Common use of APODERADO Clause in Contracts

APODERADO. Los Proponentes podrán presentar ofertas directamente o por intermedio de apoderado, evento en el cual deberán anexar el poder, otorgado en legal forma, en el que se confiera al apoderado de manera clara y expresa facultades amplias y suficientes para actuar, obligar y responsabilizar a quien(es) representa en el trámite del presente proceso y en la suscripción del Contrato. El poder podrá estar contenido en un documento físico en un mensaje de datos. El apoderado podrá ser una persona natural o jurídica que en todo caso deberá tener domicilio permanente, para efectos de este proceso, en la República de Colombia, y deberá estar facultado para representar al Proponente y/o a todos los integrantes del Proponente Plural, a efectos de adelantar en su nombre de manera específica las siguientes actividades: (i) presentar oferta para el Proceso de Contratación que trata este Pliego; (ii) dar respuesta a los requerimientos y aclaraciones que solicite la Entidad en el curso del presente proceso; (iii) recibir las notificaciones a que haya lugar dentro del proceso (iv) suscribir el contrato en nombre y representación del adjudicatario así como el acta de terminación y liquidación, si a ello hubiere lugar. Las personas extranjeras que participen mediante un Proponente Plural podrán constituir un sólo apoderado común y, en tal caso, bastará para todos los efectos la presentación del poder común otorgado por todos los integrantes con los requisitos de autenticación, legalización o apostilla y traducción exigidos en el Código de Comercio de Colombia incluyendo los señalados en el Pliego de Condiciones. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución del Proponente Plural.

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APODERADO. Los Proponentes podrán presentar ofertas Propuestas directamente o por intermedio de apoderado, evento en el cual deberán anexar con la Propuesta el poder, otorgado en legal forma, en el que se confiera al apoderado apoderado, de manera clara y expresa expresa, facultades amplias y suficientes para suscribir la Carta de Presentación de la Propuesta, para actuar, obligar y responsabilizar a quien(es) representa todos y cada uno de los integrantes en el trámite del de la presente proceso Convocatoria Pública y en la suscripción del Contrato. El poder podrá estar contenido en un documento físico en un mensaje de datos. El apoderado podrá ser una persona natural o jurídica que en todo caso deberá tener domicilio permanente, para efectos de este procesoesta Convocatoria Pública, en la República de Colombia, y deberá estar facultado para representar al Proponente y/o a todos los integrantes del Proponente Plural, a efectos de adelantar en su nombre de manera específica las siguientes actividades: (i) presentar oferta Propuesta para el Proceso de Contratación la Convocatoria Pública que trata este Pliego; (ii) dar respuesta a los requerimientos y aclaraciones que solicite la Entidad Subred en el curso del de la presente procesoConvocatoria Pública; (iii) recibir las notificaciones a que haya lugar dentro del proceso (de la Convocatoria Pública iv) suscribir el contrato Contrato en nombre y representación del adjudicatario así como el acta de terminación y liquidación, si a ello hubiere lugarAdjudicatario. Las personas extranjeras que participen mediante un Proponente Plural podrán constituir un sólo apoderado común solo Apoderado Común y, en tal caso, bastará para todos los efectos la presentación del poder común otorgado por todos los integrantes del Proponente Plural con los requisitos de autenticación, legalización consularización y/o apostilla y traducción exigidos en el Código de Comercio de Colombia y en la Resolución 10547 de 2018 del Ministerio de Relaciones Exteriores incluyendo los señalados en el este Pliego de Condiciones. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución del Proponente Plural.

