DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD. (*) (Numeral 1 Articulo 3 Decreto 2474 de 2008) La Corporación Autónoma Regional de La Guajira, -CORPOGUAJIRA- tiene competencia en materia de administración, conservación y control de los recursos naturales en el área de su jurisdicción y por lo tanto al manejo de las corrientes de uso público se le ha dado la importancia que se merece, para garantizar lo dispuesto en el Decreto 2811 de 1974, Decreto 1541 de 1978, Ley 99 de 1993, Ley 373 de 1997, Decreto 155 de 2004. A través del Decreto 4579 de Diciembre 07 de 2010, el Gobierno nacional declaró la situación de desastre nacional en el territorio colombiano, según informe presentado por el IDEAM de fecha 6 de diciembre de 2010, el Fenómeno de la Niña 2010-2011 que alteró el clima nacional desde el comienzo de su formación en el mes ▇▇ ▇▇▇▇▇ de este año, ocasionando en los meses de julio y noviembre las lluvias más intensas y abundantes nunca antes registradas en el país en las regiones Caribe, Andina y Pacifica. En el Decreto 4579 de 2010, Artículo 3, parágrafo 1 se establece que dentro de los lineamientos generales para el manejo de la situación de desastre, una de las diez líneas de acción comprende Obras de emergencias (reforzamiento de terraplenes, obras de control) y obras de prevención y mitigación en la zona. En reunión del comité Regional para la Atención y Prevención de Desastres CREPAD, realizada en febrero de 2011, se manifestó que las actividades para la construcción de obras para el control de inundaciones, control de cauces y rectificación y manejo de cauces, control de escorrentía, control de erosión, obras de geotecnia, regulación de cauces y corrientes de aguas y demás obras para el manejo de suelos, aguas y vegetación, se ejecutarán con base en la identificación y priorización realizada conjuntamente con el respectivo comité. En las cuencas hidrográficas del Departamento de La Guajira, se presentan desbordamientos periódicos de los ▇▇▇▇, arroyos y quebradas, evidenciados en la alta rata de sedimentos, la pérdida de los cauces naturales y, por consiguiente la inundación de zonas aledañas a las márgenes de dichos ▇▇▇▇, arroyos y quebradas, afectando con esto el desarrollo agrícola, vial y económico del Departamento. En varios tramos del río El Molino, jurisdicción del municipio de El Molino, se presentan serios problemas de erosión, pérdidas del cauce natural y alta sedimentación que afectan los predios aledaños y producen inundaciones en poblaciones y en varios sectores como es el caso de los sector La Quesera, Casa Brava 2, La Morada, Aguas abajo ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de la carretera nacional y Aguas arriba de la presa El Rincón. CORPOGUAJIRA ha asumido el compromiso de proteger las márgenes y controlar las erosiones e inundaciones que se presentan en los cauces de los ▇▇▇▇ y arroyos, y emprender las acciones que sean necesarias para la defensa y adecuado manejo de las cuencas, por lo que formuló el proyecto para la “Construcción De Obras En Gavión En Muros Longitudinales Y Tipo Espigón Para Proteger Y Recuperar La Margen Izquierda, En Un Tramo Erosionado Del Río El Molino Sector La Quesera Ubicado En Las Coordenadas N 1'670.380 M, E 1'126.864 M; ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇ Ubicado En Las Coordenadas N 1'670.102 M, E 1'127.263 M; La Morada Ubicado En Las Coordenadas N 1'669.615 M, E 1'128.245 M; ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ La Carretera Nacional, Ubicado En Las Coordenadas N: 1'670.890 M E 1'125.446 ;Aguas Arriba De La Presa El Rincón, Ubicado En Las Coordenadas N: 1'669.121 M, E 1'128.644m; Municipio El Molino, Dpto. De La Guajira.” Para la ejecución de estos proyectos CORPOGUAJIRA suscribió con el MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL el Convenio de Uso de Recursos No. 83 de 2011. El cual fue adicionado en valor mediante Otro Si N° 01, el cual permite la ejecución de los recursos provenientes del Fondo Nacional de Calamidades, Subcuenta – Colombia Humanitaria, en el marco del fenómeno de La Niña 2010-2011. La necesidad la constituye, el deber legal que le asiste a CORPOGUAJIRA, en atender oportuna y eficazmente los diferentes requerimientos que el desarrollo de la función pública requiere y en lo referente a su competencia.
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Sources: Contrato De Obras
DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD. (*) (Numeral 1 Articulo 3 Decreto 2474 Mediante el presente proceso de 2008) La Corporación Autónoma Regional contratación, atendiendo la inminente necesidad de La Guajira, -CORPOGUAJIRA- tiene competencia en materia de administración, conservación y control de los recursos naturales en asegurar el área de su jurisdicción y por lo tanto al manejo cumplimiento de las corrientes actividades objeto del contrato interadministrativo número 2433 de uso público se le ha dado 2018 cuyo objeto es la importancia que se merece, “Prestación de servicios para garantizar lo dispuesto en el Decreto 2811 aplicación de 1974, Decreto 1541 de 1978, Ley 99 de 1993, Ley 373 de 1997, Decreto 155 de 2004. A través del Decreto 4579 de Diciembre 07 de 2010, el Gobierno nacional declaró la situación de desastre nacional en el territorio colombiano, según informe presentado por el IDEAM de fecha 6 de diciembre de 2010, el Fenómeno inmunobiológicos para los funcionarios y aprendices de la Niña 2010-2011 que alteró el clima nacional desde el comienzo de su formación en el mes ▇▇ ▇▇▇▇▇ de este año, ocasionando en los meses de julio y noviembre las lluvias más intensas y abundantes nunca antes registradas en el país en las regiones Caribe, Andina y Pacifica. En el Decreto 4579 de 2010, Artículo 3, parágrafo 1 se establece que dentro de los lineamientos generales para el manejo de la situación de desastre, una de las diez líneas de acción comprende Obras de emergencias (reforzamiento de terraplenes, obras de control) y obras de prevención y mitigación en la zona. En reunión del comité Regional para la Atención y Prevención de Desastres CREPAD, realizada en febrero de 2011, se manifestó que las actividades para la construcción de obras para el control de inundaciones, control de cauces y rectificación y manejo de cauces, control de escorrentía, control de erosión, obras de geotecnia, regulación de cauces y corrientes de aguas y demás obras para el manejo de suelos, aguas y vegetación, se ejecutarán con base en la identificación y priorización realizada conjuntamente con el respectivo comité. En las cuencas hidrográficas del Departamento de La Guajira, se presentan desbordamientos periódicos de los ▇▇▇▇, arroyos y quebradas, evidenciados en la alta rata de sedimentos, la pérdida de los cauces naturales y, por consiguiente la inundación de zonas aledañas a las márgenes de dichos ▇▇▇▇, arroyos y quebradas, afectando con esto el desarrollo agrícola, vial y económico del Departamento. En varios tramos del río El Molino, jurisdicción del municipio de El Molino, se presentan serios problemas de erosión, pérdidas del cauce natural y alta sedimentación que afectan los predios aledaños y producen inundaciones en poblaciones y en varios sectores como es el caso de los sector La Quesera, Casa Brava 2, La Morada, Aguas abajo Cundinamarca ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de ” suscrito con la carretera nacional y Aguas arriba de la presa El Rincón. CORPOGUAJIRA ha asumido el compromiso de proteger las márgenes y controlar las erosiones e inundaciones que se presentan en los cauces de los ▇▇▇▇ y arroyos, y emprender las acciones que sean necesarias para la defensa y adecuado manejo de las cuencas, por lo que formuló el proyecto para la “Construcción De Obras En Gavión En Muros Longitudinales Y Tipo Espigón Para Proteger Y Recuperar La Margen Izquierda, En Un Tramo Erosionado Del Río El Molino Sector La Quesera Ubicado En Las Coordenadas N 1'670.380 M, E 1'126.864 M; ▇▇▇▇▇▇ ▇Dirección Regional Cundinamarca ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇ Ubicado En Las Coordenadas N 1'670.102 M, E 1'127.263 M; La Morada Ubicado En Las Coordenadas N 1'669.615 Mpara dar cobertura al personal descrito en el contrato, E 1'128.245 M; ▇▇▇de los Municipios ▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇, ▇▇▇▇, Villeta, ▇▇▇▇▇▇▇▇, Soacha y Fusagasugá; dado lo anterior se hace necesario contratar la compra de los biológicos de Toxoide Tetánico, Antigripal Inactivada, Hepatitis B y Fiebre Amarilla que cumplan con los requisitos nacionales de seguridad y calidad. Actualmente la E.S.E. Hospital ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ La Carretera ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, cuenta únicamente con los biológicos entregados por el ente territorial- Secretaria de ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ o Secretaria de Salud de Cundinamarca, los cuales tienen una destinación específica para la aplicación en menores y adultos objeto del Programa Ampliado de Inmunizaciones establecido en el esquema de Vacunación Nacional, Ubicado En Las Coordenadas N: 1'670.890 M E 1'125.446 ;Aguas Arriba De La Presa El Rincónpor lo tanto no contando con biológicos diferentes y solicitados para población diferente a la establecida en el actual esquema nacional de vacunación, Ubicado En Las Coordenadas N: 1'669.121 Mlo que claramente justifica que ante la venta de servicios y la consecuente celebración de nuevos contratos cuyo objeto se refiera a la aplicación de vacunas, E 1'128.644mdebemos garantizar la adquisición de las mismas. Así las cosas y para dar cumplimiento al contrato en mención y para permitir cumplir con la aplicación a los funcionarios y aprendices de la Regional Cundinamarca ▇▇▇ ▇▇▇▇ en los Municipios ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇, Villeta, ▇▇▇▇▇▇▇▇, Soacha y Fusagasugá; Municipio El Molino, Dpto. De La Guajira.” Para es necesario realizar la ejecución compra de estos proyectos CORPOGUAJIRA suscribió con según la cantidad programada de personas – dosis. Se precisa que el MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL el Convenio de Uso de Recursos No. 83 de 2011. El cual fue adicionado en valor mediante Otro Si N° 01, el cual permite no realizar la ejecución no compra de los recursos provenientes biológicos, conllevaría a que la E.S.E. Hospital ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ no cumpliera con las actividades contratadas y por tanto que se generara un incumplimiento de las responsabilidades contractuales del Fondo Nacional convenio interadministrativo suscrito entre la E.S.E y la Regional Cundinamarca ▇▇▇ ▇▇▇▇, generando sanciones e inhabilidades para futuros contratos, lo que no puede desde ningún punto de Calamidadesvista presentarse, Subcuenta – Colombia Humanitaria, en el marco del fenómeno de La Niña 2010-2011. La necesidad la constituye, el deber legal máxime que le asiste a CORPOGUAJIRA, en atender oportuna y eficazmente los diferentes requerimientos que el desarrollo las ESES pendemos de la función pública requiere venta de servicios y al comprometernos en lo referente una relación contractual debemos adoptar las medidas y adelantar los procesos necesarios tendientes a su competenciadar cumplimiento a las obligaciones contraídas.
