratos y su futura ejecución, dando cumplimiento de esta manera a los principios que rigen la función administrativa, la gestión fiscal, de que tratan los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, respectivamente, y los propios de la contratación estatal. Los estudios previos se pondrán a disposición de los interesados de manera simultánea con el proyecto ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de condiciones, cuando la modalidad de contratación así lo exija o con la Invitación en caso de mínima cuantía. El contenido de los estudios y documentos previos podrá ser ajustado con posterioridad a la apertura del proceso de selección de que se trate. Lo anterior en razón a las observaciones presentadas o a revisiones internas que realice la entidad, para lo cual el área solicitante deberá remitir el estudio previo ajustado destacando de manera clara y precisa las modificaciones introducidas con el fin de que se puedan publicar en el SECOP. En caso que la modificación de los elementos mínimos señalados implique cambios fundamentales en los mismos, el Gerente, en aras de proteger el interés público o social, revocará el acto administrativo de apertura del proceso de selección que corresponda de conformidad con las disposiciones establecidas en el Código Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. 2.2.1. Contenido de los Estudios Previos a. La descripción de la necesidad que la empresa pretende satisfacer con el Proceso de Contratación. b. Descripción del Objeto a Contratar
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ESTUDIOS PREVIOS. Con anterioridad a la apertura de Los estudios previos para todos los procesos de selección correspondientesdeberán contener, y caso de contratación directa antes como mínimo la siguiente información:
1. La descripción de la celebración del contratonecesidad: Esta descripción debe ser amplia y suficiente, el área de tal manera que genera se establezcan las razones de la necesidad, deberá diligenciar el formato existencia de los estudios previos una necesidad y que justifican la contratación.
2. Estos estudios estarán conformados por El objeto a contratar, con sus especificaciones, las autorizaciones, permisos y licencias requeridos para su ejecución: Aquí se identifica de manera clara y precisa lo que se quiere contratar, donde además se debe tener en cuenta su vida útil, coherencia técnica, calidades del personal técnico que prestará servicios, y los demás que soporten este aspecto y la necesidad identificada. Si el objeto del contrato incluye diseño y construcción, debe contener los documentos definitivos técnicos para el desarrollo del proceso. Este debe coincidir con lo definido en el Plan Anual de Adquisiciones.
3. La modalidad de selección del contratista y su justificación: Deberá estar debidamente fundamentada, y ajustada a los criterios definidos por el legislador, teniendo en cuenta su objeto y cuantía, según los requisitos que sirvan para cada modalidad determine este manual.
4. El valor estimado del contrato y la justificación de soporte para este: Si el valor del contrato está determinado en precios unitarios, la elaboración dependencia solicitante deberá incluir la forma en que los calculó y soportar sus cálculos de presupuesto en la estimación de aquellos. Si el contrato es de concesión, tampoco debe publicar el modelo financiero utilizado en la estructuración. En este ítem también se define la forma de pago, la cual deberá mantener las condiciones económicas existentes al momento de la firma del proyecto contrato y durante su ejecución. Si se pacta anticipos deberá señalarse la forma cómo será la amortización del anticipo, la manera en que se debe invertir, la constitución ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de condiciones o del contrato, de manera que los proponentes o para el eventual contratista respectivamente, puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la entidad, así como la distribución de riesgos que la misma propone. Para la elaboración manejo de los estudios previos, se requiere de un análisis serio y completo de la necesidad recursos y la conveniencia legalización del anticipo.
5. Los criterios para el logro de los objetivos institucionales. Deberá contener seleccionar la identificación del objeto a contratar, el proceso legal requerido para la contratación, oferta más favorable: En éste ítem se describen los aspectos técnicos que permitan una escogencia bajo los principios de objetividad y financieros y demás requisitostransparencia, obedeciendo a los cuales serán incluidos en el formato de estudios previos aprobado en su última versión, y firmado por la secretaría general quien se hace responsable con su firma, de la calidad de la información plasmada y de su coincidencia con la realidad. Nota: La responsabilidad de los estudios y documentos previos recae única y exclusivamente sobre el titular de la dependencia generadora de la necesidad que los elabora. El objetivo fundamental del estudio previo es analizar todas las variables que pueden afectar los procesos criterios particulares para cada proceso de selección, los contratos tales como relación calidad y su futura ejecuciónprecio que representen mayor beneficio, dando cumplimiento de esta manera a los principios que rigen la función administrativa, la gestión fiscal, de que tratan los artículos 209 para lo cual establecerán las condiciones técnicas y 267 económicas mínimas de la Constitución Políticaoferta y las condiciones técnicas adicionales que impliquen ciertas ventajas, respectivamente, o la relación calidad y los propios precio soportado en fórmulas. Parágrafo. No se requerirá en la modalidad de la contratación estataldirecta.
6. Los estudios previos se pondrán a disposición El análisis de los interesados de manera simultánea con el proyecto ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ y la forma de condicionesmitigarlo: En este aspecto se tienen en cuenta los eventos que puedan afectar la ejecución contractual, cuando y que no son fácilmente predecibles o su ocurrencia pueda ser definida por las partes. Para llevar a cabo este análisis, y la modalidad forma de contratación así lo exija o con mitigarlo, se debe seguir el Manual elaborado por Colombia Compra Eficiente.
7. Las garantías que la Invitación Entidad Estatal contempla exigir en caso de mínima cuantía. El contenido de los estudios y documentos previos podrá ser ajustado con posterioridad a la apertura del el proceso de selección contratación: La exigencia de que garantías responde a un análisis mediante el cual se trate. Lo anterior en razón a las observaciones presentadas concluye tal necesidad, con lo cual se ampararán los perjuicios de naturaleza contractual o a revisiones internas que realice la entidadextracontractual, producto del incumplimiento del contrato o de lo ofrecido por el proponente, para lo cual se debe tener en cuenta la reglamentación existente sobre el área solicitante deberá remitir particular, de acuerdo con el monto, plazo y naturaleza del contrato a suscribir.
8. La indicación de si el proceso de contratación está cobijado por un acuerdo comercial: En caso de estar bajo un Acuerdo Comercial, indicarlo claramente. Si del análisis del proceso de contratación se concluye que se contratará bajo un Acuerdo Comercial, se debe verificar si la Entidad se encuentra en los listados de las entidades cubiertas, que la contratación supere los montos mínimos establecidos, y que la misma no se encuentre excluida de dicho Acuerdo.
9. Indicación de supervisión o interventoría: Deberá indicarse si se requiere o no de interventor, o si por el contrario, la vigilancia y control del contrato puede ejercerse por un supervisor de la Entidad. PARÁGRAFO. En el caso de adquisiciones a través de Acuerdos Marco, el estudio previo ajustado destacando solo requerirá de manera clara y precisa las modificaciones introducidas con el fin de que se puedan publicar en el SECOP. En caso que la modificación de los elementos mínimos señalados implique cambios fundamentales en los mismos, el Gerente, en aras de proteger el interés público o social, revocará el acto administrativo de apertura del proceso de selección que corresponda de conformidad con las disposiciones establecidas en el Código Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
2.2.1. Contenido de los Estudios Previos
a. La descripción de la necesidad necesidad, el objeto a contratar con sus especificaciones técnicas, autorizaciones, permisos y licencias requeridos para su ejecución, la modalidad de selección del contratista y su justificación y el certificado de disponibilidad presupuestal que respalda la empresa pretende satisfacer con el Proceso de Contratacióncontratación.
b. Descripción del Objeto a Contratar
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ESTUDIOS PREVIOS. Con anterioridad a De acuerdo con la apertura de los procesos modalidad de selección correspondientes, y caso de contratación directa antes de la celebración del contratoaplicable, el área que genera en la cual surge la necesidad, deberá debe realizar la solicitud de contratación y diligenciar los “Estudios Previos”, los cuales contendrán los aspectos mínimos requeridos por el formato Decreto 1082 de 2015, la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007. Sin perjuicio de lo descrito, la dependencia solicitante debe incluir todos los demás aspectos que considere necesarios para complementar los estudios. A los estudios previos que justifican deberá anexarse la contrataciónsolicitud del Certificado de Disponibilidad Presupuestal, debidamente firmada por el responsable de la dependencia solicitante. Estos Los estudios estarán conformados por los documentos definitivos que sirvan previos, estudio de soporte para la elaboración del proyecto sector y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y demás documentos anexos se deberán radicar en el Grupo de condiciones gestión contractual, en físico y enviarse por correo electrónico con antelación a la fecha prevista para el inicio de la contratación en el Plan de adquisiciones, a fin de iniciar el proceso de selección o elaboración del contrato. Sin la totalidad de los documentos establecidos no se podrá iniciar el proceso de contratación. El Grupo de gestión contractual devolverá las solicitudes de contratación cuando los documentos no estén completos. En todo caso, desde el área de manera contratos se prestará asesoría continua a las áreas que los proponentes o el eventual contratista respectivamente, puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por requieran la entidad, así como la distribución de riesgos que la misma propone. Para la elaboración consolidación de los estudios previos, se requiere de un análisis serio en materia legal y completo de la necesidad y la conveniencia para normativa. Por considerarse el logro de los objetivos institucionales. Deberá contener la identificación del objeto a contratar, el proceso legal requerido para la contratación, los aspectos técnicos y financieros y demás requisitos, los cuales serán incluidos en el formato de estudios previos aprobado en su última versión, y firmado por la secretaría general quien se hace responsable con su firma, de la calidad de la información plasmada y de su coincidencia con la realidad. Nota: La responsabilidad de los estudios y documentos previos recae única y exclusivamente sobre el titular de la dependencia generadora de la necesidad que los elabora. El objetivo fundamental del estudio previo es analizar todas las variables que pueden afectar los procesos de selección, los contratos y su futura ejecución, dando cumplimiento de esta manera a los principios que rigen la función administrativa, la gestión fiscal, de que tratan los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, respectivamente, y los propios de la contratación estatal. Los estudios previos se pondrán a disposición de los interesados de manera simultánea con el proyecto ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de condiciones, cuando la modalidad de contratación así lo exija o con la Invitación en caso de mínima cuantía. El contenido de los estudios y documentos previos podrá ser ajustado con posterioridad a la apertura documento indispensable del proceso de selección contratación, se definirá el concepto y la descripción de cada los aspectos más importantes que lo componen: En términos generales, es la expresión de aquello que se traterequiere. Lo anterior Para tal efecto, las áreas deben tener en razón cuenta los planes, programas y proyectos que adelanta el Instituto. Responde a las observaciones presentadas preguntas qué, cómo, cuando, por qué y para qué. Para este punto, se debe tener en cuenta por parte de cada área que requiera el bien, servicio, obra, o necesidad, señalar y adjuntar el correspondiente soporte que certifique aspectos como por ejemplo la inexistencia del bien o elemento en el almacén del Instituto, o la inexistencia del cargo con el perfil requerido que se pretende contratar. La descripción del objeto es la expresión general, clara, breve y concisa, del bien, servicio u obra que se pretende contratar. La redacción debe iniciar con un verbo en infinitivo preferiblemente, que indique la acción del contratista; por ejemplo, prestar el servicio de… (Para los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a revisiones internas la gestión); realizar las obras de… para… (Para contratos de obra: restauración, mantenimiento, primeros auxilios, etc.); suministrar… (Para los contratos de suministro) o compraventa de… para señalar por ambas vías la compra que realice hace la entidadEntidad y la venta que efectúa el contratista en los contratos de compraventa. Para este punto, para lo cual el área solicitante deberá remitir el estudio previo ajustado destacando precisar de manera clara detallada, específica y precisa las modificaciones introducidas con el fin de un lenguaje técnico, todo lo que se puedan publicar requiere con la contratación. Lo anterior para que al momento de dar cumplimiento del objeto contractual, no haya lugar a equivocaciones e interpretaciones erróneas que vayan en el SECOP. En caso que la modificación de los elementos mínimos señalados implique cambios fundamentales en los mismos, el Gerente, en aras de proteger el interés público o social, revocará el acto administrativo de apertura perjuicio y detrimento tanto del proceso de selección que corresponda de conformidad con las disposiciones establecidas en el Código Administrativo y de lo Contencioso Administrativocontratista como del Instituto.
