BIENES EXCLUIDOS QUE PUEDEN SER CUBIERTOS MEDIANTE CONVENIO EXPRESO Cláusulas de Ejemplo

BIENES EXCLUIDOS QUE PUEDEN SER CUBIERTOS MEDIANTE CONVENIO EXPRESO. Los bienes que a continuación se indican están excluidos de la cobertura y sólo podrán quedar amparados bajo la misma, mediante convenio expreso entre el Asegurado y la Compañía, fijando sumas aseguradas por separado como sublímite y mediante el cobro de prima adicional correspondiente. De lo anterior la Compañía dará constancia escrita.
BIENES EXCLUIDOS QUE PUEDEN SER CUBIERTOS MEDIANTE CONVENIO EXPRESO. Mediante convenio expreso, entre el Asegurado y la Compañía y mediante la obligación del pago de la prima adicional correspondiente, esta Póliza se puede extender a cubrir los siguientes bienes que se considerarán incluidos en la Póliza cuando en la carátula y/o especificación aparezcan mencionados.
BIENES EXCLUIDOS QUE PUEDEN SER CUBIERTOS MEDIANTE CONVENIO EXPRESO. LOS BIENES QUE A CONTINUACIÓN SE INDICAN ESTÁN EXCLUIDOS DE LA COBERTURA Y SÓLO PODRÁN QUEDAR AMPARADOS BAJO LA MISMA, MEDIANTE CONVENIO EXPRESO ENTRE EL ASEGURADO Y LA COMPAÑÍA, FIJANDO SUMAS ASEGURADAS POR SEPARADO COMO SUBLÍMITE Y MEDIANTE EL COBRO DE PRIMA ADICIONAL CORRESPONDIENTE. DE LO ANTERIOR LA COMPAÑÍA DARÁ CONSTANCIA ESCRITA.
BIENES EXCLUIDOS QUE PUEDEN SER CUBIERTOS MEDIANTE CONVENIO EXPRESO. Podrán incluirse en la cobertura que otorga esta sección, los bienes que a continuación se describen mediante relación expresa que deberá integrarse y formar parte de la presente póliza, indicando el valor de reposición de cada objeto o artículo, soportado con la presentación de avalúo elaborado previamente a la contratación del seguro por perito profesional, o bien, facturas de su adquisición:
BIENES EXCLUIDOS QUE PUEDEN SER CUBIERTOS MEDIANTE CONVENIO EXPRESO a) Dinero y valores en cajones bajo llave
BIENES EXCLUIDOS QUE PUEDEN SER CUBIERTOS MEDIANTE CONVENIO EXPRESO. Salvo convenio expreso, este seguro no cubre pérdidas o daños por:
BIENES EXCLUIDOS QUE PUEDEN SER CUBIERTOS MEDIANTE CONVENIO EXPRESO. A) Antenas parabólicas
BIENES EXCLUIDOS QUE PUEDEN SER CUBIERTOS MEDIANTE CONVENIO EXPRESO. Podrán incluirse en la presente cobertura, los bienes que a continuación se describen, siempre y cuando se indique en la carátula o especificación de la póliza:
BIENES EXCLUIDOS QUE PUEDEN SER CUBIERTOS MEDIANTE CONVENIO EXPRESO. Podrán incluirse en la cobertura que otorga esta sección, los bienes mencionados a continuación en los incisos B.1.1 y B.1.2 (no opera para la cobertura de Protección GS Asalto y bienes cubiertos en tránsito), y que se describen mediante relación expresa que deberá integrarse y formar parte de la presente sección, indicando el valor de cada objeto o artículo, soportado con la presentación de avalúo elaborado previamente a la contratación del seguro por perito profesional, o los comprobantes fiscales de su adquisición. Objetos de arte de difícil o imposible reposición, joyas, alhajas, relojes, artículos deportivos, ortopédicos, médicos, equipos electrónicos, vinos licores y similares, el conjunto de los objetos personales propiedad de cada uno de los integrantes de la familia, colecciones cuyo valor unitario o por juego sea superior al equivalente en moneda nacional de 150 (ciento cincuenta) DSMGVDF. Artículos xx xxxx, cuyo valor unitario o por juego sea superior al equivalente 50 (cincuenta) DSMGVDF.
BIENES EXCLUIDOS QUE PUEDEN SER CUBIERTOS MEDIANTE CONVENIO EXPRESO. Mediante convenio expreso, entre el asegurado y la compañía y mediante la obligación del pago de la prima adicional correspondiente, esta sección se puede extender, a cubrir los siguientes bienes que se consideraran incluidos en la póliza cuando en la carátula y/o especificación aparezcan mencionados: