PLIEGO DE CONDICIONES
PLIEGO DE CONDICIONES
PROCESO DE OFERTA PÚBLICA - No. 001 DE 2016
OBJETO: EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS DE OPTIMIZACIÓN Y ADECUACIÓN DE REDES DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO EN LA ZONA URBANA DEL MUNICIPIO DE PIENDAMÓ CAUCA, DE ACUERDO A LA DESCRIPCIÓN Y CANTIDADES DE OBRA ESPECIFICADAS EN EL ANEXO.
INTRODUCCIÓN
En virtud del principio de publicidad establecido en las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y Decreto 1082 de 2015, Empiendamó E.S.P. se permite presentar a continuación el Pliego de Condiciones y sus anexos para el presente proceso, el cual contiene la información particular del proyecto y las condiciones y requisitos del proceso.
El interesado deberá leer completamente este Pliego de Condiciones y sus anexos, toda vez que, para participar en el proceso, se debe tener conocimiento de la totalidad del contenido del mismo.
El pliego de condiciones y el pliego de condiciones definitivo, así como cualquiera de sus anexos están a disposición del público en general en el Sistema Electrónico de Contratación Pública –SECOP– xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/
De conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.1.2.1.4 del Decreto 1082 de 2015, cualquier interesado y las veedurías ciudadanas podrán formular observaciones al pliego de condiciones.
Empiendamó E.S.P., agradece todas las sugerencias u observaciones que se presenten dentro de los plazos señalados en el cronograma y que sean enviadas al correo electrónico: xxxxxxxxxx@xxxxxxxx-xxxxx.xxx.xx, o radicadas de manera física en la dirección: Xxxxxx Xxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxx, que estén dirigidas a lograr la claridad y precisión de las condiciones y exigencias propias del proceso.
Se adelantará la evaluación de las propuestas que se presenten con base en las reglas establecidas en el presente pliego de condiciones y en la ley.
1.0. GLOSARIO.
Para los fines de este Pliego de Condiciones, a menos que expresamente se estipule de otra manera, los términos en mayúscula inicial que aquí se usan tendrán el significado asignado a dichos términos en este numeral o en la Sección correspondiente de la minuta del Contrato. Los títulos de los numerales y Capítulos se incluyen con fines de referencia y de conveniencia, pero de ninguna manera limitan, definen o describen el alcance y la intención xxx Xxxxxx.
Las palabras técnicas que no se encuentren definidas expresamente en este Pliego tendrán los significados que les correspondan según la técnica o ciencia respectiva y las demás palabras se entenderán en su sentido natural y obvio, según el uso general de las mismas. Para efectos de este Pliego, se establecen las siguientes definiciones, las cuales podrán ser usadas tanto en singular como en plural: a continuación de manera enunciativa, se relacionan algunas definiciones útiles para el proceso de selección:
1.1. GLOSARIO GENERAL:
Adenda(s): Es el documento por medio del cual la Entidad Estatal modifica los pliegos de condiciones, de acuerdo con el artículo 2.2.1.1.1.3.1 del Decreto 1082 de 2015
Adjudicación: Decisión emanada por medio de un acto administrativo, que determina el Adjudicatario del presente proceso.
Adjudicatario(a): Proponente a quien se le adjudica el proceso, por haber presentado una Propuesta que cumple con lo requerido en el Pliego de Xxxxxxxxxxx y se considera en relación con las demás, la propuesta más conveniente en el proceso de selección.
Anexo: Es el conjunto de formatos y documentos que se adjuntan al presente Pliego de Condiciones y que hacen parte integral del mismo.
Análisis del Sector: Estudios por parte de la Entidad Estatal xxx xxxxxxx relativo al objeto del Proceso de Contratación, desde la perspectiva legal, comercial, financiera, organizacional, técnica y de análisis de Riesgo.
Aportes Parafiscales: Son contribuciones parafiscales los gravámenes establecidos con carácter obligatorio por la Ley, que afectan a un determinado y único grupo social y económico y se utilizan para beneficio del propio sector. El manejo, administración y ejecución de estos recursos se hará exclusivamente en la forma dispuesta en la ley que los crea y se destinarán sólo al objeto previsto en ella.
Capacidad Organizacional: La capacidad organizacional es la aptitud de un proponente para cumplir oportuna y cabalmente el objeto del contrato en función de su organización interna. Dado que la ley13 no permite tener en cuenta certificaciones independientes sobre la organización de los proponentes como requisitos habilitantes y que la capacidad de organización de una empresa privada para producir resultados para sus clientes y sus accionistas está dada por su rentabilidad, el Decreto 1082 de 2015 definió indicadores de rentabilidad para medir la capacidad organizacional de un proponente teniendo en cuenta que un actor del sector privado está bien organizado cuando es rentable.
Clasificador de Bienes y Servicios: Es el sistema de codificación de las Naciones Unidas para estandarizar productos y servicios, conocido por las siglas UNSPSC.
Certificado de Disponibilidad presupuestal: Documento que acredita la disponibilidad de presupuesto para el presente proceso de selección.
Consorcio: Modalidad de asociación que permite que dos o más personas naturales o jurídicas, en forma conjunta, presenten una misma Propuesta en el presente proceso de selección para la Adjudicación, celebración y ejecución del Contrato, respondiendo solidariamente por todas y cada una de las obligaciones derivadas del mismo, y por los efectos que generen o lleguen a generar las actuaciones, hechos u omisiones de todos o cualquiera de los participantes en estos actos.
Contratista: Adjudicatario que suscribe el Contrato derivado del presente proceso.
Contrato: Negocio jurídico que se suscribirá entre Empiendamó E.S.P. y el Adjudicatario, por medio del cual se imponen a las partes las obligaciones recíprocas y se le conceden los derechos correlativos que instrumentan la relación contractual que se busca establecer a través del presente proceso.
Día(s) Calendario: Es cualquier día del calendario, sin tener en cuenta si se trata de un Día Hábil o No hábil.
Día(s) Hábil(es): Cualquier día comprendido entre los lunes y los viernes (ambos inclusive) de cada semana, excluyendo de éstos los días sábados y los feriados determinados por ley en la República de Colombia. Se incluirán también aquellos días que sin ser hábiles Empiendamó E.S.P. mediante acto administrativo motivado determine como tales para este proceso.
Día(s) No Hábil(es): Se entenderán de conformidad con el Código de Régimen Político y Municipal.
Dólares de los Estados Unidos de América, o Dólares, o US$: Es la moneda de curso legal en los Estados Unidos de América, la que, para todos los efectos se tomará por su valor equivalente respecto de la moneda de origen del proponente, según la tasa de cambio oficial o, en defecto de aquella, según la tasa de cambio certificada por la autoridad competente del país de origen.
Especificaciones: Procesos y procedimientos técnicos generales o particulares, según el caso a los que se debe ceñir el Contratista durante la ejecución de las obras, para obtener los resultados objeto del contrato.
Estimación del riesgo: Es la valoración del riesgo en términos monetarios o porcentuales.
