Definición de Valor xx Xxxxxxx

Valor xx Xxxxxxx de un Título Valor, significa, para efectos de este Capítulo, el precio xx xxxxxxx de los Títulos Valores, el cual estará determinado por el último precio por el cual se hayan vendido los Títulos Valores en una operación en bolsa de valores o fuera de ella, en el entendido que dicho precio no incluye el de los frutos devengados por los Títulos Valores. Si a juicio de Xxxxxxxx el último precio del Título Valor no refleja su valor xx xxxxxxx en un momento dado, el Valor xx Xxxxxxx será, según determinación de Panacorp, el promedio de las cotizaciones xx xxxxxxx para la compra (bid) de un número de Títulos Valores igual o superior al número de Títulos Valores para los cuales se requiere determinar su Valor xx Xxxxxxx. La determinación del Valor xx Xxxxxxx de un Título Valor corresponderá siempre a Panacorp, y será concluyente, salvo error manifiesto. “Valor Mínimo del Índice de Requerimiento Mínimo de Mantenimiento” significa el valor mínimo del Índice de Requerimiento Mínimo de Mantenimiento, representado en las partidas de débito y crédito remesadas a la Cuenta Corriente de Comercio. El Índice Requerimiento Mínimo de Mantenimiento se expresará como un porcentaje que será fijado de tiempo en tiempo por Panacorp, la Comisión Nacional de Valores o cualquier otra autoridad gubernamental, cualquiera que sea mayor. Salvo que Xxxxxxxx establezca un porcentaje distinto con posterioridad a la suscripción del presente documento, sujeto a que dicho porcentaje sea mayor o igual al vigente para ese momento según lo establecido por la Comisión Nacional de Valores o cualquier autoridad gubernamental competente, el Valor Mínimo del Índice de Requerimiento Mínimo de Mantenimiento será del 25%.
Valor xx Xxxxxxx. Precio por el cual puede adquirirse un vehículo de características, uso, estado y antigüedad similares al asegurado en esta póliza en el momento inmediatamente anterior a la ocurrencia del siniestro.
Valor xx Xxxxxxx de un Título Valor, significa, en momento dado, el precio xx xxxxxxx de los Títulos Valores, el cual estará determinado por el último precio por el cual se hayan vendido los Títulos Valores en una operación en bolsa de valores o fuera de ella, en el entendido que dicho precio no incluye el de los frutos devengados por los Títulos Valores. Si a juicio de AMINSA el último precio del Título Valor no refleja su valor xx xxxxxxx en un momento dado, el Valor xx Xxxxxxx será, según determinación de AMINSA, el promedio de las cotizaciones xx xxxxxxx para la venta (offer), o el promedio de las cotizaciones xx xxxxxxx para la compra (bid), o el promedio de ambas cotizaciones, de los Títulos Valores. La determinación del Valor xx Xxxxxxx de un Título Valor corresponderá siempre a AMINSA, y será concluyente, salvo error manifiesto.

Examples of Valor xx Xxxxxxx in a sentence

  • El Mutuario además podrá liberarse entregando al Mutuante en dinero el Valor xx Xxxxxxx de los Títulos Valores prestados, en el entendido de que cumplirá con su obligación totalmente.

  • Por otra parte, ni el Mutuante ni el Mutuario serán responsables por la disminución en el Valor xx Xxxxxxx de los Títulos Valores prestados durante la vigencia xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores.

  • La devolución de los Títulos Valores o de su Valor xx Xxxxxxx en dinero será efectuada por el Mutuario en la Fecha de Vencimiento sin que sea necesario requerimiento o intimación.

  • El Valor xx Xxxxxxx será el que tengan los Títulos Valores a la Fecha de Vencimiento, según determinación hecha por Panacorp.

  • Como remuneración por el Préstamo de Títulos Valores, el Mutuario pagará al Mutuante un Premio que se establecerá en la Confirmación como una cantidad fija o como un interés, calculado sobre el Valor xx Xxxxxxx de los Títulos Valores calculado a la Fecha de Transacción.


