DOCUMENTOS QUE INTEGRAN LA PROPUESTA TÉCNICA Cláusulas de Ejemplo

DOCUMENTOS QUE INTEGRAN LA PROPUESTA TÉCNICA. Con la siguiente documentación, el licitante demostrará su capacidad técnica, legal y financiera para la prestación del servicio objeto de esta LICITACIÓN, será motivo de descalificación el incumplimiento de cualquiera de ellos. La proposición técnica se conformará de acuerdo al siguiente orden: Documento I Para intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones, el licitante presentará un escrito en el que el firmante manifieste su interés en participar y que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica. La omisión en la entrega de este documento provocará desechar la proposición. Anexo 5. Documento II Propuesta Técnica. El Licitante deberá incluir en su propuesta la descripción detallada del ARRENDAMIENTO que oferta, el cual como mínimo debe cubrir los requerimientos descritos en el ANEXO 1 de esta CONVOCATORIA, así como lo señalado en su caso, durante la junta de aclaraciones. La omisión en la entrega de este documento provocará desechar la proposición. Documentación complementaria e información general que pudiera utilizarse para su evaluación. Documento III: Escrito libre donde manifieste que conoce y acepta el contenido y modelo del contrato, en el entendido de los cambios que se deriven de la xxxxx xx xxxxxxxxxxxx XXXXX 00. Documento IV: Estados financieros auditados del último ejercicio fiscal, dictaminados por un Contador Público independiente y copia de la cédula profesional del contador que realice el dictamen. (Original y Copia). Documento V Información que acredita la personalidad jurídica del licitante, conforme al formato del Anexo 4, de conformidad con el numeral 2.6 de esta convocatoria, dicho formato deberá estar rubricado por la persona que suscribe la oferta, quien debe contar con los documentos notariales que la acrediten como representante legal con las facultades expresas para firmar contratos. Este documento lo presentará en hoja membretada y se quedará en el archivo de esta LICITACIÓN, esto es, bajo custodia de la Convocante. La omisión en la entrega de este documento provocará desechar la proposición. Cabe señalar que únicamente los licitantes que resulten ganadores y previo a la firma del contrato correspondiente, deberán presentar los documentos referidos en el numeral 8.1 de estas CONVOCATORIA, con los cuales se constatará lo asentado en el formato aludido.
DOCUMENTOS QUE INTEGRAN LA PROPUESTA TÉCNICA. (ARTÍCULO 30 FRACCIONES I A LA XII, INCISO A FRACCIONES I A LA V DEL REGLAMENTO).
DOCUMENTOS QUE INTEGRAN LA PROPUESTA TÉCNICA. 4.4.1 Copia legible de ambos lados de su identificación oficial vigente con fotografía, de la persona que suscriba la propuesta.
DOCUMENTOS QUE INTEGRAN LA PROPUESTA TÉCNICA. Los interesados en participar en la presente CONVOCATORIA PÚBLICA deberán acreditar su personalidad, experiencia y capacidad técnica a través de los requisitos que se solicitan en el presente numeral. No se aceptarán PROPUESTAS que no integren la totalidad de los elementos requeridos en las presentes BASES. Los documentos de este apartado que deberán estar integrados en el sobre rotulado como PROPUESTA TÉCNICA son los siguientes:
DOCUMENTOS QUE INTEGRAN LA PROPUESTA TÉCNICA. 4.3.1 En términos del Artículo Décimo Octavo del Acuerdo mediante el cual se establece la información relativa a los procedimientos de licitación pública que las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, deberán remitir a la Secretaria de la Contraloría del Estado xx Xxxxxxxx Roo, por transmisión electrónica o en medio magnético; así como la documentación que las mismas podrán requerir a los licitantes para que estos acrediten su personalidad en los procedimientos de licitación publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado xx Xxxxxxxx Roo, con fecha 2 de febrero de 2006; el participante deberá presentar un escrito en el que el firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con las facultades suficientes para suscribir a su nombre o, en su caso, a nombre de su representada la propuesta correspondiente. (Anexo 2).

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  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • Operación EL CLIENTE podrá dar instrucciones x XXXXX para la compra o para la venta de valores, las cuales tendrán el carácter de irrevocables y deberán contener todas las características necesarias para la plena identificación de los valores materia de las mismas, telefónica o escrita, o a través de los medios electrónicos, de cómputo o telecomunicación con que cuente BANSI. La celebración de la compraventa de valores se hará a precios xx xxxxxxx y BANSI deberá confirmar a EL CLIENTE la celebración de éstas, en el estado de cuenta que se le envíe. BANSI se reserva el derecho de exigir la confirmación por escrito de todas aquellas instrucciones que EL CLIENTE le haya otorgado por otros medios diversos al escrito. BANSI se reserva el derecho de corroborar la existencia de la orden o instrucción y el solicitar su confirmación por los medios que juzgue convenientes, pudiendo el BANSI dejar en suspenso la ejecución de la instrucción hasta en tanto el CLIENTE no confirme de manera fehaciente la misma. En este supuesto, al no recibir la confirmación del CLIENTE, el BANSI quedará liberado de la obligación de darle cumplimiento y por lo mismo no tendrá responsabilidad alguna derivada de su inejecución por cambios en los precios xxx xxxxxxx, conclusión de los horarios de operación u otros de naturaleza semejante, sino hasta en tanto reciba la confirmación correspondiente. BANSI invariablemente cargará o abonará a la “Cuenta Eje” de EL CLIENTE, los recursos resultantes de dichas operaciones. BANSI se sujetará a las instrucciones de EL CLIENTE. En lo no previsto expresamente: a) BANSI consultará a EL CLIENTE siempre que lo permita la naturaleza del negocio; b) BANSI se encuentra facultado para actuar discrecionalmente, hará lo que la prudencia le dicte, cuidando del negocio como propio. Si BANSI juzga perjudicial para EL CLIENTE la ejecución de las instrucciones, podrá suspender dicha ejecución, comunicándolo a EL CLIENTE lo más rápidamente posible, en espera de nuevas instrucciones o ratificación de las mismas.

  • DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES Los documentos y datos que deben presentar los licitantes para participar en la presente Invitación se encuentran enlistados en el ANEXO 2 de la presente Convocatoria.

  • DATOS DE CONTACTO Unidad Especializada de Atención de Consultas y Reclamaciones de Chubb Seguros México, S.A. (UNE): Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF)

  • XXXXX 000. Xxxxxxxx

  • MONTO “LAS PARTES” convienen en que el monto por los servicios objeto del presente contrato asciende a la cantidad de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), más $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), siendo un importe total de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX). Los precios por los servicios materia del presente contrato serán fijos durante la vigencia del mismo y serán los establecidos en la propuesta económica de “EL PROVEEDOR”.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.