Estudios Previos: Es la justificación jurídica, técnica, económica y financiera del proyecto que realiza la entidad de acuerdo con la ley 80 de 1993, ley 1150 de 2007 y decreto 1082 de 2015.
Fecha de iniciación de la ejecución del contrato: Fecha efectiva en la cual se empieza a contabilizar el plazo contractual pactado para la Ejecución del objeto del contrato.
Fecha de terminación de la ejecución del contrato: Fecha efectiva en la cual se termina el plazo contractual pactado para la Ejecución del objeto del contrato. La fecha efectiva de terminación del Contrato se extenderá más allá de la fecha programada de terminación inicialmente pactada, cuando el término del Contrato se extienda como resultado de la suspensión total de la ejecución, o como consecuencia de la prórroga de su plazo por circunstancias específicas en la ejecución del Contrato.
Garantía de Seriedad de la oferta: Mecanismo de cobertura del riesgo a favor de entidades estatales con ocasión de la presentación de la propuesta, de conformidad con la ley 80 de 1993, el decreto 1082 de 2015, el presente pliego de condiciones. Podrá consistir en cualquiera de las clases de garantías a que se refiere el, artículo 2.2.1.2.3.1.2 del Decreto 1082 de 2015.
Interesado(s): Personas naturales o jurídicas nacionales o las extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia o el grupo de personas jurídicas y/o naturales asociadas entre sí mediante las figuras de Consorcio, Unión Temporal o cualquier otro tipo de asociación que actuaran en el proceso previamente a la presentación de ofertas.
Oferta : Proceso de selección objetiva que se reglamenta en el Pliego de Condiciones con el propósito de seleccionar la Propuesta que, conforme a los términos establecidos en este Pliego, resulte más favorable a los intereses de Empiendamó E.S.P. para la celebración del Contrato de obra, en consonancia con las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y Decreto 1082 de 2015.
Objeto: Actividades a ejecutar como consecuencia de la adjudicación del presente proceso de selección.
Pesos Colombianos, Pesos o $: Es la moneda de curso legal en la República de Colombia.
Pliego(s) de Condiciones: Para el presente proceso se entiende por pliego de condiciones, denominado también Pliego Definitivo, el conjunto de normas, que rigen el proceso y el futuro contrato, en los que se señalan las condiciones objetivas, plazos y procedimientos dentro de los cuales los Proponentes deben formular su Propuesta para participar en el proceso de selección del contratista y tener la posibilidad de obtener la calidad de Adjudicatario del proceso.
Primer orden de elegibilidad: Es la posición que ocupa el proponente que habiendo obtenido calificación definitiva de “HABIL” en todos los criterios, obtiene el puntaje más alto luego de efectuarse la calificación de los criterios de ponderación, previstos en el pliego de condiciones.
Proponente Plural: Formas de asociación previstas en la Ley y regladas en el pliego de condiciones (Consorcio o Unión Temporal).
Proponente: Es la persona jurídica o natural, consorcio o unión temporal, que presenta una Propuesta para participar en el proceso de selección que se rige a través del presente Xxxxxx.
Propuesta Hábil: Es aquella Propuesta presentada por un Proponente que además de cumplir con los requisitos legales, técnicos y financieros señalados en este Pliego de Condiciones, cumple con los criterios de evaluación señalados en los mismos.
Propuesta rechazada: Es aquella Propuesta presentada por un Proponente que incurra en alguna de las causales de rechazo establecidas en el pliego de condiciones.
Propuesta: Se entiende por tal aquella oferta con carácter irrevocable, presentada conforme a los requisitos establecidos en el presente Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx; debidamente suscrita por quien goza de la representación del proponente y acompañada de una garantía de seriedad de la misma.
Rentabilidad sobre patrimonio: Utilidad Operacional / Patrimonio, el cual determina la rentabilidad del patrimonio del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el patrimonio. A mayor rentabilidad sobre el patrimonio, mayor es la rentabilidad de los accionistas y mejor la capacidad organizacional del proponente.
Rentabilidad sobre activos: Utilidad Operacional / Activo Total, el cual determina la rentabilidad de los activos del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el activo. A mayor rentabilidad sobre activos, mayor es la rentabilidad del negocio y mejor la capacidad organizacional del proponente. Este indicador debe ser siempre menor o igual que el de rentabilidad sobre patrimonio
Requisitos Habilitantes: Son la Capacidad Jurídica, las condiciones de Experiencia, la capacidad financiera y la Capacidad de Organización Técnica de los proponentes, en los términos de la Ley 1150 de 2007 y el Artículo 2.2.1.1.1.6.2 del Decreto 1082 de 2015, que son los requisitos que deben cumplir los proponentes, en los términos de la “Ley Aplicable” y del presente Documento.
RUP: Es el registro único de proponentes que llevan las cámaras de comercio y en el cual los interesados en participar en Procesos de Contratación deben estar inscritos.
Razón de Cobertura de Intereses: Utilidad Operacional / Gastos de Intereses, el cual refleja la capacidad del proponente de cumplir con sus obligaciones financieras.
A mayor cobertura de intereses, menor es la probabilidad de que el proponente incumpla sus obligaciones financieras.
SMMLV: Se entenderá como salarios mínimos mensuales legales vigentes.
SUBCONTRATANTE: Persona natural o jurídica quien subcontrata una actividad previamente contratada por una entidad estatal o otra persona natural o jurídica, por ser el contratista principal.
SUBCONTRATISTA: Persona natural o jurídica a quien subcontrata el contratista principal, para ejecutar una actividad previamente contratada por una entidad estatal u otra persona natural o jurídica.
UNIÓN TEMPORAL: Modalidad de asociación, que permite que dos o más personas naturales o jurídicas, en forma conjunta, presenten una misma Propuesta para la Adjudicación, celebración y ejecución del Contrato de obra, respondiendo solidariamente por todas y cada una de las obligaciones derivadas del Contrato de obra, pero no por las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato, por las cuales responde cada uno de los miembros de la Unión Temporal de acuerdo con su participación en la ejecución.
Valor total facturado del contrato: Es el valor total finalmente facturado, o pagado, o ejecutado, resultante de la suma de todos los pagos y deducciones efectuadas en la ejecución del objeto del contrato.
2.0. VÍAS DE ACCESO Y OTRAS OBRAS PROVISIONALES.
Durante su permanencia en la obra serán a cargo del constructor, la construcción, mejoramiento y conservación de las obras provisionales o temporales que no forman parte integrante del proyecto, tales como: vías provisionales, vías de acceso y las demás que considere necesarias para el buen desarrollo de los trabajos, cercas, oficinas, bodegas, talleres y demás edificaciones provisionales con sus respectivas instalaciones, depósitos de combustibles, lubricantes y explosivos, de propiedades y bienes de Empiendamó E.S.P. o de terceros que puedan ser afectados por razón de los trabajos durante la ejecución de los mismos, y en general toda obra provisional relacionada con los trabajos.
