Common use of AMBITO FUNCIONAL Clause in Contracts

AMBITO FUNCIONAL. El acuerdo es de aplicación a las empresas y trabajadores del sector de hostelería. Se incluyen en el sector de hostelería todas las empresas que independientemente de su titularidad y fines perseguidos, realicen en instalaciones fijas o móviles y tanto de manera permanente como ocasional, actividades de alojamiento en hoteles, hostales, residencias, apartamentos que presten algún servicio hostelero, balnearios, albergues, pensiones, moteles, alojamientos rurales, camping y todos aquellos establecimientos que presten servicios de hospedaje en general; asimismo, se incluyen las empresas que presten servicios de productos listos para su consumo, tales como, restaurantes, establecimientos de Catering, "colectividades", "de comidas rápidas", "pizzerías", hamburgueserías, creperías, etc. cafés, bares, cafeterías, cervecerías, heladerías, chocolaterías, degustaciones, salones de té y similares, además de las xxxxx xx xxxxx o discotecas, cafés teatro, tablaos y similares; así como los servicios de comidas y/o bebidas en casinos, bingos; asimismo, billares, salones recreativos, los Ciber Café, así como los Salones de Maquinas de tipo B y las salas de mini parques infantiles. La citada relación no es exhaustiva, por lo que es susceptible de ser ampliada o complementada con actividades no incluidas en ella que figuren en la clasificación de actividades económicas actual o futura. La inclusión requerirá dictamen previo de la comisión paritaria de este acuerdo.

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Samples: Convenio Colectivo De Hosteleria, Convenio Colectivo De Hosteleria

AMBITO FUNCIONAL. El acuerdo Convenio Colectivo es de aplicación a las empresas empre- sas y trabajadores del sector de hosteleríaHostelería. Se incluyen en el sector de hostelería la Hostelería todas las empresas que independientemente independiente- mente de su titularidad y fines perseguidos, realicen en instalaciones insta- laciones fijas o móviles móviles, y tanto de manera permanente como ocasional, actividades de alojamiento en hoteles, hostales, residenciasre- sidencias, apartamentos que presten algún servicio hostelero, balnearios, albergues, pensiones, moteles, alojamientos ruralesrura- les, camping campings y todos aquellos establecimientos que presten servicios de hospedaje en general; asimismo, se incluyen las empresas que presten servicios de productos listos para su consumo, tales como, restaurantesres- taurantes, establecimientos de Catering, "catering "colectividades", "«de comidas rápidas", "comida rápida» pizzerías", hamburgueserías, creperías, etc. ., y cafés, bares, cafeterías, cervecerías, heladerías, chocolaterías, degustaciones, salones de té y similares, además de las xxxxx xx xxxxx o discotecas, cafés cafés-teatro, tablaos y similares; así como los servicios de comidas y/o bebidas en casinos, bingos; asimismoasi- mismo, billares, billares y salones recreativos, los Ciber Café, así como los Salones de Maquinas de tipo B y las salas de mini parques infantiles. La citada relación no es exhaustiva, por lo que es susceptible de ser ampliada o complementada con actividades no incluidas en ella que figuren en la clasificación de actividades activida- des económicas actual o futura. La inclusión requerirá dictamen dicta- men previo de la comisión paritaria Comisión Paritaria de este acuerdoConvenio.

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Samples: hispagua.cedex.es

AMBITO FUNCIONAL. El acuerdo es de aplicación a las empresas y trabajadores del sector de hostelería. Se incluyen en el sector de hostelería todas las empresas que independientemente de su titularidad y fines perseguidos, realicen en instalaciones fijas o móviles y tanto de manera permanente como ocasional, actividades de alojamiento en hoteles, hostales, residencias, apartamentos que presten algún servicio hostelero, balnearios, alberguesalber- gues, pensiones, moteles, alojamientos rurales, camping y todos aquellos aque- llos establecimientos que presten servicios de hospedaje en general; asimismo, se incluyen las empresas que presten servicios de productos listos para su consumo, tales como, restaurantes, establecimientos de Catering, "colectividades", "de comidas rápidas", "pizzerías", hamburgueseríashambur- gueserías, creperías, etc. cafés, bares, cafeterías, cervecerías, heladeríashelade- rías, chocolaterías, degustaciones, salones de té y similares, además además‌‌‌ de las xxxxx xx xxxxx o discotecas, cafés teatro, tablaos y similares; así como los servicios de comidas y/o bebidas en casinos, bingos; asimismoasimis- mo, billares, salones recreativos, los Ciber Café, así como los Salones de Maquinas de tipo B y las salas de mini parques infantiles. La citada relación no es exhaustiva, por lo que es susceptible de ser ampliada o complementada con actividades no incluidas en ella que figuren en la clasificación de actividades económicas actual o futura. La inclusión requerirá dictamen previo de la comisión paritaria de este acuerdo.

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Samples: Convenio Colectivo Para El Sector De Hostelería De Cantabria