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APODERADO. Los Proponentes podrán presentar ofertas directamente o Si la propuesta se presenta por intermedio de apoderado, evento éste debe encontrarse debidamente facultado a través del respectivo poder que así lo acredite. Las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia deben acreditar en el cual deberán anexar el poderpaís un apoderado domiciliado en Colombia, otorgado debidamente facultado para presentar la propuesta, participar y comprometer a su representado en legal forma, en el que se confiera al apoderado de manera clara y expresa facultades amplias y suficientes para actuar, obligar y responsabilizar a quien(es) representa en el trámite las diferentes instancias del presente proceso de selección, suscribir los documentos y en declaraciones que se requieran, así como el contrato ofrecido, suministrar la suscripción del Contratoinformación que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con el presente pliego de condiciones, así como para representarla judicial o extrajudicialmente. El poder podrá estar contenido en un documento físico en un mensaje de datos. El Dicho apoderado podrá ser una persona natural o jurídica que en todo caso deberá tener domicilio permanente, para efectos de este proceso, en la República de Colombia, y deberá estar facultado para representar al Proponente y/o a todos los integrantes del Proponente Plural, a efectos de adelantar en su nombre de manera específica las siguientes actividades: (i) presentar oferta el mismo apoderado único para el Proceso caso de Contratación que trata este Pliego; (ii) dar respuesta a los requerimientos y aclaraciones que solicite la Entidad en el curso del presente proceso; (iii) recibir las notificaciones a que haya lugar dentro del proceso (iv) suscribir el contrato en nombre y representación del adjudicatario así como el acta de terminación y liquidación, si a ello hubiere lugar. Las personas extranjeras que participen mediante un Proponente Plural podrán constituir un sólo apoderado común yen consorcio o unión temporal, y en tal caso, caso bastará para todos los efectos efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los integrantes con los requisitos de autenticación, legalización participantes del consorcio o apostilla y traducción exigidos en el Código de Comercio de Colombia incluyendo los señalados en el Pliego de Condicionesunión temporal. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse otorga las facultades, en caso de ser expedido en el mismo acto exterior, debe cumplir todos y cada uno de constitución los requisitos legales exigidos para la validez y oponibilidad en Colombia de documentos expedidos en el exterior con el propósito que puedan obrar como prueba conforme a lo dispuesto en los artículos 251 Código General del Proponente Pluralproceso y demás normas vigentes. Se entenderá por propuesta conjunta, una propuesta presentada en consorcio o unión temporal. En tal caso se tendrá como proponente, para todos los efectos, el grupo conformado por la pluralidad de personas, y no las personas que lo conforman individualmente consideradas. Podrán participar consorcios y uniones temporales, para lo cual se debe cumplir los siguientes requisitos: asiste dentro del contrato de asociación.

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Samples: community.secop.gov.co