El proponente dispondrá de las zonas previstas para ejecutar la obra y la obtención de lotes o zonas necesarias para construir sus instalaciones, las cuales estarán bajo su responsabilidad.
Adicionalmente, correrán por su cuenta los trabajos necesarios para no interrumpir el servicio en las vías públicas usadas por él o en las vías de acceso cuyo uso comparta con otros contratistas.
El proponente deberá tener en cuenta el costo correspondiente a los permisos y a las estructuras provisionales que se requieran cuando, de conformidad con el proyecto cruce o interfiera corrientes de agua, canales de desagüe, redes de servicios públicos, etc. En el caso de interferir redes de servicios públicos, estos costos serán reconocidos mediante aprobación de precios no previstos, incluidos en las correspondientes Actas de Obra aprobadas por el Interventor. Para lo anterior deberá tramitar la correspondiente aprobación de los precios no previstos del proyecto ante el ordenador, y en los casos que se requiera el permiso correspondiente ante la autoridad competente.
Durante la ejecución del contrato deberá observar las leyes y los reglamentos del Ministerio de Salud y Protección Social, relativos a Salud Ocupacional y Seguridad Industrial y tomar todas aquellas precauciones necesarias para evitar que se produzcan en las zonas de sus campamentos de trabajo, accidentes o condiciones insalubres; así como dotar a su personal y asegurar el uso adecuado de los elementos de protección personal (EPP).
A menos que se hubieran efectuado otros acuerdos, el proponente favorecido con la adjudicación del contrato deberá retirar todas las obras provisionales a la terminación de los trabajos y dejar las zonas en el mismo estado de limpieza y orden en que las encontró. Así mismo, será responsable de la desocupación de todas las zonas que le fueron suministradas por Empiendamó E.S.P. para las obras provisionales y permanentes.
3.0. EXAMEN DEL SITIO DE LA OBRA.
Es responsabilidad del PROPONENTE, inspeccionar y examinar el sitio y los alrededores de la obra e informarse, sobre la forma y características del sitio, las cantidades, localización y naturaleza de la obra y la de los materiales necesarios para su ejecución, transporte, mano de obra, y, de manera especial las fuentes de materiales para su explotación junto con los volúmenes de explotación, vías internas de explotación y vías de acceso a las mismas, zonas de botaderos, las vías de acceso al sitio y las instalaciones que se puedan requerir, las condiciones ambientales y sociales del área de influencia, las cuales debe considerar para el desarrollo y manejo ambiental del proyecto, en especial cuando se establezca presencia de minorías étnicas, caso en el cual debe asegurarse de cumplir con la normatividad especial que rige para la explotación de recursos naturales en jurisdicción de los territorios legalmente constituidos a su favor, o evitar su intervención a efectos de obviar el procedimiento de Consulta Previa establecido en el Decreto 1320 de 1998, y, en general, sobre todas las circunstancias que puedan afectar o influir en el cálculo del valor de su propuesta.
Así mismo, Es responsabilidad del proponente familiarizarse con los detalles y condiciones bajo los cuales serán ejecutados los trabajos, así como de los riesgos previsibles de la obra, pues su desconocimiento o falta de información no se considerará como excusa válida para posteriores reclamaciones al Empiendamó E.S.P.
4.0. PERSONAL PARA LA OBRA.
El valor de la oferta deberá incluir los costos inherentes a la obligación de mantener durante la ejecución de las obras y hasta la entrega total de las mismas a satisfacción de Empiendamó E.S.P., todo el personal idóneo y calificado de directivos, profesionales, técnicos, administrativos y obreros – mano de obra no calificada - que se requieran. Por lo tanto, el proponente tendrá en cuenta lo siguiente:
El personal profesional mínimo solicitado en los anexos técnicos del proceso y anexos xxx xxxxxx de condiciones.
La mano de obra no calificada de acuerdo con lo establecido en los anexos técnicos del presente proceso, está relacionada con la política de reincorporación a la vida civil.
El personal necesario para ejecutar los ítems que deben realizarse con mano de obra directa.
El personal necesario para cada frente de trabajo
5.0. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.
La descripción de las obras e información técnica (localización, obras a ejecutar, fuentes de materiales, especificaciones particulares, etc.) objeto del presente proceso de selección se encuentran descritas en el ANEXO TÉCNICO y en los documentos correspondientes a los ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS adjuntos al pliego de condiciones.
6.0. CONSULTA XXX XXXXXX DE CONDICIONES.
La consulta xxx xxxxxx de condiciones deberá hacerse durante el plazo del presente proceso en las instalaciones de Empiendamó E.S.P. ubicada en el Barrio San Xxxxxxxx o a través del correo electrónico xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx-xxxxx.xxx.xx
7.0. ATENCIÓN ADMINISTRATIVA Y RADICACIÓN DE DOCUMENTOS.
EMPIENDAMÓ E.S.P. ha previsto que la atención administrativa para el presente proceso de selección se efectuará en las instalaciones de Empiendamó E.S.P. Barrio San xxxxxxxx
Toda la correspondencia relativa al proceso de contratación podrá:
1. Ser enviada por medio electrónico al correo empiendamoesp@piendamo- xxxxx.xxx.xx
2. Ser radicada en las ventanillas de correspondencia de Empiendamó E.S.P., de manera física en la dirección Barrio San Xxxxxxxx – Piendamó Cauca Planta de Tratamiento, la atención al público es en horario laboral xx xxxxxx a viernes (7:30 a. m. a 12:00 a. m y de 1:30 p.m. a 6:00 p.m.) y el sábado de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. en jornada continua
Todos los documentos a radicar deberán estar debidamente foliados, citar proceso de selección al que se dirige, identificando el asunto o referencia de manera clara y precisa.
8.0. ESTUDIOS PREVIOS
Forman parte del presente pliego de condiciones los estudios y documentos previos adelantados por Empiendamó E.S.P., los cuales se publican a través de la página de la empresa xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx , con los ajustes que se llegaren a realizar bien sea en forma oficiosa por parte de la Empresa o a solicitud de los interesados.
También, forma parte xxx xxxxxx de condiciones, la matriz de estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles, luego de que, en la etapa de publicación del proyecto xx xxxxxx de condiciones, se hayan sometido a la revisión correspondiente por parte de la empresa de servicios públicos y los interesados en la audiencia pública programada para tal efecto.
9.0. OBJETO
Empiendamó E.S.P. desea recibir propuestas para el presente proceso, cuyo objeto es: EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS DE OPTIMIZACIÓN Y ADECUACIÓN DE REDES DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO EN LA ZONA URBANA DEL MUNICIPIO DE PIENDAMÓ CAUCA, DE ACUERDO A LA DESCRIPCIÓN Y CANTIDADES DE OBRA ESPECIFICADAS EN EL ANEXO, de conformidad
con lo preceptuado en el numeral 2°, del artículo 2 de la ley 1150 de 2007, y el decreto 1082 de 2015 y según las especificaciones, unidades y cantidades descritas en el presente pliego de condiciones.