More Definitions of Valor xx Xxxxxxx

Valor xx Xxxxxxx. Es el precio xx xxxxxxx de los Valores en Custodia, el cual estará determinado por el último precio por el cual se hayan vendido los mismos mediante una operación en la bolsa de valores que corresponda y/o fuera de ella. Si a juicio de EL FIDUCIARIO el último precio de algún Valor no refleja su Valor xx Xxxxxxx, este último será el que determine EL FIDUCIARIO con base en el promedio entre las cotizaciones xx xxxxxxx para las ventas - offer - y para las compras - bid - en un período determinado. En caso de no existir, o no estar disponible tales cotizaciones, EL FIDUCIARIO fijará un valor razonable que constituirá el Valor xx Xxxxxxx. En cualquier caso, la determinación del Valor xx Xxxxxxx de un Valor corresponderá siempre a EL FIDUCIARIO y será concluyente salvo error manifiesto. CAPÍTULO SEGUNDO DISPOSICIONES COMUNES‌
Valor xx Xxxxxxx de cualquier bien, activo, Acción, otros títulos valores, Inversiones o cualquier otro ítem significa, en cualquier fecha, el valor xx xxxxxxx de dicho bien, activo, Acción, otros títulos valores, Inversiones u otros ítems en esa fecha, según lo determine de buena fe el directorio de la Sociedad o cualquier Subsidiaria, según corresponda.
Valor xx Xxxxxxx es el precio por el que puede adquirirse un vehículo de características, uso, estado y antigüedad similares a las del vehículo asegurado en el momento inmediatamente anterior a la ocurrencia del siniestro.
Valor xx Xxxxxxx. Precio por el que normalmente puede adquirirse un vehículo de características, uso, estado y antigüedad similares al Vehículo Asegurado en el momento inmediatamente anterior a la ocurrencia del siniestro. Contrato de compraventa de vehículo a motor: Es el contrato de naturaleza mercantil cuyo objeto lo constituye la reventa de un vehículo a motor, bien en la misma forma que se compró o bien en otra diferente, por el Tomador con ánimo de obtener un beneficio en la reventa.
Valor xx Xxxxxxx significa, en relación con la Sociedad, las acciones de la Sociedad o cualquier otro activo o bien (incluyendo los títulos valores), el precio de contado al cual un vendedor estaría dispuesto a vender y un comprador a comprar en una operación entre partes independientes, no encontrándose ninguna de las partes bajo ninguna presión ni coerción para comprar o vender, en cada caso según lo determine un banco de inversión independiente seleccionado por el directorio de la Sociedad.
Valor xx Xxxxxxx es la cantidad estimada por el cual un valor o instrumento financiero puede ser transado en la fecha de valoración, entre un comprador y un vendedor en una transacción en condiciones de plena competencia, donde las partes actúan con conocimiento y sin coacción. Para los efectos de reporte, el valor xx xxxxxxx de los activos líquidos a los que se refiere el presente Acuerdo será el valor xx xxxxxxx al último día laborable de la semana reportada.
Valor xx Xxxxxxx de un Título Valor, significa, en momento dado, el precio xx xxxxxxx de los Títulos Valores, el cual estará determinado por el último precio por el cual se hayan vendido los Títulos Valores en una operación en bolsa de valores o fuera de ella. Si a juicio de RENDIVALORES el último precio del Título Valor no refleja su valor xx xxxxxxx en un momento dado, el Valor xx xxxxxxx será el promedio entre las cotizaciones xx xxxxxxx para la venta (offer) y compra (bid) de los Títulos Valores. La determinación del Valor xx Xxxxxxx de un Título Valor corresponderá siempre a RENDIVALORES. Y será concluyente, salvo error manifiesto. “Día Hábil” significa cualquier día, distinto a día feriado o fin de semana, en el cual las oficinas de RENDIVALORES estén abiertas al público. En el caso de operaciones ejecutadas a través de un centro de contratación colectivo o bolsa de valores, los Días Hábiles deben coincidir con los días hábiles bursátiles de dicho centro de contratación colectivo o bolsa de valores. Los lapsos que se especifiquen en términos de “días”, se contarán por días calendario consecutivo. Para el Cálculo de los lapsos establecidos en este documento, no se computará el día en que se verifique el evento a partir del cual, o hasta el cual, se cuenta el lapso. “Perfil de Inversionista” significa el cuestionario de perfil de inversionista del INVERSOR contenido en Anexo A-I de este documento, que el INVERSOR debe suministrar a RENDIVALORES.2.-Propósito: Todas las operaciones de corretaje público de Títulos Valores, incluidas las bursátiles y las financieras que se originen y que serán realizadas por el INVERSOR con RENDIVALORES incluyendo las operaciones y contratos a que se refieren los demás Capítulos de este documento, así como las transacciones y órdenes donde se involucren los servicio de RENDIVALORES, quedarán sujetas a las condiciones generales de contratación establecidas en este Capítulo, según el mismo sea modificado de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 16 de este capítulo, y salvo aquellas modificaciones que sean acordadas entre el INVERSOR y RENDIVALORES por escrito para una o varias operaciones.