Control externo Cláusulas de Ejemplo

Control externo. 13.2.1. El control externo de la actividad del Depositario será realizado por los siguientes organismos: valores su miembro.
Control externo. Auditoria
Control externo. En segundo lugar, la Consejería de Medio Ambiente a través de los Técnicos que designe la Dirección General de Medio Ambiente ejercerá un control externo, para velar por el cumplimiento de este pliego. Existirá un Libro de Órdenes donde se reflejarán las instrucciones de los Técnicos de Medio Ambiente, de conformidad con este Pliego. Cuando el Técnico de Medio Ambiente considere que el estado de deterioro de un elemento no admite más intervenciones puntuales por precio de conservación, podrá ordenar la ejecución de los trabajos de reposición con cargo a la modalidad de valoración por obra, suministro o servicio. El control por parte de los Técnicos de Medio Ambiente de la organización de los medios materiales y humanos, trabajos y operaciones previstos conforme la proposición contenida en los planes y programas de trabajo solicitados al principio del contrato y las mejoras que se consideren adecuadas, sin variar el importe económico, será continuo e inmediato a través del programa de gestión.
Control externo. La Auditoría Financiera del Programa será realizada por auditores externos independientes. La Auditoría de las cuentas del Programa deberá ser realizada en forma anual, debiendo presentar a CAF el Informe de auditoría correspondiente dentro de los ciento veinte (120) días después del cierre de cada ejercicio. Tabla 2. Documentos requeridos para la presentación de la solicitud de desembolsos, monto y periodicidad Modalidad desembolso Requisitos de Documentación Monto mínimo/máximo Periodicidad Anticipo de Fondos Para Solicitar el Anticipo: (Primer desembolso, cubrirá las necesidades de los primeros seis meses de ejecución) ● Formulario de Solicitud de Desembolso ● Programación del flujo de efectivo y desembolsos de 12 meses, (proyección financiera preparada de acuerdo con las necesidades estimadas de liquidez del proyecto). Primer desembolso, sobre la base de la estimación de las necesidades de liquidez para 6 meses de operación, conforme al porcentaje definido Las siguientes solicitudes considerarán las necesidades del flujo de caja de los proyectos, siguiendo la política de desembolso y procedimientos de CAF. En función de la programación de la ejecución financiera de los proyectos (consistente con el PEP, POA) ● Contrato y certificación presupuestaria (una sola vez). ● Evidencia de cumplimiento de condiciones previas solicitadas para la instancia correspondiente. Para justificar / Rendir cuentas previo a solicitar un nuevo anticipo: ● Presentación de Rendición de Cuentas, donde la Jurisdicción certifique los pagos incorporados en el Formulario. ● Estado de Proyecciones vs Ejecución Se presentará una justificación o rendición de cuentas del desembolso anterior, previo a efectuar una nueva solicitud. Se podrá solicitar un nuevo anticipo, cuando se haya utilizado y justificado en tiempo y forma el 100% de los fondos solicitados con anterioridad. Atada a la fecha con la que se efectuará una nueva solicitud de desembolso. ● Conciliación de la Cuenta Bancaria Designada para desembolsos ● Estado de Pagos ● Habiendo presentado el FFFIR lo anterior, la DPYPEESA a requerimiento del FFFIR podrá solicitar un nuevo anticipo a CAF Reembolso La misma información establecida para la justificación y/o rendición de cuentas del Anticipo. Sin límite Serán semestrales
Control externo. Es el control que realizan los S.T. de la Consejería de Medio Ambiente. Este establece el modelo de pago de certificación basada en 2 principios: “Trabajo no realizado trabajo no pagado” y “Pago por Calidad del Servicio”, dada la importancia de este último concepto vamos a iniciar su explicación. En primer lugar hay que tener presente que el “pago por calidad del servicio” fija los límites e intervalos, de peor a mejor, para las siguientes fases o calidades del servicio: - Fase de sanción. - Fase de penalización. - Fase de trabajo conforme (lo normal, sin efectos) . - Fase de Bonificación. Estudiemos esto, a modo de ejemplo, para el equipo de aseo urbano de L.M.V., a sabiendas de que es la actividad más compleja y que sobre ella recae mayoritariamente la responsabilidad de alcanzar un nivel de limpieza aceptable, no hay que olvidar que la L.M.V., es el único equipo de aseo urbano que llega a todas las superficies. Determinación de los intervalos, para una mejor comprensión iremos de los valores menores a los mayores:
Control externo. El control externo lo realizan los S.T. de la C.M.A.. Si no se cumplen los mínimos se descuenta según las dos especificaciones de este pliego: “Trabajo No Realizado Trabajo No Pagado” y “Pago por Calidad del Servicio”. ej.: si no se cumplen los mínimos de kilómetros con los cepillos de barrido activados, se descuenta según el % de kilómetros NO realizados. Si la barredora no es la diseñada pues se aplica el “Pago por calidad del Servicio”, ya especificado. Los equipos de aseo urbano que trabajan con agua son: Baldeos con cuba: (BalMec) y (BalMix) Furgón Hidropresor. (FH) Baldeadoras de alta presión. Fregaaceras.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.