Contabilidad Cláusulas de Ejemplo

Contabilidad. Para facilitar el control y seguimiento financiero del crédito, el PRESTATARIO se obliga a mantener en su contabilidad general, los auxiliares y anexos necesarios que registren la información detallada referente a ingresos y egresos de los recursos del presente financiamiento, así como los correspondientes a la contraparte estipulada en el Informe de Evaluación No. BDE-I-GSZN-2020-0732- M, de 11 de diciembre de 2020, y este contrato, los mismos que en cualquier momento podrán ser objeto de revisión por parte del BANCO.
Contabilidad. 18.1 El Contratista (en caso de Consorcio, cada una de las empresas que conforman el Contratista) deberá llevar su contabilidad, de acuerdo con las normas, principios y las prácticas contables establecidas y aceptadas en el Perú. Asimismo, deberá llevar y mantener todos los libros, registros detallados y documentación que sean necesarios para contabilizar y controlar las actividades que realiza en el país y en el extranjero con relación al objeto del Contrato, así como para la adecuada sustentación de sus ingresos, inversiones, costos, gastos y Tributos incurridos en cada ejercicio. Por otro lado, dentro de los ciento veinte (120) Días contados a partir de la Fecha de Suscripción, el Contratista (en caso de Consorcio, cada una de las empresas que conforman el Contratista) proporcionará a PERUPETRO una copia en idioma castellano del “Manual de Procedimientos Contables” que haya decidido proponer para registrar sus operaciones. El "Manual de Procedimientos Contables" deberá contener entre otros, lo siguiente:
Contabilidad. Los asegurados obligados a llevar contabilidad que reclamen indemnización a causa de robo con fuerza en las cosas, deberán justificar sus pérdidas acreditando sus inventarios y existencias previos al robo, con los libros y antecedentes contables fidedignos, llevados y mantenidos al día, cumpliendo en todo con las disposiciones legales que los rigen. El asegurado obligado a llevar contabilidad, afectado por un siniestro de robo con fuerza en las cosas, que no pueda justificar sus pérdidas, acreditando sus existencias previas fidedignamente, conforme al procedimiento establecido precedentemente, no tendrá derecho a indemnización alguna por dicho concepto.
Contabilidad. La UA deberán mantener individualizadas las operaciones de movimientos de fondos en los registros contables, y la utilización de la cuenta bancaria de uso exclusivo para cada convocatoria, que permitan reflejar como mínimo el importe de los fondos recibidos, los gastos efectuados y la tenencia de fondos recibidos y no utilizados. Para el caso en que la administración de los fondos no sea realizada por personas obligadas a llevar libros de comercio y confeccionar una contabilidad en legal forma, deberán efectuar la misma sobre libros no rubricados, contando como mínimo con un libro Diario donde se registren los asientos que reflejen cada una de las operaciones, de acuerdo a principios de contabilidad generalmente aceptados.
Contabilidad. 1. La FLC estará obligada a llevar la contabilidad según la normativa que le sea de apli- cación, legalizando sus libros y presentando sus cuentas anualmente en la forma establecida por las leyes.
Contabilidad. Llevar libros y registros actualizados relacionados con el Proyecto, de acuerdo con principios y prácticas de contabilidad generalmente aceptados en la República xx Xxxxx Rica, capaces de identificar los bienes financiados bajo este Contrato y el uso de los fondos y, en los cuales se pueda verificar el progreso de los trabajos y la situación, así como la disponibilidad de los fondos. Los libros y registros, deberán evidenciar de manera separada los financiamientos efectuados con fondos provenientes de este Contrato.
Contabilidad. 18.1 La contabilidad será llevada por cada empresa que conforma el Contratista, de acuerdo con los principios y las prácticas contables establecidas y aceptadas en el Perú. Asimismo, deberá llevar y mantener todos los libros, registros detallados y documentación que sean necesarios para contabilizar y controlar las actividades que realiza en el país y en el extranjero con relación al objeto del Contrato, así como para la adecuada sustentación de sus ingresos, inversiones, costos, gastos y Tributos incurridos en cada ejercicio. Por otro lado, dentro de los ciento veinte
Contabilidad. 7.1. En la sección 11 del presente informe se presentan los estados financieros y los apéndices. Las notas a los estados financieros se presentan en la sección 11 e incluyen importantes explicaciones adicionales sobre la contabilidad. Esas notas son esenciales para comprender las cuentas y la situación financiera del Plan.
Contabilidad. La DGUFI-CCP mantendrá un sistema de gestión financiera, incluidos registros y cuentas, y preparará estados contables de conformidad con Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (IPSAS) emitidas por el Comité de Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector público (IPSASB), adecuadas para reflejar las operaciones, los recursos y los gastos relacionados con el Proyecto. Suministrará al Banco toda otra información relacionada con dichos registros, cuentas y la auditoria de los estados contables.