Contabilidad, inspección y auditoría Cláusulas de Ejemplo

Contabilidad, inspección y auditoría. El Consultor (i) mantendrá cuentas y registros precisos y sistemáticos en tal forma y detalle que identifique claramente todos los costos y cargos por unidad de tiempo pertinentes, y el fundamento de los mismos; y (ii) periódicamente permitirá que la entidad contratante, o su representante designado y/o el FCAS, hasta cinco (5) años después de la expiración o la terminación de este Contrato, los inspeccione, obtenga copias de ellos, y los haga verificar por los auditores nombrados por la entidad contratante o el FCAS si así lo exigiera el Contratante o el FCAS según sea el caso. El Consultor debe tener en cuenta el punto 26.06 “Fraude y Corrupción“ la cual establece, entre otras cosas, que toda acción con la intención de impedir sustancialmente el ejercicio de los derechos del FCAS de realizar inspecciones y auditorías establecido el punto 26.06 constituye una práctica obstructiva sujeto de acciones previstas en la subvención del FCAS.
Contabilidad, inspección y auditoría. El Consultor (i) mantendrá cuentas y registros precisos y sistemáticos en tal forma y detalle que identifique claramente todos los costos y cargos por unidad de tiempo pertinentes, y el fundamento de los mismos; y (ii) periódicamente permitirá que la entidad contratante, o su representante designado y/o el FCAS, hasta cinco (5) años después de la expiración o la terminación de este Contrato, los inspeccione, obtenga copias de ellos, y los haga verificar por los auditores nombrados por la entidad contratante o el FCAS si así lo exigiera la entidad contratante o el FCAS según sea el caso. El Consultor debe tener en cuenta el punto 3.21 “Fraude y Corrupción“ la cual establece, entre otras cosas, que toda acción con la intención de impedir sustancialmente el ejercicio de los derechos del FCAS de realizar inspecciones y auditorías establecido el punto 3.21 constituye una práctica obstructiva sujeto de acciones previstas en la subvención del FCAS. Auditorías El FCAS o la persona que dicha oficina designe se reserva el derecho de efectuar auditorias y supervisiones de la ejecución del Contrato, incluidas inspecciones, auditorias documentales e in situ, sobre la utilización de los Fondos por parte del Consultor. El Consultor permitirá que la entidad contratante o su representante designado y/o el FCAS, a través de la OTC de la AECID en Ecuador así como cualquier persona designada por ésta, periódicamente inspeccione la ejecución del Contrato, controle, tanto en las instalaciones del Consultor como en las de sus Subconsultor, así como en el sitio del proyecto, hasta cinco (5) años después de la expiración o la rescisión del Contrato, obtenga copias de ellos. Para el efecto de los anteriores controles, el Consultor deberá otorgar todas las facilidades y conservar la información completa durante el periodo de tiempo indicado.
Contabilidad, inspección y auditoría. 25.1 El Consultor deberá mantener y hará todo lo que esté a su alcance por hacer que sus Sub consultores mantengan cuentas y registros fieles y sistemáticos, y en la forma y detalle que identifiquen claramente las variaciones de tiempo y costos.
Contabilidad, inspección y auditoría. 23.1 Con sujeción a las disposiciones adicionales establecidas en las CEC, si las hubiera, la responsabilidad del Consultor en virtud de este Contrato estará determinada por la Legislación Aplicable.
Contabilidad, inspección y auditoría. El Consultor (i) deberá mantener cuentas y registros precisos y sistemáticos correspondientes a los Servicios bajo este Acuerdo conforme con los principios contables internacionalmente admitidos, y de tal manera y detalle que identifique claramente todos los gastos y costes pertinentes, y las bases de los mismos, y (ii) deberá permitir, periódicamente, al Cliente o a sus representantes designados, y hasta cinco (5) años desde la expiración o terminación de este Acuerdo, inspeccionar los mismos y hacer dichas copias, así como someterlas a la auditoría por los auditores designados por el Cliente si así lo require, según sea el caso.
Contabilidad, inspección y auditoría a) Todos los planos, dibujos, especificaciones, diseños, informes, otros documentos y programas de computación presentados por el Consultor en virtud de este Contrato pasarán a ser de propiedad de la Secretaría, y el Consultor entregará a la Secretaría dichos documentos, junto con un inventario detallado, a más tardar en la fecha de expiración del Contrato.
Contabilidad, inspección y auditoría. El Consultor (i) mantendrá cuentas y registros precisos y sistemáticos de los servicios provistos, de acuerdo con principios contables aceptados internacionalmente, en tal forma y detalle que identifique claramente todos los costos y cargos por unidad de tiempo pertinentes, y el fundamento de los mismos; y (ii) periódicamente permitirá que el Contratante, o su representante designado y/o el Banco, hasta tres años después de la expiración o la terminación de este Contrato, los inspeccione, obtenga copias de ellos, y los haga verificar por los auditores nombrados por el Contratante o el Banco si así lo exigiera el Contratante o el Banco según sea el caso.
Contabilidad, inspección y auditoría posteriormente por la Secretaría. El Consultor (a) mantendrá cuentas y registros precisos y sistemáticos respecto de los Servicios, de acuerdo con principios contables aceptados internacionalmente, en tal forma y detalle que identifique claramente todos los cambios por unidad de tiempo y costos, y el fundamento de los mismos; y (b) permitirá que la Secretaría, o su representante designado periódicamente los inspeccione, hasta dos años después de la expiración o la rescisión de este Contrato, obtenga copias de ellos, y los haga verificar por los auditores nombrados por la Secretaría, si así lo exigiera la Secretaría.
Contabilidad, inspección y auditoría. El Consultor mantendrá, y deberá realizar las gestiones necesarias para que sus Subconsultores mantengan, cuentas exactas, sistemáticas y registros en relación con el Contrato, de conformidad con los principios contables internacionalmente aceptados en la forma y detalle que claramente identifiquen los cambios relevantes sobre tiempo y costos.
Contabilidad, inspección y auditoría. El proveedor mantendrá cuentas y registros exactos y sistemáticos por lo que respecta al suministro de los bienes y servicios conexos en virtud del presente contrato, y seguirá los principios contables aceptados internacionalmente.