El objeto antes mencionado corresponde a:
GRUPO F | Servicios |
SEGMENTO 83 | Servicios Públicos y Servicios Relacionados con el Sector Público |
FAMILIA 10 | Servicios Públicos |
CLASE 15 | Servicios de acueducto y alcantarillado |
PRODUCTO 01 | Abastecimiento de agua |
PRODUCTO 06 | Servicios de tratamiento de aguas |
CODIGOS UNSPSC | 83101501 – 83101506 |
Empiendamó E.S.P. ha destinado recursos de la presente vigencia fiscal con respaldado en la disponibilidad presupuestal No. 417 del 1º de septiembre de 2016 por valor de
$283.989.164,oo
9.1. ALCANCE DE LOS TRABAJOS:
Mediante un proceso de selección objetivo ajustado a la legislación, se pretende escoger el contratista que cumpliendo las condiciones que Empiendamó E.S.P. defina en el
pliego, y que garantice la ejecución de las actividades de obra encaminadas a la EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS DE OPTIMIZACIÓN Y ADECUACIÓN DE REDES DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO EN LA ZONA URBANA DEL MUNICIPIO DE PIENDAMÓ CAUCA, DE ACUERDO A LA DESCRIPCIÓN Y CANTIDADES DE OBRA ESPECIFICADAS EN EL ANEXO.
Los trabajos a contratar corresponden a las actividades de obra que se especifican en el presente pliego de condiciones, el cual tiene como actividades las señaladas en el presupuesto oficial, todo de acuerdo a las especificaciones técnicas establecidas en el presente pliego de condiciones.
Autocontrol:
El Contratista desarrollará la obra a partir de una cuidadosa planeación de la misma aplicando buenas prácticas de Ingeniería para lograr obras en armonía con el entorno natural en el que se desarrollan.
Seguridad industrial:
El Constructor deberá garantizar el cumplimiento de las normas vigentes sobre seguridad industrial para la ejecución del contrato, en especial en cuanto guarda relación con:
Elementos de seguridad industrial necesarios para la totalidad del personal que interviene en las actividades de obra.
Manipulación de equipos, herramientas, combustibles y todos los elementos que se utilicen para el cumplimiento del objeto contractual.
Señalización en la zona de las obras y vallas de información
Son de cargo del proponente favorecido todos los costos requeridos para colocar y mantener la señalización de obra y las vallas informativas, la iluminación nocturna y demás dispositivos de seguridad.
El contratista, deberá instalar una valla informativa en el sitio de la obra de acuerdo al modelo suministrado por la entidad; el valor de la misma se debe contemplar en los costos indirectos de la obra. El modelo y dimensiones de la Valla, serán entregados por el Interventor del proyecto.
10. LUGAR DE EJECUCIÓN
Municipio de Piendamó Cauca
11. PLAZO DE EJECUCIÓN
Dos (2) meses contados a partir de la suscripción del acta de inicio, previo registro presupuestal y aprobación de las garantías.
12. PRESUPUESTO OFICIAL
Empiendamó E.S.P. ha estimado el valor del presupuesto oficial en la suma de
DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL
CIENTO SESENTA YCUATRO PESOS MCTE ($283.989.164,oo), este valor incluye la totalidad de los costos directos e indirectos de la obra, valor que se discrimina de la siguiente manera
PRESUPUESTO OPTIMIZACION DE RED ALCANTARILLADO
PRESUPUESTO OFICIAL DE OBRA Y ESPECIFICACIONES
FORMULARIO DE CANTIDADES DE OBRA Y PRECIOS UNITARIOS
ITEM | DESCRIPCION | UNIDAD | CANTIDAD | V. UNITARIO | VALOR TOTAL |
1. | PRELIMINARES | ||||
BARRIO SAN XXXX | |||||
1,1 | demol. Excav. Y rellenos | ||||
1,2 | Suministro e instalación de Cerramiento en tela de fibra tejida color verde. H= 2,10 m. Con postes en guadua Diámetro > o = 0.10 m. cada 3 m, anclados con concreto pobre dentro de tarros o cuñetes de pinturas | ml | 119,00 | 10.151,00 | 1.207.969,00 |
1,3 | Trazado localización y replanteo con equipos de precisión para cambio de tramo de alcantarillado o acueducto control permanente de alineamientos | ml | 119,00 | 1.953,00 | 232.407,00 |
1,4 | manejo de aguas residuales | ml | 119,00 | 7.748,00 | 922.012,00 |
1,5 | retiro de tubería sanitaria o a presión existente | ml | 119,00 | 6.846,00 | 814.674,00 |
1,6 | corte de concreto rígido andes y cunetas | ml | 238,00 | 8.633,00 | 2.054.654,00 |
1,7 | demolición de pavimento rígido, incluye cargue retiro y disposición final | m2 | 107,10 | 45.702,00 | 4.894.684,00 |
1,8 | demolición de recamaras existentes | ml | 6,00 | 223.964,00 | 1.343.784,00 |
1,9 | Excavación a mano material conglomerado para retiro de tuberías sanitarias. | m3 | 299,88 | 23.373,00 | 7.009.095,00 |
2,0 | Relleno con material de excavación compactado a equipo (saltarín) | m3 | 264,70 | 18.314,00 | 4.847.642,00 |
2,1 | entibado de excavaciones | m2 | 225,00 | 21.137,00 | 4.755.825,00 |
2,2 | material de encamado para tubería de PVC | m3 | 20,23 | 93.358,00 | 1.888.632,00 |
3,0 | tubería | - | |||
3,1 | Suministro e instalación de tubería de alcantarillado de 8 " | ml | 119,00 | 54.566,00 | 6.493.354,00 |
obra de arte | - | ||||
3,2 | Andén en concreto clase E (18 MPA) espesor 0,15 . | m2 | 51,00 | 63.114,00 | 3.218.814,00 |
3,3 | Cuneta en concreto clase E (18 MPA) Sección rectangular 0.30x0.20 m espesor 0,10 m. | ml | 68,00 | 46.270,00 | 3.146.360,00 |
3,4 | construcción de recamara H=2,51 a 3mts | und | 5,00 | 2.691.208,00 | 13.456.040,00 |
4,0 | XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXX | ||||
4,1 | demol. Excav. Y rellenos | ||||
4,2 | Suministro e instalación de Cerramiento en tela de fibra tejida color verde. H= 2,10 m. Con postes en guadua Diámetro > o = 0.10 m. cada 3 m, anclados con concreto | ml | 125,00 | 10.151,00 | 1.268.875,00 |
pobre dentro de tarros o cuñetes de pinturas | |||||
4,3 | Trazado localización y replanteo con equipos de precisión para cambio de tramo de alcantarillado o acueducto control permanente de alineamientos | ml | 125,00 | 1.953,00 | 244.125,00 |
4,4 | manejo de aguas residuales | ml | 125,00 | 7.748,00 | 968.500,00 |
