DOCUMENTACIÓN QUE HA DE ACOMPAÑAR A LAS PROPOSICIONES Cláusulas de Ejemplo

DOCUMENTACIÓN QUE HA DE ACOMPAÑAR A LAS PROPOSICIONES. 14.1.- Los empresarios invitados que quieran participar en el procedimiento deberán presentar el documento a que hace referencia la cláusula 13.2 de este Pliego, junto con la documentación general, la proposición económica y, en su caso, la proposición técnica, en los términos que se establecen a continuación.
DOCUMENTACIÓN QUE HA DE ACOMPAÑAR A LAS PROPOSICIONES. 14.1.- Los licitadores deberán presentar sus proposiciones en la forma indicada en la cláusula 13, en un único sobre, la documentación general, la proposición económica y, en su caso, la proposición técnica. Se presentarán en los términos que se establecen a continuación.
DOCUMENTACIÓN QUE HA DE ACOMPAÑAR A LAS PROPOSICIONES. 12.1.- Los empresarios invitados que quieran participar en el procedimiento deberán presentar en un único sobre : La Declaración Responsable junto con la documentación general, la proposición económica y, en su caso, la proposición técnica, en los términos que se establecen a continuación.
DOCUMENTACIÓN QUE HA DE ACOMPAÑAR A LAS PROPOSICIONES. Las proposiciones se presentarán en tres sobres numerados correlativamente:
DOCUMENTACIÓN QUE HA DE ACOMPAÑAR A LAS PROPOSICIONES. 19.1.- Los empresarios que quieran participar en el procedimiento deberán presentar el documento a que hace referencia el párrafo anterior, junto con la documentación general, la proposición económica y, en su caso, la proposición técnica, en los términos que se establecen a continuación.
DOCUMENTACIÓN QUE HA DE ACOMPAÑAR A LAS PROPOSICIONES. 1.- Los empresarios invitados o aquellos que quieran participar en el procedimiento deberán presentar sus ofertas, junto con la documentación general, la proposición económica y, en su caso, la proposición técnica, en los términos que se establecen a continuación.
DOCUMENTACIÓN QUE HA DE ACOMPAÑAR A LAS PROPOSICIONES. 10.1.- Los empresarios invitados que quieran participar en el procedimiento deberán presentar un índice de la documentación presentada, en los términos que se establecen a continuación.
DOCUMENTACIÓN QUE HA DE ACOMPAÑAR A LAS PROPOSICIONES. Las proposiciones se presentarán en dos o tres sobres numerados correlativamente, en función de que se planteen, únicamente criterios objetivos ponderables a través de fórmulas o, en su caso, además, criterios valorables a través de juicio de valor: La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Dicho poder que ha de estar inscrito en el Registro Mercantil, deberá haber sido bastanteado por los Letrados Municipales, del Ayuntamiento de Albacete, el Secretario General del Ayuntamiento, o, en su caso, el Oficial Mayor. Para proceder al bastanteo del poder es necesario el pago de la tasa municipal por el importe de 11,88 €, de acuerdo con la ordenanza fiscal reguladora de la tasa – sello municipal, que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a la Caja de Castilla-La Mancha, al nº de cuenta: ES69/ 2105/3647/95/3400001326. Para proceder al bastanteo del poder es necesario solicitarlo ante la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Albacete, conforme al modelo que se xxxxxxx xx xxxx xxxxxx ( Xxxxx Xx III). En el caso de personas jurídicas, los licitadores deberán presentar la documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto de la concesión están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, les sean propias. Cada una de las empresas que forman la Unión Temporal deberán acreditar los requisitos de capacidad, representación y solvencia requeridos en este pliego.
DOCUMENTACIÓN QUE HA DE ACOMPAÑAR A LAS PROPOSICIONES. Las proposiciones se presentarán en dos o tres sobres numerados correlativamente, en función de que se planteen, únicamente criterios objetivos ponderables a través de fórmulas o, en su caso, además, criterios valorables a través de juicio de valor: La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.