ACTUACION EN INTERÉS DEL CLIENTE Cláusulas de Ejemplo

ACTUACION EN INTERÉS DEL CLIENTE. HALTIA CAPITAL AV se compromete, dentro de su política general de actuación, a actuar en todo caso en beneficio del interés del CLIENTE, conduciéndose en el ámbito de la prestación del servicio derivado del presente Contrato, y en sus relaciones con el CLIENTE, de conformidad con los principios de honestidad, imparcialidad y profesionalidad, y ello, de acuerdo con la Política de Incentivos y la Política de Gestión de los Conflictos de Interés. El documento de CATEGORIZACION DEL CLIENTE E INFORMACION PRECONTRACTUAL firmado por EL CLIENTE contiene un resumen de los citados documentos que, adicionalmente, se encuentran a disposición del CLIENTE en las oficinas y en la página web de HALTIA CAPITAL XX xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx
ACTUACION EN INTERÉS DEL CLIENTE. URSUS-3 CAPITAL se compromete, dentro de su política general de actuación, a actuar en todo caso en beneficio del interés del CLIENTE, conduciéndose en el ámbito de la prestación del servicio derivado del presente contrato, y en sus relaciones con el CLIENTE, de conformidad con los principios de honestidad, imparcialidad y profesionalidad, y ello, de acuerdo con el sistema de Incentivos y la Política de Gestión de los conflictos de interés enunciadas en el documento de CATEGORIZACION DEL CLIENTE E INFORMACION PRECONTRACTUAL firmado por EL CLIENTE. A tales efectos, URSUS-3 CAPITAL se obliga a revisar y actualizar la información proporcionada por el CLIENTE, a la que en todo momento dará tratamiento confidencial.
ACTUACION EN INTERÉS DEL CLIENTE. NERVIÓN se compromete, dentro de su política general de actuación, a actuar en todo caso en beneficio del interés del CLIENTE, conduciéndose en el ámbito de la prestación de los servicios derivados del presente contrato, y en sus relaciones con el CLIENTE, de conformidad con los principios de honestidad, imparcialidad y profesionalidad, y ello de acuerdo con la Política de Gestión de los conflictos de interés aprobada por NERVIÓN. A tales efectos NERVIÓN se obliga a revisar y actualizar la información proporcionada por el CLIENTE, a la que en todo momento dará tratamiento confidencial.
ACTUACION EN INTERÉS DEL CLIENTE. URSUS-3 CAPITAL se compromete, dentro de su política general de actuación, a actuar en todo caso en beneficio del interés del CLIENTE, conduciéndose en el ámbito de la prestación de los servicios derivados del presente contrato, y en sus relaciones con el CLIENTE, de conformidad con los principios de honestidad, imparcialidad y profesionalidad, y ello, de acuerdo con la Política de Gestión de los conflictos de interés y la enumeración del tratamiento de los incentivos enunciados en el DOCUMENTO PRECONTRACTUAL.
ACTUACION EN INTERÉS DEL CLIENTE. URSUS-3 CAPITAL se compromete, dentro de su política general de actuación, a actuar en todo caso en beneficio del interés del CLIENTE, conduciéndose en el ámbito de la prestación de los servicios derivados del presente contrato, y en sus relaciones con el CLIENTE, de conformidad con los principios de honestidad, imparcialidad y profesionalidad, y ello, de acuerdo con la Política de Gestión de los conflictos de interés y la enumeración del tratamiento de los incentivos enunciados en el DOCUMENTO DE CATEGORIZACION DEL CLIENTE E INFORMACION PRECONTRACTUAL firmado por el CLIENTE. A tales efectos, URSUS-3 CAPITAL se obliga a revisar y actualizar la información proporcionada por el CLIENTE, a la que en todo momento dará tratamiento confidencial.