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Sources: Supply Agreement
DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD. (*) (Numeral 1 Articulo 3 Decreto 2474 de 2008) La Corporación Autónoma Regional de La Guajira, -CORPOGUAJIRA- tiene competencia en materia de administración, conservación y control de los recursos naturales en el área de su jurisdicción y por lo tanto al manejo de las corrientes de uso público se le ha dado la importancia que se merece, para garantizar lo dispuesto en el Decreto 2811 de 1974, Decreto 1541 de 1978, Ley 99 de 1993, Ley 373 de 1997, Decreto 155 de 2004. A través del Decreto 4579 de Diciembre 07 de 2010, el Gobierno nacional declaró la situación de desastre nacional en el territorio colombiano, según informe presentado por el IDEAM de fecha 6 de diciembre de 2010, el Fenómeno de la Niña 2010-2011 que alteró el clima nacional desde el comienzo de su formación en el mes ▇▇ ▇▇▇▇▇ de este año, ocasionando en los meses de julio y noviembre las lluvias más intensas y abundantes nunca antes registradas en el país en las regiones Caribe, Andina y Pacifica. En el Decreto 4579 de 2010, Artículo 3, parágrafo 1 se establece que dentro de los lineamientos generales para el manejo de la situación de desastre, una de las diez líneas de acción comprende Obras de emergencias (reforzamiento de terraplenes, obras de control) y obras de prevención y mitigación en la zona. En reunión del comité Regional para la Atención y Prevención de Desastres CREPAD, realizada en febrero de 2011, se manifestó que las actividades para la construcción de obras para el control de inundaciones, control de cauces y rectificación y manejo de cauces, control de escorrentía, control de erosión, obras de geotecnia, regulación de cauces y corrientes de aguas y demás obras para el manejo de suelos, aguas y vegetación, se ejecutarán con base en la identificación y priorización realizada conjuntamente con el respectivo comité. En las cuencas hidrográficas del Departamento de La Guajira, se presentan desbordamientos periódicos de los ▇▇▇▇, arroyos y quebradas, evidenciados en la alta rata de sedimentos, la pérdida de los cauces naturales y, por consiguiente la inundación de zonas aledañas a las márgenes de dichos ▇▇▇▇, arroyos y quebradas, afectando con esto el desarrollo agrícola, vial y económico del Departamento. En varios tramos del río El Molino▇▇▇▇▇▇, jurisdicción del municipio de El MolinoRiohacha, se presentan serios problemas de erosión, pérdidas del cauce natural y alta sedimentación que afectan los predios aledaños y producen inundaciones en poblaciones y en varios sectores como es el caso de los sector La Quesera, Casa Brava 2, La Morada, Aguas abajo Chavas - Anaime; los Mangos II - Anaime; Dos Caños - Choles; El Palo - Matitas; Caracoli - Matitas; Piyaya - Matitas; Cadillal II - Choles; Canal ▇▇▇ ▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇ de la carretera nacional y Aguas arriba de la presa El RincónViejo, Guaracaca, ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇ aledaña al Corregimiento Pelechua. CORPOGUAJIRA ha asumido el compromiso de proteger las márgenes y controlar las erosiones e inundaciones que se presentan en los cauces de los ▇▇▇▇ y arroyos, y emprender las acciones que sean necesarias para la defensa y adecuado manejo de las cuencas, por lo que formuló el proyecto para la “Construcción De Obras En Gavión En Muros Longitudinales De Encauzamiento, Canalización Y Obras De Protección Longitudinal Y Tipo Espigón Para Proteger Y Recuperar La Margen De Las Márgenes Derecha E Izquierda, En Un Tramo Erosionado Para Garantizar La Continuidad Del Río Flujo Y Evitar La Erosión E Inundación Puntual De Los Sectores: Chavas - Anaime; Los Mangos II - Anaime; Dos Caños - Choles; El Molino Sector La Quesera Ubicado En Las Coordenadas N 1'670.380 MPalo - Matitas; Caracoli - Matitas; Piyaya - Matitas; Cadillal II - Choles; Canal ▇▇▇▇▇▇, E 1'126.864 M; ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇ Ubicado En Las Coordenadas N 1'670.102 MViejo, E 1'127.263 M; La Morada Ubicado En Las Coordenadas N 1'669.615 MGuaracaca, E 1'128.245 M; ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇ La Carretera NacionalAledaña Al Corregimiento Pelechua, Ubicado En Las Coordenadas N: 1'670.890 M E 1'125.446 ;Aguas Arriba Del Municipio De La Presa El RincónRiohacha, Ubicado En Las Coordenadas N: 1'669.121 M, E 1'128.644m; Municipio El Molino, Dpto. Departamento De La Guajira.” ”. Para la ejecución de estos proyectos CORPOGUAJIRA suscribió con el MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL el Convenio de Uso de Recursos No. 83 de 2011. El cual fue adicionado en valor mediante Otro Si N° 01, el cual permite la ejecución de los recursos provenientes del Fondo Nacional de Calamidades, Subcuenta – Colombia Humanitaria, en el marco del fenómeno de La Niña 2010-2011. La necesidad la constituye, el deber legal que le asiste a CORPOGUAJIRA, en atender oportuna y eficazmente los diferentes requerimientos que el desarrollo de la función pública requiere y en lo referente a su competencia.
