DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS. “EL VENDEDOR” se responsabiliza de las posibles consecuencias civiles, penales o administrativas que se originen con motivo de las fallas o negligencia que sean imputables a su personal de la compraventa, obligándose a resarcir el daño que por esos motivos le ocasione al “EL COMPRADOR”.
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DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS. “EL VENDEDOR” se responsabiliza de las posibles consecuencias civiles, penales o administrativas que se originen con motivo de las fallas o negligencia que sean imputables a su personal de la compraventa, obligándose a resarcir el daño que por esos motivos le ocasione al “EL COMPRADOR”.sean
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Samples: Contrato No. Adq 024 2012