Efectos de la Fusión Cláusulas de Ejemplo

Efectos de la Fusión. Como consecuencia de la Fusión se producirán los siguientes efectos: Se transferirá a la Sociedad Absorbente, con efectos a partir del 1° de octubre de 2018, la totalidad del patrimonio de la Sociedad Absorbida. La incorporación de los activos y pasivos de la Sociedad Absorbida al patrimonio de la Sociedad Absorbente se realizará al valor de los mismos registrados en los respectivos balances generales especiales de fusión y el balance consolidado de fusión al 30 xx xxxxx de 2018. La Fusión se realizará bajo el supuesto de neutralidad tributaria de acuerdo a lo dispuesto por el Marco Normativo, razón por la cual esta operación implica la transferencia de todos los derechos fiscales, créditos y beneficios así como de todas las obligaciones fiscales correspondientes a los patrimonios de las sociedades que se reorganizan y se encuentra excluida del pago del impuesto a las ganancias, al igual que de los restantes gravámenes nacionales, provinciales y municipales que contemplan la exención y otras medidas de alivio fiscal aplicables para las reorganizaciones. En tal sentido, en su oportunidad se procederá a realizar la presentación establecida en la Resolución General AFIP Nº 2468/08.
Efectos de la Fusión. La Fusión surtirá efectos una vez que se hayan satisfecho o renunciado todas y cada una de las condiciones de cierre previstas en el Convenio Marco, según se divulgó en los Folletos Informativos, incluyendo sin limitar, que se obtenga la autorización a que hace referencia el artículo 17 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, en relación con el artículo 19 del mismo ordenamiento, por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, previa opinión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y del Banco de México, en el entendido que, los delegados especiales designados por las Asambleas de Accionistas podrán efectuar los ajustes o modificaciones al Convenio Xxxxx que le sean indicados por las citadas autoridades, en el entendido que, la Fusión surtirá todos sus efectos, en el momento de inscripción de las actas de los acuerdos de Fusión adoptados en las Asambleas de Accionistas y las autorizaciones correspondientes en el Registro Público de Comercio del domicilio social de cada una de ellas, dejando de existir GF Interacciones a partir de dicha fecha.
Efectos de la Fusión. La Compañía ha resuelto fusionarse de acuerdo con lo previsto en el Compromiso Previo de Fusión, siendo las Sociedades Absorbidas absorbidas por la Compañía. El 23 de diciembre de 2016 los directorios de la Sociedad y de las Sociedades Absorbidas aprobaron el Compromiso Previo de Fusión. El 7 de diciembre de 2016 los directorios de Pampa Energía y de las Subsidiarias Absorbidas resolvieron fijar la relación de canje basada en un precio promedio de las acciones de Pampa Energía y de Petrobras Argentina durante los 15 días inmediatamente anteriores a la fecha del Compromiso Previo de Fusión, relación de canje que fue rechazada por el directorio de CNV. Por esto, los directorios de Pampa Energía y de las Subsidiarias Absorbidas resolvieron el 23 de diciembre de 2016 allanarse a lo resuelto por la CNV y modificar y fijar la relación de canje en el mismo ratio utilizado en el canje de la Oferta Pública de Canje Voluntario, que había sido determinado en 0,5253 acciones ordinarias escriturales de Pampa Energía, de valor nominal $1 cada una y con derecho a 1 voto por acción, por cada acción ordinaria escritural Clase B de Petrobras Argentina, de valor nominal $1 y con derecho a un voto por acción. El directorio de la CNV tomó conocimiento de la nueva relación de canje con fecha 29 de diciembre de 2016. La Potencial Fusión requiere del voto afirmativo de los tenedores de la mayoría de las acciones ordinarias en circulación de la Compañía presentes en una asamblea general extraordinaria de la Compañía, y de los tenedores de la mayoría de las acciones en circulación de cada una de las Sociedades Absorbidas presentes en asambleas generales extraordinarias de cada una de las Sociedades Absorbidas. Los directorios de la Compañía y de Petrobras Argentina convocarán a asambleas extraordinarias para considerar la Potencial Fusión, incluyendo el Compromiso Previo de Fusión, a celebrarse aproximadamente 30 días después de la fecha de publicación de la convocatoria. Cuando sea aprobada e inscripta ante el registro público correspondiente, la Potencial Fusión tendrá en Argentina efectos retroactivos al 1 de noviembre de 2016 en cuestiones impositivas y operativas. Si la Potencial Fusión es aprobada por las mayorías requeridas en las asambleas de cada una de las compañías, la Compañía y Petrobras Argentina prevén celebrar un acuerdo definitivo de fusión, a ser presentado ante las autoridades argentinas correspondientes para así obtener la inscripción y entrada en vigencia de la...