CUADRO DE PRECIOS DESCOMPUESTOS Cláusulas de Ejemplo

CUADRO DE PRECIOS DESCOMPUESTOS. Loeches, diciembre de 2014 O01OA070 0,210 h. Peón ordinario 16,06 3,37 P01AG130 0,150 m3 Grava machaqueo 40/80 m… 23,31 3,50 Total por m2: 6,87 O01OA030 1,050 h. Oficial primera 19,08 20,03 O01OA050 1,050 h. Ayudante 16,83 17,67 O01OA070 0,526 h. Peón ordinario 16,06 8,45 Total por h.: 46,15
CUADRO DE PRECIOS DESCOMPUESTOS. 4.3. Presupuestos. - Documento nº 5: Estudio de Seguridad y Salud - Documento nº 6: Programa de Control de Calidad - Documento nº 7 Estudio de gestión de residuos de construcción y demolición de obra. El proyecto técnico y resto de documentos complementarios deberán contener la documentación suficiente para plasmar la obra, su proceso de ejecución de forma clara y concisa, siguiendo los criterios mínimos de aplicación según legislación de contratos del sector público. El documento deberá incluir el proyecto de derribo de la edificación existente en caso de que se decida en la propuesta.
CUADRO DE PRECIOS DESCOMPUESTOS. 5.4. Resumen general del Presupuesto, diferenciando Presupuesto de Ejecución material, Gastos Generales (16%) y Beneficio Industrial (6%) y Presupuesto de Ejecución por Contrata (IVA incluido). Para la confección del presupuesto, los precios que se apliquen para valorar las mediciones serán los correspondientes al Banco de Precios de la Junta de Andalucía. En segunda opción, se aplicará la Base de Precios Oficiales del Colegio de Arquitectos Técnicos de Guadalajara). Por último, los precios de unidades no contenidas en las opciones mencionadas anteriormente, se incluirán en un listado de precios nuevos que llevarán las siglas P.N. como inicio del código de identificación, pero cuyo desglose estará configurado por los precios simples de las bases de datos mencionadas. Los precios contemplados en estas Bases deberán ir acompañados de sus correspondientes códigos de identificación. No deberán añadirse a dichos códigos letras, números o símbolos que no consten en el cuadro de precios utilizado. Los códigos se pondrán en una columna situada a la izquierda de su descripción. - Se incluirá una Declaración del Cuadro de Precios utilizado en el presupuesto del proyecto firmada, en donde se especifique: - Las Bases de precios Oficiales utilizadas en la confección del presupuesto. - Los precios no contemplados en las Bases de Precios anteriormente citadas, se incluirán en un listado de precios nuevos que llevarán las siglas PN como inicio del código de identificación. - Dichos precios nuevos incluidos en el presupuesto son los necesarios y habituales para el tipo de obra de que se trate, siendo los mismos ajustados al mercado. Se deberá eliminar de todos los documentos del Proyecto marcas y modelos concretos de productos. Con carácter excepcional en el caso que no sea posible hacer una descripción del producto lo bastante precisa, tal mención deberá ir acompañada de las palabras “o equivalente”. Los presupuestos de las obras se elaborarán con el programa PRESTO, y se remitirán tanto en versión papel, formando parte de la documentación del proyecto, como en formato PRESTO en soporte CD, debiendo ser idénticas ambas versiones.

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  • ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento. El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

  • OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO Luego de la calificación de las ofertas, el comité de selección otorga la buena pro en la fecha señalada en el calendario de las bases mediante su publicación en el SEACE. El otorgamiento de la buena pro en acto privado se publica y se entiende notificado a través del SEACE, el mismo día de su realización, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados de la evaluación y calificación.

  • PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Los Oferentes/Proponentes deberán mantener las Ofertas por el término de sesenta (60) días hábiles contados a partir de la fecha del acto de apertura. La Entidad Contratante, excepcionalmente podrá solicitar a los Oferentes/Proponentes una prórroga, antes del vencimiento del período de validez de sus Ofertas, con indicación del plazo. Los Oferentes/Proponentes podrán rechazar dicha solicitud, considerándose por tanto que han retirado sus Ofertas, por lo cual la Entidad Contratante procederá a efectuar la devolución de la Garantía de Seriedad de Oferta ya constituida. Aquellos que la consientan no podrán modificar sus Ofertas y deberán ampliar el plazo de la Garantía de Seriedad de Oferta oportunamente constituida. El plazo de vigencia de la oferta, requerido en este numeral, será verificado a través del Formulario de Presentación de Ofertas SNCC.F.034. Las ofertas que no cumplan por lo menos con el plazo aquí establecido serán eliminadas sin más trámite.

  • CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Son contratos de prestación de servicios los que celebren las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Estos contratos sólo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados. En ningún caso estos contratos generan relación laboral ni prestaciones sociales y se celebrarán por el término estrictamente indispensable.

  • PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura, salvo que en el respectivo pliego de bases y condiciones particulares se fijara un plazo diferente. El plazo de SESENTA (60) días antes aludido o el que se establezca en el pertinente pliego particular se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial o por el que se fije en el respectivo pliego particular, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo. La prórroga automática del plazo de mantenimiento de oferta no podrá exceder de UN (1) año contado a partir de la fecha del acto de apertura. El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento al segundo período o que la mantiene por una determinada cantidad de períodos, y en ese caso, la jurisdicción o entidad contratante la tendrá por retirada a la finalización del período indicado. Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso. El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior. Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta. Con posterioridad a la notificación del acto de adjudicación, el plazo de mantenimiento de oferta se renovará por DIEZ (10) días hábiles. Vencido éste plazo sin que se hubiese notificado la orden de compra o venta por causas no imputables al adjudicatario, éste podrá desistir de su oferta sin que le sea aplicable ningún tipo de penalidad ni sanción.

  • GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los oferentes deberán constituir una garantía de mantenimiento de la oferta equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del valor total de su oferta. En el caso de cotizar con descuentos, alternativas o variantes, la garantía se deberá calcular sobre el mayor valor propuesto. Dicha garantía deberá constituirse en algunas de las formas previstas en el artículo 39 xxx Xxxxxx Único. Para el caso de optar por integrar la garantía mediante póliza de caución, la misma deberá ser extendida por compañías aseguradoras debidamente autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación y deberá contener la respectiva legalización por escribano público. La integración en Pagaré a la vista suscripto por quien tenga el uso de la firma social o actuare con poderes suficientes, será valida solamente cuando el monto de la garantía no supere la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA MIL ($ 260.000.-). Esta forma de garantía no es combinable con las restantes enumeradas en el Art. 39 xxx Xxxxxx Único. Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso. El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior. Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta.

  • GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA 17.1 El Licitante deberá presentar como parte de su oferta, una Garantía de Mantenimiento de Oferta. 17.2 La Garantía de Mantenimiento de Oferta será por la suma estipulada en la HDL y denominada en la moneda del país del Contratante, y deberá: (a) A elección del licitante, podrá efectuarse en efectivo, títulos provinciales a sus valores nominales, fianza bancaria emitida por una institución bancaria, o fianza por póliza de seguro emitida por una aseguradora o afianzadora aprobada por la Superintendencia de Seguros de la Nación. El depósito de garantía se efectuará en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, a la orden de la entidad indicada en el Llamado a Licitación hasta el día de apertura de la propuesta (b) Si la institución que emite la garantía está localizada fuera del país del Contratante, ésta deberá tener una sucursal financiera en el país del Contratante que permita hacer efectiva la garantía; (c) Ser pagadera a la vista ante solicitud escrita del Contratante en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 17.5 de las IAL; (d) Ser presentada en original; no se aceptarán copias; (e) Permanecer válida por un período de 28 días posteriores a la fecha límite de la validez de las ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 16.2 de las IAL; 17.3 Todas las ofertas que no estén acompañadas por una Garantía de Mantenimiento de Oferta que responda a lo requerido en la presente cláusula, serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento. 17.4 La Garantía de Mantenimiento de Oferta de los Licitantes cuyas ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas inmediatamente una vez el Licitante adjudicatario presente su Garantía de Cumplimiento. 17.5 La Garantía de Mantenimiento de Oferta se podrá ejecutar si: (a) Un Licitante retira su oferta durante el período de validez de la oferta especificado por el Licitante mismo en el Formulario de Presentación de la Oferta, o durante el período prorrogado conforme lo estipulado en la Subcláusula 16.2 de las IAL, cuando haya sido aceptado; (b) El Licitante adjudicatario no acepta las correcciones al Precio de la Oferta, de conformidad con la Subcláusula 28 de las IAL; (c) Si el Licitante adjudicatario no cumple dentro del plazo estipulado con: (i) La firma el Contrato; o (ii) No presenta la Garantía de Cumplimiento. 17.6 La Garantía de Mantenimiento de Oferta de una Asociación en Participación o Consorcio deberá estar en nombre de la Asociación en Participación o Consorcio que presenta la oferta. Si dicha Asociación o Consorcio no ha sido legalmente constituido en el momento de presentar la oferta, la Garantía de Mantenimiento de Oferta deberá estar en nombre de todos los futuros socios de la Asociación o Consorcio tal como se denominan en la carta de intención.

  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b).

  • Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros El Alcalde, que actuará como Presidente de la Mesa. — D. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Vocal (Secretario de la Corporación). — Xx Xxxxxxxx Xxxxxxx o D. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Vocal (Técnicos Municipales) — Xx Xxxxx de Xxxxxxx Xxxx, Vocal. — D. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxx, Vocal. — D. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, que actuará como Secretario de la Mesa.

  • IMPUESTOS Y DERECHOS 17.1 En el caso de Bienes fabricados fuera del país del Comprador, el Proveedor será totalmente responsable por todos los impuestos, timbres, comisiones por licencias, y otros cargos similares impuestos fuera del país del Comprador.