Afectación en garantía Cláusulas de Ejemplo

Afectación en garantía. El(los) Contratante(s), el(los) Solicitante(s), en su caso y su(s) Obligado(s) Solidario(s), en términos de lo dispuesto por los Artículos 189 y 286 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, aceptan afectar y afectan en garantía del cumplimiento de las obligaciones que asumen en esta Póliza y/o endosos correspondientes integrantes a la misma y de las obligaciones que se garanticen con cada Certificado Individual de Seguro de Caución que se expida al amparo de esta Póliza , los bienes inmuebles de su propiedad a favor de la Aseguradora: (i) que se señalan en el presente instrumento; (ii) que se incorporen con posterioridad a la firma de esta Póliza a través de endosos correspondientes integrantes a la misma y (iii) los que se señalen por parte de la Aseguradora en carta de instrucción. Esta afectación surtirá efectos entre las partes, desde el momento mismo de la firma de la presente Póliza. El propietario firmante, asume frente a la Aseguradora respecto de los bienes otorgados en garantía, las obligaciones que corresponden a cualquier depositario, por lo que se abstendrá de: (i) gravarlos; (ii) afectarlos; (iii) enajenarlos, y (iv) rentarlos sin el previo consentimiento por escrito de la Aseguradora. El depositario responderá inclusive de la culpa levísima.
Afectación en garantía. Sin perjuicio de garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones contraídas con la COMPAÑIA ASEGURADORA, por virtud de este contrato, con todo su patrimonio EL(LOS) SOLICITANTE(S) Y/O FIADO(S) Y/O EL(LOS) OBLIGADO(S) SOLIDARIO(S) afecta(n) específicamente en garantía del cumplimiento de las mismas, los bienes que a continuación se detallan y que en su caso se señalan como anexo a este contrato y que manifiestan ser de su propiedad, declarando bajo protesta de decir verdad y en términos del Artículo 506 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, que los bienes que afectan en garantía no reportan ningún gravamen ni limitación de dominio al momento de firmar este instrumento, comprometiéndose a no gravarlos ni enajenarlos mientras se encuentren en vigor las pólizas de fianzas otorgadas a EL(LOS) SOLICITANTE(S) Y/O FIADO(S) Y/O EL(LOS) OBLIGADO(S) SOLIDARIO(S) o por petición de este(os) y/o cualquiera de los firmantes en los términos de este instrumento.
Afectación en garantía. El artículo 24 también menciona que no se requerirá recabar la garantía de recuperación respectiva, cuando bajo su responsabilidad la institución de fianzas considere, con base en elementos objetivamente comprobables, que el fiado o sus obligados solidarios, sean ampliamente solventes y tengan suficiente capacidad de pago.
Afectación en garantía. Sin perjuicio de garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones contraídas con la COMPAÑIA AFIANZADORA, por virtud de este contrato, con todo su patrimonio EL(LOS) SOLICITANTE(S) Y/O FIADO(S) Y/O EL(LOS) OBLIGADO(S) SOLIDARIO(S) afectan especialmente en garantía del cumplimiento de las mismas, los siguientes bienes que a continuación se detallan y que manifiestan ser de su propiedad y que declaran bajo protesta de decir verdad y en términos del Artículo 112 Bis-4 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, que los bienes que afectan en garantía no reportan ningún gravamen ni limitación de dominio al momento de esta firma, comprometiéndose a no gravarlos ni enajenarlos mientras se encuentren en vigor las fianzas otorgadas a EL(LOS) SOLICITANTE(S) Y/O FIADO(S) Y/O EL(LOS) OBLIGADO(S) SOLIDARIO(S) o por petición de éste(os) y/o cualquiera de los firmantes en los términos del presente contrato. (*) Nota: Para efectos del presente se debe considerar como “Políticamente Expuesta”.- Aquel individuo que desempeña o ha desempeñado funciones destacadas en un país extranjero o en territorio nacional los últimos 6 años, considerando entre otros a los jefes de estados o de gobiernos, líderes políticos, funcionarios gubernamentales, judiciales o militares de alta jerarquía, altos ejecutivos de empresas estatales, funcionarios o miembros importantes de partidos políticos. Se asimilan a las Personas Políticamente Expuestas, el cónyuge y las personas con las que mantenga parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, así como las sociedades en las que la Persona Políticamente Expuesta mantenga vínculos patrimoniales.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.