2.2.1. Contenido de los Estudios Previos
a. La descripción de la necesidad que la empresa pretende satisfacer con el Proceso de Contratación.
b. Descripción del Objeto a Contratar
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Sources: Manual De Contratación
ESTUDIOS PREVIOS. Con anterioridad a la apertura de los procesos de selección correspondientes, y en caso de contratación directa antes de la celebración del contrato, el área la dependencia o unidad ejecutora que genera la necesidad, deberá diligenciar el formato de elaborar los estudios previos que justifican la contratación. Estos estudios estarán conformados por los documentos definitivos que sirvan de soporte para la elaboración del proyecto ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de condiciones o del contrato, de manera que los proponentes o el eventual contratista respectivamente, puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la entidad, entidad así como la distribución de riesgos que la misma propone. Para la elaboración de los estudios previos, se requiere de un análisis serio y completo de la necesidad y la conveniencia para el logro de los objetivos institucionales. Deberá contener la identificación del objeto a contratar, el proceso legal requerido para la contratación, los aspectos técnicos y financieros y demás requisitos, los cuales serán incluidos en el formato de estudios previos aprobado en su última versión, y debe ser firmado por la secretaría general quien se hace responsable con su firma, el jefe de la calidad de la información plasmada y de su coincidencia con la realidadunidad ejecutora. Nota: La responsabilidad de los estudios y documentos previos recae única y exclusivamente sobre el titular de la dependencia generadora de la necesidad que los elaboraelabora (Director, Subdirector, Jefe de Oficina o Secretario). El objetivo fundamental del estudio previo es analizar todas las variables que pueden afectar los procesos de selección, los contratos y su futura ejecución, dando cumplimiento de esta manera a los principios que rigen la función administrativa, la gestión fiscal, de que tratan los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, respectivamente, y los propios de la contratación estatal. Los estudios previos se pondrán a disposición de los interesados de manera simultánea con el proyecto ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de condiciones, cuando la modalidad de contratación así lo exija o con la Invitación invitación en caso de mínima cuantía. El contenido de los estudios y documentos previos podrá ser ajustado con posterioridad a la apertura del proceso de selección de que se trate. Lo anterior anterior, en razón a las observaciones presentadas o a revisiones internas que realice la entidad, para lo cual el área la dependencia solicitante deberá remitir el estudio previo ajustado destacando de manera clara y precisa las modificaciones introducidas con el fin de que se puedan publicar en el SECOP. En caso de que la modificación de los elementos mínimos señalados implique cambios fundamentales en los mismos, el GerenteDirector de Contratación, en aras de proteger el interés público o social, revocará podrá revocar el acto administrativo de apertura del proceso de selección que corresponda de conformidad con las disposiciones establecidas en el Código Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
2.2.1Administrativo El estudio previo debe contener: Hace referencia a las causas, carencias, utilidades o provechos que determinan a la entidad contratar el bien, obra o servicio, así como las razones que sustentan la contratación del mismo, el cual, a su vez debe corresponder a la satisfacción del interés general observando los postulados que rigen la función administrativa. Contenido De igual manera el bien, obra o servicio a contratar debe encontrarse previsto en el Plan Anual de los Estudios Previos
a. La Adquisiciones o el documento que haga sus veces y tener relación con el rubro presupuestal del cual se derivan sus recursos. Dentro de la descripción de la necesidad, debe precisarse de manera puntual por qué se requiere la contratación del bien, obra o servicio, indicando el soporte técnico y/o normativo a que haya lugar. Para describir con claridad la necesidad que se desea satisfacer, puede responderse a las preguntas: que necesito; para que lo necesito y porque lo necesito, haciendo mención de las posibles opciones existentes para el logro del objetivo, explicando las razones que conllevan a determinar que la empresa pretende satisfacer con escogida es la mejor, la más conveniente. Cuando se trate de un proceso de selección abreviada para contratar una obra el Proceso estudio previo deberá señalar si se requiere de Contratacióninterventoría externa para la verificación del cumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista.
b. Descripción del Objeto a Contratar
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ESTUDIOS PREVIOS. Con anterioridad a la apertura En desarrollo de lo señalado en los procesos de selección correspondientes, numerales 7 y caso de contratación directa antes 12 del artículo 25 de la celebración del contrato, el área Ley 80 de 1993; dispuso que genera la necesidad, deberá diligenciar el formato de los estudios y documentos previos que justifican la contratación. Estos estudios estarán conformados por los documentos definitivos que sirvan de soporte para la elaboración el inicio del proyecto ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de condiciones o del contrato, proceso contractual de manera que los proponentes o el eventual contratista respectivamente, puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la entidadEntidad, así como el de la distribución de riesgos que la misma Entidad propone. Para la elaboración Lo anterior sin perjuicio de los estudios previos, se requiere de un análisis serio y completo lo dispuesto en el artículo 87 de la necesidad Ley 1474 de 2011 - maduración de Proyectos- (viabilidad del proyecto, su impacto social, económico y la conveniencia para el logro de los objetivos institucionalesambiental. Deberá contener la identificación del objeto a contratar, el proceso legal requerido para la contratación, los aspectos técnicos y financieros y demás requisitos, los cuales serán incluidos en el formato de estudios previos aprobado en su última versión, y firmado por la secretaría general quien se hace responsable con su firma, de la calidad de la información plasmada y de su coincidencia con la realidad. Nota: La responsabilidad de los Los estudios y documentos previos recae única y exclusivamente sobre el titular de deben ser elaborados por la dependencia generadora de la necesidad que los elabora. El objetivo fundamental del estudio previo es analizar todas las variables que pueden afectar los procesos de selecciónrequiera el bien o servicio, los contratos y su futura ejecución, dando cumplimiento de esta manera a los principios que rigen la función administrativa, la gestión fiscal, de que tratan los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, respectivamente, y los propios de la contratación estatal. Los estudios previos se pondrán a disposición de los interesados quien Consignará en el formato F-GRA-05 FORMATO ESTUDIOS PREVIOS de manera simultánea con clara, integral y seria la conveniencia y oportunidad del bien o servicio a adquirir; deberán contener los elementos mínimos requeridos en el proyecto ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de condiciones, cuando la modalidad de contratación así lo exija o con la Invitación en caso de mínima cuantía. El contenido de los estudios y documentos previos podrá ser ajustado con posterioridad a la apertura del Decreto 1082/2015 para cada proceso de selección de que se trate. Lo anterior y en razón a las observaciones presentadas o a revisiones internas que realice la entidadgeneral, para cumplir con lo cual el área solicitante deberá remitir el estudio previo ajustado destacando de manera clara y precisa las modificaciones introducidas con el fin de que se puedan publicar estipulado en el SECOPartículo 2.2.1.1.1.6.1 y 2.2.1.1.2.1. En caso que la modificación 1 El proceso contractual será determinado por el Grupo de los elementos mínimos señalados implique cambios fundamentales en los mismos, el Gerentecontratación, en aras aplicabilidad a la norma y a lo sustentado, por la dependencia que requiera el bien o servicio de proteger el interés público o social, revocará el acto administrativo de apertura del proceso de selección que corresponda de conformidad acuerdo con las disposiciones establecidas lo planeado en el Código Administrativo y Plan Anual de lo Contencioso Administrativo.
2.2.1Adquisiciones. Contenido de los Estudios Previos
a. La descripción 1 Descripción de la necesidad que la empresa entidad estatal pretende satisfacer con el Proceso la contratación Justificación y cuantificación de Contratación.
b. Descripción del Objeto la necesidad que se pretende, entre otros aspectos como: ¿Por qué voy a Contratar?, ¿Para qué voy a contratar?, ¿Cuál es el procedimiento a contratar?, ¿Que bien o servicio se requiere?; ¿por qué y para que se requiere?; Cual es la conveniente o no?, ¿descripción del alcance de la obra, de los bienes o de los servicios que la Entidad requiere para el cumplimiento de sus fines?, ¿antecedentes de la necesidad contractual? ¿por qué se hace necesario?, ¿Qué opciones existe en el mercado para resolver la necesidad; ¿hay recursos para satisfacer dicha necesidad?, ¿Qué me dice el Plan Anual de Adquisiciones - PAA? ¿Cómo lo voy a contratar?, ¿Quién ofrece el bien o servicio que necesito? Etc.
