Denuncia y revisión Cláusulas de Ejemplo

Denuncia y revisión. El Convenio Colectivo se prorrogará de año en año en el caso de que no mediara denuncia expresa de ninguna de las partes legitimadas para negociar y promover la negociación conforme al art. 87 del Estatuto de los Trabajadores. Dicha denuncia ha de llevarse a cabo dentro de los últimos tres meses de la vigencia o prorroga en curso.
Denuncia y revisión. Denunciado el presente Xxxxxxxx y hasta tanto no se logre acuerdo expreso, perderán vigencia sus cláu- sulas obligacionales y se mantendrá en vigor el contenido normativo del convenio
Denuncia y revisión. 1. La denuncia con propuesta de iniciación, revisión o prórroga deberá efectuarse de manera expresa con una antelación de 3 meses a la fecha de su vencimiento.
Denuncia y revisión. 5.1 A partir del día 31 de diciembre de 2017, el convenio colectivo se prorrogará tácita y automáticamente de año en año, excepto en el caso de denuncia fehaciente por cualquiera de las partes firmantes del convenio con 1 mes de antelación a la fecha de vencimiento o de cualquiera de sus prórrogas. Una vez denunciado el presente convenio seguirá aplicándose hasta la firma del nuevo convenio.
Denuncia y revisión. Las partes se comprometen a iniciar la negociación del nuevo Conve- nio tres meses antes de finalizar su vigencia, sin que sea necesario el rea- lizar denuncia de Xxxxxxxx alguna, ya que quedará denunciado automáti- camente al alcanzarse los tres meses anteriores a la finalización de la vigencia pactada.
Denuncia y revisión. Cualquiera de las partes firmantes del presente Convenio podrá solicitar de la otra la revisión del mismo. La denuncia deberá hacerse por escrito y con un mínimo de un mes y un máximo de seis meses de antelación al vencimiento de su período de vigencia o de cualquiera de sus prórrogas. De esta comunicación se enviará copia a efectos de registro a la autoridad laboral competente. La parte que promueva la negociación deberá presentar propuesta concreta sobre los puntos y contenido que comprenda la revisión solicitada. conflicto.
Denuncia y revisión. 4.1 Cualquiera de las partes firmantes del presente convenio podrá solicitar, mediante denuncia notificada fehacientemente por escrito a la otra parte la revisión del mismo, con una antelación máxima de tres meses y mínima de un mes al vencimiento del plazo de vigencia antes señalado o de cualquiera de sus prórrogas.
Denuncia y revisión. 3.1.- Se considera prorrogado automáticamente por períodos anuales, si con una antelación mínima de tres meses no se denuncia su vencimiento por cualquiera de las partes contratantes. Sin embargo podrá ser denunciado con antelación al plazo fijado, si se produjeran variaciones en la norma laboral en vigor, que lo afectasen total o parcialmente, así como en los supuestos legales de revisión en sus cláusulas de carácter económico.
Denuncia y revisión. Cualquiera de las partes podrá solicitar la revisión del convenio, formulando la denuncia del mismo por el procedimiento legalmente establecido, con 3 meses de anticipación al vencimiento del plazo de vigencia o cualquiera de sus prórrogas, y siempre de acuerdo con lo que establece el Estatuto de los trabajadores.
Denuncia y revisión. Cualquiera de las partes firmantes, con al menos tres (3) meses de antelación a la fecha de finalización de su vigencia, podrá denunciarlo sin más requisito que la obligación de comunicárselo a la otra parte de modo escrito, en donde deberán constar las materias y los criterios que se proponen por la parte denunciante para el nuevo Convenio Colectivo que se pretenda negociar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 89 del Estatuto de los Trabajadores. Finalizada la vigencia natural y una vez denunciado, el Convenio Colectivo se prorrogará anualmente hasta que se alcance un acuerdo de Convenio Colectivo que lo sustituya.