4,5 | retiro de tubería sanitaria o a presión existente | ml | 125,00 | 6.846,00 | 855.750,00 |
4,6 | Corte de Pavimento en concreto rígido con máquina | ml | 250,00 | 8.633,00 | 2.158.250,00 |
4,7 | demolición de pavimento rígido, incluye cargue retiro y disposición final | m2 | 106,25 | 45.702,00 | 4.855.838,00 |
4,8 | demolición de recamaras existentes | und | 6,00 | 223.964,00 | 1.343.784,00 |
4,9 | Excavación a mano material conglomerado para retiro de tuberías sanitarias. | m3 | 297,50 | 23.373,00 | 6.953.468,00 |
5,0 | excavación material común seco profundidad entre 2 - 4 mts | m3 | 318,75 | 24.324,00 | 7.753.275,00 |
5,1 | Relleno con material en el sitio compactado equipo (saltarín) | m3 | 570,46 | 18.314,00 | 00.000.000,00 |
5,2 | entibado de excavaciones | m2 | 225,00 | 21.137,00 | 4.755.825,00 |
5,3 | material de encamado para tubería de PVC | m3 | 21,25 | 93.358,00 | 1.983.858,00 |
5,4 | tubería | - | |||
5,5 | Suministro e instalación de tubería de alcantarillado de 10 " | ml | 125,00 | 82.034,00 | 00.000.000,00 |
5,6 | reparcheo de vía en concreto mezcla Concreto 1:2:2 3000 psi 21 MPA E=,20m | m3 | 21,25 | 414.872,00 | 8.816.030,00 |
5,7 | construcción de recamara H=3,51 a 4mts | ml | 7,00 | 3.145.550,00 | 00.000.000,00 |
6,0 | ALCANTARILLADO BARRIOS | ||||
6,1 | demol. Excav. Y rellenos | ||||
6,2 | demolición de recamaras existentes los andes | und | 1,00 | 223.964,00 | 23.964,00 |
6,3 | construcción de recamara H=2,5 a 3mts los andes | und | 1,00 | 2.691.208,00 | 2.691.208,00 |
6,4 | demolición de recamaras existentes el progreso | und | 1,00 | 223.964,00 | 223.964,00 |
6,5 | construcción de recamara H=2 a 2,5mts el progreso | und | 1,00 | 2.490.416,00 | 2.490.416,00 |
6,6 | demolición de recamaras existentes | und | 1,00 | 223.964,00 | 223.964,00 |
6,7 | construcción de recamara H=2 a 2,5mts | und | 1,00 | 2.490.416,00 | 2.490.416,00 |
6,8 | mantenimiento de recamaras | und | 37,00 | 165.289,00 | 6.115.693,00 |
SUB TOTAL COSTO DIRECTOS | 155.423.585,00 | ||||
A.I | 20,0% | 31.084.717,00 | |||
U | 6% | 9.325.415,10 | |||
IVA 15% sobre Utilidad | 15% | 1.398.812,27 | |||
COSTO TOTAL PRESUPUESTO CON IVA | 197.232.529,00 | ||||
PRESUPUESTO OPTIMIZACION DE RED ACUEDUCTO |
PRESUPUESTO OFICIAL DE OBRA Y ESPECIFICACIONES
FORMULARIO DE CANTIDADES DE OBRA Y PRECIOS UNITARIOS
1,0 | BARRIO XXXXX XXXXXXX | ||||
1,1 | demol. Excav. Y rellenos | ||||
1,2 | señalización para el manejo de transito | glb | 1,00 | 2.012.472,00 | 2.012.472,00 |
1,3 | Trazado localización y replanteo con equipos de precisión para cambio de tramo de alcantarillado o acueducto control permanente de alineamientos | ml | 450,00 | 1.953,00 | 878.850,00 |
1,4 | retiro de tubería sanitaria o a presión existente | ml | 450,00 | 6.846,00 | 3.080.700,00 |
1,6 | corte de concreto flexible | ml | 900,00 | 7.394,00 | 6.654.600,00 |
1,7 | demolición pavimento flexible | m2 | 405,00 | 36.164,00 | 00.000.000,00 |
1,8 | Excavación a mano material conglomerado | m3 | 108,00 | 23.373,00 | 2.524.284,00 |
Excavación a mano material común de 0 a 2 para retiro de tuberías presión. | m3 | 180,00 | 16.069,00 | 2.892.420,00 | |
1,9 | Relleno con material de excavación compactado a equipo (saltarín) todo | m3 | 144,00 | 18.314,00 | 2.637.216,00 |
tubería | - | ||||
2,1 | Suministro e instalación de tubería presión de 3" RDE 13,5 | ml | 450,00 | 34.066,00 | 00.000.000,00 |
2,2 | suministro e instalación de válvulas de regulación de 3" | und | 3,00 | 546.000,00 | 1.638.000,00 |
obra de arte | - | ||||
2,3 | Relleno roca muerta Compactado con | m3 | 144,00 | 6.615.216,00 |
rana más acarreo | 45.939,00 | ||||
SUB TOTAL COSTOS DIRECTOS: | 58.909.878,00 | ||||
A.I | 20,0% | 11.781.975,60 | |||
U | 6% | 3.534.592,68 | |||
IVA 15% Sobre Utilidad | 15% | 530.188,90 | |||
COSTO TOTAL PRESUPUESTO CON IVA | 74.756.635,00 | ||||
TOTAL | 271.989.164 | ||||
RECAMARA | $12.000.000 | ||||
SUB TOTAL | 283.989.164 | ||||
INTERVENTORIA | 19.879.241,48 | ||||
TOTAL | 303.868.405 |
13. ANTICIPO
No se entregará suma alguna en calidad de anticipo.
14. FORMA DE PAGO
Empiendamó E.S.P. pagará al CONTRATISTA el valor del contrato mediante la presentación de actas parciales de obra, las cuales deben ser refrendadas por el Contratista y el Interventor, anexando la verificación del pago del período correspondiente de los aportes a seguridad social y parafiscales del personal vinculado laboralmente con el CONTRATISTA. La acreditación de estos aportes se requerirá para la realización de cada pago derivado del presente contrato, al tenor de lo dispuesto por el artículo 23 de la ley 1150 de 2007. Las cantidades de obra y valores consignados en las respectivas Actas de obra, son de responsabilidad exclusiva del Interventor y del Contratista. Como requisito para la presentación de la última Acta de obra, se debe anexar el Acta de entrega y recibo definitivo de obra, debidamente firmada por los participantes.
PAGO DE LAS ACTAS DE OBRA. - Las actas de Obra deberán presentarse en Empiendamó E.S.P., y EL CONTRATISTA deberá radicar en la dependencia competente de Empiendamó E.S.P. las correspondientes facturas de pago, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al recibo de las actas de obra debidamente aprobadas por Empiendamó E.S.P. e Interventor. Empiendamó E.S.P. las pagará dentro de los cinco
(5) días calendario siguiente a la fecha de radicación de las mismas, o a la fecha en que
EL CONTRATISTA subsane las glosas que le formule EMPIENDAMÓ E.S.P.. Para el pago de la última cuenta deberá anexar el Acta de Recibo definitivo de la obra. Si el Contratista no presenta la cuenta con sus soportes respectivos dentro de la vigencia fiscal correspondiente, no podrá hacer ninguna reclamación judicial o extrajudicial de actualizaciones, intereses o sobrecostos sobre el valor de la cuenta. En todo caso los anteriores pagos estarán sujetos a la disponibilidad de PAC.