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Sources: Contrato De Obras
DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD. (*) (Numeral 1 Articulo 3 Decreto 2474 de 2008) La Corporación Autónoma Regional de La Guajira, -CORPOGUAJIRA- tiene competencia en materia de administración, conservación y control de los recursos naturales en el área de su jurisdicción y por lo tanto al manejo de las corrientes de uso público se le ha dado la importancia que se merece, para garantizar lo dispuesto en el Decreto 2811 de 1974, Decreto 1541 de 1978, Ley 99 de 1993, Ley 373 de 1997, Decreto 155 de 2004. A través En virtud del Decreto 4579 907 del 16 ▇▇ ▇▇▇▇ de Diciembre 07 de 20101975, por medio del cual se reglamenta, en su artículo 30, el Gobierno nacional declaró SMA del Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA- que preceptúa la situación de desastre nacional en el territorio colombiano, según informe presentado seguridad social para la familia del empleado; modificado por el IDEAM de fecha 6 de diciembre de 2010, el Fenómeno de la Niña 2010-2011 que alteró el clima nacional desde el comienzo de su formación en el mes artículo 35 del Decreto 594 del 15 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de este año1977 que establece: “El SENA asumirá directamente o contratará con una o varias entidades públicas o privadas, ocasionando especializadas en seguridad social, un seguro médico asistencial para los meses parientes de julio los empleados (…)”, y noviembre las lluvias más intensas demás normas que lo modifiquen, sustituyan, adicionen o complementen, el SENA Regional Antioquia se encuentra comprometido con la función de garantizar la prestación de servicios médico asistenciales de atención integral, segura y abundantes nunca antes registradas de alta calidad en salud como elemento indispensable para garantizar la supervivencia y calidad de vida de nuestros beneficiarios y los de otras regionales domiciliados o visitantes que se encuentren en el país en las regiones Caribe, Andina y Pacificadepartamento. En el Decreto 4579 de 2010, Artículo 3, parágrafo 1 se establece que dentro de los lineamientos generales para el manejo de la situación de desastre, una de las diez líneas de acción comprende Obras de emergencias (reforzamiento de terraplenes, obras de control) y obras de prevención y mitigación en la zona. En reunión del comité Regional para la Atención y Prevención de Desastres CREPAD, realizada en febrero de 2011, se manifestó que las actividades para la construcción de obras para el control de inundaciones, control de cauces y rectificación y manejo de cauces, control de escorrentía, control de erosión, obras de geotecnia, regulación de cauces y corrientes de aguas y demás obras para el manejo de suelos, aguas y vegetación, se ejecutarán con base en la identificación y priorización realizada conjuntamente con el respectivo comité. En las cuencas hidrográficas del Departamento de La Guajira, se presentan desbordamientos periódicos de los ▇▇▇▇, arroyos y quebradas, evidenciados en la alta rata de sedimentos, la pérdida de los cauces naturales y, por consiguiente la inundación de zonas aledañas a las márgenes de dichos ▇▇▇▇, arroyos y quebradas, afectando con esto el desarrollo agrícola, vial y económico del Departamento. En varios tramos del río El Molino, jurisdicción del municipio de El Molino, se presentan serios problemas de erosión, pérdidas del cauce natural y alta sedimentación que afectan los predios aledaños y producen inundaciones en poblaciones y en varios sectores como es el caso de los sector La Quesera, Casa Brava 2, La Morada, Aguas abajo SMA ▇▇▇ ▇▇▇▇, es un unidad autoexcluida del SGSSS, pero que reúne algunas características de este sistema, cuya población está constituida por los familiares (padres, cónyuge e hijos o hermanos con edad hasta los 25 años que estén estudiando o tengan incapacidad física o mental que los imposibilite) y que dependen exclusiva y económicamente del empleado público y trabajador oficial, vinculado laboralmente al SENA y pensionado adscrito al mismo. Al interior de las instalaciones ▇▇▇ de la carretera nacional y Aguas arriba de la presa El Rincón. CORPOGUAJIRA ha asumido el compromiso de proteger las márgenes y controlar las erosiones e inundaciones que se presentan en los cauces de los ▇▇▇▇ ▇, a nivel nacional, el SMA se encuentra constituido como una Unidad Funcional de Atención Médica en la que se ofrece atención básica intramural de muy baja complejidad, con alcance en el campo de consulta externa y arroyosodontología general que, particularmente, en la Regional Antioquia cuenta con un equipo humano asistencial de dos médicos asesores, un médico auditor, un odontólogo, una auxiliar de enfermería y emprender las acciones que sean necesarias para la defensa y adecuado manejo un auxiliar en salud oral. El alcance de las cuencas, por lo que formuló el proyecto para la “Construcción De Obras En Gavión En Muros Longitudinales Y Tipo Espigón Para Proteger Y Recuperar La Margen Izquierda, En Un Tramo Erosionado Del Río El Molino Sector La Quesera Ubicado En Las Coordenadas N 1'670.380 M, E 1'126.864 M; ▇▇▇necesidades de atención en salud del SMA ▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇ Ubicado Regional Antioquia no trasciende las necesidades de infraestructura necesaria para dar cobertura a la demandas de carácter ambulatorio y hospitalario, razón por la cual es indispensable contratar, a través de invitación pública, servicios de salud de baja, mediana y alta complejidad. En Las Coordenadas N 1'670.102 Motras palabras, E 1'127.263 M; La Morada Ubicado En Las Coordenadas N 1'669.615 Mel presente proceso de contratación se soporta en el deber legal que el SENA tiene con los beneficiarios del Servicio Médico Asistencial consistente en garantizar la prestación de la totalidad de servicios de salud que demande su población. A su vez, E 1'128.245 M; ▇▇la Ley 1751 de 2015 “Ley Estatutaria del Derecho a la Salud” mediante la cual el Estado consagró el derecho fundamental a la salud para todos los ciudadanos colombianos, incluye a los beneficiarios del Servicio Médico Asistencial ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ . Acorde con el criterio de la Organización Mundial de la Salud -OMS- y la Organización Panamericana de la Salud - OPS- (1998) un sistema de salud tiene como propósito “proveer servicios destinados a promover, prevenir, recuperar o rehabilitar el daño en salud, con la meta de asegurar el acceso a una atención de calidad adecuada y a un costo razonable. El SMA ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ La Carretera NacionalRegional Antioquia, Ubicado En Las Coordenadas N: 1'670.890 M E 1'125.446 ;Aguas Arriba De La Presa El Rincón, Ubicado En Las Coordenadas N: 1'669.121 M, E 1'128.644m; Municipio El Molino, Dpto. De La Guajira.” Para la ejecución de estos proyectos CORPOGUAJIRA suscribió cuenta con el MINISTERIO DE AMBIENTEaval de la Secretaría Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia sobre los procedimientos y condiciones de habilitación de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud “IPS”, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL en cumplimiento del compromiso de disponer de las condiciones de seguridad, calidad, accesibilidad, cobertura, oportunidad y eficiencia en salud y atención médica que presta a sus ochocientos sesenta y siete (867) beneficiarios afiliados a quienes el Convenio SMA está en obligación de Uso garantizar la prestación de Recursos Noservicios de salud. 83 de 2011. El cual fue adicionado en valor mediante Otro Si N° 01En tal sentido, el cual permite SENA Regional Antioquia requiere iniciar el proceso selección de las entidades de salud que prestarán los servicios de atención ambulatorio y hospitalario del primer al cuarto nivel de complejidad durante la ejecución presente vigencia, mediante una invitación pública y abierta, en igualdad de oportunidades, que favorezca la libre concurrencia y permita elegir a los mejores proponentes, bajo factores y criterios objetivos que garanticen las características fundamentales del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad para la adecuada y eficiente atención en salud medico asistencial y administrativa, a fin de lograr la ampliación de cobertura para solución de las necesidades de atención integral en salud de niveles de complejidad intermedios y altos, acorde con las condiciones de salud y demanda de la población beneficiaria del Servicio Médico Asistencial o que sean remitidos por los médicos asesores adscritos al mismo, quienes determinaran el estado salud, tipo de intervención y pertinencia de la remisión. A continuación, se presentan datos demográficos poblacionales, relación hombre/mujer, índice de envejecimiento, diagnóstico de salud en la población. Tabla 1. Población SMA Regional Antioquia Grupos por Edad Biológica y Género 0 -17 años 67 93 160 18-25 años 83 76 159 26 a 49 años 10 51 61 50 a 60 años 8 83 91 60 a 99 años 54 339 393 100 años y mas 1 2 3 TOTAL 223 644 867 Fuente: SMA En términos estadísticos, la tabla 1 revela que el 74% (644) de la población corresponden al género femenino, siendo casi 3 veces la población total y el restante 26% (223) del género masculino; el 45% (400) beneficiarios se encuentran dentro del rango de 60 a 100 o más años de edad (persona mayor, envejecimiento y vejez), lo que traduce una creciente tasa de población anciana, paulatinamente progresiva en la generación de evidentes cambios en los estados de salud, hacia enfermedades de alto costo. Tabla 2. Morbilidad de Población SMA Regional Antioquia Morbilidad Artritis y otros trastornos de los recursos provenientes huesos y tejidos de sostén 106 62 12,17% Hipertensión Arterial y enfermedad cardiovascular asociada 99 74 11,83% Trastorno del Fondo Nacional metabolismo de Calamidadeslos lípidos 63 61 7,23% Diabetes y otros trastornos del metabolismo de los carbohidratos 49 75 5,63% Trastornos mentales y epilepsia 47 60 5,40% Gastritis y otros trastornos gastrointestinales 46 58 5,28% Glaucoma, Subcuenta – Colombia Humanitariaconjuntivitis y otros trastornos oculares 40 49 4,59% Trastornos endocrinos 35 77 4,02% Acné 30 19 3,44% Rinitis Alérgicas y otras patologías nasales 29 23 3,33% Epoc, en el marco del fenómeno de La Niña 2010-2011. La necesidad la constituye, el deber legal que le asiste a CORPOGUAJIRA, en atender oportuna asma y eficazmente los diferentes requerimientos que el desarrollo de la función pública requiere y en lo referente a su competencia.otras enfermedades pulmonares crónicas 29 53 3,33%