APODERADO. Los Proponentes podrán presentar ofertas directamente o Si la propuesta se presenta por intermedio de apoderado, evento éste debe encontrarse debidamente facultado a través del respectivo poder que así lo acredite. Las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia deben acreditar en el cual deberán anexar el poderpaís un apoderado domiciliado en Colombia, otorgado debidamente facultado para presentar la propuesta, participar y comprometer a su representado en legal forma, en el que se confiera al apoderado de manera clara y expresa facultades amplias y suficientes para actuar, obligar y responsabilizar a quien(es) representa en el trámite las diferentes instancias del presente proceso de selección, suscribir los documentos y en declaraciones que se requieran así como el contrato ofrecido, suministrar la suscripción del Contratoinformación que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con el presente pliego de condiciones, así como para representarla judicial o extrajudicialmente. El poder podrá estar contenido en un documento físico en un mensaje de datos. El Dicho apoderado podrá ser una persona natural o jurídica que en todo caso deberá tener domicilio permanente, para efectos de este proceso, en la República de Colombia, y deberá estar facultado para representar al Proponente y/o a todos los integrantes del Proponente Plural, a efectos de adelantar en su nombre de manera específica las siguientes actividades: (i) presentar oferta el mismo apoderado único para el Proceso caso de Contratación que trata este Pliego; (ii) dar respuesta a los requerimientos y aclaraciones que solicite la Entidad en el curso del presente proceso; (iii) recibir las notificaciones a que haya lugar dentro del proceso (iv) suscribir el contrato en nombre y representación del adjudicatario así como el acta de terminación y liquidación, si a ello hubiere lugar. Las personas extranjeras que participen mediante un Proponente Plural podrán constituir un sólo apoderado común yen consorcio o unión temporal, y en tal caso, caso bastará para todos los efectos efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los integrantes con los requisitos de autenticación, legalización participantes del consorcio o apostilla y traducción exigidos en el Código de Comercio de Colombia incluyendo los señalados en el Pliego de Condicionesunión temporal. El poder que otorga las facultades, en caso de ser expedido en el exterior, debe cumplir todos y cada uno de los requisitos legales exigidos para la validez y oponibilidad en Colombia de documentos expedidos en el exterior con el propósito que puedan obrar como prueba conforme a lo dispuesto en los artículos 251 Código General del proceso y demás normas vigentes. Se entenderá por propuesta conjunta, una propuesta presentada en consorcio o unión temporal. En tal caso se tendrá como proponente, para todos los efectos, el grupo conformado por la pluralidad de personas, y no las personas que lo conforman individualmente consideradas. Podrán participar consorcios y uniones temporales, para lo cual se debe cumplir los siguientes requisitos: La existencia del consorcio o de la unión temporal, y específicamente la circunstancia de tratarse de uno u otro, lo cual debe declararse de manera expresa en el acuerdo de asociación correspondiente, señalando las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos, los términos, actividades, condiciones y participación porcentual de los miembros del consorcio o la unión temporal en la propuesta y en la ejecución de las obligaciones atribuidas al contratista por el contrato ofrecido. Se debe dentro del acto de constitución, sea consorcio o unión temporal efectuar una descripción de las actividades que ha de desarrollar o ejecutar cada uno de sus integrantes respecto al objeto mismo y en relación directa con el porcentaje de participación que les asiste dentro del contrato de asociación. La existencia, representación, capacidad legal y capacidad jurídica de las personas jurídicas consorciadas o asociadas en unión temporal o consorcio, y la capacidad de sus representantes para la constitución del consorcio o unión temporal, así como de la propuesta para la presentación, celebración, ejecución y liquidación del contrato. Que cada una de las personas jurídicas integrantes del consorcio o unión temporal tengan un término mínimo de duración de un (1) año, contado a partir del vencimiento del plazo máximo para la entrega de los bienes y/o servicios o de la vigencia del contrato. La designación de un representante que debe estar facultado para actuar en nombre y representación del Consorcio o Unión Temporal. Igualmente debe designar un suplente que lo reemplace en los casos de ausencia temporal o definitiva. No se encuentre incurso en las causales de inhabilidad o incompatibilidad fijadas por la Constitución y la Ley, el proponente, alguno de los miembros del consorcio o Unión temporal o el representante legal. No se encuentre incurso en algunas de las causales de disolución o liquidación de sociedades el PROPONENTE o alguno de los miembros del consorcio o Unión temporal o el representante legal. Que el objeto social de cada uno de los miembros del proponente plural se encuentre directamente relacionado con el objeto del presnete proceso. Los requisitos relacionados con la existencia, representación y capacidad jurídica de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, respecto de las personas jurídicas o naturales que se refiere este párrafo podrá otorgarse asocien en consorcio o en unión temporal para la presentación de la propuesta, debe acreditarse conforme se indica en los numerales respectivos del presente pliego de condiciones. En todos los casos de propuestas presentadas por dos o más personas naturales y/o jurídicas, en las que no se exprese de manera clara y explícita la clase de asociación que se constituye (consorcio o unión temporal), se presumirá la intención de concurrir al proceso de selección en consorcio, con los efectos y consecuencias que dicha forma de asociación conlleve para los proponentes, de acuerdo con lo previsto en el mismo acto artículo 7 de constitución del Proponente Pluralla Ley 80 de 1993.

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Samples: Contrato De Compraventa