Common use of Aptitud y Capacidad Clause in Contracts

Aptitud y Capacidad. Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 71 de la LCSP, y en su caso, acrediten su solvencia económica y financiera y técnica, o, en los casos en que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas, o se permita legalmente acreditar la solvencia indistintamente mediante su clasificación. Asimismo, deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones temporales, se estará a lo dispuesto en los artículos 68, 67 y 69 de la LCSP, respectivamente. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato, ya que no es necesaria la formalización de la misma en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.

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Aptitud y Capacidad. Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 71 de la LCSP, y en su caso, acrediten su solvencia económica y económica, financiera y técnicatécnica o profesional, conforme a lo establecido en los artículos 86, 87 y 90 de la LCSP, o, en los casos en que así lo exija la Leyse exija, se encuentren debidamente clasificadas. Cuando fueran personas jurídicas deberán justificar que los fines, objeto o ámbito de actividad de la entidad comprende el desarrollo de todas las prestaciones que constituyen el objeto del contrato al que concurren. La acreditación se permita legalmente acreditar realizará mediante la solvencia indistintamente presentación de los estatutos sociales o reglas fundacionales inscritos en el Registro mercantil o en aquel otro registro oficial que corresponda en función del tipo de entidad social. Podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante su clasificaciónpoder bastante otorgado al efecto. AsimismoCuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las prohibiciones e incompatibilidades para contratar del artículo antes citado. Así mismo, los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones temporalesde empresarios, se estará a lo dispuesto en los artículos 6879, 67 80 y 69 81 de la LCSP, respectivamente. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx _ Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato, ya que no es necesaria . La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la formalización de la misma en escritura pública del contrato hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favorextinción. No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporaltemporal de empresarios, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Contratación De Los Seguros Privados Del Ayuntamiento De El Ejido Sujeta a Regulación Armonizada Por El Procemidiento Abierto, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Contratación Del Servicio De Dirección Letrada Al Ayuntamiento De El Ejido, Sus Organismos Autónomos Y a Sus Sociedades Mercantiles Públicas en Procedimientos Judiciales, Por Procedimiento Abierto Y Tramitación Ordinaria

Aptitud y Capacidad. 08/03/2018 Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 71 de la LCSP, y en su caso, acrediten su solvencia económica y financiera y técnica, o, en los casos en que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas, o se permita legalmente acreditar la solvencia indistintamente mediante su clasificación. Asimismo, deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. PUESTO DE TRABAJO: Secretario General de Gobierno Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones temporales, se estará a lo dispuesto en los artículos 68, 67 y 69 de la LCSP, respectivamente. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato, ya que no es necesaria la formalización de la misma en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras. A estos efectos, no podrán concurrir a la licitación, puesto que su participación puede suponer un trato privilegiado con respecto al resto de los licitadores, las empresas adjudicatarias de los contratos que tengan alguno de los siguientes objetos: redacción del proyecto, dirección facultativa, vigilancia, supervisión y/o control de las obras que son objeto de la licitación. Tampoco podrán concurrir las empresas a éstas vinculadas en el sentido en que son definidas en el artículo 42 del Código de Comercio, ni las empresas colaboradoras de los adjudicatarios de estos contratos.

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Aptitud y Capacidad. Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 71 de la LCSP, y en su caso, acrediten su solvencia económica y financiera y técnicatécnica o profesional, o, o se encuentren debidamente clasificadas en los casos en que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas, o legalmente se permita legalmente acreditar la solvencia indistintamente mediante su clasificación. Asimismo, deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones temporales, se estará a lo dispuesto en los artículos 6867, 67 68 y 69 de la del LCSP, respectivamente. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato, ya que no es necesaria la formalización de la misma en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC2455F137A8C19324980 FECHA DE FIRMA: HASH DEL CERTIFICADO: No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.

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Aptitud y Capacidad. Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 71 de la LCSP, y en su caso, acrediten su solvencia económica y financiera y técnicatécnica o profesional, o, o se encuentren debidamente clasificadas en los casos en que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas, o legalmente se permita legalmente acreditar la solvencia indistintamente mediante su clasificación. Asimismo, deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones temporales, se estará a lo dispuesto en los artículos 6867, 67 68 y 69 de la del LCSP, respectivamente. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato, ya que no es necesaria la formalización de la misma en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC288568819CCC7334584 FECHA DE FIRMA: HASH DEL CERTIFICADO: No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratacion De Servicios, Modelo Tipo, Mediante Procedimiento Abierto