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Sources: Servicio Médico Asistencial
DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD. La ley 1448 de 2011 Ley de Víctimas y Restitución de Tierras por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones, mediante el artículo 159 creó el Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas, “…constituido por el conjunto de entidades públicas del nivel gubernamental y estatal en los órdenes nacional y territoriales y las demás organizaciones públicas y privadas, encargadas de formular o ejecutar los planes, programas, proyectos y acciones específicas, tendientes a la atención y reparación integral de las víctimas que trata la ley”. El artículo 160 de la Ley 1448 de 2011 enuncia las entidades y programas que conforman el Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas, entre las cuales se encuentra la UARIV, creada con ocasión del artículo 166 de la misma ley el cual determinó que: “Créase la Unidad de Atención y Reparación Integral a las Víctimas como una Unidad Administrativa Especial con personería jurídica y autonomía administrativa y patrimonial, adscrita al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. De igual manera, el artículo 168 de la Ley 1448 de 2011 establece que la Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación Integral a las Víctimas coordinará de manera ordenada, sistemática, coherente, eficiente y armónica las actuaciones de las entidades que conforman el Sistema Nacional de Atención y Reparación a las Víctimas en lo que se refiere a la ejecución e implementación de la política pública de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas y asumirá las competencias de coordinación señaladas en las Leyes 387 (*Reglamentada Parcialmente por los Decretos Nacionales 951, 2562 y 2569 de 2001) Ley 418 de 1997 (Numeral 1 Articulo 3 Prorrogada su vigencia, por el art. 1, Ley 548 de 1999 Modificada Parcialmente por la Ley 782 de 2002, Reglamentada por el Decreto 2474 Nacional 128 de 2003, Reglamentada por el Decreto Nacional 2767 de 2004, Reglamentada por el Decreto Nacional 395 de 2007, Reglamentada por el Decreto Nacional 1059 de 2008) La Corporación Autónoma Regional , Reglamentada por el Decreto Nacional 1980 de La Guajira2012), -CORPOGUAJIRA- tiene competencia Ley 975 de 2005 (Reglamentada parcialmente por los Decretos Nacionales 4760 de 2005, 690, 2898 y 3391de 2006, Reglamentada por el Decreto Nacional 3011 de 2013, Ley 1190 de 2008 (Reglamentada parcialmente por el Decreto Nacional 1997 de 2009), y en materia las demás normas que regulen la coordinación de administraciónpolíticas encaminadas a satisfacer los derechos a la verdad, conservación justicia y control reparación de las víctimas. Además, le corresponde entre otras cumplir las siguientes funciones: “13. Desarrollar estrategias en el manejo, acompañamiento, orientación, y seguimiento de las emergencias humanitarias y atentados terroristas.14. Implementar acciones para garantizar la atención oportuna e integral en la emergencia de los recursos naturales desplazamientos masivos (…)”. La prevención de violaciones de derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH) es una obligación permanente del Estado Colombiano consistente en adoptar, en el área marco de una política pública articulada, integral y diferencial, todas las medidas a su jurisdicción alcance para que, con plena observancia de la ley, promueva el respeto, la protección y por lo tanto al manejo la garantía de los derechos de todos los ciudadanos. A su vez, la política de prevención del desplazamiento se desarrolla en el marco de las corrientes normas del Derecho Internacional de uso público se le ha dado los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario, la importancia Doctrina y la Jurisprudencia de los órganos nacionales e internacionales de protección, que consagran el deber y la obligación del Estado de respetar y garantizar los derechos humanos de todos los individuos que se mereceencuentren en su territorio. La Unidad como Coordinador del SNARIV – Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a Victimas tiene dentro de sus compromisos: 1) Para con la población en situación de desplazamiento, para garantizar lo dispuesto la promoción, el diseño y la elaboración de programas y proyectos encaminados a prevenir y brindar atención integral a los afectados por el desplazamiento; 2) Para con las víctimas de la violencia consagradas en el Decreto 2811 artículo 3 de 1974la Ley 1448 de 2011, Decreto 1541 en ayuda humanitaria, atención y asistencia. Que la Ley 2078 del 8 de 1978, enero de 2021 prorrogó la Ley 99 1448 de 1993, Ley 373 2011 hasta el año 2031 ampliando en términos de 1997, Decreto 155 tiempo las funciones y entidades que componen el Sistema Nacional de 2004Atención y Reparación Integral a Victimas. A La Dirección de Gestión Interinstitucional – DGI a través del Decreto 4579 Grupo de Diciembre 07 Gestión de 2010, el Gobierno nacional declaró Proyectos - GGP lidera la situación estrategia de desastre nacional en el territorio colombiano, según informe presentado proyectos por el IDEAM de fecha 6 de diciembre de 2010, el Fenómeno oferta de la Niña 2010-2011 que alteró el clima nacional desde el comienzo Unidad para las Víctimas y en cumplimiento de su formación sus funciones busca “apoyar a las áreas misionales de la Unidad para las Víctimas, así como con las' entidades del Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas- SNARIV en el mes todos los niveles de gobierno, la formulación y presentación de proyectos orientados a la asistencia, atención y reparación integral a las víctimas, especialmente para la implementación de procesos de retornos y reubicaciones, reparación colectiva y enfoque diferencial étnico” según lo establece la Resolución 000236 del 5 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de este año2020. Teniendo en cuenta, ocasionando en los meses el principio de julio complementariedad (Ley 1448, 2011, art. 21) y noviembre las lluvias más intensas y abundantes nunca antes registradas lo reglado en el país en las regiones Caribe, Andina y Pacifica. En el Decreto 4579 de 2010, Artículo 3, parágrafo 1 se establece que dentro de los lineamientos generales para el manejo artículo 7 de la situación Resolución 00097 de desastre, una de las diez líneas de acción comprende Obras de emergencias (reforzamiento de terraplenes, obras de control) y obras de prevención y mitigación en la zona. En reunión del comité Regional para la Atención y Prevención de Desastres CREPAD, realizada en febrero de 2011, se manifestó que las actividades para la construcción de obras para el control de inundaciones, control de cauces y rectificación y manejo de cauces, control de escorrentía, control de erosión, obras de geotecnia, regulación de cauces y corrientes de aguas y demás obras para el manejo de suelos, aguas y vegetación, se ejecutarán con base en la identificación y priorización realizada conjuntamente con el respectivo comité. En las cuencas hidrográficas del Departamento de La Guajira, se presentan desbordamientos periódicos de los ▇▇▇▇, arroyos y quebradas, evidenciados en la alta rata de sedimentos2022, la pérdida Unidad para las Víctimas a través de los cauces naturales y, por consiguiente la inundación Subdirección de zonas aledañas Prevención y Atención de Emergencias realiza apoyo a las márgenes de dichos ▇▇▇▇, arroyos y quebradas, afectando con esto el desarrollo agrícola, vial y económico del Departamento. En varios tramos del río El Molino, jurisdicción del municipio de El Molino, se presentan serios problemas de erosión, pérdidas del cauce natural y alta sedimentación que afectan los predios aledaños y producen inundaciones en poblaciones y en varios sectores como es el caso de los sector La Quesera, Casa Brava 2, La Morada, Aguas abajo ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de la carretera nacional y Aguas arriba de la presa El Rincón. CORPOGUAJIRA ha asumido el compromiso de proteger las márgenes y controlar las erosiones e inundaciones que se presentan en los cauces de los ▇▇▇▇ y arroyos, y emprender las acciones que sean necesarias entidades territoriales para la defensa y adecuado manejo de las cuencas, por lo que formuló el proyecto para la “Construcción De Obras En Gavión En Muros Longitudinales Y Tipo Espigón Para Proteger Y Recuperar La Margen Izquierda, En Un Tramo Erosionado Del Río El Molino Sector La Quesera Ubicado En Las Coordenadas N 1'670.380 M, E 1'126.864 M; ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇ Ubicado En Las Coordenadas N 1'670.102 M, E 1'127.263 M; La Morada Ubicado En Las Coordenadas N 1'669.615 M, E 1'128.245 M; ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ La Carretera Nacional, Ubicado En Las Coordenadas N: 1'670.890 M E 1'125.446 ;Aguas Arriba De La Presa El Rincón, Ubicado En Las Coordenadas N: 1'669.121 M, E 1'128.644m; Municipio El Molino, Dpto. De La Guajira.” Para la ejecución de estos proyectos CORPOGUAJIRA suscribió con de infraestructura social y comunitaria - PISC, mediante el MINISTERIO DE AMBIENTEsuministro en físico de materiales de construcción y/o dotación de mobiliario, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL el Convenio para fortalecer de Uso las capacidades de Recursos No. 83 respuesta institucional ante la posible ocurrencia de 2011. El cual fue adicionado en valor mediante Otro Si N° 01, el cual permite la ejecución de los recursos provenientes del Fondo Nacional de Calamidades, Subcuenta – Colombia Humanitaria, emergencias humanitarias en el marco del fenómeno de La Niña 2010-2011. La necesidad la constituye, el deber legal que le asiste a CORPOGUAJIRA, en atender oportuna y eficazmente los diferentes requerimientos que el desarrollo de la función pública requiere y en lo referente a su competenciaconflicto armado.