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Sources: Manual De Contratación
ESTUDIOS PREVIOS. Con anterioridad Además de contener el fundamento y las especificaciones básicas de todo proceso de contratación, el estudio previo contiene la información técnica y económica que se incorpora en los pliegos de condiciones, en las invitaciones públicas y en los contratos. Para dar inicio a la apertura las actividades de los procesos de selección correspondientesplaneación, y caso de contratación directa antes el encargado de la celebración dependencia solicitante que requiera la contratación de obras, bienes o servicios designará un funcionario o a un contratista de su dependencia para que asuma el liderazgo y responsabilidad de la construcción del contratoEstudio Previo y de igual forma, el área Grupo de Contratos designará el funcionario que genera la necesidad, deberá diligenciar asesorará jurídicamente al primero en el formato proceso de elaboración de los estudios previos, siendo cada uno de ellos responsable de sus competencias, de tal manera que el documento final goce de la legalidad requerida y la adecuación a las exigencias técnicas del proyecto. Los estudios previos que justifican la contratación. Estos deberán contener los siguientes elementos, además de los indicados para cada modalidad de selección: Los estudios estarán conformados por los documentos definitivos que sirvan de previos corresponden al soporte para la elaboración del proyecto ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de condiciones condiciones, la invitación o del contratola colocación de la orden de compra, de manera que los proponentes o el eventual contratista respectivamente, puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la entidadEntidad, así como la distribución identificación y valoración de los riesgos asociados al proceso de contratación. Dentro de las actividades principales del líder técnico están: Impulsar el proceso desde la etapa de planeación y en cada uno de las etapas. Solicitar la colaboración de las demás áreas participantes en la contratación, de acuerdo con los temas técnicos, jurídicos, financieros y/o económicos, según las competencias funcionales. Coordinar las actividades y hacer el seguimiento que corresponda a cada una de las dependencias involucradas, para contar con la información necesaria durante la etapa pre-contractual. Cada dependencia y funcionario cumplirá sus funciones en el marco de la interdisciplinariedad, pero consultará oportunamente las dudas e inquietudes que se tengan frente a la gestión, a las demás instancias responsables. Los estudios previos deberán contener como mínimo lo establecido en el artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015 y ser elaborados conforme a los formatos publicados en el Proceso de Gestión Contractual y, deberán contener además de los correspondiente a cada modalidad de selección, como mínimo la siguiente información: Necesidad a contratar Hace referencia a las causas que determinan que la misma proponeentidad contrate el bien o servicio. Para La utilidad o provecho que le reporta a la elaboración entidad el objeto contratado y las razones que sustentan la contratación del bien o servicio dentro del plazo en el que se ejecutará el contrato. Las dependencias solicitantes tendrán que justificar con claridad y precisión su necesidad e indicar de los estudios previosmanera detallada cómo la contratación a adelantar la satisface. Objeto a contratar con sus especificacion es, se requiere de un análisis serio autorizaciones , permisos y completo de la necesidad licencias requeridos para su ejecución y la conveniencia para cuando el logro de los objetivos institucionales. Deberá contener la identificación contrato Descripción del objeto a contratar, con las especificaciones, la identificación de la naturaleza jurídica del contrato a celebrar y su identificación en el proceso legal requerido clasificador de bienes y servicios de naciones unidas La descripción debe ser clara, detallada y precisa de los bienes o servicios que requiere la entidad, debe ser física y jurídicamente posible Se debe especificar si se requieren permisos o licencias para el desarrollo del objeto y las obligaciones, según las disposiciones que sean aplicables a la contratación Así mismo se deberá mencionar y aportar los diseños, planos y evaluaciones de prefactibilidad o factibilidad, cuando sea necesario incluya diseño y construcción, los documentos técnicos para el desarrollo del proyecto Debe señalar las obligaciones y actividades contractuales que debe cumplir el contratista y los productos, entregables, bienes o informes que debe entregarle a la entidad. Para efectos de determinar las actividades, se deben usar verbos rectores tales como: realizar, ejecutar, analizar, apoyar, suministrar, etc. Debe precisar las obligaciones correlativas que nacen para la contratación, los aspectos técnicos y financieros y demás requisitos, los cuales serán incluidos en el formato de estudios previos aprobado en su última versión, y firmado por la secretaría general quien se hace responsable con su firma, de la calidad de la información plasmada y de su coincidencia entidad con la realidad. Nota: La responsabilidad suscripción del contrato, tales como realizar el pago de los estudios bienes o servicios recibidos, entregar bienes o información al contratista para la adecuada ejecución del contrato. En los eventos que se adquieran bienes se deben incluir obligaciones para las partes, respecto de cronogramas de entrega, planes de instalación y documentos previos recae única y exclusivamente sobre el titular de la dependencia generadora de la necesidad que los elabora. El objetivo fundamental del estudio previo es analizar todas las variables que pueden afectar los procesos de selección, los contratos y su futura ejecución, dando cumplimiento de esta manera a los principios que rigen la función administrativa, la gestión fiscal, de que tratan los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, respectivamente, y los propios de la contratación estatal. Los estudios previos se pondrán a disposición puesta en servicio de los interesados de manera simultánea bienes o equipos adquiridos para garantizar su efectivo uso. Respecto del plazo, se debe determinar el término con el proyecto ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ que cuenta el contratista para la ejecución del objeto y las obligaciones contractuales. Debe indicarse si obedece a días hábiles o calendario, a meses o años, debe ser razonable y posible de condicionescumplir y en todo caso, cuando por regla general no puede exceder la modalidad de contratación así lo exija o con la Invitación vigencia fiscal y, en caso de mínima cuantíaexcederla se debe contar con la aprobación de las vigencias futuras. El contenido Se debe especificar la forma de pago, la cual debe ser acorde con la naturaleza del contrato, así como la manera como se ejecuten las obligaciones, teniendo en cuenta las condiciones de tiempo, modo y lugar, así como los estudios y documentos previos podrá ser ajustado con posterioridad productos a entregar, si es del caso. En los contratos de tracto o ejecución sucesiva, el último pago debe estar sujeto a su liquidación, siempre que no se trate de contratos de prestación de servicios profesionales o de apoyo a la apertura del proceso gestión. Cuando se contemple el desembolso de selección de que se trate. Lo anterior anticipos o pagos anticipados, debe indicarse en razón a las observaciones presentadas o a revisiones internas que realice la entidad, para lo cual el área solicitante deberá remitir el estudio previo ajustado destacando la justificación para realizar esta forma de manera clara y precisa las modificaciones introducidas con el fin de que se puedan publicar en el SECOP. En caso que la modificación de los elementos mínimos señalados implique cambios fundamentales en los mismos, el Gerente, en aras de proteger el interés público o social, revocará el acto administrativo de apertura del proceso de selección que corresponda de conformidad con las disposiciones establecidas en el Código Administrativo y de lo Contencioso Administrativopago.
2.2.1. Contenido de los Estudios Previos
a. La descripción de la necesidad que la empresa pretende satisfacer con el Proceso de Contratación.
b. Descripción del Objeto a Contratar
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Sources: Manual De Contratación, Supervisión E Interventoría
ESTUDIOS PREVIOS. Con anterioridad Antes de iniciar cualquier trámite contractual la Rectoría con apoyo de personal administrativo según defina, elaborará los análisis sobre la necesidad del bien o servicio que se requiera de acuerdo con el Plan de Adquisiciones Anual, así como si es conveniente y oportuno realizar la contratación y bajo qué requerimientos, para lo cual se diligenciará el formato de estudios previos que forma parte de este manual y que contiene los aspectos mínimos requeridos por el Decreto 1082 de 2015 reglamentario de la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007. Sin perjuicio de lo descrito anteriormente, al estudio previo se le puede incluir todos los demás aspectos que se considere necesarios para complementarlos, de tal manera que, los oferentes interesados, puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido, así como el de la distribución de riesgos que la Institución Educativa propone y en general para que cuenten con la información suficiente para la ejecución del contrato. Los estudios y documentos previos son el primer paso de la etapa preparatoria del proceso pre-contractual y consiste en el análisis anticipado que realizará la institución educativa con el fin de contar con los elementos de juicio necesario para establecer la mejor forma de suplir la necesidad específica para la cual se realiza el proceso de contratación; tienen como objetivo: 1) Comprobar la existencia real de la necesidad de adquisición del bien o servicio que se va a contratar y que la apertura misma se encuentre prevista en el plan de mejoramiento institucional, el presupuesto y el plan Anual de adquisiciones . 2) Realizar el análisis del sector y de los procesos riesgos que conllevan la contratación; 3) Definir los requisitos habilitantes necesarios; 4) Establecer la existencia en cumplimiento de selección correspondienteslos principios de planeación y de responsabilidad, la elaboración de los estudios previos aplica para todas las modalidades de contratación, teniendo en cuenta, que el objetivo es proteger el patrimonio público de la institución de posibles riesgos y sobrecostos a través del análisis del sector, situación que es prevista en el Decreto 1082 de 2015
15.1.1 Elementos mínimos del estudio previo, Artículo 2.2.1.1.2.1.1. Decreto 1082 de 2015
1. La descripción de la necesidad que la Institución Educativa pretende satisfacer con la contratación. De manera escrita y detallada se deben establecer las razones que justifican el qué, el por qué y el para qué de la contratación. En este punto se debe consignar la historia del por qué se necesita contratar y lo esperado con la contratación a celebrar, con la finalidad de justificar y soportar la inversión de los recursos del Fondo, como evidencia de la debida planeación. ▇▇▇▇ describirse la necesidad de adquirir los bienes, servicios o de realizar el proyecto haciendo especial énfasis en los aspectos más relevantes, que expliquen de manera clara el entorno de la situación y enumeren los problemas, dificultades y complicaciones que se están presentando o que podrían llegar a presentarse en caso de contratación directa antes no llevarse a cabo la contratación. Responder a las preguntas de qué necesita la institución contratar, por qué necesita contratarlo, para qué necesita contratarlo y la relación que existe entre la necesidad identificada y el objeto a contratar. En este análisis deben concretarse los siguientes aspectos: La necesidad de la celebración Institución que se pretende satisfacer con la contratación. Opciones que existen para resolver dicha necesidad en el mercado. Verificación de que la necesidad se encuentra prevista en el Plan de Adquisiciones Anual de la Institución o inclusión de ésta a través del ajuste respectivo. Relación existente entre la contratación a realizar y el rubro presupuestal del cual se derivan sus recursos.
2. El objeto a contratar, con sus especificaciones y la identificación del contrato a celebrar. En este punto es necesario hacer una descripción de cómo se puede llevar a cabo la solución de la necesidad planteada y por qué se requiere específicamente el contrato identificado, esto es, relatar la conveniente del tipo de contrato recomendado (mediante la contratación de un bien o servicio, la ejecución de un proyecto o la Realización de un estudio, diseño o prediseño). Se deben definir los elementos esenciales del contrato, así:
a. Objeto: De manera concreta, clara, corta y teniendo en cuenta la modalidad del contrato a celebrar se debe redactar el objeto del contrato, sin incluir cantidades, fechas o lugares específicos. También deberá establecerse el alcance del objeto contractual definiendo el lugar de ejecución, la población beneficiaria, las fechas importantes dentro de la ejecución del contrato y demás condiciones de tiempo, modo y lugar en que se desarrollará el contrato.
b. Especificaciones técnicas: Al contrario del objeto del contrato, en las especificaciones se procede a definir de la forma más detallada y descriptiva posible, cada uno de los bienes, servicios u obra que se pretenden adquirir, así: Denominación clara, precisa y detallada del bien o servicio, estableciendo la calidad mínima y/o los patrones de desempeño mínimos requeridos. Codificación del bien, servicio u obra de acuerdo con la Guía para la Codificación de Bienes y Servicios de Naciones Unidas, los cuales fueron previamente identificados en el Plan de Adquisiciones Anual. La unidad de medida. La cantidad de bienes y/o servicios requeridos. Igualmente, se deben definir los compromisos, declaraciones y acreditaciones que deberán efectuar los proponentes en materia técnica, que serán verificados por la Institución como requisito habilitante DE CUMPLE O NO CUMPLE, durante el período de evaluación de las ofertas. También se deben establecer los servicios conexos que se requieran solicitar y que deriven del cumplimiento del objeto del contrato, como capacitaciones, mantenimientos preventivos y correctivos, soportes técnicos, entrega de manuales, atención dentro de cierto período de tiempo, instalaciones requeridas, transporte, entre otros.
c. Identificación del contrato a celebrar: Desde la elaboración de los estudios previos deberá realizarse el análisis sobre la naturaleza y características del objeto a contratar, con el fin de identificar de manera precisa el tipo de contrato a celebrar, que podrá ser uno de los enumerados de manera enunciativa en el artículo 32 de la Ley 80 de 1993, los mencionados expresamente en la ley civil y comercial de conformidad con el artículo 13 del Estatuto Contractual o los que se deriven del principio de autonomía de la voluntad. Se deberá definir además el plazo del contrato, el área cual es el tiempo real y cierto, legal o convencionalmente establecido por la Institución en el que genera se espera que se cumplan las obligaciones a cargo del contratista, especificando si corresponde a meses, días hábiles o calendario. Para la necesidaddeterminación del plazo, deberá diligenciar debe tenerse en cuenta que de acuerdo con el formato artículo 8 de la Ley 819 de 2003, la programación, elaboración, aprobación y ejecución del presupuesto de cada vigencia fiscal, debe hacerse de tal manera que solo se programen compromisos que se puedan recibir a satisfacción antes del 31 de diciembre de cada anualidad. Si es necesario, también se procederá a establecer las obligaciones del contrato, siendo estas los compromisos a cargo de las partes, los cuales deben estar justificados desde los estudios previos y serán esenciales para el adecuado desarrollo y ejecución del objeto contractual.
3. La modalidad de selección del contratista, incluyendo los fundamentos jurídicos que soportan su elección. En todo proceso contractual deberán indicarse las razones o argumentos de orden legal y reglamentario que justifican la selección del contratista, en los términos del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 o de conformidad con lo establecido en el presente reglamento para la contratación inferior a 20 smmlv de conformidad con la Ley 715 de 2001, Decreto 4791 de 2008 y es esencial la determinación de la naturaleza contractual para poder precisar la modalidad de selección, pues el objeto del contrato, y en especial su cuantía, determinará la manera en que deba seleccionarse al contratista. Por lo tanto, en este punto se especificará la modalidad de contratación que aplica para el proceso de contratación y las normas que lo fundamentan.
4. El valor estimado del contrato y la justificación del mismo. Corresponde al costo económico que tendrá el bien o servicio objeto del contrato a celebrar, para lo cual es muy importante contar con la elaboración de un análisis técnico correcto que lo soporte, en el que deberá constar la realización de las comparaciones del caso mediante el cotejo de los ofrecimientos recibidos y la consulta de precios o condiciones ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y los estudios y deducciones de la Institución. Cuando el valor del contrato esté determinado por precios unitarios, la Institución deberá incluir la forma como los calculó y soportar sus cálculos de presupuesto en la estimación de aquellos. Para efectuar un adecuado estudio de costos y mercado se debe tener en cuenta:
a. Análisis del sector: En esta etapa la Institución debe realizar el análisis necesario para definir y conocer el sector o mercado al cual pertenecen los bienes, servicios u obras que requiere, desde la perspectiva legal, comercial, financiera, organizacional, técnica y de análisis de riesgo, teniendo en cuenta los aspectos generales, el estudio de la oferta (¿Quién vende? ¿Cuál es la dinámica de producción, distribución y comercialización?) Y el estudio de la demanda (¿Cómo han sido antes los procesos contractuales similares realizados por la Institución? ¿Cómo otras entidades han realizado contratos similares?).
b. Los estudios de costos: Con base en las especificaciones técnicas y demás características de la contratación a realizar, el almacenista o quien haga sus veces en la institución educativa deberá efectuar un estudio ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ muy completo que permita soportar el valor estimado del contrato a celebrar teniendo en cuenta todas las variables utilizadas para determinar el presupuesto, de acuerdo a la complejidad del bien a requerir. Se deberán tener en cuenta dentro del cálculo de los precios: Los valores de transporte (fletes cuando haya lugar), seguros, impuestos, descuentos y demás gastos en que deba incurrir el oferente para la entrega de los bienes o servicios. Los costos de oportunidad, acorde con las variables de oportunidad para la Adquisición del bien o servicio, o construcción de la obra, puede citarse la estacionalidad del bien, la saturación de los mercados, las bajas y alzas de los precios por diversos factores, entre otras. Valoración de beneficios, se tendrán en cuenta entre otros, los pagos anticipados, las adjudicaciones parciales, las entregas parciales, ya que estas variables forman parte en la proyección de precios justos. Las condiciones del contrato tales como la forma de pago, el plazo de entrega, el lugar y sitio de entrega, entre otras. Condiciones comerciales: Se debe especificar la forma de pago, el tiempo de entrega, la validez de la oferta, la garantía en meses del producto requerido. En la forma de pago, debe precisarse si se hará o no entrega de anticipo, pago anticipado, definir los porcentajes y determinar cómo se efectuarán los pagos al contratista (pagos parciales, pago único, mensual, bimensual, entre otros). d. Imputación presupuestal: Se deberá establecer, además, el rubro del presupuesto de gastos al cual se cargará el valor del contrato detallando el número del certificado de disponibilidad presupuestal que lo respalda.
5. Los criterios para seleccionar la oferta más favorable. En cumplimiento del principio de selección objetiva, se deberán establecer criterios que serán objeto de evaluación y calificación, los cuales permitirán concluir de manera precisa que la escogencia del contratista se realiza de acuerdo con el ofrecimiento más favorable para la Institución y los fines que ella busca. Dichos criterios no podrán determinarse al arbitrio o capricho de un funcionario público, sino con acogimiento acorde con los principios y criterios previstos en el numeral 2 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 88 de la Ley 1474 de 2011. Así mismo, se establecerán los criterios de selección teniendo en cuenta lo definido por Colombia Compra Eficiente en el Manual para determinar y verificar los Requisitos Habilitantes en los Procesos de Contratación en forma adecuada y proporcional a la naturaleza, valor y modalidad de selección , es decir, que deberá atenderse la relación entre el contrato que se pretende celebrar y la experiencia del proponente, si aplica a la naturaleza, su capacidad jurídica, financiera y organizacional. Para ello, se deben identificar los requisitos habilitantes que deberán cumplir los proponentes y su forma de acreditación, teniendo en cuenta: a) el riesgo del proceso de contratación; b) el valor del contrato objeto del proceso de contratación; c) el análisis del sector económico respectivo; y d) el conocimiento de fondo de los posibles oferentes desde la perspectiva comercial.
6. El análisis de riesgo y la forma de mitigarlo. De conformidad con el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007 y del Decreto 1082 de 2015, la Institución Educativa tiene la obligación de realizar un análisis que incluya la tipificación, valoración y asignación de riesgos previsibles involucrados en la contratación. Estos estudios estarán conformados Se entiende que constituyen riesgos involucrados en la contratación todos aquellos eventos que pueden generar efectos adversos y de distinta magnitud en el logro de los objetivos del proceso de contratación o en la ejecución de un contrato. El análisis de riesgos previsibles se hará siempre para todas las modalidades de contratación, teniendo en cuenta el valor y la naturaleza del contrato, justificando su existencia o no para el caso. En el estudio previo se deberán tipificar los riesgos que puedan presentarse durante el proceso de selección, la adjudicación y la ejecución del contrato, con el fin de cuantificarlos y señalar al sujeto contractual que soportará, total o parcialmente, la ocurrencia de la circunstancia prevista en caso de presentarse, o la forma en que se recobrará el equilibrio contractual, cuando se vea afectado por los documentos definitivos que sirvan de soporte la ocurrencia del riesgo. La Institución Educativa con base en el Manual para la elaboración Identificación y Cobertura del proyecto Riesgo en los Procesos de Contratación emitido por Colombia Compra Eficiente establecerá el sistema de administración de Riesgos. El consejo Directivo determina la no aplicación tacita de esta obligación de la Ley 80 en los contratos que no superen los 20smlmv incluido el valor para la contratación Directa.
7. Las garantías que la Institución contempla exigir en el proceso de contratación. Estimados los riesgos previsibles, la Institución Educativa establecerá cómo mitigar tales riesgos de acuerdo con los términos previstos en la ley 80/93, Ley 1150 de 2007 y del Decreto 1082 de 2015 y demás normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan. No serán obligatorias las garantías en los siguientes casos:
1. Los contratos celebrados por régimen especial de contratación inferior a 20 smmlv.
2. Los contratos celebrados por el procedimiento de mínima cuantía.
3. Los contratos celebrados por contratación directa.
4. Los contratos de seguros.
5. Los contratos que se celebren con grandes superficies.
6. Los contratos interadministrativos. De manera general, los mecanismos de cobertura del riesgo, que la Institución Educativa solicite, consistirán en pólizas de seguros expedidas por compañía de seguros legalmente establecidas en Colombia y cubrirán los siguientes riesgos derivados del incumplimiento de las obligaciones contractuales: El estudio previo será el documento fundamental para la proyección ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de condiciones o del contrato, de manera que los proponentes o el eventual contratista respectivamente, puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido procesos contractuales adelantados por la entidad, así como la distribución de riesgos que la misma propone. Para la elaboración de los estudios previos, Institución Educativa y se requiere de un análisis serio y completo de la necesidad y la conveniencia para el logro de los objetivos institucionales. Deberá contener la identificación del objeto a contratar, el proceso legal requerido para la contratación, los aspectos técnicos y financieros y demás requisitos, los cuales serán incluidos publicará en el formato de estudios previos aprobado en su última versión, y firmado por la secretaría general quien se hace responsable con su firma, de la calidad de la información plasmada y de su coincidencia con la realidad. Nota: La responsabilidad de los estudios y documentos previos recae única y exclusivamente sobre el titular de la dependencia generadora de la necesidad que los elabora. El objetivo fundamental del estudio previo es analizar todas las variables que pueden afectar los procesos de selección, los contratos y su futura ejecución, dando cumplimiento de esta manera a los principios que rigen la función administrativa, la gestión fiscal, de que tratan los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, respectivamente, y los propios de la contratación estatal. Los estudios previos se pondrán a disposición de los interesados de manera simultánea SECOP junto con el proyecto ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de condiciones, cuando la modalidad se requiera de contratación así lo exija o con la Invitación en caso de mínima cuantía. El contenido de los estudios y documentos previos podrá ser ajustado con posterioridad acuerdo a la apertura del proceso de selección de que se trate. Lo anterior en razón a las observaciones presentadas o a revisiones internas que realice la entidad, para lo cual el área solicitante deberá remitir el estudio previo ajustado destacando de manera clara y precisa las modificaciones introducidas con el fin de que se puedan publicar en el SECOP. En caso que la modificación de los elementos mínimos señalados implique cambios fundamentales en los mismos, el Gerente, en aras de proteger el interés público o social, revocará el acto administrativo de apertura del proceso de selección que corresponda de conformidad con las disposiciones establecidas en el Código Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
2.2.1. Contenido de los Estudios Previos
a. La descripción de la necesidad que la empresa pretende satisfacer con el Proceso de Contratación.
b. Descripción del Objeto a Contratarmodalidad
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ESTUDIOS PREVIOS. Con anterioridad a la apertura Se entiende por Estudios Previos el conjunto de documentos que sirven de soporte para todos los procesos de selección correspondientes, y caso de contratación directa antes dentro de la celebración etapa de planeación, en los que se puede valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la entidad y el análisis realizado sobre la necesidad del contratobien, el área obra o servicio que genera se requiere, así como la necesidad, deberá diligenciar el formato conveniencia y oportunidad de los estudios previos que justifican realizar la contratación. Estos Los estudios estarán previos deberán cumplir con el contenido, lo exigido en la normatividad vigente y ajustarse a los requisitos de cada proceso de selección. Con los Estudios Previos se refleja el análisis que el área interesada ha realizado sobre la necesidad del bien, obra o servicio que requiere, de acuerdo con los objetivos misionales de la entidad y sus funciones establecidas en la Ley 119 de 1994, el Plan de Desarrollo, el Presupuesto y el Plan Anual de Adquisiciones, así como la conveniencia y oportunidad de realizar la contratación. Los estudios y documentos previos están conformados por los documentos definitivos todo documento final que sirvan haya servido de soporte para la elaboración del proyecto ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de condiciones Condiciones, Invitación Pública o del contratoContrato según se trate, incluyendo diseños y proyectos necesarios, así como toda la información indispensable para permitir la presentación de las ofertas, de manera que los proponentes o el eventual contratista respectivamente, puedan valorar valoren adecuadamente el alcance de lo requerido por la entidadel SENA, así como la distribución de riesgos que la misma se propone. Para los mismos, la Dirección Jurídica dispone de un formato estandarizado que podrá encontrarse y descargarse en CompromISO. Los estudios previos serán elaborados por el comité estructurador del área donde se origina la necesidad y deberán ser suscritos por las personas que intervengan en la elaboración de estos, quienes serán los estudios previos, se requiere responsables de un análisis serio y completo de la necesidad y la conveniencia para presentar el logro de los objetivos institucionales. Deberá contener la identificación del objeto a contratar, el proceso legal requerido para la contratación, los aspectos técnicos y financieros y demás requisitosdocumento final con sus respectivos soportes, los cuales serán incluidos el resultado de una correcta planeación, que refleje la necesidad de la contratación, la modalidad de contratación y la pertinencia del proceso, -Referencias normativas: Ley 80 de 1993, art. 25.12 (modificado Ley 1474 de 2011, art. 87): elaboración de estudios, diseños y proyectos requeridos, Decreto 1082 de 2015, art. 2.2.1.1.2.1.1 Estudios Previos, y art. 2.2.1.2.1.5.1 Estudios Previos de mínima cuantía. Los Estudios Previos son adelantados por el grupo o área interesada en la contratación de la Dirección General, la Dirección Regional o el Centro de Formación Profesional Integral, bajo la dirección de las siguientes instancias: El Grupo Integrado de Gestión Contractual perteneciente a la Dirección Jurídica revisa los Estudios Previos, anexos necesarios de acuerdo a la modalidad de contratación y el Pliego de Condiciones, para lo cual realiza las observaciones y solicitudes pertinentes y elabora los respectivos componentes jurídicos; la Dirección Administrativa y Financiera elabora el componente financiero y los Directores de área y Jefes de Oficina realizan los respectivos estudios técnicos. El Grupo Integrado de Gestión Contractual acompañará al comité estructurador del proceso en otorgar línea respecto de los componentes jurídicos que se incluyan en el formato de estudio previo, sin embargo, no suscribirá los respectivos estudios previos aprobado puesto que no tienen a cargo la necesidad de los procesos contractuales. De manera preferente, en los casos que por su última versiónimportancia defina el Director General, el Ordenador del Gasto o el Coordinador del Grupo Integrado de Gestión Contractual, el Comité de Contratación y firmado Convenios verifica la coherencia e integridad de los Estudios Previos. -Referencias normativas: Resolución 0773 de 2015, art. 4º (modificado por la secretaría general quien se hace responsable con su firmaResolución. 1918 de 2015, art. 1º) Funciones del Grupo Integrado de la calidad Gestión Contractual, Resolución 1901 de la información plasmada 2018, art. 3º (Revisión excepcional por el Comité de Contrataciones y Convenios). Los Estudios Previos son suscritos por los Directores Regionales y/o los Subdirectores de Centros de Formación Profesional Integral. -Referencias normativas: Resolución 54 de 2018 Los Comités de Contratación de las Direcciones Regionales y de su coincidencia con los Centros de Formación Profesional Integral, verifican la realidad. Nota: La responsabilidad coherencia e integridad de los estudios y documentos previos recae única y exclusivamente sobre el titular de la dependencia generadora de la necesidad que los elabora. El objetivo fundamental del estudio previo es analizar todas las variables que pueden afectar Estudios Previos para los procesos realizados bajo la modalidad de selecciónLicitación Pública y para la compra o suministro de materiales de formación. Para ello, realizan las recomendaciones y modificaciones a que haya lugar y solicitan los contratos informes e información necesaria. -Referencias normativas: Resolución 069 de 2014, art. 3º Comités de Contratación de Regionales y su futura ejecuciónCentros de Formación, dando cumplimiento Circular 162 de esta manera a los principios que rigen la función administrativa, la gestión fiscal, de que tratan los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, respectivamente, y los propios de la contratación estatal. Los estudios previos se pondrán a disposición de los interesados de manera simultánea con el proyecto 2013 ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ , Lineamientos para la elaboración de condiciones, cuando Estudios Previos. (Incluidas las que la modalidad modifiquen o deroguen) Sin perjuicio de contratación así lo exija o con las responsabilidades indicadas para la Invitación en caso de mínima cuantía. El contenido buena realización de los estudios y documentos previos podrá ser ajustado técnicos, se contará con posterioridad a la apertura del proceso colaboración de selección de que se trate. Lo anterior en razón a las observaciones presentadas o a revisiones internas que realice la entidaddistintas dependencias, identificadas para lo cual el área solicitante deberá remitir el estudio previo ajustado destacando de manera clara y precisa las modificaciones introducidas con el fin de que se puedan publicar en el SECOP. En caso que la modificación cada uno de los elementos mínimos señalados implique cambios fundamentales componentes que conforman los Estudios Previos en los mismos, el Gerente, en aras de proteger el interés público o social, revocará el acto administrativo de apertura del proceso de selección que corresponda de conformidad con las disposiciones establecidas en el Código Administrativo y de lo Contencioso Administrativoacápites siguientes.
