DEL RÉGIMEN JURÍDICO Cláusulas de Ejemplo

DEL RÉGIMEN JURÍDICO. La UNIVERSIDAD PEDAGOGICA Y TECNOLOGICA DE COLOMBIA - UPTC, es un ente Universitario Autónomo del Orden nacional, con régimen especial, personería jurídica, autonomía académica, administrativa y financiera, patrimonio independiente y capacidad para gobernarse, vinculada al Ministerio de Educación Nacional, en los términos Definidos en la Ley 30 de 1992. Que el presente proceso de Invitación Pública se realizará en los términos de la Constitución Política y particularmente a las normas de derecho privado según lo establece el Capítulo VI del Título Tercero de la Ley 30 de 1992 y el Acuerdo 074 de 2010 y demás decretos reglamentarios y normas complementarias.
DEL RÉGIMEN JURÍDICO. La INVITACIÓN PÚBLICA y el contrato que se firme en desarrollo de la misma están sujetos a las normas de derecho privado según lo establece el Capítulo VI del Título Tercero de la Ley 30 de 1992 y el Acuerdo 074 de 2010. Para efectos de la publicidad de esta INVITACIÓN PÚBLICA, la UPTC publicará el pliego de condiciones en su portal xxx.xxxx.xxx.xx link contratación - INVITACIONES PÚBLICAS. Con la sola presentación de la propuesta el oferente declara expresamente que no está impedido para contratar, con la Universidad de conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley y el Acuerdo 074 de 2010. Conforme al Numeral 10 del Artículo 16.2 del Acuerdo 074 de 2010, en caso de presentarse circunstancias sobrevinientes a la contratación, que determinen la inconveniencia de la adjudicación para los intereses de la Universidad, se procederá a la revocatoria del proceso de contratación.
DEL RÉGIMEN JURÍDICO. I.1 Al presente pliego de cláusulas administrativas particulares que rige el contrato cuyo objeto se determina en la cláusula II, le serán de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, (en adelante TRLCSP ) aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, el Real Decreto 1.098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante el Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas), en lo que haya de entenderse vigente de conformidad con el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el R.D.817/2009 de8 xx xxxx de desarrollo parcial de la Ley 30/2007 de 30 de octubre de Contratos del Sector Público y las demás normas concordantes, en lo que no se opongan a lo dispuesto en la citada Ley. Supletoriamente se aplicarán las demás normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
DEL RÉGIMEN JURÍDICO. I.1 Al presente pliego de cláusulas administrativas particulares que rige el contrato cuyo objeto se determina en el apartado uno (1) de la Hoja Resumen de este Pliego, le serán de aplicación en lo no establecido en el mismo y en el pliego de prescripciones técnicas particulares, el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000 de fecha 16 xx xxxxx y el Reglamento General de Contratos del Estado aprobado por R.D. 1098/2001 de 12 de octubre. Se adjunta a estos pliegos informe del Servicio interesado en la celebración del contrato, en el que se justifica debidamente la insuficiencia, la falta de adecuación o la conveniencia de no ampliación de los medios personales y materiales con que cuenta el Ayuntamiento para cubrir las necesidades que se trata de satisfacer a través del contrato. mediante el acto de la adjudicación, serán resueltas por el órgano competente.
DEL RÉGIMEN JURÍDICO. (Art. 64 a 70)
DEL RÉGIMEN JURÍDICO. Artículo 64.
DEL RÉGIMEN JURÍDICO. Para todo lo no previsto en el presente convenio, regirán las disposiciones contenidas en el ordenamiento jurídico vigente, siendo la Universidad de Almería competente para adoptar los acuerdos que sean necesarios ante cualquier eventualidad, recabando informe previo de la empresa correspondiente.
DEL RÉGIMEN JURÍDICO. La UNIVERSIDAD PEDAGOGICA Y TECNOLOGICA DE COLOMBIA - UPTC, es un ente Universitario Autónomo del Orden nacional, con régimen especial, personería jurídica, autonomía académica, administrativa y financiera, patrimonio independiente y capacidad para gobernarse, vinculada al Ministerio de Educación Nacional, en los términos Definidos en la Ley 30 de 1992. Que el presente proceso de Invitación Pública se realizará en los términos de la Constitución Política y particularmente a las normas de derecho privado según lo establece el Capítulo VI del Título Tercero de la Ley 30 de 1992 y el Acuerdo 074 de 2010 (Estatuto de Contratación) y demás normas complementarias. La selección del contratista será mediante las modalidades de contratación dispuestas en el Art. 18 del Acuerdo 074 de 2010:
DEL RÉGIMEN JURÍDICO. La INVITACIÓN PÚBLICA y el contrato que se firme en desarrollo de la misma están sujetos a las normas de derecho privado según lo establece el Capítulo VI del Título Tercero de la Ley 30 de 1992 y el Acuerdo 074 de 2010. Para efectos de la publicidad de esta INVITACIÓN PÚBLICA, la UPTC publicará el pliego de condiciones en su portal xxx.xxxx.xxx.xx link contratación - INVITACIONES PÚBLICAS. Con la sola presentación de la propuesta el oferente declara expresamente que no está impedido para contratar, con la Universidad de conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley y el Acuerdo 074 de 2010. La UNIVERSIDAD ACEPTARÁ PROPUESTAS PARCIALES POR LO TANTO SE RESERVA EL DERECHO DE ADJUDICAR PARCIALMENTE LOS SIGUIENTES TRES ITEMS: ❖ COMPONENTE DE HARDWARE ❖ COMPONENTE DE SOFTWARE ❖ COMPONENTE DE CAPACITACIÓN Conforme al Numeral 10 del Artículo 16.2 del Acuerdo 074 de 2010, en caso de presentarse circunstancias sobrevinientes a la contratación, que determinen la inconveniencia de la adjudicación para los intereses de la Universidad, se procederá a la revocatoria del proceso de contratación.
DEL RÉGIMEN JURÍDICO. El presente proceso de selección y el contrato que surja del mismo se regirán por la Constitución Política y particularmente a las normas de derecho privado según lo establece el Capítulo VI del Título Tercero de la Ley 30 de 1992 y el Acuerdo 074 de 2010 y demás decretos reglamentarios y normas complementarias.