CAUSAS ESPECIALES DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

CAUSAS ESPECIALES DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. El contrato se resolverá por las causas previstas para los contratos administrativos en el artículo 223 del TRLCSP y por las especificaciones indicadas para este tipo de contrato en el artículo 237 del citado Texto Refundido, con los efectos previstos en el Arto. 225 del TRLCSP y 109 a 113 del RGLCAP. Proceso: Licitación Pública No. 19/2016 “Construcción y rehabilitación de celdas en Delegación Policial de Bilwi, Puerto Cabezas (RACCN)”
CAUSAS ESPECIALES DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. No se establecen
CAUSAS ESPECIALES DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. El contrato se resolverá por las causas previstas para los contratos administrativos en el artículo 111 del TRLCAP y por las específicamente indicadas para este tipo de contrato en el artículo 192 de la citada ley. La suspensión del inicio del suministro por causa imputable a la Administración y el desistimiento o suspensión por la misma, serán causa de resolución por el transcurso de los plazos previstos el artículo 192 del TRLCAP y con los efectos previstos en el artículo 193 del TRLCAP. De acuerdo con lo previsto en el artículo 112.2 del RGLCAP, el contratista tendrá obligación de guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo. Al amparo de los apartados g) y h) del artículo 111 del TRLCAP, se consideran causa de resolución por incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales las siguientes:
CAUSAS ESPECIALES DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. 36.1.- En cuanto a la resolución de los contratos resulta de aplicación lo dispuesto en los artículos 223, 224 y 308 del TRLCSP y producirán los efectos indicados en los artículos 225 y 309 del citado texto legal.
CAUSAS ESPECIALES DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. El contrato administrativo de suministro podrá terminar: Vencimiento del plazo Por rescisión unilateral del órgano contratante derivada del incumplimiento de las obligaciones del proveedor y/o por razones de interés público. Licitación Pública No. Estimado (s) señores (as): Correspondiendo a la invitación a ofertar, con pleno conocimiento de las condiciones establecidas en el pliego, desde ahora, para el caso de que fuera aceptada nuestra oferta, nos obligamos a efectuar el suministro: de conformidad a los términos y condiciones establecidas en dichos documentos. Asimismo nos comprometemos a concluir completamente todas entregas de los bienes, en un plazo de días calendarios, con una programación de desembolso que detallamos a continuación. Es entendido que si se nos adjudica la presente contratación nos comprometemos a firmar un contrato formal con la institución contratante, de acuerdo a los precios de la oferta aprobada y a los documentos del contrato, una vez notificada la adjudicación; y a suministrar las garantías correspondientes a este proceso, a favor del Contratante, por los montos especificados y en los plazos y condiciones establecidos en los documentos del contrato. Convenimos en mantener esta oferta válida por un período de días a partir de la fecha fijada para la recepción y apertura de las ofertas. Sometemos asimismo, adjunto a ésta oferta, el total y el desglose del alcance objeto de nuestra oferta, indicando las cantidades de bienes y costos unitarios que corresponden a cada una y el plan de entrega propuesto por nuestra empresa para el suministro de los bienes. Esta oferta, junto con su aceptación por escrito incluida en la notificación de adjudicación, constituirá un contrato válido hasta que se firme un contrato formal. La sola presentación de esta oferta significa el reconocimiento y aceptación expresa del proveedor a los alcances, condiciones, requisitos y obligaciones contenidos en el Pliego de Contratación. Entendemos que ustedes no están obligados a aceptar la oferta más baja ni ninguna otra oferta que reciba. Fechado el de 20 (Firma) (en calidad de) Debidamente autorizado para firmar la oferta por y en nombre de ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO ( ).- PROTOCOLO NÚMERO
CAUSAS ESPECIALES DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. Serán causas especiales de resolución del contrato las siguientes:
CAUSAS ESPECIALES DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. El contrato se resolverá por las causas previstas para los contratos administrativos en el artículo artículo 223 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. De conformidad con lo previsto en el apartado apartado f) del artículo 223 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se consideran causa de resolución por incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales las siguientes:
CAUSAS ESPECIALES DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. ☒ PROCEDE ❖ Si procede especificar: según artículo 12 del PPT Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC20592616B1D46894A98 ☐ NO PROCEDE
CAUSAS ESPECIALES DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. Las determinadas con carácter general. W.
CAUSAS ESPECIALES DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. ☐ PROCEDE  Si procede especificar:**** NOMBRE: XXXXX XXXXXXXXX XXX XXXX ☒ NO PROCEDE