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  • OBLIGACIONES DEL CLIENTE El Cliente se compromete a no utilizar el Servicio en contravención de la normativa vigente, en especial de la relativa a los derechos fundamentales, libertades públicas y propiedad indus- trial e intelectual. El Cliente será el único responsable frente a SEROSENSE TELECOM y a terceros de la infor- mación contenida en la página Web, de los daños que pueda originar a sus aplicaciones o datos, a los datos o equipos de SEROSENSE TELECOM, o a los de terceros. El Cliente será responsable frente a cualquier reclama- ción o acción legal, judicial o extrajudicial, iniciada por terceras personas tanto contra el propio Cliente como contra SEROSENSE TELECOM basadas en las aplicaciones o contenidos del Cliente alojados en el Servidor/es compartido/s, asumiendo éste cuantos gastos, costes y perjuicios sean irrogados a SEROSENSE TELECOM con motivo de tales reclamaciones o acciones legales. SEROSENSE TELECOM se reserva el derecho a interrumpir el Servicio contratado por el Cliente, notificándoselo por escrito, en caso de divulgar, transmitir o alojar en el/los Servidor/es compartidos cualquier tipo de información que SEROSENSE TELECOM considere ilegal, abusiva, difamatoria, ofensiva, o pornográfica, en caso de desarrollar a través del Servidor/es, o en relación con el/los mismo/s, cualquier práctica o comportamiento contrario a las normas comúnmente aceptadas como respetuosas, así como en el caso de que el Cliente, a través del Servidor/es compartido/s, publique o distribuya cualquier in- formación o software que contenga virus, manipulación ilegal de software, violaciones de Copyright y marcas comerciales o contrabando ilegal, realice Spam, y en general cualquier actividad que suponga una violación de las disposiciones legales vigentes, o pueda repercutir en el correcto funcionamiento de la Plataforma de SEROSENSE TELECOM. SEROSENSE TELECOM adoptará las medidas precisas cuando así le sea exigido por orden de la autoridad judicial o administrativa competente, así como podrá poner en conocimiento de las autori- dades competentes aquellos hechos que puedan considerarse ilegales de acuerdo con la legislación vigente. El Cliente será el único responsable de las consecuencias que deriven del alojamiento de la información en la Plata- forma de SEROSENSE TELECOM. Si el Cliente tiene cualquier indicio de que existe una violación o uso inapropiado de la información alojada en los servidores de SEROSENSE TELECOM, o un fallo de seguridad de cualquier índole, deberá notificarlo de inmediato a SEROSENSE TELECOM. SEROSENSE TELECOM no pres- tará Servicio de soporte técnico relativo a la configuración del software instalado en su propio ordenador, pro- gramación o desarrollo de scripts o páginas ASP o diseño de bases de datos. SEROSENSE TELECOM no se res- ponsabiliza, en el caso de traspasos de Acceso a Internet desde otro proveedor, de las posibles penalizaciones que el Cliente pueda incurrir por incumplimiento del Contrato del Servicio suscrito entre el Cliente y el otro provee- dor.

  • DURACION DEL CONTRATO La duración inicial de la prestación de servicios del presente CONTRATO será de DOS años contados desde la fecha que consta en las Condiciones Particulares o, en su defecto, a partir de la fecha de instalación del sistema de seguridad, entendiéndose a estos efectos como fecha de finalización la del último día del mes que corresponda. No obstante lo anterior, el CONTRATO de prestación de servicios se entenderá tácitamente prorrogado por períodos anuales, salvo que cualquiera de las partes notifique fehacientemente a la otra su deseo de dar por finalizado el CONTRATO con treinta días de antelación a la fecha de su vencimiento (del plazo de duración inicial o de cualquiera de las prórrogas anuales). En caso de actualización del sistema de alarma al modelo Verisure, la duración inicial del CONTRATO será de UN año contado desde la fecha que consta en las Condiciones Particulares o, en su defecto, a partir de la fecha de instalación del sistema de seguridad, entendiéndose a estos efectos como fecha de finalización la del último día del mes que corresponda. No obstante lo anterior, el CONTRATO de prestación de servicios se entenderá tácitamente prorrogado por períodos anuales, salvo que cualquiera de las partes notifique fehacientemente a la otra su deseo de dar por finalizado el CONTRATO con treinta días de antelación a la fecha de su vencimiento (del plazo de duración inicial o de cualquiera de las prórrogas anuales). En caso de que el sistema de seguridad a conectar y mantener haya sido instalado por SECURITAS DIRECT en Memoria de Calidades y goce de una oferta en la cuota mensual durante un determinado número de meses a partir de la Conexión a la Central Receptora de SECURITAS DIRECT, dicha oferta sólo será válida si la conexión se produce en un plazo inferior a un año desde el momento en que SECURITAS DIRECT instaló el sistema de seguridad. En caso de que el sistema de seguridad haya sido instalado en virtud de acuerdo con PromoCaixa S.A. la duración del CONTRATO será la incluida en la oferta correspondiente. En caso de traslado/s del sistema de seguridad o cambio de titularidad solicitado por el cliente original, el plazo de duración inicial del CONTRATO se contará desde la fecha de instalación del sistema de seguridad en el domicilio/dirección inicial.

  • PRESTACION DE SERVICIOS ODT-1988-2005 21/10/2005 860007590- COMUNICAN S.A. PUBLICACIÓN DE UN ARTÍCULO DE LA CVC ALUSIVO AL TEMA DE LA PARTICIPACIÓN DE LA CVC EN LA CONSTRUCCIÓN DE SISTEMAS DE ABASTECIMIENTO DE AGUA EN LA ZONA RURAL DEL DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA, PAAR EN EL PERIÓDICO EL ESPECTADOR ESPECIAL DEL VALLE QUE CIRCULARA EN EL NIVEL NACIONAL EL 29 DE OCTUBRE DE 2005. 5.000.000 PRESTACION DE SERVICIOS ODT-1989-2005 21/10/2005 94378366- HERRERA CASTRILLON JUAN MANUEL MANTENIMIENTO Y ADECUACION DE LAS AREAS ANALITICAS DEL LABORATORIO AMBIENTAL DE LA CVC SEGUN LOS REQUISITOS DE LA NORMA ISO 17025: AISLAMIENTO DEL AREA DE RECEPCION DE MUESTRAS, AISLAMIENTO DEL AREA DE SIEMBRA BACTERIOLOGICA, ADECUACION DE AREA DE ACCESO RESTRINGIDO PARA CONTROL DE LOS ANALISIS, REUBICACION BODEGA PARA MATERIAL DE CAMPO, TRASLADO DEL AREA DE MATERIAL EN SUSPENSION, TRASLADO DE MESONES CON SUS RESPECTIVAS LINEAS DE AIRE/VACIO Y 11.360.000 PRESTACION DE SERVICIOS ODT-1990-2005 21/10/2005 805029336- AIRCO LTDA. MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE SEIS (6) CAMPANAS EXTRACTORAS, UN (1) CUARTO FRIO, UN (1) GABINETE DE EXTRACTORA, CUATRO (4) VENTILADORES AXIALES.