15. CONTRATACIÓN COBIJADA POR ACUERDO INTERNACIONAL O TRATADO DE LIBRE COMERCIO
En virtud de lo establecido en el manual explicativo de los capítulos de contratación pública de los acuerdos comerciales negociados por Colombia para entidades contratantes, del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y el Departamento Nacional de Planeación, se procede a determinar si la contratación se encuentra cubierta por un acuerdo internacional o tratado de libre comercio, así:
Actualmente el estado Colombiano, tiene vigente los siguientes acuerdos internacionales o tratados de libre comercio con compromisos en materia de contratación pública con los siguientes países: Chile, México, los países del triángulo Norte (Salvador, Guatemala, Honduras), Suiza y Liechtenstein como miembros de la Asociación Europea de libre Comercio – AELC (EFTA)- y los Estados Unidos.
De acuerdo con la lista de entidades incluidas en los capítulos de contratación pública que se relacionan en el manual explicativo de los capítulos de contratación pública de los acuerdos comerciales negociados por Colombia para entidades contratantes relacionadas en el 1.2.1, se observa que Empiendamó E.S.P., no se encuentra incluido de manera expresa, por lo que se concluye que no estaría cubierta por los tratados de libre comercio relacionado anteriormente.
16. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN
Las actuaciones de Empiendamó E.S.P. para la contratación estatal deben desarrollarse garantizando los principios de transparencia, economía y responsabilidad. La presente convocatoria y la Contratación se rigen por la Ley 80 de 1993, ley 1150 de 2.007, decreto 1082 de 2015, Directiva Presidencial No. 12 de 2002, Acuerdo No. 02 del 12 de febrero de 2015 de Empiendamó E.S.P. y demás decretos reglamentarios y demás normas vigentes y concordantes, o aquellas que las modifiquen.
La modalidad de selección que se adopta, en atención al objeto contractual y la cuantía estimada del proceso será por solicitud pública de ofertas.
17. PARTICIPANTES
Podrán participar TODAS LAS PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS, CONSORCIOS Y
UNIONES TEMPORALES que reúnan los siguientes requisitos:
No encontrarse dentro de las inhabilidades e incompatibilidades contempladas en el artículo 8 de la Ley 80 de 1993, en el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007 y en el artículo 127 de la Constitución Política Colombiana y demás previstas en leyes especiales.
No estar incurso en una causal de disolución o liquidación.
No encontrarse en un proceso de liquidación forzosa u obligatoria.
No estar reportado en el último Boletín de responsables fiscales vigente, publicado por la Contraloría General de la República, de acuerdo con lo establecido en el numeral 4 del artículo 38 de la Ley 734 de 2002 y artículo 60 de la Ley 610 de 2000.
Si se trata de persona natural, como proponente individual o miembro de un Consorcio o Unión Temporal debe ser Ingeniero Civil con matrícula y tarjeta profesional vigentes.
Cuando el proponente sea persona jurídica, consorcio o unión temporal, debe demostrar su capacidad técnica y legal para presentar la oferta, para la suscripción, celebración y ejecución del contrato. Por lo tanto su razón u objeto social debe estar relacionado directamente con el objeto de la presente convocatoria pública.
En el caso de los Consorcios y de las Uniones Temporales, el documento de constitución deberá cumplir con lo establecido en el artículo 7° de la Ley 80 de 1993.
Cuando se trate de personas naturales extranjeras su capacidad jurídica se acredita mediante los documentos previstos por la legislación del país de origen, los cuales deben aportarse al proceso de contratación.
Los documentos presentados por proponentes extranjeros no requieren legalización alguna salvo los documentos otorgados en el exterior y los poderes generales o especiales que deben ser otorgados ante Notario Público. Los proponentes pueden entregar con su oferta los documentos otorgados en el exterior sin que sea necesaria su legalización de acuerdo con la Convención de la Apostilla.
Xxxxxx proponente, ya sea persona natural o jurídica, o integrante de un Consorcio o Unión Temporal puede hacer parte de más de una oferta, en caso de que esto suceda se rechazarán todas las ofertas en las cuales esté incluido dicho proponente o proponentes.
18. VEEDURÍAS CIUDADANAS – COMPROMISO DE TRANSPARENCIA
Empiendamó E.S.P. se permite convocar a las veedurías ciudadanas establecidas de conformidad con la Ley, para que desarrollen su actividad durante la etapa precontractual, contractual y postcontractual en el presente proceso de selección.
En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en el presente procedimiento, se debe reportar a la Secretaria de Transparencia en la siguiente dirección: Xxxxx 00 Xx. 0-00, xxxx 0, Teléfonos: (00 0) 000 0000, Fax: (00 0) 000 0000 o al correo electrónico:
xxxxx0@xxxxxxxxxxx.xxx.xx o a la línea Transparente: 01 8000 913040.
El COMPROMISO DE TRANSPARENCIA debe ser suscrito por el proponente cuando se trate de persona natural o del representante legal para el caso de personas jurídicas, consorcio o unión temporal, para lo cual debe diligenciar el FORMATO No. 2.
19. RIESGOS ASOCIADOS AL CONTRATO, FORMA DE MITIGARLO Y LA ASIGNACIÓN DEL RIESGO ENTRE LAS PARTES CONTRATANTES
De conformidad con el artículo 2.2.1.1.1.3.1 del Decreto 1082 de 2015, Riesgo es un evento que puede generar efectos adversos y de distinta magnitud en el logro de los objetivos del Proceso de Contratación o en la ejecución de un contrato. EMPIENDAMÓ
E.S.P. evaluó los eventos que se pueden presentar durante la ejecución del contrato y
que puedan afectar el cumplimiento de sus metas y objetivos, de acuerdo con los manuales y guías que para el efecto expidió Colombia Compra Eficiente. El resultado de este ejercicio es la matriz de riesgos que se publicará de manera simultánea con el presente pliego de condiciones y hace parte integral de este.
AUDIENCIA DE ASIGNACIÓN DE RIESGOS.
De conformidad con lo establecido en el artículo 30 de la Ley 80 de 1993, artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, artículo 2.2.1.2.1.1.2 del Decreto 1082 de 2015, en la fecha, hora y lugar señalado en la cronología del proceso, se llevará a cabo la audiencia pública de asignación de riesgos. En la misma audiencia tal como lo prevé tal normativa y a solicitud de cualquiera de las personas interesadas en el proceso se podrá precisar el contenido y alcance xxx xxxxxx de condiciones.
Si a solicitud de un interesado es necesario adelantar una audiencia para el precisar el Contenido y el alcance xxx xxxxxx de condiciones, este tema se tratará en la audiencia de asignación de Riesgos.
Los interesados presentarán las observaciones que estimen pertinentes sobre la asignación de riesgos. La matriz en la cual se tipifican los riegos previsibles, preparada por la Entidad hace parte integrante del presente pliego de condiciones y los interesados podrán presentar sus observaciones durante el plazo de la Oferta o en la audiencia prevista para él efecto.
La presentación de la oferta implica la aceptación por parte del proponente de la distribución de riesgos previsibles efectuada por la entidad en el pliego de condiciones y sus adendas.
Los proponentes deberán realizar todas las evaluaciones y estimaciones que sean necesarias para presentar su propuesta sobre la base de un examen cuidadoso de sus características, incluyendo los estudios, diseños, evaluaciones y verificaciones que consideren necesarios para formular la propuesta con base en su propia información, de manera tal que el proponente deberá tener en cuenta el cálculo de los aspectos económicos del proyecto, los cuales deben incluir todos los costos directos e indirectos que implique el cumplimiento del objeto del contrato, con todas las obligaciones y xxxxxxxx de riesgos que emanan del mismo.
Si el proponente que resulte adjudicatario ha evaluado incorrectamente o no ha considerado toda la información que pueda influir en la determinación de los costos, no se eximirá de su responsabilidad por la ejecución completa de las obras de conformidad con el contrato, ni le dará derecho a rembolso de costos, ni a reclamaciones o reconocimientos adicionales de ninguna naturaleza.
NOTA. De conformidad con lo expuesto anteriormente, únicamente se adelantará audiencia de precisión al alcance y contenido xxx xxxxxx de condiciones, siempre y cuando previo a la fecha señalada en la cronología del presente proceso, para la realización de la audiencia de asignación de riesgos, se haya solicitado por
parte de un interesado la realización de la misma. En este caso, la entidad convocará a dicha audiencia, publicará un comunicado en la página de la empresa, en el cual se anuncie la celebración de dicha audiencia de aclaración.
Empiendamó E.S.P. en cumplimiento al artículo 4 de la ley 1150 de 2007 y el decreto 1082 de 2014, ha estimado los riesgos aplicando el documento CONPES 3714 con su tabla de cálculo.
CLASE | TIPIFICACION DEL RIESGO | ASIGNACION DEL RIESGO | ESTIMACION DEL RIESGO | |||
DESCRIPCION | OBSERVACIONES | MPIO | CONTRA TISTA | TIPO | ESTIMACIO N RIESGO | |
OPERACIONALES | OTROS PERMISOS Y AUTORIZACIONES (Diferente a permisos ambientales) | Efecto económico derivado del incumplimiento de trámites que deba adelantar ante autoridades gubernamentales y/o la obtención de permisos, y/o licencias, y/o autorizaciones | X | BAJO | 5,00% | |
PROGRAMACION DE OBRA | Efecto favorable o desfavorable derivado del desarrollo del esquema fijado en su programa de trabajo aprobado por Empiendamó E.S.P. para la ejecución de la obra: en cuanto a compra e ingreso de materiales, ingreso y suministro de equipos, contratación de mano de obra. | X | ALTO | 20,00% | ||
CALIDAD DE LAS OBRAS | Los efectos económicos desfavorables ocasionados por el incumplimiento de las especificaciones generales y particulares de construcción de edificaciones y de las normas de ensayo de materiales que regulan el contrato. | X | ALTO | 20,00% | ||
FINANCIEROS X XX XXXXXXX | PRECIOS UNITARIOS | Los efectos económicos derivados de un análisis insuficiente de los precios unitarios realizados por el contratista, en cuanto a equipos, transporte, materiales y mano de obra. | X | MEDI O | 10,00% | |
FINANCIEROS | Cambios en las variables macroeconómicas de Colombia, pero sin limitación a inflación, devaluación y tasa de interés | X | BAJO | 5,00% | ||
RIESGOS REGULATORIOS | Los efectos económicos derivados por la expedición de nuevas normas, al igual que la imposición de nuevos impuestos locales o nacionales posteriores al cierre del presente proceso licitatorio. | X | BAJO | 5,00% |
SOCIOAMBIENTAL ES Y PREDIALES | SOCIALES | Los efectos económicos derivados de cualquier reclamación en razón a la ejecución de las obras; así como el efectos ocasionados por parálisis de las obras ocasionadas por el no pago de las obligaciones en materia de proveedores, salarios, seguridad social integral y parafiscales.. | X | BAJO | 5,00% | |
CAUSAS NATURALES | ASEGURABLES | Efecto económico ocasionado por desastres naturales como terremotos, inundaciones, sequías, etc. | X | BAJO | 10,00% | |
NO ASEGURABLES | Efecto económico ocasionado por daño emergente proveniente xx xxxxxx, terrorismo, etc. | X | BAJO | 10,00% | ||
Efecto económico ocasionado por Xxxxx Xxxxxxx proveniente xx xxxxxx, terrorismo, etc. | X | BAJO | 10,00% | |||
TOTAL | 100,00% |
Corresponderá al contratista seleccionado la xxxxxxxx del riesgo previsible propio de este tipo de contratación asumiendo su costo, siempre que el mismo no se encuentre expresamente a cargo de Empiendamó E.S.P. en el presente estudio.
20. REGLAMENTACIÓN
Para la contratación del personal de la obra el Proponente favorecido debe cumplir estrictamente las condiciones de la Ley 100 de 1993, sus decretos reglamentarios y demás disposiciones establecidas en la normatividad laboral vigente.
Para la organización y ejecución de los trabajos el Proponente debe tener en cuenta todas las disposiciones legales vigentes en seguridad industrial, Resolución 2413 de 1979, que contienen el Reglamento de higiene y seguridad para la industria de la construcción, aspectos ambientales.- Ley 99 de 1993 y sus decretos reglamentarios.
Para el ejercicio de la profesión de ingeniería y afines regirá lo contemplado en la Ley 842 de 2003 y demás normas reglamentarias.
Para la ejecución de las obras se aplicarán como normativas las prescripciones de los Códigos y Recomendaciones siguientes que apliquen para cada caso:
| American Association of State Highway Officials | AASHO |
| American Concrete Institute | ACI |
| American Society for Testing and Materials | ASTM |
| Instituto Colombiano de Normas Técnicas | ICONTEC |
| Normas Colombianas de Diseño y Construcción | |
Sismo – Resistentes | NSR - 10 | |
| Ley 400 de 1.997 | |
| Normas del Instituto Nacional de INVIAS vigentes |
Guía Ambiental para Proyectos de Infraestructura – Subsector Vial - INVIAS
Legislación ambiental municipal y/o, distrital y Nacional
Reglamentación de manejo ambiental y recursos hídricos
Legislación de seguridad industrial y de salud ocupacional
Legislación de tránsito vehicular y peatonal
Legislación de tránsito vehicular y peatonal, Normatividad vigente a nivel nacional para la movilización de maquinaria y equipo pesado impuesta en éste tipo de obras por la entidad competente.
