Empresas Suscriptoras Cláusulas de Ejemplo

Empresas Suscriptoras. Responsabilidades: • Suscribir el Acuerdo de Producción Limpia en los formularios de adhesión y entregárselo a Turismo Xxxxxxxx Crusoe A.G., la que deberá remitir copia a la ASCC. • Ejecutar las acciones específicas que se estipulan en el Acuerdo de Producción Limpia, a fin de alcanzar las metas comprometidas dentro de los plazos establecidos en el presente Acuerdo. • Realizar el diagnóstico inicial cuando corresponda incorporando los indicadores definidos para el sector y entregar los resultados a Turismo Xxxxxxxx Crusoe A.G. • Realizar las auditorías de seguimiento y control, con personal propio o contratado para tal efecto. • Realizar la auditoría final con un auditor registrado. • Entregar información de los resultados de las auditorías de seguimiento y control y la auditoría final a Turismo Xxxxxxxx Crusoe A.G. en los plazos convenidos. • Entregar como parte de la auditoría final información relativa a los indicadores de sustentabilidad definidos para el sector, costos y beneficios de la implementación de las acciones comprometidas en el APL a Turismo Xxxxxxxx Crusoe A.G., que permitan realizar una evaluación de impactos ambientales, productivos y de higiene y seguridad laboral, del conjunto de empresas suscriptoras del APL. Responsabilidades: • Difundir el APL entre los empresarios, con el fin de promover la suscripción. • Promover el cumplimiento del acuerdo y apoyar a las empresas en la realización de las auditorías. • Elaborar los informes consolidados de diagnóstico, seguimiento y control, con la información que le envíen las empresas. • Elaborar el informe consolidado final, que contenga los informes de auditoría de evaluación final de las empresas. • Elaborar el informe de evaluación de impacto del APL, considerando los indicadores de sustentabilidad definidos para el sector. • Participar del Comité Coordinador del Acuerdo. • Fomentar el cumplimiento de los compromisos del Acuerdo. • Designar a un responsable de evaluar, inspeccionar, consolidar y distribuir la información referente al proceso de implementación del Acuerdo. • Reportar a la ASCC los usos indebidos del logo del certificado de cumplimiento de los APL, de acuerdo a lo establecido en el documento denominado “Condiciones de Uso del Logo del Certificado de Cumplimiento de los Acuerdos de Producción Limpia”, aprobado por el Consejo Directivo de la ASCC en sesión de fecha 18 xx xxxx de 2009.
Empresas Suscriptoras. Responsabilidades: ▪ Suscribir el Acuerdo de Producción Limpia en los formularios de adhesión y entregárselo a la Corporación de Certificación de Leña, la que deberá remitir copia al CPL. ▪ Ejecutar las acciones específicas que se estipulan en el Acuerdo de Producción Limpia, a fin de alcanzar las metas y acciones comprometidas dentro de los plazos establecidos en el presente acuerdo. ▪ Realizar el diagnóstico inicial cuando corresponda y entregar los resultados a la Asociación respectiva. ▪ Realizar la auditoria de seguimiento y control con personal propio o contratado al efecto. ▪ Realizar la auditoria final con un auditor registrado. ▪ Entregar información de los resultados de las auditorias de seguimiento y control y la auditoria final a la Asociación gremial en los plazos convenidos. ▪ Entregar como parte de la auditoria final información relativa a costos y beneficios de la implementación de las acciones comprometidas en el APL a la asociación empresarial correspondiente, que permitan realizar una evaluación de impactos ambientales, productivos y de higiene y seguridad, del conjunto de empresas suscriptoras del APL.
Empresas Suscriptoras. Responsabilidades: • Suscribir el Acuerdo de Producción Limpia en los formularios de adhesión y entregárselo a la Asociación Gremial respectiva, quién deberá remitir copia al CRPL. • Proveer la información necesaria relativa al diagnóstico, seguimiento, control y evaluación de las metas y acciones a que se hayan comprometido en el acuerdo. • Ser individualmente responsables del cumplimiento de los compromisos asumidos en el Acuerdo. • Sensibilizar y capacitar a los trabajadores en materia de producción limpia. • Designar al menos una persona, encargada de llevar el control de las acciones que se están ejecutando. • Realizar las auditorias de seguimiento y control por un auditor interno o externo. • Contratar los servicios de un auditor externo registrado en el INN, que cumpla con los requisitos de la NCh 2825/03, para que realice la evaluación final. • Entregar información de los resultados de las auditorias parciales de seguimiento y de cumplimiento final del acuerdo a COPRAM-SONAPESCA. • Entregar información relativa a los costos y beneficios de la implementación de acciones, y sus impactos en los aspectos ambientales, productivos, y de higiene y seguridad laboral que se consideraron en el acuerdo a COPRAM-SONAPESCA, que permitan realizar una evaluación del conjunto de las empresas suscriptoras del APL. • Cumplir con todas las normativas vigentes, independientemente de su inclusión en el presente APL.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.