  • DERECHOS DEL CLIENTE 1.- A recibir el servicio de acuerdo a los términos estipulados en el presente contrato.

  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Este contrato, tiene naturaleza privada, de acuerdo con el artículo 20.1 del Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), y se regirá por lo dispuesto en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (en adelante también, el PCAP o el Pliego) y todos sus anexos, en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en los demás documentos contractuales, en los términos establecidos en la cláusula 8. En cuanto a la preparación, adjudicación, efectos y extinción, el contrato se regirá, como se ha señalado, por el presente Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas, por el Pliego de Prescripciones Técnicas, por las Instrucciones Internas de Contratación de GHK, y, en lo no previsto en los mismos, por las normas de derecho privado. Adicionalmente, el TRLCSP y el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante, RGLCAP) serán de aplicación en todo en cuanto este Pliego se remita expresamente a dichos textos normativos. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos y de los otros documentos contractuales de toda índole que puedan tener aplicación en la ejecución de la cosa pactada, no eximirá al adjudicatario de la obligación de cumplirlos.

  • OBLIGACIONES LABORALES DEL CONTRATISTA El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, con respecto al personal que emplee en las obras objeto de este contrato, quedando la Administración exonerada de responsabilidad por este incumplimiento.

  • GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA 25.1.- Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de la licitación del contrato, tanto en boletines oficiales como, en su caso, en otros medios de difusión, cuantas veces determine el órgano de contratación y hasta la cuantía máxima especificada en la letra N del Cuadro de características del contrato.

  • NATURALEZA DEL CONTRATO Las partes manifiestan que EL CONTRATISTA realiza las actividades objeto del presente contrato en forma independiente, utilizando sus propios medios y recursos, con total autonomía administrativa, sin que medie subordinación alguna respecto de LA CÁMARA. Así mismo, se entiende que con la suscripción del presente contrato no se configura ningún tipo de vinculación laboral entre LA CÁMARA y EL CONTRATISTA o sus dependientes. Así mismo, queda claramente establecido que EL CONTRATISTA es totalmente independiente para todos los efectos laborales y será el único empleador de los trabajadores que emplee en la ejecución del presente contrato, estando exclusivamente a su cargo el pago de salarios, descansos remunerados, prestaciones sociales e indemnizaciones que se causen a favor de dichos trabajadores, al igual que los aportes que establece la ley para entidades como el ISS, EPS, ARL, SENA, BIENESTAR FAMILIAR, etc. Igualmente, LA CÁMARA queda exonerada de toda responsabilidad civil, administrativa o penal por los contratos que realice EL CONTRATISTA con terceras personas jurídicas o naturales para la ejecución del presente contrato. 12) GARANTIAS: EL CONTRATISTA se obliga a favor de LA CÁMARA a constituir y a mantener vigente por su cuenta y a favor de ésta, en una compañía de seguros legalmente establecida en el país, domiciliada en Bogotá, D.C., y aceptada por LA CÁMARA, las pólizas que cubran los siguientes amparos: a) CUMPLIMIENTO: Una póliza que garantice el cumplimiento del presente Contrato, por un valor asegurado igual al diez por ciento (10%) del valor del contrato, con vigencia igual a la del presente Contrato y cuatro (4) meses más. d) SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES: Una póliza que garantice los salarios y prestaciones sociales, por un valor asegurado igual al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato con una vigencia igual a la del presente contrato y tres (3) años más. d) CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS: Una póliza que garantice la calidad de los servicios prestados, por un valor asegurado igual al diez (10%) del valor del contrato, con vigencia igual a la del presente Contrato y dos (2) años más. PARÁGRAFO PRIMERO: MODIFICACIONES. En todos los casos en que se modifique el plazo de ejecución del presente contrato y/o se adicione el valor del mismo, EL CONTRATISTA se compromete a presentar a LA CÁMARA el certificado de modificación de la póliza, ajustado con el nuevo plazo o valor, según corresponda. PARAGRAFO SEGUNDO: La póliza constituida por EL CONTRATISTA no expirará por falta de pago de la prima como tampoco por su revocación unilateral. 13)

  • OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE EL CONTRATANTE se obliga a: