Cláusula de información Cláusulas de Ejemplo

Cláusula de información. De conformidad con la ley orgánica 15/1999, del 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico los datos de carácter personal que el CLIENTE facilite en el momento de la contratación y con posterioridad, incluida la dirección de correo electrónico, serán incorporados a un fichero inscrito en la Agencia Española de Protección de Datos, cuyo responsable es ALMAZENA INTERNET, S.L. El CLIENTE manifiesta que todos los datos que suministra son verdaderos y se compromete a mantenerlos actualizados y comunicar sus variaciones al responsable del fichero. La recogida y el tratamiento de los datos de carácter personal tiene como finalidad el mantenimiento de la relación contractual establecida entre ambos, así como la ejecución, gestión, administración, prestación, ampliación y mejora de los servicios, la emisión de la correspondiente factura, la práctica de los asientos contables oportunos y de las declaraciones fiscales pertinentes. ALMAZENA podrá remitir a sus clientes información comercial relacionada con sus productos y/o servicios que considere interesante para el CLIENTE. La aceptación del presupuesto, así como la remisión de cualquier información a través de cualquier tipo de formulario electrónico, por correo electrónico, fax, SMS o medios equivalentes, comporta que el usuario manifiesta expresamente e inequívocamente su consentimiento (art. 6 LOPD) para que los datos de carácter personal suministrados sean incorporados en el fichero de ALMAZENA y por lo tanto tratados en los términos expuestos. Si el CLIENTE facilita a ALMAZENA datos personales de terceros o bien los recoge a través de su web, se obliga a cumplir respecto de aquellas personas y sus datos, las obligaciones derivadas de la ley 15/1999 (LOPD) y demás normativa aplicable, específicamente las obligaciones de informar y solicitar y obtener el consentimiento a las personas titulares de los datos personales. El CLIENTE podrá dirigirse a ALMAZENA como responsable del fichero para ejercitar los derechos de acceso, rectificación o cancelación de datos y oposición del uso y cesión de los datos, así como el derecho de revocar el consentimiento prestado para la cesión de sus datos en los términos especificados en la Ley 15/1999, mediante solicitud escrita y firmada, dirigida al titular que deberá contener el nombre y apellidos, domicilio a efectos de notificaciones, la fotocopia del Docume...

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.