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Sources: Logistics Support Agreement
DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD. (*) (Numeral 1 Articulo 3 Decreto 2474 de 2008) La Corporación Autónoma Regional de La Guajira, -CORPOGUAJIRA- tiene competencia en materia de administración, conservación y control de los recursos naturales en el área de su jurisdicción y por lo tanto al manejo de las corrientes de uso público se le ha dado la importancia que se merece, para garantizar lo dispuesto en el Decreto 2811 de 1974, Decreto 1541 de 1978, Ley 99 de 1993, Ley 373 ley 388 de 1997, Decreto 155 ▇ ▇▇▇ General de 2004Ordenamiento Territorial en su Artículo 3, establece que una de las Funciones Públicas del Urbanismo es Propender por el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo y la preservación del patrimonio cultural y natural. A través del Decreto 4579 Igualmente el Artículo 18 define el Programa de Diciembre 07 de 2010Ejecución con carácter obligatorio, las actuaciones sobre el Gobierno nacional declaró la situación de desastre nacional territorio previstas en el territorio colombianoPlan de Ordenamiento, según informe presentado por que serán ejecutadas durante el IDEAM de fecha 6 de diciembre de 2010, el Fenómeno período constitucional de la Niña 2010-2011 que alteró el clima nacional desde el comienzo correspondiente administración municipal o distrital, de su formación acuerdo con lo definido en el mes correspondiente Plan de Desarrollo, señalando las prioridades, la programación de actividades, las entidades responsables y los recursos respectivos, donde se determinarán los inmuebles y terrenos cuyo desarrollo o construcción se consideren prioritarios. Todo lo anterior, atendiendo las estrategias, parámetros y directrices señaladas en el Plan de Ordenamiento. La Ley 397 de 1997, por medio de la cual se establecieron las actuaciones, responsabilidades y mecanismos para la identificación, recuperación, restauración, protección y fomento del patrimonio cultural de la nación, dictó que son responsabilidad del Ministerio de Cultura, y localmente a través de las entidades territoriales son las encargadas de velar por la conservación de todos los bienes y valores culturales que son expresión de la nacionalidad colombiana, tales como la tradición, las costumbres, y los hábitos; así como el conjunto de bienes materiales e inmateriales, muebles e inmuebles que posean un especial interés histórico, artístico, plástico, arquitectónico, urbano, arqueológico, ambiental, ecológico lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, científico, testimonial, documental, literario, bibliográfico, museológico, antropológico y de las manifestaciones, los productos y las representaciones de la cultura popular. En este sentido, la Ley General de Cultura (397 de 1997) estableció en su Artículo 4º, que el patrimonio cultural de la Nación está constituido por todos los bienes y valores culturales que son expresión de la nacionalidad colombiana, tales como la tradición, las costumbres y los hábitos, así como el conjunto de bienes inmateriales y materiales, muebles e inmuebles, que poseen un especial interés histórico, artístico, estético, plástico, arquitectónico, urbano, arqueológico, ambiental, ecológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, científico, testimonial, documental, literario, bibliográfico, museológico, antropológico y las manifestaciones, los productos y las representaciones de la cultura popular. Posteriormente, la Ley 1185 de 2008, modificó la Ley General de Cultura en lo relacionado con el Patrimonio Cultural, en donde se estableció en el ▇▇ ▇▇▇▇▇ (a.) del Articulo 1°, el cual modifica el Artículo 4° de este añola Ley 397, ocasionando que los Objetivos de la política estatal en los meses relación con el patrimonio cultural de julio la Nación son: la salvaguardia, protección, recuperación, conservación, sostenibilidad y noviembre las lluvias más intensas y abundantes nunca antes registradas divulgación del mismo, con el propósito de que sirva de testimonio de la identidad cultural nacional, tanto en el país presente como en el futuro. Y que la declaratoria de interés cultural podrá recaer sobre un bien material en particular, o sobre una determinada colección o conjunto caso en el cual la declaratoria contendrá las regiones Caribe, Andina y Pacificamedidas pertinentes para conservar-los como una unidad indivisible. En el Decreto 4579 Se consideran como bienes de 2010, Artículo 3, parágrafo 1 se establece que dentro interés cultural de los lineamientos generales para el manejo ámbitos nacional, departamental, distrital, municipal, o de los territorios indígenas o de las comunidades negras de que trata la Ley 70 de 1993 y, en consecuencia, quedan sujetos al respectivo régimen de tales, los bienes materiales declarados como monumentos, áreas de conservación histórica, arqueológica o arquitectónica, conjuntos históricos, u otras denominaciones que, con anterioridad a la promulgación de la situación ley 1185, hayan sido objeto de desastretal declaratoria por las autoridades competentes, una o hayan sido incorporados a los planes de las diez líneas de acción comprende Obras de emergencias (reforzamiento de terraplenes, obras de control) y obras de prevención y mitigación en la zonaordenamiento territorial. En reunión del comité Regional para la Atención y Prevención de Desastres CREPAD, realizada en febrero de 2011Así mismo, se manifestó que las actividades para la construcción consideran como bienes de obras para interés cultural del ámbito nacional los bienes del patrimonio arqueológico. el control de inundaciones, control de cauces y rectificación y manejo de cauces, control de escorrentía, control de erosión, obras de geotecnia, regulación de cauces y corrientes de aguas y demás obras para el manejo de suelos, aguas y vegetación, se ejecutarán con base en la identificación y priorización realizada conjuntamente con el respectivo comité. En las cuencas hidrográficas del Departamento de La Guajira, se presentan desbordamientos periódicos de los ▇▇▇▇▇▇ (c) - Propiedad del Patrimonio Cultural de la Nación. Los bienes del patrimonio cultural de la Nación, arroyos y quebradasasí como los bienes de interés cultural pueden pertenecer, evidenciados en según el caso, a la alta rata Nación, a entidades públicas de sedimentos, cualquier orden o a personas naturales o jurídicas de derecho privado. Qué el Panóptico de Ibagué ha presentado la pérdida siguiente cronología de los cauces naturales y, por consiguiente desarrollo: 1879: Se expide la inundación de zonas aledañas a las márgenes de dichos Ley 6ª que dispone la construcción del ▇▇▇▇, arroyos y quebradas, afectando con esto el desarrollo agrícola, vial y económico del Departamento. En varios tramos del río El Molino, jurisdicción del municipio de El Molino, se presentan serios problemas de erosión, pérdidas del cauce natural y alta sedimentación que afectan los predios aledaños y producen inundaciones en poblaciones y en varios sectores como es el caso de los sector La Quesera, Casa Brava 2, La Morada, Aguas abajo ▇▇▇▇▇ ▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de la carretera nacional y Aguas arriba de la presa El Rincón. CORPOGUAJIRA ha asumido el compromiso de proteger las márgenes y controlar las erosiones e inundaciones que se presentan en los cauces de los ▇▇▇▇ y arroyos, y emprender las acciones que sean necesarias para la defensa y adecuado manejo de las cuencas, por lo que formuló el proyecto para la “Construcción De Obras En Gavión En Muros Longitudinales Y Tipo Espigón Para Proteger Y Recuperar La Margen Izquierda, En Un Tramo Erosionado Del Río El Molino Sector La Quesera Ubicado En Las Coordenadas N 1'670.380 M, E 1'126.864 M; ▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇ Ubicado En Las Coordenadas N 1'670.102 M, E 1'127.263 M; La Morada Ubicado En Las Coordenadas N 1'669.615 M, E 1'128.245 M; ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇. ▇▇▇▇: En cumplimiento a las Ordenanzas N°7 de 1888 y 13 de 1889, el Gobernador expide el Decreto 150 el cual decreta la construcción del Panóptico de Ibagué, definiendo espacialidades, características del terreno, y destinación de recursos económicos 1890: Por medio de la Escritura Pública N° 274 de la Notaría 1ª, el señor ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ La Carretera vende al Gobierno Departamental el terreno para la construcción del Panóptico. 1920: Por medio de escritura pública la Sociedad Urbanizadora ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ vende al Departamento unos lotes adyacentes a las obras del panóptico para su ampliación. 1923: Por medio de la Ordenanza N° 1 se faculta al Gobernador para vender el Panóptico al Gobierno Nacional. 1931: El Gobernador ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ y ▇▇▇▇▇▇ presenta un informe donde establece que el edificio es inadecuado, Ubicado En Las Coordenadas Ninsuficiente, insalubre y se presta para accidentes y atentados entre los reos, quienes tampoco disponen de luz natural y ventilación. 1996: 1'670.890 M E 1'125.446 ;Aguas Arriba De La Presa El Rincón, Ubicado En Las Coordenadas NINPEC inicia trámites para obtener la titularidad del predio 1997: 1'669.121 M, E 1'128.644m; Municipio El Molino, DptoConsejo de Monumentos Nacionales declara al Panóptico como Monumento Nacional (Resolución 019) 1998: Por medio de Resolución 0752 Mincultura declara al Panóptico como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional. De La Guajira.” Para 2001: El Gobernador ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ establece como prioridad la ejecución de estos proyectos CORPOGUAJIRA suscribió con el MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL recuperación del Panóptico 2001: Se firma el Convenio 672 entre la Gobernación y el Ministerio de Uso Cultura por valor de Recursos No. 83 de 2011. El cual fue adicionado en valor mediante Otro Si N° 01, el cual permite $4.500 Millones para la ejecución de los recursos provenientes Restauración del Fondo Nacional de Calamidades, Subcuenta – Colombia Humanitaria, en el marco del fenómeno de La Niña 2010-2011. La necesidad la constituye, el deber legal que le asiste a CORPOGUAJIRA, en atender oportuna y eficazmente los diferentes requerimientos que el desarrollo de la función pública requiere y en lo referente a su competenciaPanóptico.