Aptitud y Capacidad. Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 71 49 de la LCSP, y en su caso, acrediten su solvencia económica y económica, financiera y técnica, conforme a lo establecido en los artículos 63 a 65 de la LCSP, o, en los casos en que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas. Para las empresas no comunitarias, o comunitarias y uniones de empresarios, se permita legalmente acreditar estará a lo dispuesto en los artículos 44, 47 y 48 de la solvencia indistintamente mediante su clasificaciónLCSP, respectivamente. AsimismoAsí mismo, los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones temporales, se estará a lo dispuesto en los artículos 68, 67 y 69 de la LCSP, respectivamente. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato, ya que no es necesaria la formalización de la misma en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporaltemporal de empresarios, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras. Por tratarse de un contrato cuya cuantía es superior a 350.000 € euros, ésta es preceptiva, en virtud de lo establecido en el art. 54 de la LCSP y la Disposición Adicional Sexta del Real Decreto 9/2008, de 28 de noviembre. La clasificación exigida es la siguiente: Grupo G, Subgrupo 6, Categoría E Grupo E, Subgrupo 1, Categoría C Grupo K, Subgrupo 6, Categoría D Grupo A, Subgrupo 1, Categoría C Las obligaciones que se derivan para la Administración del cumplimiento del presente contrato no originan gasto económico para la misma, ya que la contraprestación a la que tiene que hacer frente el Ayuntamiento se realizará mediante el pago con los aprovechamientos que éste posee en la Unidad de Ejecución UE-SU-5.

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Samples: Pliego De Condiciones Jurídico Administrativas Para La Selección Mediante Procedimiento

Aptitud y Capacidad. Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 71 de la LCSP, LCSP y en su caso, acrediten su solvencia económica y financiera y técnicatécnica o profesional, oconforme a lo establecido en los artículos 86, 87 y 90 de la LCSP. Cuando, por así determinarlo la normativa aplicable, se le requirieran a la persona contratista determinados requisitos relativos a su organización, destino de sus beneficios, sistema de financiación u otros para poder participar en el correspondiente procedimiento de adjudicación, estos deberán ser acreditados por la persona licitadora al concurrir en el mismo. Se indicarán, en los casos su caso, en que así lo exija el Anexo I. Cód. Validación: 92LKADZGXGTPPD9APWF6FTXDE | Verificación: xxxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la Ley, se encuentren debidamente clasificadas, o se permita legalmente acreditar la solvencia indistintamente mediante su clasificación. plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 69 Asimismo, deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación las prestaciones que constituya constituyan el objeto del contrato. , según lo indicado en el Anexo I. Las personas jurídicas sólo solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Para las empresas comunitarias o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, empresas no comunitarias, comunitarias y uniones temporalesde empresarios, se estará a lo dispuesto en los artículos 6867, 67 68 y 69 de la LCSP, LCSP respectivamente. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Los empresarios Las personas empresarias que concurran agrupados agrupadas en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, obligadas solidariamente y deberán nombrar un a una persona representante o apoderado único apoderada única de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, deberán indicar los nombres y circunstancias de los las que la constituyan y la participación de cada unouna, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios ser adjudicatarias del contrato. XXXXX Xxxxxx xxx Xxxxx 1, ya XXXXXXX. 21730 (Huelva). Tfno. 000000000. Fax: 000000000 // xxx.xxxxxxx.xx El órgano de contratación tomará las medidas adecuadas para garantizar que no es necesaria la formalización participación en la licitación de la misma en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado previamente en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato o hubieran asesorado al órgano de contratación durante la preparación del procedimiento de contratación, no falsee la competencia, indicándose dichas medidas en el Anexo I. Entre esas medidas podrá llegar a establecerse que las citadas empresas, y las empresas a ellas vinculadas, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio, puedan ser excluidas de dichas licitaciones, cuando no haya otro medio de garantizar el cumplimiento del principio de igualdad de trato. En todo caso, antes de proceder a la exclusión de la persona candidata o licitadora que participó en la preparación del contrato, por sí deberá dársele audiencia para que justifique que su participación en la fase preparatoria no puede tener el efecto de falsear la competencia o mediante unión temporal, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer de dispensarle un trato 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras. Entre las medidas para garantizar que en la participación en la licitación no se falsee la competencia se encontrarán la comunicación a los demás personas candidatas o licitadoras de la información intercambiada en el marco de la participación en la preparación del procedimiento de contratación o como resultado de ella, y el establecimiento de plazos adecuados para la presentación de ofertas. De conformidad con lo establecido en el artículo 336.1, j) de la LCSP, las medidas adoptadas se consignarán en los informes específicos sobre los procedimientos para la adjudicación de los contratos. No obstante lo anterior, la participación en una consulta preliminar xxx xxxxxxx no impide la posterior intervención en el procedimiento de contratación, en los términos establecidos en el artículo 115.3 in fine LCSP.

