ENTREGA DE LA PÓLIZA Cláusulas de Ejemplo

ENTREGA DE LA PÓLIZA. El asegurador deberá entregar la póliza, o el certificado de cobertura, en su caso, al contratante del seguro o al corredor que la hubiera intermediado, dentro del plazo de cinco días hábiles contado desde la perfección del contrato. El corredor deberá entregar la póliza al asegurado dentro de los cinco días hábiles siguientes a su recepción. El incumplimiento de la obligación de entrega de la póliza dará derecho al asegurado a reclamar daños y perjuicios al asegurador, o al corredor en su caso.
ENTREGA DE LA PÓLIZA. La Institución se obliga a entregar al Asegurado o Contratante de la Póliza, los documentos en los que consten los derechos y obligaciones que derivan del contrato de seguro a través de cualquiera de los siguientes medios:
ENTREGA DE LA PÓLIZA. La póliza se considera entregada al ser recibida por el Asegurado Titular en el lugar indicado para recibir notificaciones, indistintamente que la misma sea entregada por la Aseguradora, el agente, intermediario o consultor. En caso que la póliza sea entregada al agente, intermediario o consultor para que éste la entregue al Asegurado Titular, la entrega de la misma se considerará realizada desde el momento en que la reciba el agente, intermediario o consultor.
ENTREGA DE LA PÓLIZA. Una vez emitida la póliza, el Asegurador la entregará al Asegurado, de manera directa o a través de su intermediario.
ENTREGA DE LA PÓLIZA. El Operador de Seguros Autoexpedibles deberá proporcionar al Asegurado el Certificado de Póliza y las Condiciones Generales de la misma, conforme establecido por la Regulación y Normativa vigente.
ENTREGA DE LA PÓLIZA. El asegurador, dentro de los primeros treinta días corridos de la celebración del contrato o toda vez que este se modifique, entregará al tomador una póliza debidamente firmada, con redacción clara en idioma español y fácilmente legible, por un medio que permita comprobar su recepción o acceso. La entrega podrá ser cumplida por un medio electrónico, en caso de que el asegurado cuente con ello, que permita comprobar su recepción o acceso del asegurado a la póliza, lo cual será determinado por la reglamentación.
ENTREGA DE LA PÓLIZA. Una vez aceptada la solicitud de seguro, a través de los medios de aceptación, el Contratante o Asegurado podrá manifestar su consentimiento para que La Compañía le haga entrega de los documentos en los que consten los derechos y obligaciones que derivan del contrato de seguro a través de cualquiera de los siguientes medios: ⎯ Autorización de entrega de documentación vía electrónica (PDF), mediante envío al correo electrónico que usted haya proporcionado al momento de la contratación. ⎯ De manera personal al contratar el seguro. En la documentación contractual que le sea entregada por las vías antes señaladas, se hacen constar los procedimientos para la presentación de reclamaciones en caso de siniestro o de cancelación del producto. La Compañía dejará constancia de la entrega de los documentos antes mencionados por medio de la certificación entregada por el medio electrónico al momento de la contratación. Dejará constancia de que utilizó el medio señalado para la entrega de los documentos. La Compañía hará entrega al Contratante o Asegurado, de la documentación a que hace mención el párrafo que antecede, en un plazo no mayor a 30 días naturales, contados a partir de la contratación del seguro, a través del medio mencionado. No obstante, lo anterior, las condiciones generales de la presente póliza pueden ser consultadas en la página web: xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx. Para cancelar la póliza, modificaciones posteriores a la contratación, o solicitar que la misma no se renueve, el Contratante o Asegurado podrá solicitarlo por el mismo medio electrónico por el cual fue contratado y que fue implementado por La Compañía, debiéndose autenticar de conformidad con lo dispuesto por el artículo 214 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y por las disposiciones de carácter general emitidas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas; o podrá comunicarse a través del correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx o al teléfono 00 00 00 00 00. El en el caso de presentar la solicitud de cancelación el Contratante o Asegurado recibirá un acuse de recibo, clave de confirmación o número de folio de cancelación, a partir del cual la Institución generará las validaciones que al efecto correspondan y, en su caso, concluir con el proceso de cancelación respectivo. En caso de siniestro, llamar a los teléfonos: 00.0000.0000 en la Ciudad de México y su área metropolitana o al 800.47.27696 desde el interior de la República.
ENTREGA DE LA PÓLIZA. DÉCIMA PRIMERA.- “EL PROVEEDOR” se compromete a entregar la Póliza de Fianza señalada en la cláusula anterior en un plazo no mayor a cinco días hábiles contados a partir de la suscripción del presente instrumento. AMPLIACIÓN
ENTREGA DE LA PÓLIZA. El Asegurador podrá entregar al Contratante el texto de la póliza a través del correo electrónico o domicilio indicado en las Condiciones Particulares de la póliza, en un plazo no mayor a cinco días hábiles desde el perfeccionamiento del seguro. El Contratante podrá en cualquier momento durante la vigencia de la póliza, modificar la dirección de su domicilio o de su correo electrónico, mediante carta simple o certificada o en forma presencial a través de los formularios de endoso definidos para estos efectos, o bien, mediante cualquier otra modalidad fehaciente de comunicación prevista en las Condiciones Particulares, pudiendo convenirse cualquier otra modalidad de comunicación a distancia, que permita ser debidamente registrada.
ENTREGA DE LA PÓLIZA. La Compañía deberá entregar la póliza o certificado de cobertura, al Contratante del seguro o al corredor que la hubiera intermediado, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contado desde la perfección del contrato.