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Sources: Contrato De Obra Pública
DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD. (*) (Numeral 1 Articulo 3 Decreto 2474 En cumplimiento de 2008) La Corporación Autónoma Regional la Ley 388 de La Guajira, -CORPOGUAJIRA- tiene competencia en materia de administración, conservación 1997 que dicta las normas del Ordenamiento Territorial y control de los recursos naturales en el área de su jurisdicción y por lo tanto al manejo de las corrientes de uso público se le ha dado la importancia que se merece, para garantizar lo dispuesto con base en el Decreto 2811 190 de 1974, Decreto 1541 de 1978, Ley 99 de 1993, Ley 373 de 1997, Decreto 155 de 2004. A través del Decreto 4579 de Diciembre 07 de 2010, el Gobierno nacional declaró la situación de desastre nacional en el territorio colombiano, según informe presentado 2004 por el IDEAM de fecha 6 de diciembre de 2010, cual se establece el Fenómeno de la Niña 2010-2011 que alteró el clima nacional desde el comienzo de su formación en el mes ▇▇ ▇▇▇▇▇ de este año, ocasionando en los meses de julio y noviembre las lluvias más intensas y abundantes nunca antes registradas en el país en las regiones Caribe, Andina y Pacifica. En el Decreto 4579 de 2010, Artículo 3, parágrafo 1 se establece que dentro de los lineamientos generales para el manejo de la situación de desastre, una de las diez líneas de acción comprende Obras de emergencias (reforzamiento de terraplenes, obras de control) y obras de prevención y mitigación en la zona. En reunión del comité Regional para la Atención y Prevención de Desastres CREPAD, realizada en febrero de 2011, se manifestó que las actividades para la construcción de obras para el control de inundaciones, control de cauces y rectificación y manejo de cauces, control de escorrentía, control de erosión, obras de geotecnia, regulación de cauces y corrientes de aguas y demás obras para el manejo de suelos, aguas y vegetación, se ejecutarán con base en la identificación y priorización realizada conjuntamente con el respectivo comité. En las cuencas hidrográficas del Departamento de La Guajira, se presentan desbordamientos periódicos de los ▇▇▇▇, arroyos y quebradas, evidenciados en la alta rata de sedimentos, la pérdida de los cauces naturales y, por consiguiente la inundación de zonas aledañas a las márgenes de dichos ▇▇▇▇, arroyos y quebradas, afectando con esto el desarrollo agrícola, vial y económico del Departamento. En varios tramos del río El Molino, jurisdicción del municipio de El Molino, se presentan serios problemas de erosión, pérdidas del cauce natural y alta sedimentación que afectan los predios aledaños y producen inundaciones en poblaciones y en varios sectores como es el caso de los sector La Quesera, Casa Brava 2, La Morada, Aguas abajo ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de la carretera nacional y Aguas arriba de la presa El Rincón. CORPOGUAJIRA ha asumido el compromiso de proteger las márgenes y controlar las erosiones e inundaciones que se presentan en los cauces de los ▇▇▇▇ y arroyos, y emprender las acciones que sean necesarias para la defensa y adecuado manejo de las cuencas, por lo que formuló el proyecto para la “Construcción De Obras En Gavión En Muros Longitudinales Y Tipo Espigón Para Proteger Y Recuperar La Margen Izquierda, En Un Tramo Erosionado Del Río El Molino Sector La Quesera Ubicado En Las Coordenadas N 1'670.380 M, E 1'126.864 M; ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇ Ubicado En Las Coordenadas N 1'670.102 M, E 1'127.263 M; La Morada Ubicado En Las Coordenadas N 1'669.615 M, E 1'128.245 M; ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, donde se determina que se desarrollará un proyecto de movilidad a corto plazo para lograr una construcción equitativa en la ciudad, bajo el marco de un desarrollo basado en la planeación urbana y regional. Así mismo el Decreto 469 de 2003 en su Artículo 10 “Política de Movilidad”, del Capítulo I “Políticas Generales para el Distrito Capital”, establece que es obligación del Distrito Capital: “(…) mejorar la productividad de la ciudad y la región mediante acciones coordinadas sobre los subsistemas vial, de transporte y de regulación y control del tráfico con el fin de garantizar proyectos eficientes, seguros y económicos, que tiendan a la generación de un sistema de transporte de pasajeros urbano regional integrado y a la organización de la operación del transporte de carga para mejorar su competitividad en los mercados nacionales e internacionales. Para el efecto, las inversiones en proyectos de recuperación, mantenimiento, adecuación y construcción de infraestructura vial y de transporte deberán responder a las siguientes directrices:
1. Priorizar las inversiones en proyectos que completen la malla vial arterial e intermedia y el sistema de espacio público ya construido, para mejorar la conectividad entre el centro, las centralidades y la región.