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Aptitud y Capacidad. Están facultadas para contratar Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad aptitud para contratar. En relación a las Uniones Temporales de obrarEmpresarios, no estén incursas la alteración de su composición así como los supuestos de modificación durante la licitación se estará a lo dispuesto en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 71 69, apartados 8 y siguientes. En los casos de fusión de empresas en los que participe la sociedad contratista, continuará el contrato vigente con la entidad absorbente o con la resultante de la LCSPfusión, que quedará subrogada en todos los derechos y en su caso, acrediten su solvencia económica y financiera y técnica, oobligaciones dimanantes del mismo. Igualmente, en los casos supuestos de escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de actividad de las mismas, continuará el contrato con la entidad a la que se atribuya el contrato, que quedará subrogada en los derechos y obligaciones dimanantes del mismo, siempre que así lo exija reúna las condiciones de capacidad, ausencia de prohibición de contratar, y la Leysolvencia exigida al acordarse al adjudicación o que las diversas sociedades beneficiarias de las mencionadas operaciones y, en caso de subsistir, la sociedad de la que provengan el patrimonio, empresas o ramas segregadas, se encuentren debidamente clasificadas, o se permita legalmente acreditar la solvencia indistintamente mediante su clasificación. Asimismo, deberán contar responsabilicen solidariamente con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización aquellas de la actividad o prestación que constituya el objeto ejecución del contrato. Si no pudiese producirse la subrogación por no reunir la entidad a la que se atribuya el contrato las condiciones de solvencia necesarias se resolverá el contrato, considerándose a todos los efectos como un supuesto de resolución por culpa del adjudicatario. A los efectos anteriores la empresa deberá comunicar al órgano de contratación la circunstancia que se hubiere producido. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Para Los contratistas deberán contar asimismo con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. En relación con las empresas comunitarias o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y empresas no comunitarias, comunitarias y uniones temporales, se estará a será de aplicación lo dispuesto en los artículos 68, 67 y 69 de la 68 LCSP, respectivamente. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato, ya que no es necesaria la formalización de la misma en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.

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Aptitud y Capacidad. Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 71 49 de la LCSP, y en su caso, acrediten su solvencia económica y económica, financiera y técnicatécnica o profesional, conforme a lo establecido en los artículos 63, 64 y 67 de la LCSP, o, en los casos en que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas. Así mismo, o se permita legalmente acreditar la solvencia indistintamente mediante su clasificación. Asimismo, los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones temporalesde empresarios, se estará a lo dispuesto en los artículos 6844, 67 47 y 69 48 de la LCSP, respectivamente. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato, ya que no es necesaria la formalización de la misma en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporaltemporal de empresarios, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que, Como Ley Fundamental Regirá La Adjudicacion Del Contrato Del Servicio De Escuela Municipal De Música, Mediante Procedimiento Negociado Sin Publicidad

Aptitud y Capacidad. Están facultadas para Podrán contratar con la Administración Regional y presentar proposiciones, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, extranjeras que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna una prohibición de contratar de las prohibiciones de contratar que señala el artículo previstas en art. 71 de la LCSP y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional conforme a lo establecido en los artículos 86, 87 y 90 de la LCSP. Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, y según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CARM-e4db0088-2ad1-919f-d9a0-0050569b6280 Cuando, por así determinarlo la normativa aplicable, se le requirieran al contratista determinados requisitos relativos a su organización, destino de sus beneficios, sistema de financiación u otros para poder participar en el correspondiente procedimiento de adjudicación, estos deberán ser acreditados por el licitador al concurrir en el mismo. Se indicarán, en su caso, acrediten su solvencia económica y financiera y técnica, o, en los casos en que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas, o se permita legalmente acreditar la solvencia indistintamente mediante su clasificación. el ANEXO I. Asimismo, deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación las prestaciones que constituya constituyan el objeto del contrato. , según lo indicado en el ANEXO I. 07/02/2019 13:13:38 Las personas jurídicas sólo solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Para las empresas comunitarias o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, empresas no comunitarias, comunitarias y uniones temporalesde empresarios, se estará a lo dispuesto en los artículos 6867, 67 68 y 69 de la LCSP, LCSP respectivamente. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Los empresarios Las empresas que concurran agrupados agrupadas en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, obligadas solidariamente y deberán nombrar un a una persona representante o apoderado único apoderada única de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, deberán indicar los nombres y circunstancias de los las que la constituyan y la participación de cada unouna, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios ser adjudicatarias del contrato, ya que no es necesaria la formalización de la misma en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Servicio Mediante Procedimiento Negociado Sin Publicidad

