Bases y Lineamientos Cláusulas de Ejemplo

Bases y Lineamientos. VI.1 Áreas de la dependencia y nivel jerárquico de los servidores públicos que atenderán y se responsabilizarán de los diversos actos relacionados con los procedimientos de contratación a que hacen referencia la Ley y su Reglamento.
Bases y Lineamientos. CAPÍTULO I.- ÁREAS DE LA ENTIDAD Y NIVEL JERÁRQUICO DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE ATENDERÁN Y SE RESPONSABILIZARÁN DE LOS DIVERSOS ACTOS RELACIONADOS CON LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN
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  • PROCEDIMIENTO EN CASO DE SINIESTRO 1. Al ocurrir algún siniestro que pudiera dar lugar a indemnización conforme a este seguro, el Asegurado tendrá la obligación de:

  • INCUMPLIMIENTOS El PCP establecerá los supuestos de aplicación de penalización, que podrán contemplar la ejecución defectuosa de la prestación objeto del contrato, sobre consideraciones de tipo medioambiental o social, etc. Asimismo, la imposición de penalidades podrá estar referida a la demora en la ejecución del contrato, ya sea por retrasos en los plazos parciales o en el plazo total. La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa por parte de RENFE. También se podrán imponer penalidades por incumplimiento de las condiciones que para la subcontratación se reflejan en estas Instrucciones, las cuales podrán alcanzar hasta el 50 por ciento del importe del subcontrato). Las penalidades que se establezcan en el PCP deberán ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento y su cuantía no podrá ser superior al veinte por ciento (20%) del importe de la adjudicación, si el PCP no señala otro porcentaje distinto. El procedimiento para la imposición de penalidades será el siguiente:  RENFE comunicará por escrito al Contratista la propuesta de penalización con la enumeración de los hechos que lo motiven.  El Contratista dispondrá de un plazo xx xxxx días naturales, contados a partir del recibo de la comunicación anterior, para presentar las alegaciones que estime oportunas.  Una vez recibidas las alegaciones del Contratista (o transcurrido el plazo habilitado al efecto sin que se reciban), RENFE analizará las circunstancias concurrentes y resolverá lo que estime procedente, ratificando, anulando o modificando la penalización, que deberá notificarse al contratista en el plazo de quince días naturales a contar desde el día en que se adopte la citada resolución. Los pliegos indicarán las penalidades aplicables, su valoración, graduación en su caso, y la forma de abono que podrá contemplar la deducción de las cantidades que en concepto de pago total o parcial deban abonarse al contratista, mediante compensación, o bien mediante incautación de la garantía definitiva que en su caso hubiese constituido, en cuyo caso quedará obligado a reponerla a su importe inicial. Serán causas específicas de resolución del contrato adjudicado, sin perjuicio de otras concretas que puedan establecer los PCP, las siguientes: - No disponer de los medios que, en fase de acreditación de su solvencia, se hubiera comprometido a tener a su disposición para la ejecución del contrato. - Haber rebasado el 20% del importe del contrato en la aplicación de penalidades, o, en su caso, del porcentaje que establezca el PCP. - El incumplimiento culpable de la obligación principal del contrato, así como de las obligaciones que el PCP considere esenciales. - La falta de pago del precio, por parte de RENFE, en un plazo superior a seis meses. - La demora en el cumplimiento del plazo, por parte del Contratista, cuando se sobrepase el límite que se haya establecido en cada caso. - La falta de formalización del contrato por parte del Contratista, por causa imputable al mismo. - En caso de suspensión o de intervención concursal, se podrá solicitar la resolución del contrato en los términos establecidos en el artículo 61.2 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal. - Por mutuo acuerdo de las partes. - La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual si no fuera posible la continuación del contrato con los herederos o sucesores de aquél, sin perjuicio de lo previsto en estas Instrucciones respecto a la sucesión del contratista. - En los casos en que se produzca una sucesión de empresas (en los supuestos de fusión, escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de actividad de empresas en los que participe la sociedad contratista), cuando la empresa subrogada en la posición del Contratista inicial no disponga de la solvencia exigida al acordarse la adjudicación. - La imposibilidad sobrevenida de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados. - El impago, durante la ejecución del contrato, de los salarios por parte del contratista a los trabajadores que estuvieran participando en la misma, o el incumplimiento de las condiciones establecidas en los Convenios colectivos en vigor para estos trabajadores también durante la ejecución del contrato. En caso de que RENFE inste la resolución del contrato, se seguirá el siguiente procedimiento:  RENFE comunicará por escrito al contratista la propuesta de resolución con la enumeración de los hechos que lo motiven.  El contratista dispondrá de un plazo de 10 días naturales a partir del recibo de la comunicación anterior, para presentar las alegaciones que estime oportunas.  Una vez recibidas las alegaciones del Contratista o expirado el plazo sin que se hayan recibido, RENFE decidirá motivadamente lo que estime procedente, ratificando o anulando la decisión correspondiente en relación con la resolución del contrato, decisión que será notificada al contratista en el plazo de quince días naturales a contar desde el día en que se adopte la citada decisión. Cuando la resolución del contrato se deba a un incumplimiento culpable del Contratista llevará aparejada la ejecución de la garantía definitiva, debiendo además el Contratista resarcir a RENFE de los daños y perjuicios que por tal resolución se le hubieren causado. Además, en los casos en los que el adjudicatario no haya formalizado el correspondiente contrato adjudicado a su favor en los plazos requeridos por RENFE por causa imputable al adjudicatario RENFE iniciará las acciones conducentes a la declaración de la correspondiente prohibición de contratar antes de que transcurran tres meses desde que se produjo la adjudicación.