2. Priorizar los recursos para mejorar, adecuar y construir vías y equipamientos de integración en las áreas donde se realicen operaciones estratégicas de integración urbana y regional. De igual manera, a través del Artículo 164 del Decreto 190 de 2004, se establece que “El sistema de movilidad está compuesto por 1.) El subsistema vial, 2.) El subsistema de transporte y 3.) El subsistema de regulación y control del tráfico.” El subsistema vial está conformado por los siguientes componentes: Malla vial arterial. Malla vial intermedia. Malla vial local. Alamedas y pasos peatonales. Red de ciclorrutas y corredores de movilidad local Malla vial rural. Mientras que el Subsistema de transporte se compone de: Red de transporte masivo Metro. Red de corredores troncales de buses y sus rutas alimentadoras. Red de transporte público colectivo. Tren de cercanías. Transporte individual público y privado. Red de estacionamientos públicos en vía y fuera de vía de propiedad pública, privada o mixta. Terminales de pasajeros de transporte urbano e interurbano. Terminales de carga. Aeropuertos Eldorado y Guaymaral. Las consideraciones de planeamiento buscan generar vías que comuniquen y optimicen la red arterial, garantizar la seguridad con puentes peatonales y vehiculares componiendo la interacción entre centralidades y operaciones urbanas, todo esto en busca de la comunicación y competitividad de la ciudad como parte esencial de una región. Posteriormente, el Acuerdo 645 de 2016 “POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA BOGOTÁ D.C. 2016 - 2020 “BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS”, en su Artículo 149. “Proyectos de infraestructura de movilidad priorizados para ejecutar durante la vigencia del plan de desarrollo Bogotá mejor para todos con financiación del plan plurianual”, contempla dentro de su plan de obras el proyecto Extensión Troncal Caracas desde Molinos a Yomasa. La estrategia del Plan se estructura en tres (3) Pilares y cuatro (4) Ejes Transversales que contienen las políticas generales y sectoriales. Para el desarrollo de las estrategias y políticas fueron identificados los programas a ser ejecutados por las diferentes entidades distritales. En el ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ “Democracia Urbana” se contempla incrementar y mejorar el espacio público, el espacio peatonal y la infraestructura pública disponible, mediante la ejecución de programas orientados a garantizar la igualdad, la primacía del interés general sobre el particular e incentivar el sentido de pertenencia de los habitantes de Bogotá. Uno de los Programas que hace parte ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ Democracia Urbana es “Mejor movilidad para todos”. El objetivo de este programa es mejorar la calidad de la movilidad y la accesibilidad que provee el Distrito Capital para todos los usuarios:peatones, ciclistas, usuarios del transporte público colectivo e individual, así como del transporte privado. Para tal fin, en las bases del Plan de Desarrollo 2016-2020: Bogotá Mejor para Todos, se contempla entre otros: “…▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇ ▇▇ red troncal, reconfiguración de 8 Km de troncales, construcción de 120 Km de nuevas ciclorrutas y construcción de 3.5 millones de m2 de espacio público”. La Carretera NacionalAdministración Distrital “Bogotá Mejor para Todos”, Ubicado y el Plan Maestro de Movilidad plantean la necesidad de generar un Sistema Integrado de Transporte Público - SITP, que complete la red de corredores Troncales de la Ciudad, tomando los mejores elementos de cada uno de los esquemas actuales y mejorando las condiciones de cobertura, de accesibilidad, de costos, de seguridad, de conectividad y de beneficio social para los ciudadanos, además los altos índices de calidad esperados para dicho sistema integrado contribuirán a desestimular el uso del vehículo particular y a mejorar la calidad de vida de los habitantes y visitantes de Bogotá, D.C. y particularmente de las localidades de ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇, Tunjuelito y Usme. Según la encuesta de percepción ciudadana 2015 (Bogotá cómo vamos) debido a las condiciones actuales de movilidad, que hacen que la ciudadanía presente niveles altos de insatisfacción con la calidad del servicio: apenas19% reporta estar satisfecho con el transporte troncal, 32% con el zonal y 43% con el colectivo tradicional. A esto se suma la pérdida de la cuarta parte de los viajes en transporte público en los últimos 15 años los diferentes problemas relacionados con la integración, cobertura, frecuencia, informalidad, accesibilidad, infraestructura, comunicación al usuario, congestión, cultura de los actores y seguridad personal. Teniendo en cuenta lo anterior, se generan estrategias que buscan aumentar la eficiencia en los diferentes medios de movilidad y transporte público. En Las Coordenadas N: 1'670.890 M E 1'125.446 ;Aguas Arriba De La Presa El Rincónla actualidad Bogotá cuenta con uno de los sistemas BRT (siglas en Ingles de Bus Transit Rapid – Bus de Tránsito Rápido) de mayor extensión y con mayores niveles de demanda de usuarios en el mundo. Estas condiciones sumadas al atraso en la expansión y ampliación de la infraestructura del mencionado sistema, Ubicado mediante la construcción de las fases de troncales subsiguientes, genera la necesidad de superar el déficit de oferta de infraestructura y de servicios de transporte en la ciudad, para complementar y consolidar el sistema mediante la construcción de nuevos corredores troncales que atiendan la demanda de pasajeros y mejoramiento de los existentes, que actualmente colapsan el sistema. En Las Coordenadas N: 1'669.121 Mconsecuencia, E 1'128.644m; Municipio El Molinose han identificado corredores viales como la troncal Caracas en el sur oriente de Bogotá con elevada demanda de viajes y con una fuerte vocación de conexión regional para la implementación del sistema Troncal tipo Transmilenio conforme al plan integral de mejoramiento de los indicadores de movilidad. Este corredor se encuentra ubicado en las localidades ▇▇ ▇▇▇▇, Dpto▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ y Tunjuelito. De La Guajira.Según la visión que contempla el plan de desarrollo “Bogotá Mejor para Todos” para esta zona, se requiere la interconexión como un factor importante para el desarrollo de una movilidad que integre el territorio suroriental de la ciudad, permitiendo que sus habitantes disminuyan los tiempos de desplazamiento gracias a la ampliación de sus vías de acceso principales y su adecuación al Sistema Transmilenio. Uno de estos proyectos contemplados es la extensión de la Troncal Caracas que en su tramo 1, empieza el sector de la estación Molinos y termina al finalizar el Portal Usme. Para cumplir con las metas del Plan de Desarrollo y dar solución a las necesidades de la ciudad, se requiere disponer de una estrategia sustentada en la ejecución de estos vigencias futuras, que garantice el desarrollo de las acciones de intervención en los Subsistemas Vial y de Transporte durante el periodo de gobierno, para la construcción de vías de la malla vial distrital. El IDU en cumplimiento del Convenio interadministrativo Número 020 de 2001 y su Modificatorio 9, suscrito entre el Instituto de Desarrollo Urbano y la Empresa de Transporte del Tercer Milenio – Transmilenio, realizará la construcción del proyecto, teniendo en cuenta lo establecido en el mismo el cual indica: “el IDU de manera autónoma y bajo su responsabilidad, atendiendo a su estructura organizacional y funcional, estructurará, iniciará, tramitará y llevará hasta su culminación los procesos de contratación que sean requeridos tanto para infraestructura Física del Sistema Transmilenio, Así como para las interventorías que sean requeridas para su seguimiento y supervisión. En tal virtud el IDU adelantará los estudios correspondientes, ordenará la apertura de las licitaciones y/o concursos correspondientes, elaborará los pliegos de condiciones y los demás actos que sean necesarios para el proceso de contratación y evaluará las propuestas que se presenten. En tal sentido una vez llevados a cabo los procesos de selección en la entidad, se adjudicarán y celebrarán los contratos correspondientes. Igualmente, el IDU adoptará también de manera autónoma y bajo su responsabilidad las modificaciones o aclaraciones a cualquiera de los documentos anteriores” Acorde a lo anterior, el IDU da prioridad, de manera autónoma a los proyectos CORPOGUAJIRA suscribió del plan de desarrollo “Bogotá Mejor para Todos” y contratará mediante la adjudicación del presente proceso licitatorio, la “CONSTRUCCIÓN DE LA EXTENSIÓN TRONCAL CARACAS TRAMO 1 Y OBRAS Por otra parte y teniendo en cuenta que el proyecto de la Extensión Troncal Caracas se inicia a ejecutar con el MINISTERIO DE AMBIENTETramo 1, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL se hace necesario prever las obras para garantizar la continuidad y funcionalidad del tramo 1 en el Convenio sector del empalme al sur con Tramo 2, según el siguiente esquema: En caso que las obras del Tramo 2 sean contratadas antes de Uso de Recursos No. 83 de 2011. El cual fue adicionado en valor mediante Otro Si N° 01, el cual permite la ejecución de los recursos provenientes del Fondo Nacional las obras de Calamidades, Subcuenta – Colombia Humanitaria, en el marco del fenómeno de La Niña 2010-2011. La necesidad empalme establecidas para la constituyeExtensión Troncal Caracas Tramo 1, el deber legal que le asiste a CORPOGUAJIRA, en atender oportuna Contratista del Tramo 1 deberá proceder con la coordinación y eficazmente los diferentes requerimientos que armonización respectiva con el desarrollo Contratista responsable de la función pública requiere y construcción del Tramo 2, quien deberá acometer la construcción de las obras definitivas en lo referente a su competenciala zona de empalme, como parte del contrato para la construcción del Tramo 2 de la Extensión Troncal Caracas.