2.2.1. Contenido de los Estudios Previos
a. La descripción de la necesidad que la empresa pretende satisfacer con el Proceso de Contratación.
b. Descripción del Objeto a Contratar
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ESTUDIOS PREVIOS. Con anterioridad a la apertura de los procesos de selección correspondientes, y caso de contratación directa antes de la celebración del contrato, el área que genera la necesidad, deberá diligenciar el formato de los estudios previos que justifican la contratación. Estos estudios estarán conformados por los documentos definitivos que sirvan de soporte para la elaboración del proyecto El punto ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ del diseño del procedimiento de condiciones o del contrato, de manera que los proponentes o el eventual contratista respectivamente, puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por contratación está en la entidad, así como la distribución de riesgos que la misma propone. Para la elaboración de los estudios previos, se requiere de un análisis serio y completo definición de la necesidad y la conveniencia para el logro de los objetivos institucionales. Deberá contener la identificación del objeto a contratar, el proceso legal requerido para la contratación, los aspectos técnicos y financieros y demás requisitos, los cuales serán incluidos en el formato de estudios previos aprobado en su última versión, y firmado por la secretaría general quien se hace responsable con su firma, de la calidad institución pública o de la información plasmada y alguna de su coincidencia con la realidad. Nota: La responsabilidad de los estudios y documentos previos recae única y exclusivamente sobre el titular de la dependencia generadora de la necesidad que los elabora. El objetivo fundamental del estudio previo es analizar todas las variables que pueden afectar los procesos de selección, los contratos y su futura ejecución, dando cumplimiento de esta manera a los principios que rigen la función administrativasus dependencias, la gestión fiscal, reflexión sobre cómo tal necesidad puede ser satisfecha a través de que tratan los artículos 209 un procedimiento de contratación y 267 de la Constitución Política, respectivamente, y los propios de la contratación estatal. Los estudios previos se pondrán a disposición de los interesados de manera simultánea con el proyecto análisis ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, lo cual incluye el producto requerido y los proveedores disponibles. La Unidad Operativa de Compras y Contrataciones junto al área requirente, debe definir de forma detallada las características de los bienes, obras o servicios objeto del proceso de contratación, respetando el principio de igualdad y la libre competencia. A tales fines, deben realizar los estudios previos para el correcto diseño del procedimiento de contratación. El área responsable de realizar los estudios previos es la unidad requirente, sin embargo, cuando ésta no tenga competencia ni experiencia sobre la necesidad y objeto de lo que se solicita, podrá apoyarse de otras áreas técnicas de la institución para que en conjunto los realicen. Igualmente, la institución podrá requerir la colaboración interinstitucional de otros entes y órganos del Estado o contratar consultores y asesores para realizar los estudios y preparar las fichas técnicas, términos de referencia que conforman los pliegos de condiciones, cuando lo estime pertinente y conveniente dada la complejidad o la innovación de la adquisición. Los estudios previos deben contener una reflexión sobre la demanda y la oferta del bien, obra o servicio, lo que permitirá a la institución contratante establecer los requisitos mínimos que los oferentes deben cumplir en términos de capacidad financiera, experiencia e idoneidad, de acuerdo con las condiciones ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y el objeto de contratación. Este análisis también ofrece información para definir las especificaciones de los bienes, obras y servicios objeto del procedimiento de contratación. La definición de la necesidad debe cubrir las especificaciones de cantidad, calidad y oportunidad, así como alternativas para satisfacer el requerimiento. En consecuencia, recomendamos consultar lo siguiente: La definición de la necesidad debe cubrir las especificaciones de cantidad, calidad y oportunidad, así como alternativas para satisfacer el requerimiento. En consecuencia, recomendamos consultar lo siguiente: o Identificación de los proveedores disponibles en el mercado, su clasificación empresarial y si tienen cobertura de servicios de alcance provincial, regional o nacional. o Información disponible en el SECP-Portal Transaccional. o Características de producción o importación de los bienes y de su distribución, incluyendo insumos, costos de producción y entrega, así como características de la entrega de los bienes o servicios, y sus costos. o Variables que afectan el precio final de los bienes o servicios. o Incidencia del precio de los insumos en los precios finales de los servicios u obras. o Impacto de cambios tecnológicos. o Regulación aplicable a los bienes, servicios u obras. o Identificación de asociaciones de productores o de prestadores de servicio relevantes en el mercado. o Información relevante de contexto ambiental, social o político. o Detallar y precisar la necesidad que se pretende satisfacer. o Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. o Determinar la modalidad de contratación así lo selección de proveedor o contratista pertinente y su justificación, y o Determinar el presupuesto o valor estimado necesario para la adquisición. o Conocer si existe una regulación que exija que el proveedor o con contratista tenga licencias o permisos (títulos habilitantes). Las bases de datos públicas y privadas y la Invitación información registrada en caso de mínima cuantía. El contenido el SECP-Portal Transaccional de los estudios procedimientos de adquisición de los bienes, obras y documentos previos podrá servicios objeto de contratación son insumos pertinentes para elaborar el estudio ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. Las solicitudes de información dirigidas a los agentes ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ deben ser ajustado elaboradas con posterioridad a la apertura revisión de las bases de datos para que sirvan para responder las dudas de la institución. La información del proceso estudio de selección demanda y de oferta debe permitir elaborar las especificaciones técnicas del bien, obra o servicio. Es importante recordar que se tratelas especificaciones técnicas, fichas técnicas o términos de referencia serán responsabilidad de los peritos designados. Lo anterior en razón a las observaciones presentadas o a revisiones internas que realice Las especificaciones técnicas deben contener los aspectos cualitativos y cuantitativos del objeto de la entidadcontratación, para lo cual el área solicitante deberá remitir el estudio previo ajustado destacando deben describir de manera clara forma detallada las características, descripciones, atributos, métricas, y precisa medidas de desempeño de los bienes, servicios de no consultoría o de las modificaciones introducidas obras, incluyendo las normas técnicas obligatorias aplicables que pueden ser exigidas a los oferentes. Los términos de referencia se utilizan para detallar las condiciones técnicas de la prestación del servicio de consultoría de forma que puedan alcanzarse los objetivos del procedimiento de contratación con el fin la calidad requerida para satisfacer las necesidades de que la Administración Pública. Una vez validadas las especificaciones técnicas/términos de referencia, se puedan publicar deberán verificar los precios estimados previamente referidos en el SECOP. En caso que la modificación de los elementos mínimos señalados implique cambios fundamentales en PACC, adecuando los mismos, si es necesario, a los valores actuales ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. Las instituciones deben considerar los requisitos complementarios para la provisión del bien, servicio u obra especificada, tales como servicios adicionales, soporte técnico o capacitación, reposición de productos, canales de consulta, garantías de durabilidad, garantías de funcionamiento, duración de las garantías, plazos de entrega, calendario y condiciones de pago, personal de apoyo, entre otros aspectos. Es importante establecer si se realizará el Gerentepago de anticipos, si el costo es fijo o variable, si el precio debe ser cotizado por unidad o por lote, así como si el pago se realizará en aras plazos determinados o por hitos o por entregas. Estos aspectos, al ser incluidos en los pliegos de proteger condiciones específicas, deben ser el interés público o socialreflejo de las condiciones ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ recogidas y analizadas en los estudios previos. - En caso de que el precio estimado sea imprevisible (ejemplo: pasaje aéreo y reparaciones en talleres), revocará el acto administrativo precio estimado será definido teniendo en cuenta el histórico de apertura del proceso de selección que corresponda de conformidad con las disposiciones establecidas en el Código Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
2.2.1. Contenido contrataciones de los Estudios Previos
a. La descripción años anteriores. - Si una unidad requirente solicita la contratación de algún bien, servicio u obra que no estuviere planificado, la institución puede agotar el procedimiento de la necesidad que actualización del PACC Resolución Núm. PNP-06-2020, sobre pautas generales para la empresa pretende satisfacer con el Proceso elaboración de Contratación.
b. Descripción del Objeto Pliegos de Condiciones, Fichas Técnicas y Términos de Referencia en los procedimientos de contratación pública, aprobada en fecha 14 de septiembre de 2020. o PACC o SECP-Portal Transaccional o Respuestas a Contratarlas consultas al mercado o Otras herramientas utilizadas por la institución para recabar los datos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. Estudios previos
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Sources: Manual General De Procedimientos Para Las Compras Y Contrataciones
ESTUDIOS PREVIOS. Con anterioridad a la apertura de Los estudios previos para todos los procesos de selección correspondientesdeberán contener, y caso de contratación directa antes como mínimo la siguiente información:
1. La descripción de la celebración del contratonecesidad: Esta descripción debe ser amplia y suficiente, el área de tal manera que genera se establezcan las razones de la necesidad, deberá diligenciar el formato existencia de los estudios previos una necesidad y que justifican la contratación.
2. Estos estudios estarán conformados por El objeto a contratar, con sus especificaciones, las autorizaciones, permisos y licencias requeridos para su ejecución: Aquí se identifica de manera clara y precisa lo que se quiere contratar, donde además se debe tener en cuenta su vida útil, coherencia técnica, calidades del personal técnico que prestará servicios, y los demás que soporten este aspecto y la necesidad identificada. Si el objeto del contrato incluye diseño y construcción, debe contener los documentos definitivos técnicos para el desarrollo del proceso. Este debe coincidir con lo definido en el Plan Anual de Adquisiciones.
3. La modalidad de selección del contratista y su justificación: Deberá estar debidamente fundamentada, y ajustada a los criterios definidos por el legislador, teniendo en cuenta su objeto y cuantía, según los requisitos que sirvan para cada modalidad determine este manual.
4. El valor estimado del contrato y la justificación de soporte para este: Si el valor del contrato está determinado en precios unitarios, la elaboración dependencia solicitante deberá incluir la forma en que los calculó y soportar sus cálculos de presupuesto en la estimación de aquellos. Si el contrato es de concesión, tampoco debe publicar el modelo financiero utilizado en la estructuración. En este ítem también se define la forma de pago, la cual deberá mantener las condiciones económicas existentes al momento de la firma del proyecto contrato y durante su ejecución. Si se pacta anticipos deberá señalarse la forma cómo será la amortización del anticipo, la manera en que se debe invertir, la constitución ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de condiciones o del contrato, de manera que los proponentes o para el eventual contratista respectivamente, puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la entidad, así como la distribución de riesgos que la misma propone. Para la elaboración manejo de los estudios previos, se requiere de un análisis serio y completo de la necesidad recursos y la conveniencia legalización del anticipo.
5. Los criterios para el logro de los objetivos institucionales. Deberá contener seleccionar la identificación del objeto a contratar, el proceso legal requerido para la contratación, oferta más favorable: En éste ítem se describen los aspectos técnicos que permitan una escogencia bajo los principios de objetividad y financieros y demás requisitostransparencia, obedeciendo a los cuales serán incluidos en el formato de estudios previos aprobado en su última versión, y firmado por la secretaría general quien se hace responsable con su firma, de la calidad de la información plasmada y de su coincidencia con la realidad. Nota: La responsabilidad de los estudios y documentos previos recae única y exclusivamente sobre el titular de la dependencia generadora de la necesidad que los elabora. El objetivo fundamental del estudio previo es analizar todas las variables que pueden afectar los procesos criterios particulares para cada proceso de selección, los contratos tales como relación calidad y su futura ejecuciónprecio que representen mayor beneficio, dando cumplimiento de esta manera a los principios que rigen la función administrativa, la gestión fiscal, de que tratan los artículos 209 para lo cual establecerán las condiciones técnicas y 267 económicas mínimas de la Constitución Políticaoferta y las condiciones técnicas adicionales que impliquen ciertas ventajas, respectivamente, o la relación calidad y los propios precio soportado en fórmulas. Parágrafo. No se requerirá en la modalidad de la contratación estataldirecta.
6. Los estudios previos se pondrán a disposición El análisis de los interesados de manera simultánea con el proyecto ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ y la forma de condicionesmitigarlo: En este aspecto se tienen en cuenta los eventos que puedan afectar la ejecución contractual, cuando y que no son fácilmente predecibles o su ocurrencia pueda ser definida por las partes. Para llevar a cabo este análisis, y la modalidad forma de contratación así lo exija o con mitigarlo, se debe
7. Las garantías que la Invitación Entidad Estatal contempla exigir en caso de mínima cuantía. El contenido de los estudios y documentos previos podrá ser ajustado con posterioridad a la apertura del el proceso de selección contratación: La exigencia de que garantías responde a un análisis mediante el cual se trate. Lo anterior en razón a las observaciones presentadas concluye tal necesidad, con lo cual se ampararán los perjuicios de naturaleza contractual o a revisiones internas que realice la entidadextracontractual, producto del incumplimiento del contrato o de lo ofrecido por el proponente, para lo cual se debe tener en cuenta la reglamentación existente sobre el área solicitante deberá remitir particular, de acuerdo con el monto, plazo y naturaleza del contrato a suscribir.
8. La indicación de si el proceso de contratación está cobijado por un acuerdo comercial: En caso de estar bajo un Acuerdo Comercial, indicarlo claramente. Si del análisis del proceso de contratación se concluye que se contratará bajo un Acuerdo Comercial, se debe verificar si la Entidad se encuentra en los listados de las entidades cubiertas, que la contratación supere los montos mínimos establecidos, y que la misma no se encuentre excluida de dicho Acuerdo.
9. Indicación de supervisión o interventoría: Deberá indicarse si se requiere o no de interventor, o si por el contrario, la vigilancia y control del contrato puede ejercerse por un supervisor de la Entidad. PARÁGRAFO. En el caso de adquisiciones a través de Acuerdos Marco, el estudio previo ajustado destacando solo requerirá de manera clara y precisa las modificaciones introducidas con el fin de que se puedan publicar en el SECOP. En caso que la modificación de los elementos mínimos señalados implique cambios fundamentales en los mismos, el Gerente, en aras de proteger el interés público o social, revocará el acto administrativo de apertura del proceso de selección que corresponda de conformidad con las disposiciones establecidas en el Código Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
2.2.1. Contenido de los Estudios Previos
a. La descripción de la necesidad necesidad, el objeto a contratar con sus especificaciones técnicas, autorizaciones, permisos y licencias requeridos para su ejecución, la modalidad de selección del contratista y su justificación y el certificado de disponibilidad presupuestal que respalda la empresa pretende satisfacer con el Proceso de Contratacióncontratación.
b. Descripción del Objeto a Contratar
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Sources: Manual De Contratación
ESTUDIOS PREVIOS. Con anterioridad La contratación debe estar precedida de un estudio en el cual se describa la necesidad del bien, obra o servicio a la apertura de los procesos de selección correspondientes, y caso de contratación directa antes de la celebración del contrato, el área que genera la necesidad, deberá diligenciar el formato de los estudios previos que justifican la contratacióncontratar. Estos estudios estarán conformados por los documentos definitivos que sirvan de soporte para la elaboración del proyecto ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de condiciones o del contrato, de manera que los proponentes o el eventual contratista respectivamente, puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la entidad, así como la distribución de riesgos que la misma propone. Para la La elaboración de los estudios previos, se requiere de un análisis serio y completo de la necesidad y la conveniencia para el logro de los objetivos institucionales. Deberá contener la identificación del objeto estará a contratar, el proceso legal requerido para la contratación, los aspectos técnicos y financieros y demás requisitos, los cuales serán incluidos en el formato de estudios previos aprobado en su última versión, y firmado por la secretaría general quien se hace responsable con su firma, de la calidad de la información plasmada y de su coincidencia con la realidad. Nota: La responsabilidad de los estudios y documentos previos recae única y exclusivamente sobre el titular cargo de la dependencia generadora solicitante de la que surge la necesidad que de contratar, la cual será la responsable de presentar los elaboradocumentos necesarios para adelantar la contratación. El objetivo fundamental En los estudios deberá señalarse quien realizará la supervisión del contrato. De acuerdo con la modalidad de selección aplicable, la dependencia en la cual surge la necesidad debe realizar la solicitud de contratación y adelantar el estudio previo es analizar todas las variables correspondiente, el cual contiene los aspectos mínimos requeridos por la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015 y demás normas concordantes. Sin perjuicio de lo descrito, deberá adicionalmente incluir todos los demás aspectos que pueden afectar considere necesarios para complementar los procesos estudios. A los estudios previos deberá anexarse la solicitud de selección, los contratos y su futura ejecución, dando cumplimiento Certificado de esta manera a los principios que rigen Disponibilidad Presupuestal debidamente firmada por el responsable de la función administrativadependencia solicitante, la gestión fiscal, de que tratan los artículos 209 cual tramitará ante la Subdirección Administrativa y 267 de la Constitución Política, respectivamente, y los propios de la contratación estatalFinanciera. Los estudios previos se pondrán a disposición con los documentos definitivos que sirven de soporte de los interesados mismos y las disponibilidades presupuestales, se remitirán a la Subdirección de Gestión Contractual, en físico y magnético, con veinte (20) días calendario de antelación a la fecha prevista en el plan anual de adquisiciones para la publicación del proyecto de pliegos o invitación pública. Sin la totalidad de los documentos establecidos en el Decreto 1082 de 2015, no se dará inicio al proceso. La Subdirección de Gestión Contractual devolverá las solicitudes de contratación cuyos documentos no estén correctos o completos para iniciar el correspondiente proceso de selección, cuando el área interesada no haya subsanado o corregido lo solicitado en el término establecido por la misma. Los elementos mínimos previstos en el artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015, se complementarán con los exigidos de manera simultánea con puntual en las diversas modalidades de selección, incluyendo el proyecto ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ estudio de condiciones, cuando la modalidad de contratación así lo exija o con la Invitación sector señalado en caso de mínima cuantíael artículo 2.2.1.1.1.6.1 del mencionado decreto. El contenido de Al elaborar los estudios previos el área que los diseñe deberá tener en cuenta que los riesgos que deben estimarse, tipificarse y documentos previos podrá ser ajustado con posterioridad a la apertura del proceso de selección de que se trate. Lo anterior en razón a las observaciones presentadas o a revisiones internas que realice la entidadasignarse son solamente los previsibles, para lo cual hay que entender que el concepto de previsibilidad se refiere a los eventos que razonablemente pueden esperarse que ocurran en condiciones normales y que puedan afectar el equilibrio económico del contrato. Se entienden como riesgos en la contratación todas aquellas circunstancias que de presentarse durante el desarrollo y ejecución del contrato, puedan alterar el equilibrio financiero del mismo; así el riesgo será previsible en la medida en que el mismo sea identificable y cuantificable. Los factores de selección deberán ser parte integral de los estudios previos, y serán determinados por el área solicitante deberá remitir el estudio previo ajustado destacando técnica de manera clara acuerdo a la modalidad de contratación, al objeto del contrato y precisa las modificaciones introducidas a la normatividad vigente, contando con el fin de que se puedan publicar en el SECOP. En caso que la modificación de los elementos mínimos señalados implique cambios fundamentales en los mismos, el Gerente, en aras de proteger el interés público o social, revocará el acto administrativo de apertura del proceso de selección que corresponda de conformidad con las disposiciones establecidas en el Código Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
2.2.1. Contenido de los Estudios Previos
a. La descripción acompañamiento de la necesidad Subdirección de Gestión Contractual y los cuales debe presentar al Comité de Contratación previamente para que la empresa pretende satisfacer con el Proceso de Contrataciónéste emita su pronunciamiento.
b. Descripción del Objeto a Contratar
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ESTUDIOS PREVIOS. Con anterioridad a De acuerdo con la apertura de los procesos modalidad de selección correspondientesaplicable, y caso la dependencia en la cual surge la necesidad debe realizar la solicitud de contratación directa antes de la celebración del contrato, el área que genera la necesidad, deberá y diligenciar el formato de los estudios previos correspondiente a la modalidad de contratación (Formato aprobado por el Sistema de Gestión de Calidad), los cuales contendrán entre otros, los siguientes requisitos, sin perjuicio de incluir todos los demás aspectos exigidos de manera puntual en cada una las modalidades de selección: LA DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE PRETENDE SATISFACER CON EL PROCESO DE CONTRATACIÓN. La contratación celebrada por entidades públicas está encaminada al cumplimiento de los fines estatales, materializados en la misión institucional, para el caso de contratos que justifican la contratación. Estos estudios estarán conformados por los documentos definitivos que sirvan deban realizarse en el marco de soporte proyectos de inversión, o para la elaboración obtención de bienes y servicios necesarios para el funcionamiento del proyecto ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de condiciones o Estado, en cuyo caso el objeto del contrato, de manera que los proponentes o el eventual contratista respectivamente, puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la entidad, así como la distribución las actividades individualizadas en el mismo, debe relacionarse con esta clase de riesgos que la misma proponeerogaciones. Para Por lo anterior, el área encargada de la elaboración de los estudios previosprevios deberá determinar la necesidad a ser suplida a partir de las funciones u objetivos institucionales, o en el marco del Plan de Desarrollo Nacional, planes sectoriales o demás compromisos adquiridos por la Institución y/o que se requiere deriven de un análisis serio contratos o acuerdos marco. De igual manera, en este acápite se deberá aludir al papel que el bien, obra o servicio desempeñará en los procesos y completo procedimientos establecidos e implementados por la Entidad, y a su articulación, de ser posible, con bienes, servicios u obras con los que ya cuenta la Entidad o que fueron adquiridos en virtud de la necesidad y la conveniencia para el logro ejecución de los objetivos institucionales. Deberá contener la identificación del objeto a contratar, el proceso legal requerido para la contratación, los aspectos técnicos y financieros y demás requisitos, los cuales serán incluidos en el formato de estudios previos aprobado en su última versión, y firmado por la secretaría general quien se hace responsable con su firma, de la calidad de la información plasmada y de su coincidencia con la realidad. Nota: La responsabilidad de los estudios y documentos previos recae única y exclusivamente sobre el titular de la dependencia generadora de la necesidad que los elabora. El objetivo fundamental del estudio previo es analizar todas las variables que pueden afectar los procesos de selección, los contratos y su futura ejecución, dando cumplimiento de esta manera a los principios que rigen la función administrativa, la gestión fiscal, de que tratan los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, respectivamente, y los propios de la contratación estatal. Los estudios previos se pondrán a disposición de los interesados de manera simultánea con el proyecto ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de condiciones, cuando la modalidad de contratación así lo exija o con la Invitación en caso de mínima cuantía. El contenido de los estudios y documentos previos podrá ser ajustado con posterioridad a la apertura del proceso de selección de que se trate. Lo anterior en razón a las observaciones presentadas o a revisiones internas que realice la entidad, para lo cual el área solicitante deberá remitir el estudio previo ajustado destacando de manera clara y precisa las modificaciones introducidas con el fin de que se puedan publicar en el SECOPotros contratos. En caso que la modificación de los elementos mínimos señalados implique cambios fundamentales en los mismos, el Gerentesíntesis, en aras de proteger el interés público o social, revocará el acto administrativo de apertura del proceso de selección que corresponda de conformidad con las disposiciones establecidas en el Código Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
2.2.1. Contenido de los Estudios Previos
a. La la descripción de la necesidad que pretende satisfacerse, la empresa pretende satisfacer Dependencia Solicitante debe dar respuesta al ¿por qué? y ¿para qué? de la contratación, así como debe aludir a las circunstancias o hechos que puedan sobrevenir en el evento en que no se contrate, con el Proceso objeto de Contrataciónque sea clara e inequívoca la necesidad de celebrar el contrato cuyo estudio previo se presenta. Tenga en cuenta que: En el análisis de la necesidad deberá contar entre otros, con los siguientes aspectos: Opciones que existen para resolver dicha necesidad en el mercado, cuando aplique según modalidad de selección. Opción más favorable para resolver la necesidad desde los puntos de vista técnico, jurídico y económico. Se deberá efectuar el análisis de las diferentes alternativas o soluciones que satisfacen la necesidad de la entidad frente a los costos, beneficios y desventajas de cada una de ellas (V. gr. outsourcing, leasing, arrendamiento, etc.
b. Descripción ), cuando aplique, según modalidad de selección. Relación existente entre la contratación a realizar y el rubro presupuestal del Objeto cual se derivan sus recursos. Cuando se trate de contratos de prestación de servicios profesionales o de apoyo a Contratarla gestión, la dependencia debe soportar que no se cuenta con personal de planta, que este no es suficiente o que requiere un alto grado de especialidad. La dependencia solicitante debe indicar en los estudios previos si los recursos que soportan la contratación provienen de un Proyecto de Inversión. De ser así, deben indicar el Proyecto de Inversión, la actividad del Plan Anual de Gestión a la cual está financiando y anexar la respectiva ficha técnica BPIN e indicar el número interno asignado de línea del Plan Anual de Adquisiciones que corresponde. EL OBJETO POR CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES. Se refiere a los términos y condiciones esenciales del contrato a suscribir e incluye: Objeto, Obligaciones del Contratista, Obligaciones de la Superintendencia, Valor del Contrato, Forma de Pago, Plazo, Lugar de Ejecución, autorizaciones, permisos y licencias requeridos para la ejecución y los demás documentos técnicos para el desarrollo del proyecto.
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ESTUDIOS PREVIOS. Con anterioridad a la apertura Es el documento soporte para el inicio y realización de los procesos contractuales que pretenda adelantar ▇▇▇▇▇▇▇▇. Deberán contener, como mínimo, lo siguiente:
1. Descripción detallada de selección correspondientesla necesidad con las razones técnicas, jurídicas y caso económicas que justifiquen el requerimiento del bien y/o servicio objeto de la contratación;
2. El objeto a contratar junto con sus especificaciones técnicas, autorizaciones, permisos y licencias requeridos para su ejecución, cuando a ello haya lugar.
3. Modalidad de contratación directa antes que se invoca para el proceso contractual. Se deberán anexar los soportes que exija la causal de contratación, así como las obligaciones que denoten el cumplimiento del objeto a contratar que deberá cumplir el contratista seleccionado;
4. Cuantía asignada al proceso, en cuyo caso se deberá indicar en letras y en números el valor asignado a la celebración contratación con el IVA incluido cuando aplique. Si el proceso no incluye IVA, así se hará constar. Como soporte del contratopresupuesto se adjuntará el análisis del sector. Cuando el valor del contrato esté determinado por precios unitarios se debe soportar la forma en que fueron asignados. Adicionalmente, el área se indicarán los impuestos, tasas, contribuciones y/o gravámenes que genera en general apliquen. Con la necesidad, deberá diligenciar el formato información aquí consignada se procederá con la expedición del correspondiente certificado de los estudios previos disponibilidad presupuestal que justifican respalda la contratación. Estos estudios estarán conformados por El valor del contrato debe ir justificado de acuerdo con el análisis del sector efectuado, que es la herramienta que a determina el presupuesto asignado para el proceso de contratación;
5. Requisitos de orden técnico, jurídico y financiero. También se deberán indicar los documentos definitivos siguientes datos: plazo de ejecución, de entrega, garantías, y forma de pago;
6. Forma y sistema de calificación. Se indicarán los criterios mínimos (técnicos, financieros, jurídicos, económicos, etc.) para seleccionar la oferta más favorable, los cuales se clasifican en habilitantes y/o ponderables y que sirvan se definirán en las reglas de soporte para participación;
7. El análisis de riesgos y la elaboración del proyecto forma de mitigarlos;
8. Las garantías que ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ contempla exigir en cada proceso de condiciones o del contrato, de manera contratación;
9. Las demás que los proponentes o el eventual contratista respectivamente, puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por se consideren necesarias para la entidad, así como la distribución de riesgos que la misma propone. Para la elaboración de los estudios previos, se requiere de un análisis serio y completo de la necesidad y la conveniencia para el logro de los objetivos institucionales. Deberá contener la identificación correcta ejecución del objeto a contratar, el proceso legal requerido para la contratación, los aspectos técnicos y financieros y demás requisitos, los cuales serán incluidos en el formato de estudios previos aprobado en su última versión, y firmado por la secretaría general quien se hace responsable con su firma, de la calidad de la información plasmada y de su coincidencia con la realidad. Nota: La responsabilidad de los estudios y documentos previos recae única y exclusivamente sobre el titular de la dependencia generadora de la necesidad que los elabora. El objetivo fundamental del estudio previo es analizar todas las variables que pueden afectar los procesos de selección, los contratos y su futura ejecución, dando cumplimiento de esta manera a los principios que rigen la función administrativa, la gestión fiscal, de que tratan los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, respectivamente, y los propios de la contratación estatal. Los estudios previos se pondrán a disposición de los interesados de manera simultánea con el proyecto ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de condiciones, cuando la modalidad de contratación así lo exija o con la Invitación en caso de mínima cuantía. El contenido de los estudios y documentos previos podrá ser ajustado con posterioridad a la apertura del proceso de selección de que se trate. Lo anterior en razón a las observaciones presentadas o a revisiones internas que realice la entidad, para lo cual el área solicitante deberá remitir el estudio previo ajustado destacando de manera clara y precisa las modificaciones introducidas con el fin de que se puedan publicar en el SECOP. En caso que la modificación de los elementos mínimos señalados implique cambios fundamentales en los mismos, el Gerente, en aras de proteger el interés público o social, revocará el acto administrativo de apertura del proceso de selección que corresponda de conformidad con las disposiciones establecidas en el Código Administrativo y de lo Contencioso Administrativocontractual.
2.2.1. Contenido de los Estudios Previos
a. La descripción de la necesidad que la empresa pretende satisfacer con el Proceso de Contratación.
b. Descripción del Objeto a Contratar
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