Aptitud y Capacidad. PUESTO DE TRABAJO: Secretario General de Gobierno Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 71 de la LCSP, y en su caso, acrediten su solvencia económica y financiera y técnica, o, en los casos en que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas, o se permita legalmente acreditar la solvencia indistintamente mediante su clasificación. Asimismo, deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones temporales, se estará a lo dispuesto en los artículos 68, 67 y 69 de la LCSP, respectivamente. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato, ya que no es necesaria la formalización de la misma en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras. FECHA DE FIRMA: HASH DEL CERTIFICADO: 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC28F66F64BC9CD7643BE A estos efectos, no podrán concurrir a la licitación, puesto que su participación puede suponer un trato privilegiado con respecto al resto de los licitadores, las empresas adjudicatarias de los contratos que tengan alguno de los siguientes objetos: redacción del proyecto, dirección facultativa, vigilancia, supervisión y/o control de las obras que son objeto de la licitación. Tampoco podrán concurrir las empresas a éstas vinculadas en el sentido en que son definidas en el artículo 42 del Código de Comercio, ni las empresas colaboradoras de los adjudicatarios de estos contratos.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratacion De Obras, Modelo Tipo, Mediante Procedimiento Abierto Simplificado

Aptitud y Capacidad. Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 71 de la LCSP, y en su caso, acrediten su solvencia económica y financiera y técnicatécnica o profesional, o, o se encuentren debidamente clasificadas en los casos en que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas, o legalmente se permita legalmente acreditar la solvencia indistintamente mediante su clasificación. Asimismo, deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones temporales, se estará a lo dispuesto en los artículos 6867, 67 68 y 69 de la del LCSP, respectivamente. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato, ya que no es necesaria la formalización de la misma en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC2E13B7CEBC3DEE846BE FECHA DE FIRMA: HASH DEL CERTIFICADO: No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratacion De Servicios, Modelo Tipo, Mediante Procedimiento Con Negociación

Aptitud y Capacidad. Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 71 49 de la LCSP, y en su caso, acrediten su solvencia económica y económica, financiera y técnica, conforme a lo establecido en los artículos 63 a 65 de la LCSP, o, en los casos en que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas. Para las empresas no comunitarias, o comunitarias y uniones de empresarios, se permita legalmente acreditar estará a lo dispuesto en los artículos 44, 47 y 48 de la solvencia indistintamente mediante su clasificaciónLCSP, respectivamente. AsimismoDe conformidad con la Disposición Adicional Sexta del Real Decreto-ley 9/2008, de 28 de noviembre, por el que se crea un Fondo Estatal de Inversión Local, no será exigible la clasificación en los contratos de obras de valor inferior a 350.000,00 euros. Así mismo, los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones temporales, se estará a lo dispuesto en los artículos 68, 67 y 69 de la LCSP, respectivamente. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato, ya que no es necesaria la formalización de la misma en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporaltemporal de empresarios, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Obras Acogidas Al Programa De Transición Al Empleo De La Junta De Andalucía Mediante Procedimiento Abierto. Proyecto Vallado Y Caseta De Control en El Cuartel De La Policia en Huerta Del Rasillo