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Sources: Construction Contract
DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD. La Federación Colombiana de Municipios (*FCM) (Numeral 1 Articulo 3 Decreto 2474 es una persona jurídica sin ánimo de 2008) La Corporación Autónoma Regional lucro, de La Guajiranaturaleza asociativa y de carácter gremial, -CORPOGUAJIRA- tiene competencia en materia de administración, conservación y control de los recursos naturales en el área de su jurisdicción y por lo tanto al manejo de las corrientes de uso público se le ha dado la importancia que se merece, para garantizar lo dispuesto en el Decreto 2811 de 1974, Decreto 1541 de 1978, Ley 99 de 1993, Ley 373 de 1997, Decreto 155 de 2004. A través del Decreto 4579 de Diciembre 07 de 2010, el Gobierno nacional declaró la situación de desastre nacional en el territorio colombiano, según informe presentado rige por el IDEAM de fecha 6 de diciembre de 2010derecho privado, el Fenómeno de la Niña 2010-2011 que alteró el clima nacional desde el comienzo de su formación en el mes ▇▇ ▇▇▇▇▇ de este año, ocasionando en los meses de julio y noviembre las lluvias más intensas y abundantes nunca antes registradas en el país en las regiones Caribe, Andina y Pacifica. En el Decreto 4579 de 2010, Artículo 3, parágrafo 1 se establece que dentro de los lineamientos generales para el manejo de la situación de desastre, una de las diez líneas de acción comprende Obras de emergencias (reforzamiento de terraplenes, obras de control) y obras de prevención y mitigación en la zona. En reunión del comité Regional para la Atención y Prevención de Desastres CREPAD, realizada en febrero de 2011, se manifestó que las actividades para la construcción de obras para el control de inundaciones, control de cauces y rectificación y manejo de cauces, control de escorrentía, control de erosión, obras de geotecnia, regulación de cauces y corrientes de aguas y demás obras para el manejo de suelos, aguas y vegetación, se ejecutarán organizada con base en la identificación libertad de asociación prevista en el artículo 38 de la Constitución Política; representa a los municipios, distritos y priorización realizada conjuntamente sus asociaciones1 en la formulación, concertación y evaluación de políticas públicas, con el respectivo comitéobjetivo de contribuir al fortalecimiento de la descentralización y autonomía local para lograr mejoras sustanciales en la calidad de vida de los Colombianos. Desde su visión promueve procesos de descentralización y apoya iniciativas que permitan a los municipios ser más autónomos, competitivos, sostenibles, generadores de desarrollo humano, gobernables, democráticos y en paz. En las cuencas hidrográficas del Departamento desarrollo de La Guajirasu objeto misional, se presentan desbordamientos periódicos de la Federación apoya a los ▇▇▇▇, arroyos y quebradas, evidenciados municipios en la alta rata formulación de sedimentos, políticas públicas dentro de las cuales se encuentra la pérdida de los cauces naturales y, por consiguiente la inundación de zonas aledañas a las márgenes de dichos ▇▇▇▇, arroyos y quebradas, afectando con esto el desarrollo agrícola, seguridad vial y económico del Departamentopor ello, ha suscrito contratos y convenios con Entidades públicas y privadas en pro de aunar esfuerzos orientados a la seguridad vial en el territorio nacional. En varios tramos del río El MolinoAsí mismo, jurisdicción del municipio de El Molino, se presentan serios problemas de erosión, pérdidas del cauce natural y alta sedimentación que afectan los predios aledaños y producen inundaciones en poblaciones y en varios sectores como es el caso de los sector La Quesera, Casa Brava 2, La Morada, Aguas abajo ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de la carretera nacional y Aguas arriba de la presa El Rincón. CORPOGUAJIRA ha asumido el compromiso de proteger las márgenes y controlar las erosiones e inundaciones que se presentan en los cauces de los ▇▇▇▇ y arroyos, y emprender las acciones que sean necesarias para la defensa y adecuado manejo de las cuencas, por lo que formuló el proyecto para la “Construcción De Obras En Gavión En Muros Longitudinales Y Tipo Espigón Para Proteger Y Recuperar La Margen Izquierda, En Un Tramo Erosionado Del Río El Molino Sector La Quesera Ubicado En Las Coordenadas N 1'670.380 M, E 1'126.864 M; ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇ Ubicado En Las Coordenadas N 1'670.102 M, E 1'127.263 M; La Morada Ubicado En Las Coordenadas N 1'669.615 M, E 1'128.245 M; ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ La Carretera Nacional, Ubicado En Las Coordenadas N: 1'670.890 M E 1'125.446 ;Aguas Arriba De La Presa El Rincón, Ubicado En Las Coordenadas N: 1'669.121 M, E 1'128.644m; Municipio El Molino, Dpto. De La Guajira.” Para con la ejecución de estos proyectos CORPOGUAJIRA la función pública de implementación y administración del Sistema Integrado de Información Sobre las Multas y Sanciones por Infracciones a las Normas de Tránsito, que le fue asignada a la Federación Colombiana de Municipios por disposición del artículo 10 de la Ley 769 de 2002, “Código Nacional de Tránsito Terrestre”; la Entidad cuenta con experiencia de más de 14 años en el registro, liquidación, recaudo y seguimiento a los comparendos de tránsito a través del sistema de concesión. En virtud de lo anterior y en atención a la idoneidad y experiencia de la Federación Colombiana de Municipios, se suscribió con el MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL la Policía Nacional el Convenio de Uso de Recursos Cooperación No. 83 01-9-100015-16, cuyo objeto es “La Federación Colombiana de 2011Municipios y la Policía Nacional cooperarán en el ámbito de su competencia, con el fin de que la Institución policial pueda garantizar el efectivo ingreso de las sumas de dinero que le corresponden por concepto del recaudo de las multas, producto de la imposición de órdenes de comparendos en 1 Pertenecen a la Federación Colombiana de Municipios en calidad de asociados los 1101 municipios colombianos y las cerca de 40 asociaciones de municipios existentes en el país. El cual fue adicionado Esta membresía se da estatutariamente “por derecho propio”, es decir, dado que los municipios y sus asociaciones son beneficiados de forma general por las acciones de la FCM su pertenencia se asume también de forma general, plural y sin perjuicio de sus aportaciones económicas a la sostenibilidad del gremio. Así las cosas, en valor mediante Otro Si N° 01consideración a que la planta de personal con la que cuenta la Federación, resulta insuficiente para el cual permite cumplimiento de las actividades objeto del mencionado convenio, tal como se indica en la ejecución certificación expedida por la Dirección Administrativa y Financiera de la Federación, y estando facultados contractualmente para hacerlo, se contrataron los recursos provenientes servicios de una persona jurídica con amplia experiencia y conocimiento en el registro y cargue de información, que cuenta con la capacidad tecnológica, operativa, administrativa y financiera, para llevar a cabo especialmente las actividades orientadas a la recepción, sistematización, digitalización y digitación de órdenes de comparendo, impuestas por la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional (DITRA) en vías nacionales, así como la instalación y puesta en marcha del Fondo equipo técnico y humano requerido en todas las seccionales DITRA en las que se genere imposición de multas en vías nacionales. De allí que la FCM con el propósito de otorgar las mejores condiciones de servicio a la DITRA, las cuales son necesarias y fundamentales para cumplir adecuadamente las actividades inherentes a la operación diaria que realiza, adelantó proceso de selección en donde se contrató a la Sociedad SEGURIDAD VIAL –SEVIAL S.A.- para prestar por sus propios medios, con plena autonomía técnica y administrativa, servicios técnicos y operativos respecto de multas impuestas en vías nacionales por personal adscrito a la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional de Calamidades, Subcuenta – Colombia Humanitaria, en el marco del fenómeno Convenio de La Niña 2010Cooperación No. 01-20119-10015-16 suscrito entre dicha Entidad y la Federación Colombiana de Municipios. La necesidad En consecuencia, se han analizado las actividades que deben ser desarrolladas en virtud del contrato suscrito con la constituyeSociedad SEGURIDAD VIAL –SEVIAL S.A., estableciendo que es necesario llevar a cabo el deber legal proceso de selección para contratar la correspondiente interventoría, de forma que le asiste a CORPOGUAJIRAse garantice su control y seguimiento. Cabe anotar que, en atender oportuna relación con la interventoría, la Ley 1474 de 2011 en su artículo 83 señala lo siguiente: “Con el fin de proteger la moralidad administrativa, de prevenir la ocurrencia de actos de corrupción y eficazmente los diferentes requerimientos que el desarrollo de tutelar la transparencia de la función pública requiere y actividad contractual, las Entidades públicas están obligadas a vigilar permanentemente la correcta ejecución del objeto contratado a través de un supervisor o un interventor, según corresponda. Con base en lo referente expuesto, la interventoría que se requiere contratar supone el acompañamiento en la ejecución de todas las actividades y obligaciones contenidas en el contrato de prestación de servicios profesionales No. 45 de 2016 anteriormente citado, así como los documentos y demás anexos técnicos que hacen parte integral del mismo, tales como convenio de Cooperación No. 01-9-10015-16, Manual Operativo suscrito entre la DITRA y la Federación, estudios previos, invitación pública, entre otros, con el siguiente alcance:
1) Las especificaciones técnicas y condiciones generales del objeto contratado, su adecuada ejecución bajo las normas técnicas aplicables y el cumplimiento de las normas de calidad, seguridad y procesos técnicos a cargo del contratista.
2) Actividades administrativas a cargo del contratista
3) Actividades tecnológicas
4) Actividades legales
5) Toda estipulación contractual y del manual operativo
6) Protección de los intereses de las Entidades y salvaguarda de su competenciaresponsabilidad Por lo tanto, se hace necesario contratar la interventoría administrativa, técnica, operativa, tecnológica y legal para vigilar la correcta ejecución del contrato de prestación de servicios profesionales No. 45 de 2016 hasta su finalización, sin perjuicio del acompañamiento que deba llevar a cabo en las actividades que resulten del proceso de liquidación.
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Sources: Interventoría Contract