DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES Cláusulas de Ejemplo

DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES. Si Usted es un Consumidor, ninguna disposición en este contrato afectará en modo alguno las disposiciones de orden público en materia de derechos de los consumidores.
DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES. 1.1 En los términos establecidos por el presente Código, los consumidores tienen los siguientes derechos: (…)
DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES. En este punto nos ocuparemos de los derechos de los consumidores bajo el régimen de nuevo Estatuto del Consumidor en contraste con la norma especial de seguros contenida en la Ley 1328 de 2009 y disposiciones complementarias. Nuestra primera anotación es que existe un marcado paralelismo entre las dos
DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES. 39.1 – Todo lo contenido en las cláusulas anteriores se entiende sin perjuicio de lo establecido en la legislación de protección a los derechos de los consumidores, tanto nacional como comunitario.
DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES. La protección de los consumidores y usuarios deriva de la propia Constitución, que en su artículo 51 establece:
DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES. E.1: Directiva 90/314/CEE, cve: BOE-A-2013-11594 relativa a los viajes combinados, las vacaciones combinadas y los circuitos combinados. Artículo n.º Norma n.º (parte/leg.#/ artículo # / # norma) Xxxxx 1 E.1.1.1 Aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de las Partes Contratantes relativas a los viajes combinados, las vacaciones combinadas y los circuitos combinados vendidos u ofrecidos a la venta en el territorio de las Partes Contratantes.

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  • Entrega de los bienes El contratista estará obligado a la entrega de los bienes objeto del suministro, en el tiempo y lugar fijado en el contrato y de conformidad con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas que rigen el contrato. El contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiese incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes sea posterior a la entrega a la Administración, ésta será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre uno y otro acto.

  • Importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación 2.000 euros

  • DERECHOS SOBRE EL SALVAMENTO El ASEGURADO participará proporcionalmente en el valor de la venta del salvamento neto, teniendo en cuenta el deducible y el infraseguro, cuando hubiere lugar a éste último. Se entiende por salvamento neto el valor resultante de descontar del valor de venta del mismo los gastos realizados por la COMPAÑÍA, tales como los necesarios para la recuperación y comercialización de dicho salvamento.

  • Proyecciones de Flujo de Efectivos 41.1 Cuando se actualice el Programa, el Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras una proyección actualizada del flujo de efectivos. Dicha proyección podrá incluir diferentes monedas según se estipulen en el Contrato, convertidas según sea necesario utilizando las tasas de cambio del Contrato.

  • EFECTOS DE ESTE ACUERDO Y RECURSOS CONTRA EL MISMO El presente Acuerdo causa estado en la vía administrativa y tiene carácter ejecutivo. Contra el mismo, las partes y, en su caso, los interesados pueden interponer, en única instancia, recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo. Dicho recurso deberá interponerse en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este Acuerdo. Pamplona, 13 de enero de 2012

  • GASTOS DE PUBLICIDAD No existen.

  • Derechos de propiedad 62.1 Si el Contrato se termina por incumplimiento del Contratista, todos los Materiales que se encuentren en el Sitio de las Obras, la Planta, los Equipos, las Obras provisionales y las Obras se considerarán de propiedad del Contratante.

  • CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS 25.1.- El contratista queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato en los términos previstos en la cláusula 9 del presente pliego.

  • Garantía de los bienes “El Proveedor” se obliga a garantizar la calidad de los bienes contra cualquier defecto de fabricación, composición y/o vicio oculto, por el término de 1 (un) año contados a partir de su entrega total, comprometiéndose a su reposición por otros de la misma calidad, marca y totalmente nuevos en un término de 5 (cinco) días naturales a partir de la notificación por escrito de “La Secretaría”. -

  • Propiedad de los trabajos Todos los estudios y documentos elaborados, en su caso, en ejecución del contrato serán propiedad del Ayuntamiento de Granada quien podrá reproducirlos, publicarlos y divulgarlos total o parcialmente sin que pueda oponerse a ello el adjudicatario autor de los trabajos. El adjudicatario no podrá hacer ningún uso o divulgación de los estudios y documentos elaborados con motivo de la ejecución de este contrato, bien sea en forma total o parcial, directa o extractada, sin autorización expresa del órgano de contratación. Los contratos de servicios que tengan por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial, llevarán aparejada la cesión de éste al Ayuntamiento de Granada. En todo caso, y aún cuando se excluya la cesión de los derechos de propiedad intelectual, se podrá autorizar el uso del correspondiente producto a los entes, organismos y entidades pertenecientes al sector público a que se refiere el artículo 3.1 del TRLCSP.