Autorización para contratar Cláusulas de Ejemplo

Autorización para contratar. En el caso de personas jurídicas proponentes en las cuales sus representantes legales estén limitados para actuar en la presente LICITACIÓN PÚBLICA, se requerirá que el Órgano Directivo competente emita la correspondiente autorización, en la que se indicará lo siguiente:
Autorización para contratar. Artículo 86. Abstención y recusación.
Autorización para contratar. 1. Los órganos de contratación de los departamentos ministeriales, organismos autónomos, Agencias Estatales y entidades de derecho público estatales, así como los de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguri- dad Social, necesitarán la autorización del Consejo de Ministros para celebrar contratos en los siguientes supuestos:
Autorización para contratar. En caso de existir límites estatutarios a las facultades del representante legal para presentar propuesta, asociarse o contratar, se debe presentar copia de la autorización del órgano competente, en la cual se le faculte para presentar la propuesta y celebrar el contrato, en caso de ser favorecida la propuesta, o en su defecto certificación del Secretario del órgano competente donde conste la autorización.
Autorización para contratar. En caso de existir limitaciones en las facultades del representante legal señaladas en los estatutos, el proponente deberá anexar copia del Acta de Junta de Socios o Junta Directiva u órgano competente, según el caso, donde se le autorice para comprometer a la sociedad en la contratación y suscribir los documentos que se requieran en su desarrollo y para constituir el consorcio o la unión temporal, si a ello hubiere lugar. Cuando el oferente actúe a través de un representante o apoderado deberá acreditar, mediante documento legalmente expedido, que su representante o apoderado está expresamente facultado para presentar la oferta y firmar el contrato respectivo. Los oferentes extranjeros sin sucursal o domicilio en Colombia deberán presentar sus propuestas a través de apoderado facultado para tal fin, con arreglo a las disposiciones legales que rigen la materia. La persona natural o jurídica de origen extranjero, que no sea residente en Colombia, podrá presentar propuesta, previo cumplimiento de los requisitos generales establecidos para tal fin, aplicables a los oferentes nacionales con las excepciones del caso y especialmente cumpliendo los siguientes requisitos:
Autorización para contratar. 1. Los órganos de contratación de la Administración de la Comunidad Xxxxx y de sus Organismos Autónomos necesitarán la autorización del Gobierno xx Xxxxxxx para la celebración de los siguientes contratos:
Autorización para contratar. En caso de existir limitaciones en las facultades del representante legal señaladas en los estatutos, el proponente deberá anexar copia del Acta de Junta de Socios o Junta Directiva, u órgano competente, según el caso, donde se le autorice para comprometer a la sociedad en la contratación y suscribir los documentos que se requieran en su desarrollo y para constituir el consorcio o la unión temporal, si a ello hubiere lugar. Carta de presentación de la propuesta (Anexo N°2) y Carta de confidencialidad La evaluación técnica será realizada por la Comisión Evaluadora, con base en los criterios de adjudicación detallados en este apartado. Dentro del documento de propuesta técnica a presentar por el proponente, se evaluará lo siguiente:
Autorización para contratar. En caso de existir limitaciones en las facultades del representante legal señaladas en los estatutos, el proponente deberá anexar copia del Acta de Junta de Socios o Junta Directiva, según el caso, donde se le autorice para comprometer a la sociedad en la contratación y suscribir los documentos que se requieran en su desarrollo y para constituir el consorcio o la unión temporal, si a ello hubiere lugar. Cuando el oferente actúe a través de un representante o apoderado deberá acreditar, mediante documento legalmente expedido, que su representante o apoderado está expresamente facultado para presentar la oferta y firmar el contrato respectivo.
Autorización para contratar. Artículo 325. Desconcentración. CAPÍTULO II.
Autorización para contratar. Si el representante legal del proponente o de algunos de los integrantes del oferente plural requiere autorización de sus órganos de dirección, para presentar oferta y/o para suscribir el contrato, debe el proponente anexar los documentos que acrediten dicha autorización. En caso que el valor de la propuesta supere el monto de la autorización prevista en los estatutos para que el representante legal del proponente pueda presentar propuesta y contratar, debe anexar el respectivo documento donde previamente a la presentación de la propuesta se le faculte para presentar propuesta y contratar, mínimo, por el valor estimado. Para los eventos previstos en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993, el proponente deberá presentar (en original) el documento de constitución del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura en el cual deberá cumplirse lo siguiente o Identificación de cada uno de los integrantes, nombre, razón social, tipo y número de documento de identificación. o Expresar si la participación es a título de Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura. Si se trata de Unión Temporal, sus miembros deberán señalar los términos y extensión (actividades y porcentaje) de su participación en la propuesta y en su ejecución, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo y escrito del METRO CALI S.A. o Hacer la designación de la persona que tendrá la representación del proponente plural. o Señalar que la duración del proponente plural no será inferior a la del plazo de ejecución y liquidación del contrato y cinco (5) años más. o Se deberá indicar el nombre del proponente plural, el cual no podrá ser modificado dentro del proceso. En el evento que resultare adjudicatario, este será tenido en cuenta para la celebración del contrato y deberá corresponder con la identificación tributaria del proponente asociativo. o Las autorizaciones que los órganos de dirección otorguen a los representantes legales de las empresas integrantes de una propuesta conjunta deben cubrir como mínimo el presupuesto oficial del proceso. o Los integrantes del consorcio o unión temporal deberán cumplir, individualmente, con los requisitos establecidos como persona natural o jurídica según sea el caso, en relación al presente acápite denominado “Capacidad Jurídica”.