Common use of COMITÉ EVALUADOR Clause in Contracts

COMITÉ EVALUADOR. El número del acto administrativo que designa el Comité y sus integrantes deberá relacionarse en los estudios previos de conformidad con la Resolución Rectoral No. 201600000065 de febrero 04 de 2016, explicada en el Capítulo 2 del presente Manual. De acuerdo con el Manual de Supervisión e Interventoría se deberá indicar el supervisor, así como el tipo de interventoría y su justificación. - Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) Existe la obligación por parte de las entidades estatales, de garantizar previo al inicio de cualquier proceso de contratación las respectivas disponibilidades presupuestales, tomando como base el valor del presupuesto oficial determinado en el estudio de costos. (Véase Ley 80 de 1993 artículo 25). Para el caso del Politécnico, se debe garantizar cuando el proceso sea recomendado por parte del Comité Interno de Contratación, la existencia del respectivo Certificado de Disponibilidad Presupuestal, el que se gestiona a través de la Coordinación de Presupuesto. - Autorización para contratar El Consejo Directivo mediante el Estatuto General, Acuerdo 10 del 21 xx xxxxx de 2008, en su artículo 24, literal i), facultó al Rector para suscribir los contratos o delegar su suscripción y expedir los actos que sean necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la Institución. Adicional a lo anterior, la Resolución Rectoral 201600000065 del 04 de febrero de 2016, explicada en el capítulo primero del presente Manual, delega la ordenación del gasto y la delegación para contratar. - Estudios técnicos y diseños Comprende la elaboración de planos, diseños, estudio de impacto ambiental, socioeconómico, suelos, factibilidad o prefactibilidad, licencias urbanísticas, adquisición de predios, entre otros. Dichos estudios se deberán de elaborar por parte de la dependencia solicitante, con el aval del Área de Planeación y de la Dirección de Servicios Generales, si a ello hubiere lugar. Tales estudios o permisos sólo se requieren para contratos que por su impacto, naturaleza y condiciones técnicas sean necesarios, antes de la iniciación del respectivo proceso contractual, a fin de evitar reprocesos, gastos inoficiosos o inadecuados, encarecimiento de productos, perjuicios a terceros, entre otras razones. Es el caso de los contratos de obra pública que requieren además de los estudios previos esta clase de documentos adicionales. El requerimiento o no de estos estudios, planos o permisos dependerá de las normas especiales que reglamenten cada materia a contratar y deberá ser analizada meticulosamente por el técnico encargado del proceso.

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COMITÉ EVALUADOR. El número Las propuestas serán estudiadas y analizadas por un Comité Evaluador del acto administrativo que designa ICETEX y recomendará al ordenador del gasto, adjudicar o declarar desierto el Comité y sus integrantes deberá relacionarse en los estudios previos presente proceso, de conformidad con la Resolución Rectoral Nolo previsto en los artículos 19 y siguientes del Manual de Contratación de ICETEX (Acuerdo de Junta Directiva del ICETEX N°030 del 17 de septiembre de 2013). 201600000065 de febrero 04 de 2016, explicada El Comité Evaluador designado en el Capítulo 2 Acuerdo No.30 de 2013 (Manual de Contratación) por el ICETEX verificará y/o evaluará las propuestas, según lo previsto en el presente pliego de Condiciones y teniendo en cuenta los criterios de capacidad jurídica, experiencia, capacidad técnica, económica y capacidad financiera de los Proponentes. El Comité Evaluador deliberará con la asistencia de todos sus miembros. Las decisiones serán tomadas por mayoría, y constarán en un acta que deberá ser aprobada y firmada por todos los miembros del Comité al finalizar la sesión correspondiente. Una vez verificados los aspectos habilitantes, se procederá a la ponderación del ofrecimiento más favorable para la Entidad, de acuerdo con lo contemplado en el numeral denominado “Evaluación de las Propuestas” del presente Manualpliego de Condiciones. De acuerdo El Comité Evaluador presentará a la Secretaria General el acta para que, una vez haya sido objeto de examen conjunto por ésta y por el Comité Evaluador, se elabore el informe de evaluación, que será publicado en la página Web de la Entidad xxx.xxxxxx.xxx.xx y en el portal Colombia Compra Eficiente xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, por un término de tres (3) días hábiles para que los Proponentes durante dicho plazo presenten observaciones por escrito a la Secretaría General del ICETEX con copia estricta al correo electrónico xxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx. En todo momento y en caso de incongruencia o duda prevalecerán los términos y plazos establecidos en el Manual CRONOGRAMA de Supervisión e Interventoría se deberá indicar los pliegos de condiciones. El Comité Evaluador podrá solicitar por escrito al Proponente hasta el supervisormomento de la adjudicación, así como el tipo de interventoría las aclaraciones y su justificación. - Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) Existe la obligación por parte explicaciones que estime pertinentes sobre los puntos dudosos o confusos de las entidades estatalespropuestas, sin que por ello pueda el Proponente adicionar, modificar, completar o mejorar su propuesta, ni el ICETEX hacer variación alguna de garantizar previo los términos de la misma o violar los principios fundamentales que rigen el presente Proceso de Selección. El ICETEX tomará de las aclaraciones de los Proponentes únicamente los aspectos que satisfagan su interés de aclaración. Las solicitudes de aclaración y las respuestas correspondientes se harán por escrito y/o al inicio de cualquier proceso de contratación las respectivas disponibilidades presupuestalescorreo electrónico xxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx., tomando como base el valor estas últimas dentro del presupuesto oficial determinado plazo estipulado en el estudio de costos. (Véase Ley 80 de 1993 artículo 25). Para cronograma estipulado en el caso del Politécnicopliego, se debe garantizar cuando el proceso sea recomendado so pena que su incumplimiento por parte del Comité Interno de ContrataciónProponente requerido, la existencia del respectivo Certificado de Disponibilidad Presupuestal, generen el que se gestiona a través rechazo de la Coordinación de Presupuesto. - Autorización para contratar El Consejo Directivo mediante el Estatuto General, Acuerdo 10 del 21 xx xxxxx de 2008, en su artículo 24, literal i), facultó al Rector para suscribir los contratos o delegar su suscripción y expedir los actos que sean necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la Institución. Adicional a lo anterior, la Resolución Rectoral 201600000065 del 04 de febrero de 2016, explicada en el capítulo primero del presente Manual, delega la ordenación del gasto y la delegación para contratar. - Estudios técnicos y diseños Comprende la elaboración de planos, diseños, estudio de impacto ambiental, socioeconómico, suelos, factibilidad o prefactibilidad, licencias urbanísticas, adquisición de predios, entre otros. Dichos estudios se deberán de elaborar por parte de la dependencia solicitante, con el aval del Área de Planeación y de la Dirección de Servicios Generales, si a ello hubiere lugar. Tales estudios o permisos sólo se requieren para contratos que por su impacto, naturaleza y condiciones técnicas sean necesarios, antes de la iniciación del respectivo proceso contractual, a fin de evitar reprocesos, gastos inoficiosos o inadecuados, encarecimiento de productos, perjuicios a terceros, entre otras razones. Es el caso de los contratos de obra pública que requieren además de los estudios previos esta clase de documentos adicionales. El requerimiento o no de estos estudios, planos o permisos dependerá de las normas especiales que reglamenten cada materia a contratar y deberá ser analizada meticulosamente por el técnico encargado del procesopropuesta.

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COMITÉ EVALUADOR. El número Las propuestas serán estudiadas y analizadas por un Comité Evaluador del acto administrativo que designa ICETEX y recomendará al ordenador del gasto, adjudicar o declarar desierto el Comité y sus integrantes deberá relacionarse en los estudios previos presente proceso, de conformidad con la Resolución Rectoral Nolo previsto en los artículos 19 y siguientes del Manual de Contratación de ICETEX (Acuerdo de Junta Directiva del ICETEX N°030 del 17 de septiembre de 2013). 201600000065 de febrero 04 de 2016, explicada El Comité Evaluador designado en el Capítulo 2 Acuerdo No.30 de 2013 (Manual de Contratación) por el ICETEX verificará y/o evaluará las propuestas, según lo previsto en el presente pliego de Condiciones y teniendo en cuenta los criterios de capacidad jurídica, experiencia, capacidad técnica, económica y capacidad financiera de los Proponentes. El Comité Evaluador deliberará con la asistencia de todos sus miembros. Las decisiones serán tomadas por mayoría, y constarán en un acta que deberá ser aprobada y firmada por todos los miembros del Comité al finalizar la sesión correspondiente. Una vez verificados los aspectos habilitantes, se procederá a la ponderación del ofrecimiento más favorable para la Entidad, de acuerdo con lo contemplado en el numeral denominado “Evaluación de las Propuestas” del presente Manualpliego de Condiciones. De acuerdo con El Comité Evaluador presentará a la Secretaria General el Manual acta para que se elabore el informe de Supervisión e Interventoría se deberá indicar el supervisorevaluación, así como el tipo que será publicado en la página Web de interventoría la Entidad xxx.xxxxxx.xxx.xx y su justificación. - Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) Existe la obligación por parte de las entidades estatales, de garantizar previo al inicio de cualquier proceso de contratación las respectivas disponibilidades presupuestales, tomando como base el valor del presupuesto oficial determinado en el estudio portal Colombia Compra Eficiente xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, por un término de costostres (3) días hábiles para que los Proponentes durante dicho plazo presenten observaciones por escrito a la Secretaría General del ICETEX con copia estricta al correo electrónico xxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx. (Véase Ley 80 En todo momento y en caso de 1993 artículo 25). Para incongruencia o duda prevalecerán los términos y plazos establecidos en el caso del Politécnico, se debe garantizar cuando el proceso sea recomendado por parte del Comité Interno de Contratación, la existencia del respectivo Certificado de Disponibilidad Presupuestal, el que se gestiona a través de la Coordinación de Presupuesto. - Autorización para contratar El Consejo Directivo mediante el Estatuto General, Acuerdo 10 del 21 xx xxxxx de 2008, en su artículo 24, literal i), facultó al Rector para suscribir los contratos o delegar su suscripción y expedir los actos que sean necesarios para el cumplimiento CRONOGRAMA de los objetivos pliegos de la Institución. Adicional a lo anterior, la Resolución Rectoral 201600000065 del 04 de febrero de 2016, explicada en el capítulo primero del presente Manual, delega la ordenación del gasto y la delegación para contratar. - Estudios técnicos y diseños Comprende la elaboración de planos, diseños, estudio de impacto ambiental, socioeconómico, suelos, factibilidad o prefactibilidad, licencias urbanísticas, adquisición de predios, entre otros. Dichos estudios se deberán de elaborar por parte de la dependencia solicitante, con el aval del Área de Planeación y de la Dirección de Servicios Generales, si a ello hubiere lugar. Tales estudios o permisos sólo se requieren para contratos que por su impacto, naturaleza y condiciones técnicas sean necesarios, antes de la iniciación del respectivo proceso contractual, a fin de evitar reprocesos, gastos inoficiosos o inadecuados, encarecimiento de productos, perjuicios a terceros, entre otras razones. Es el caso de los contratos de obra pública que requieren además de los estudios previos esta clase de documentos adicionales. El requerimiento o no de estos estudios, planos o permisos dependerá de las normas especiales que reglamenten cada materia a contratar y deberá ser analizada meticulosamente por el técnico encargado del procesocondiciones.

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COMITÉ EVALUADOR. El número Acta xx Xxxxx para la selección del acto administrativo que designa el Comité y sus integrantes deberá relacionarse en los estudios previos de conformidad con la Resolución Rectoral No. 201600000065 de febrero 04 de 2016, explicada en el Capítulo 2 del presente Manual. De acuerdo con el Manual de Supervisión e Interventoría se deberá indicar el supervisor, así como el tipo de interventoría y su justificación. - Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) Existe la obligación por parte de las entidades estatales, de garantizar previo al inicio de cualquier proceso de contratación las respectivas disponibilidades presupuestales, tomando como base el valor del presupuesto oficial determinado en el estudio de costos. (Véase Ley 80 de 1993 artículo 25). Para el caso del Politécnico, se debe garantizar cuando el proceso sea recomendado por parte del Comité Interno de Contratación, la existencia del respectivo Certificado de Disponibilidad Presupuestal, el que se gestiona a través de la Coordinación de Presupuesto. - Autorización para contratar El Consejo Directivo mediante el Estatuto General, Acuerdo 10 del 21 xx xxxxx de 2008, en su artículo 24, literal i), facultó al Rector para suscribir los contratos o delegar su suscripción y expedir los actos que sean necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la Institución. Adicional a lo anterior, la Resolución Rectoral 201600000065 del 04 de febrero de 2016, explicada en el capítulo primero del presente Manual, delega la ordenación del gasto y la delegación para contratar. - Estudios técnicos y diseños Comprende la elaboración de planos, diseños, estudio de impacto ambiental, socioeconómico, suelos, factibilidad o prefactibilidad, licencias urbanísticas, adquisición de predios, entre otros. Dichos estudios se deberán de elaborar comisionista por parte de la dependencia solicitanteBMC es llevada al Ordenador del Gasto para su conocimiento. Con anterioridad a la celebración Comité Evaluador Ordenador Gasto. del Registro Presupuestal de Compromiso Deben efectuarse las apropiaciones presupuestales pertinentes, con a favor Antes de suscripción contrato la del Coordinación de Adquisiciones del contratista y por el aval del Área de Planeación y valor de la Dirección 5 adjudicación. Comité Evaluador. Ordenador del Gasto Suscripción del contrato Una vez Coordinación de Servicios Generaleselaborado el Adquisiciones registro presupuestal 6 Ordenador del gasto. Comité Evaluador. Si el contrato a celebrar no se encuentra entre las demás causales de selección abreviada, si concurso de méritos y contratación directa, y además es inferior a ello hubiere lugar. Tales estudios o permisos sólo se requieren los cuatrocientos cincuenta (450) salarios mínimos mensuales vigentes (450 SMMLV), el contratista será seleccionado a través del procedimiento previsto para contratos que por su impacto, naturaleza y condiciones técnicas sean necesarios, antes la Selección Abreviada de Menor Cuantía literal b numeral 2º del Artículo 2º de la iniciación Ley 1150 de 2007, reglamentado por el artículo 2.2.1.2.1.2.20 del respectivo Decreto 1082 de 2015. A continuación se describe el proceso contractualque se debe adelantar, para llevar a fin cabo una Selección Abreviada de evitar reprocesosMenor Cuantía en el Politécnico Colombiano Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, gastos inoficiosos o inadecuados, encarecimiento la cual tendrá una duración mínima de productos, perjuicios a terceros, entre otras razones. Es UN MES desde la publicación en el caso SECOP de los contratos Estudios Previos (FLG01). ETAPA TRÁMITES NECESARIOS TERMINOS RESPONSABLE 1 Acto administrativo de obra pública que requieren además conformación del Comité Evaluador. Estudios y documentos previos Diseños y proyectos de factibilidad y prefactibilidad Certificado de disponibilidad presupuestal. Discrecional Comité Evaluador Ordenador del Gasto 2 Comité interno de contratación. Comité Asesor de Contratación Deben tenerse en cuenta las sesiones de los estudios previos esta clase respectivos comités. Comité Evaluador Integrantes de documentos adicionales. El requerimiento o no de estos estudios, planos o permisos dependerá de las normas especiales que reglamenten cada materia a contratar y deberá ser analizada meticulosamente por el técnico encargado del procesolos Comités.

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