  • Descubrimientos 20.1 Cualquier elemento de interés histórico o de otra naturaleza o de gran valor que se descubra inesperadamente en la zona de las obras será de propiedad del Contratante. El Contratista deberá notificar al Gerente de Obras acerca del descubrimiento y seguir las instrucciones que éste imparta sobre la manera de proceder.

  • REQUERIMIENTOS La Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados en México, invita a proveedores calificados a realizar una propuesta firme para el establecimiento de un contrato de servicios de construcción y remodelación en el Centro de Atención Pastoral para Migrantes y Refugiados ubicado en 17ª. Xxxxx xxxxxxxx Xx. 0 xxxxx 0x x 0x Xxxxxxx Xxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx, Xxxx. IMPORTANTE: Los Términos de Referencia (TOR) y las Especificaciones técnicas exactas de los requerimientos se detallan en los Anexos A, B, B.1, B.2, B.3 y B.4 de este documento. ACNUR podrá emitir un Contrato de Servicios por la duración estimada del proyecto. Favor de notar que los conceptos y partidas han sido redactados en orden que permita a los oferentes tener una indicación proyectada de los requerimientos solicitados. No representa un compromiso del ACNUR de contratación del total de los servicios. Los conceptos y las partidas de la construcción pueden variar y dependerán de los requerimientos y fondos disponibles regulados mediante la emisión de una Orden de Compra apegada al Acuerdo de Contrato. IMPORTANTE: Una vez adjudicado el Contrato, cualquiera de las partes podrá terminarlo con 45 días de notificación, en forma escrita. La iniciación de procedimientos de conciliación o arbitraje serán acordes al artículo 19 “Solución de Conflictos” de las Condiciones Generales de contrato para la Prestación de bienes y servicios del ACNUR” (Anexo E) Se recomienda leer cuidadosamente esta Solicitud de Propuesta y sus anexos. La falla en la presentación de la propuesta o la omisión de entrega de documentos en procesos citados podría resultar en descalificación del proceso de evaluación Subcontratación: Favor de prestar atención al artículo 5 del Anexo E “Condiciones Generales de contrato para la Prestación de bienes y servicios del ACNUR”

  • Procedimientos De Licitación Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO) Sección II. Datos de la Licitación (DDL) Sección III. Criterios de Evaluación y Calificación Sección IV. Formularios de la Oferta Sección V. Países Elegibles PARTE 2 –Requisitos de los Bienes y Servicios Sección VI. Lista de Requerimientos PARTE 3 – Contrato Sección VII. Condiciones Generales del Contrato (CGC) Sección VIII.

  • MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los OFERENTES deberán mantener y garantizar los términos de su Oferta por un período de VEINTE (20) días hábiles a contar desde la fecha del acto de apertura, prorrogables automáticamente por única vez en igual plazo, salvo que el OFERENTE manifieste en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de OFERTA, según lo establece el Art. Nº 13 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.

  • Desplazamientos Se entiende por desplazamiento el destino temporal del trabajador a un lugar distinto de su centro de trabajo habitual. Por un período de tiempo inferior a doce meses dentro de un período de tres años. Las empresas que deseen realizar desplazamientos que obliguen al trabajador a pernoctar fuera de su domicilio, deberán preavisar, por escrito, a los trabajadores afectados con los siguientes plazos:

  • PROCEDIMIENTOS La institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución previsto en el artículo 279 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas para la efectividad de la fianza, en relación con los artículos 166 y 178 de la propia ley.

  • CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O INCUMPLIMIENTO PARCIAL DE LA EJECUCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO 25.1.- En el caso de que el contratista realizara defectuosamente el objeto del contrato, el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato con incautación de la garantía constituida, o bien imponer una penalización económica proporcional a la gravedad del incumplimiento, en una cuantía que podrá alcanzar el 10 por 100 del presupuesto del contrato.

  • Iniciación del procedimiento Para someter la controversia al procedimiento de arbitraje, la parte reclamante dirigirá a la otra una comunicación escrita exponiendo la naturaleza del reclamo, la satisfacción o reparación que persigue y el nombre del árbitro que designa. La parte que hubiere recibido dicha comunicación deberá, dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) días, comunicar a la parte contraria el nombre de la persona que designe como árbitro. Si dentro del plazo de treinta (30) días, contado desde la entrega de la comunicación referida al reclamante, las partes no se hubieren puesto de acuerdo en cuanto a la persona del Dirimente, cualquiera de ellas podrá recurrir ante el Secretario General de la Organización de los Estados Americanos para que éste proceda a la designación.