Aptitud y Capacidad. Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 71 de la LCSP, LCSP y en su caso, acrediten su solvencia económica y económica, financiera y técnicatécnica o profesional, o, conforme a lo establecido en los casos la LCSP y en que así lo exija este pliego. Los licitadores deberán tener la Ley, se encuentren debidamente clasificadas, o se permita legalmente acreditar la solvencia indistintamente mediante su clasificación. Asimismo, deberán consideración de operadores postales y contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible las habilitaciones exigidas para la realización de la actividad o prestación las prestaciones que constituya constituyen el objeto del presente contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias En particular deberán disponer de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro una autorización administrativa singular para la prestación de los finesservicios postales incluidos en el ámbito del Servicio Postal Universal. Los licitadores deberán acreditar inscripción vigente en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales, objeto o gestionado por el Ministerio de Fomento, relativa a operadores postales incluidos en el ámbito de actividad queServicio Postal Universal (Secciones A y B). Las empresas licitadoras deberán asimismo disponer de las habilitaciones, a tenor licencias o permisos legalmente necesarios que precisen las actividades objeto de sus propios estatutos contrato, ya sean de carácter estatal, autonómico o reglas fundacionales, les sean propioslocal. Para las Las empresas no comunitarias, comunitarias y que concurran agrupadas en uniones temporales, se estará a lo dispuesto en los artículos 68, 67 y 69 de la LCSP, respectivamente. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, obligadas solidariamente y deberán nombrar un una persona representante o apoderado único apoderada única de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, cada una de las empresas que desee concurrir en unión temporal, deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, de conformidad con lo establecido en el presente pliego, acumulándose a efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal las características acreditadas para cada una de las integrantes de la misma, sin perjuicio de lo que para la clasificación se establece en el artículo 52 del RGLCAP; y deberán indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los las empresas que la constituyan y suscriban, la participación de cada unouna de ellas, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato, ya que no es necesaria la formalización de la misma en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favorUnión Temporal (Anexo 1. Apartado 2). No podrán concurrir a las licitaciones la presente licitación empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporalacuerdo marco, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Corregido Por Resolución De

Aptitud y Capacidad. Están facultadas para Sólo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar de las prohibiciones de contratar que señala el señaladas en al artículo 71 de la LCSPLCSP 2017, y en su caso, acrediten su solvencia económica y financiera y técnicatécnica o profesional. Cuando, o, en los casos en que por así lo exija determinarlo la Leynormativa aplicable, se encuentren debidamente clasificadasle requirieran al contratista determinados requisitos relativos a su organización, o se permita legalmente acreditar la solvencia indistintamente mediante su clasificacióndestino de sus beneficios, sistema de financiación u otros para poder participar en el correspondiente procedimiento de adjudicación, estos deberán ser acreditados por el licitador al concurrir en el mismo. Asimismo, Los contratistas deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, Código Seguro De Verificación: HA6V7rB1F7SfPqfksnI0NA== Estado Fecha y hora Firmado Por Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Firmado 11/10/2019 13:50:12 Observaciones Página 7/36 Url De Verificación xxxxx://xxxx.xxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxx/xxxx/XX0X0xX0X0XxXxxxxxX0XX== xxxxx://xxxx.xxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxx/xxxx/XX0X0xX0X0XxXxxxxxX0XX== ÁREA DE SECRETARÍA GENERAL en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación las prestaciones que constituya el contribuyan al objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Para propios En lo que respecta a las empresas comunitarias o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones temporales, se estará a lo dispuesto en los artículos 68, 67 68 y 69 LCSP 2017. Podrán contratar con el sector público las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin perjuicio de las facultades de la Mesa de Contratación cuando existan indicios de colusión, conforme al artículo 69 LCSP, respectivamentesin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente, ya que no es necesaria al menos, con la formalización del contrato hasta su extinción. El órgano de contratación competente de la misma Entidad Local adoptará las medidas adecuadas para garantizar que la participación en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. No podrán concurrir a licitación de las licitaciones empresas que hubieran participado previamente en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contratocontrato o hubieran asesorado al órgano de contratación durante la preparación del procedimiento de contratación, por sí o mediante unión temporalno falsee la competencia. Entre tales medidas podrá llegar a establecerse que las citadas empresas, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F privilegiado con respecto al resto de y las empresas licitadorasa ellas vinculadas, puedan ser excluidas, cuando no haya otro medio de garantizar el cumplimiento del principio de igualdad de trato.

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Samples: www.medinasidonia.es

Aptitud y Capacidad. Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 71 de la LCSP60 del TRLCSP, y en su caso, acrediten su solvencia económica y económica, financiera y técnicatécnica o profesional, conforme a lo establecido en los artículos 74, 75 y 78 del TRLCSP, o, en los casos en que así lo exija la Leyse exija, se encuentren debidamente clasificadas. Cuando fueran personas jurídicas deberán justificar que los fines, objeto o ámbito de actividad de la entidad comprende el desarrollo de todas las prestaciones que constituyen el objeto del contrato al que concurren. La acreditación se permita legalmente acreditar realizará mediante la solvencia indistintamente presentación de los estatutos sociales o reglas fundacionales inscritos en el Registro mercantil o en aquel otro registro oficial que corresponda en función del tipo de entidad social. De conformidad con lo previsto en el art. 146.4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), en su redacción dada por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la aportación inicial de la documentación establecida en el apartado 1 de este artículo, se sustituirá por la declaración responsable del licitador redactada conforme al modelo que se adjunta como anexo III. Podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante su clasificaciónpoder bastante otorgado al efecto. AsimismoCuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las prohibiciones e incompatibilidades para contratar del artículo antes citado. Los poderes y documentos acreditativos de la personalidad se acompañarán a la proposición bastanteados por la Secretaría Municipal, a cuyo efecto deberían ser presentados previamente, con una anticipación mínima de veinticuatro horas a la entrega de la proposición. Así mismo, los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones temporalesde empresarios, se estará a lo dispuesto en los artículos 6855, 67 58 y 69 de la LCSP59 del TRLCSP, respectivamente. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato, ya que no es necesaria la formalización de la misma en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Del Servicio De Escuelas Deportivas Municipales De Balonmano, Ciclismo, Montañismo, Patinaje Y Triatlón Del Instituto Municipal De Deportes De El Ejido, Por El Procedimiento De Negociado Con Publicidad

Aptitud y Capacidad. Están facultadas para contratar las Las personas naturales jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o jurídicasámbito de actividad que, españolas a tenor de sus estatutos o extranjerasreglas fundacionales, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 71 de la LCSP, y en su caso, acrediten su solvencia económica y financiera y técnica, o, en los casos en que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas, o se permita legalmente acreditar la solvencia indistintamente mediante su clasificaciónles sean propios. Asimismo, Los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Para las empresas comunitarias o de espacios signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, no comunitarias, comunitarias y uniones temporales, temporales se estará a lo dispuesto en los artículos 6867, 67 68 y 69 de la LCSP, respectivamente. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Podrán presentar ofertas las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, cada uno de los empresarios que desee concurrir en unión temporal de empresas, deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, de conformidad con lo establecido en el presente pliego; y deberán indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyan y suscriban, la participación de cada uno, así como uno de ellos. y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal Unión Temporal, en caso de resultar adjudicatarios del contratoadjudicatarios. En el momento de presentar la oferta, ya que no es necesaria la formalización deberán acompañar a ésta el compromiso de constitución de la misma unión, que deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la misma. De conformidad con la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de fecha 24 de septiembre de 2018, para la presente licitación no se exige que los licitadores se encuentren inscritos en escritura pública hasta el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en el Registro Oficial de Licitadores de Castilla-La Mancha. En los términos indicados por el artículo 70 LCSP, el órgano de contratación tomará las medidas adecuadas para garantizar que se haya efectuado la adjudicación a su favor. No podrán concurrir a participación en la licitación de las licitaciones empresas que hubieran participado previamente en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contratocontrato o hubieran asesorado al órgano de contratación durante la preparación del procedimiento de contratación, por sí o mediante unión temporal, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a no falsee la libre concurrencia o suponer un trato 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadorascompetencia.

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Samples: mnhlicitaciones.com

Aptitud y Capacidad. Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 71 de la LCSP, y en su caso, acrediten su solvencia económica y económica, financiera y técnicatécnica o profesional, conforme a lo establecido en los artículos 86, 87 y 90 de la LCSP, o, en los casos en que así lo exija la Leyse exija, se encuentren debidamente clasificadas. Cuando fueran personas jurídicas deberán justificar que los fines, objeto o ámbito de actividad de la entidad comprende el desarrollo de todas las prestaciones que constituyen el objeto del contrato al que concurren. La acreditación se permita legalmente acreditar realizará mediante la solvencia indistintamente presentación de los estatutos sociales o reglas fundacionales inscritos en el Registro mercantil o en aquel otro registro oficial que corresponda en función del tipo de entidad social. Podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante su clasificaciónpoder bastante otorgado al efecto. AsimismoCuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las prohibiciones e incompatibilidades para contratar del artículo antes citado. Los poderes y documentos acreditativos de la personalidad se acompañarán a la proposición bastanteados por la Secretaría Municipal, a cuyo efecto deberían ser presentados previamente, con una anticipación mínima de veinticuatro horas a la entrega de la proposición. Así mismo, los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones temporalesde empresarios, se estará a lo dispuesto en los artículos 68, 67 y 69 de la del LCSP, respectivamente. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato, ya que no es necesaria . La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la formalización de la misma en escritura pública del contrato hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favorextinción. No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporaltemporal de empresarios, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Del Servicio De Escuelas Deportivas Municipales De Gimnasia Ritmica, Fútbol Sala

Aptitud y Capacidad. PUESTO DE TRABAJO: Secretario General de Gobierno Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 71 de la LCSP, y en su caso, acrediten su solvencia económica y financiera y técnicatécnica o profesional, o, o se encuentren debidamente clasificadas en los casos en que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas, o legalmente se permita legalmente acreditar la solvencia indistintamente mediante su clasificación. Asimismo, deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones temporales, se estará a lo dispuesto en los artículos 6867, 67 68 y 69 de la del LCSP, respectivamente. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato, ya que no es necesaria la formalización de la misma en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.. Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC2D814C69EE5623143A0

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratacion De Servicios, Modelo Tipo, Mediante Procedimiento Abierto Simplificado

Aptitud y Capacidad. Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo art. 71 de la LCSP, y en su caso, acrediten su solvencia económica y financiera y técnica, oconforme a lo establecido en los arts. 86, 87 y 90 de la LCSP. Cuando, por así determinarlo la normativa aplicable, se le requirieran a la persona contratista determinados requisitos relativos a su organización, destino de sus beneficios, sistema de financiación u otros para poder participar en el correspondiente procedimiento de adjudicación, estos deberán ser acreditados por la persona licitadora al concurrir en el mismo. Se indicarán, en los casos su caso, en que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas, o se permita legalmente acreditar la solvencia indistintamente mediante su clasificación. el ANEXO I letra H. Asimismo, deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación las prestaciones que constituya constituyan el objeto del contrato. , según lo indicado en el ANEXO I letra H. Las personas jurídicas sólo solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Para las empresas comunitarias o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, empresas no comunitarias, comunitarias y uniones temporalesde empresarios, se estará a lo dispuesto en los artículos 68arts. 67, 67 68 y 69 de la LCSP, LCSP respectivamente. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Los empresarios Las personas empresarias que concurran agrupados agrupadas en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, obligadas solidariamente y deberán nombrar un a una persona representante o apoderado único apoderada única de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, deberán indicar los nombres y circunstancias de los las que la constituyan y la participación de cada unouna, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios ser adjudicatarias del contrato, ya . La duración de las uniones temporales de empresas será coincidente con la del contrato hasta su extinción. El órgano de contratación tomará las medidas adecuadas para garantizar que no es necesaria la formalización participación en la licitación de la misma en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado previamente en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato o hubieran asesorado al órgano de contratación durante la preparación del procedimiento de contratación, no falsee la competencia. Entre esas medidas podrá llegar a establecerse que las citadas empresas, y las empresas a ellas vinculadas, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el art. 42 del Código de Comercio, puedan ser excluidas de dichas licitaciones, cuando no haya otro medio de garantizar el cumplimiento del principio de igualdad de trato. En todo caso, antes de proceder a la exclusión del candidato o licitador que participó en la preparación del contrato, por sí deberá dársele audiencia para que justifique que su participación en la fase preparatoria no puede tener el efecto de falsear la competencia o mediante unión temporal, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer de dispensarle un trato 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras. Entre las medidas para garantizar que en la participación en la licitación no se falsee la competencia se encontrarán la comunicación a las demás personas licitadoras de la información intercambiada en el marco de la participación en la preparación del procedimiento de contratación o como resultado de ella, y el establecimiento de plazos adecuados para la presentación de ofertas. No obstante lo anterior, la participación en una consulta preliminar xxx xxxxxxx no impide la posterior intervención en el procedimiento de contratación, en los términos establecidos en el art. 115.3 in fine LCSP.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares De La Contratacion, Mediante Procedimiento Abierto, De Un Servicio De Vigilantes De Seguridad Y Auxiliares De Información en El Circuito De Jerez

Aptitud y Capacidad. Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 71 de la LCSP60 del TRLCSP, y en su caso, acrediten su solvencia económica y económica, financiera y técnicatécnica o profesional, conforme a lo del contrato: Servicios de interpretación artística de una banda de música. Nº de Expediente: SE-04/17 3 6322F5C8FE5EFF1493EE Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xx (Validación de documentos) Firmado por el Alcalde X. XXXXX XXXXXXXX XXXX el 17/3/2017 pie_firma_corto_dipu_01 Objeto establecido en los artículos 74, 75 y 78 del TRLCSP, o, en los casos en que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas. Así mismo, o se permita legalmente acreditar la solvencia indistintamente mediante su clasificación. Asimismo, los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones temporalesde empresarios, se estará a lo dispuesto en los artículos 6855, 67 58 y 69 de la LCSP59 del TRLCSP, respectivamente. NOMBRETfno: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx 957.500410 • Fax: 957.591119 Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato, ya que no es necesaria la formalización de la misma en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporaltemporal de empresarios, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Servicios Por El Excmo. Ayuntamiento De Lucena, Mediante Procedimiento Abierto O Restringido

Aptitud y Capacidad. Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 71 de la LCSP60 del TRLCSP, y en su caso, acrediten su solvencia económica y económica, financiera y técnicatécnica o profesional, conforme a lo establecido en los artículos 74, 75 y 78 del TRLCSP, o, en los casos en que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas, o se permita legalmente acreditar la solvencia indistintamente mediante su clasificación. Asimismo, los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propiospropios (art. 57.1 TRLCSP) . Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones temporaleslas comunitarias, se estará a lo dispuesto en los artículos 68, 67 55 y 69 de la LCSP58 del TRLCSP, respectivamente. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales (art. 59 TRLCSP) quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato, ya que no es necesaria la formalización de la misma en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporaltemporal de empresarios, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoraslicitadoras (art. 57.1 TRLCSP).

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Samples: Contrato De Servicios

Aptitud y Capacidad. Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 71 de la LCSP, LCSP y en su caso, acrediten su solvencia económica y financiera y técnicatécnica o profesional, oconforme a lo estableci - do en los artículos 86, 87 y 90 de la LCSP. Cuando, por así determinarlo la normativa aplicable, se le requirieran a la persona contratista determinados requisitos relativos a su organización, destino de sus beneficios, sistema de financiación u otros para poder participar en el correspondiente procedimiento de adjudicación, estos deberán ser acreditados por la perso- na licitadora al concurrir en el mismo. Se indicarán, en los casos su caso, en que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas, o se permita legalmente acreditar la solvencia indistintamente mediante su clasificación. el anexo I. Asimismo, deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación las prestaciones que constituya constituyan el objeto del contrato. , según lo indicado en el anexo I. Las personas jurídicas sólo solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionalesfundaciona- les, les sean propios. Para las empresas comunitarias o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, empresas no comunitarias, comunitarias y uniones temporalesde empresarios, se estará a lo dispuesto en los artículos 6867, 67 68 y 69 de la LCSP, LCSP respectivamente. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Los empresarios Las personas empresarias que concurran agrupados agrupadas en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, obligadas solidaria- mente y deberán nombrar un a una persona representante o apoderado único apoderada única de la unión con poderes bastantes bastan- tes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, deberán indicar los nombres y circunstancias de los las que la constituyan y la participación de cada unouna, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente formalmen- te en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios ser adjudicatarias del contrato, ya . El órgano de contratación tomará las medidas adecuadas para garantizar que no es necesaria la formalización participación en la licitación de la misma en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado previamente en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato o hubieran asesorado al órgano de contratación durante la pre- paración del procedimiento de contratación, no falsee la competencia. Entre esas medidas podrá llegar a es- tablecerse que las citadas empresas, y las empresas a ellas vinculadas, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio, puedan ser ex- cluidas de dichas licitaciones, cuando no haya otro medio de garantizar el cumplimiento del principio de igualdad de trato. En todo caso, antes de proceder a la exclusión de la persona candidata o licitadora que participó en la pre- paración del contrato, por sí deberá dársele audiencia para que justifique que su participación en la fase preparato - ria no puede tener el efecto de falsear la competencia o mediante unión temporal, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer de dispensarle un trato 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras. Entre las medidas para garantizar que en la participación en la licitación no se falsee la competencia se en - contrarán la comunicación a los demás personas candidatas o licitadoras de la información intercambiada en el marco de la participación en la preparación del procedimiento de contratación o como resultado de ella, y el establecimiento de plazos adecuados para la presentación de ofertas. De conformidad con lo esta- blecido en el artículo 336.1, j) de la LCSP, las medidas adoptadas se consignarán en los informes específi- cos sobre los procedimientos para la adjudicación de los contratos. No obstante lo anterior, la participación en una consulta preliminar xxx xxxxxxx no impide la posterior inter- vención en el procedimiento de contratación, en los términos establecidos en el artículo 115.3 in fine LCSP.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Mediante Pro Cedimiento Abierto Sujeto a Regulación Armonizada Por Sociedad Andaluza

Aptitud y Capacidad. PUESTO DE TRABAJO: Secretario General de Gobierno Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 71 de la LCSP, y en su caso, acrediten su solvencia económica y financiera y técnica, o, en los casos en que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas, o se permita legalmente acreditar la solvencia indistintamente mediante su clasificación. Asimismo, deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones temporales, se estará a lo dispuesto en los artículos 68, 67 y 69 de la LCSP, respectivamente. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato, ya que no es necesaria la formalización de la misma en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.

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Samples: www.toledo.es