Manual de Manejo ambiental de la Secretaría de Infraestructura Municipal.
Manual de referencia para la accesibilidad de la Secretaría de Infraestructura
Las demás normas técnicas que correspondan para la debida ejecución del Contrato.
21. DOCUMENTOS OBLIGATORIOS PARA LA OFERTA
REQUISITOS DE ORDEN JURÍDICO, FINANCIERO Y TÉCNICO: SOBRE No. 1
Los proponentes deberán acreditar el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos jurídicos, técnicos y financieros que se establecen a continuación. Los documentos correspondientes deberán ser anexados a la carta de presentación de la propuesta.
REQUISITOS DE ORDEN JURÍDICO | ||||||
Nº | Requisito | Persona natural | Persona Jurídica | Consorcio | Unión Temporal | Descripción |
1 | Carta de presentación | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Si aplica | DILIGENCIAR Y FIRMAR Formato No.1, según se trate de persona natural, jurídica, consorcio o unión temporal. |
En caso que el representante de un consorcio o unión temporal sea diferente a los miembros que lo integran, también deberá cumplir con este requisito | ||||||
2 | Fotocopia ampliada y legible de la cédula de ciudadanía | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Anexar documento exigido, del proponente o representante legal de la firma según el caso. |
3 | Fotocopia ampliada y legible de la Tarjeta Profesional y certificado de vigencia de la tarjeta profesional | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Anexar documentos exigidos, del proponente o representante legal de la firma según el caso. El certificado de vigencia de la tarjeta profesional debe ser expedido dentro de los seis (6) meses anteriores al cierre del proceso, expedido por la autoridad competente |
4 | Certificado de existencia y representación legal. | N/A | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Expedido por la Cámara de Comercio con fecha no mayor a treinta (30) días anteriores a la fecha de cierre del presente Proceso. Obligatorio para cada una de las personas jurídicas que los integren. |
Las personas jurídicas deben acreditar que se han constituido mínimo dos (2) años de anterioridad a la fecha de cierre del presente Proceso. | ||||||
Los consorcios o Uniones Temporales deben acreditar que su duración es por lo menos igual al término de vigencia del contrato y la liquidación del mismo. | ||||||
Acreditar la capacidad jurídica de sus representantes para la constitución del Consorcio o Unión Temporal, así como para la celebración y ejecución del contrato a través de la forma de asociación escogida, mediante la acreditación de todos los requisitos exigidos en los |
presentes pliegos. | ||||||
5 | Acta de la junta de socios. | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Anexar documento exigido o su equivalente, en la cual se le autoriza para presentar la oferta y celebrar el correspondiente contrato en caso de que le sea adjudicado, para el caso en que dicha facultad no esté expresamente consignada en el certificado de existencia y representación legal. Obligatorio para cada una de las personas jurídicas que los integren. Xxxx acreditar la capacidad del representante legal para la presentación de la oferta, la suscripción y ejecución del contrato, en caso de que le sea adjudicado. | |
6 | Documento de constitución de Consorcios o Uniones Temporales | Si aplica | Si aplica | Deberá acreditar que su duración es al menos el término del contrato y su liquidación. Expresando nombres y apellidos de integrantes, su identificación, número de matrícula profesional, porcentaje de participación de sus miembros, responsabilidades, representación y solidaridad. | ||
Si se trata de una Unión Temporal deberán indicarse, además, los términos y extensión de la participación de sus integrantes en la propuesta y en la ejecución del contrato; de lo contrario, la entidad contratante considerará que la propuesta fue presentada por un Consorcio. Nota: Para el caso de Consorcios o Uniones temporales, ninguno de sus miembros podrá tener una participación menor del 45%. | ||||||
7 | Pago de aportes de seguridad social y aportes parafiscales | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Si aplica | El proponente deberá acreditar el pago de los aportes de él y sus empleados, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de |
Aprendizaje, cuando a ello haya lugar. Puede ser uno de los siguientes documentos según el proponente sea persona natural, jurídica o asociada. | ||||||
En caso que el representante de un consorcio o unión temporal sea diferente a los miembros que lo integran, también deberá cumplir con este requisito | ||||||
7.1 | Afiliación al sistema de seguridad social | Si aplica | Si aplica | Si aplica | El oferente deberá anexar el último recibo de pago PILA, como trabajador independiente y acreditar el pago de los aportes de sus empleados, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, anexando la planilla de pago correspondiente al último mes. En caso de no estar obligado al pago de parafiscales deberá anexar declaración en tal sentido (precisando que no está obligado por no tener personal dependiente) | |
7.2 | Certificación firmada por revisor fiscal o representante legal. | Si aplica | Debe presentar una certificación en original, (expedida por el Revisor Fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de la Ley, o por el Representante Legal, cuando no se requiera Revisor Fiscal), en la que se indique que se encuentran al día en el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Dicho documento debe certificar que, a la fecha prevista para la recepción de documentos, ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses, contados a partir de la citada fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos. | |||
8 | Garantía de seriedad de la | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Si aplica | El proponente deberá tomar a su nombre una garantía de seriedad |
propuesta. | de la propuesta expedida por una Compañía de Seguros debidamente acreditada en Colombia y emitida a favor de la entidad contratante. El contratista podrá optar para otorgar como mecanismo de cobertura cualquiera de las siguientes garantías, según el artículo 2.2.1.2.3.1.2 del decreto 1082 de 2015: 1. Contrato de seguro contenido en una póliza. 2. Patrimonio autónomo. 3. Garantía Bancaria. Esta garantía deberá ser otorgada en los términos establecidos en el Artículo 2.2.1.2.3.1.2 y siguientes del decreto 1082 de 2015, Debe constituirse según el Numeral 29 de los presentes pliegos. | |||||
Si el proponente es una persona jurídica, la póliza o garantía debe tomarse de conformidad con el nombre o razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal de la Cámara de Comercio respectiva. | ||||||
Si el proponente es un Consorcio o Unión Temporal, la garantía deberá tomarse a nombre del Consorcio o Unión Temporal, indicándose para tal caso, el nombre de todos y cada uno de sus integrantes. | ||||||
Tanto la garantía como la constancia de pago de la prima se adjuntarán a la carta de presentación de la propuesta. | ||||||
En el evento que se generase una prórroga en los plazos inicialmente establecidos para la realización del Proceso de Contratación, la garantía de seriedad de la propuesta deberá prorrogarse de conformidad con las reglas anteriormente señaladas | ||||||
9 | Compromiso de Transparencia | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Deberán diligenciar el Formato No. 2, el cual debe ser firmado por el proponente. |
REQUISITOS DE ORDEN FINANCIERO |
10 | Registro único tributario - RUT | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Anexar documento exigido Cuando el proponente sea un Consorcio o una Unión Temporal, deberá diligenciar su registro de manera inmediata a la resolución de adjudicación. |
Los indicadores financieros evaluados se tomarán con base en los datos de la capacidad financiera con corte a 31 de diciembre de 2015, contenidos en la información en firme del Registro Único de proponentes. | ||||||
Índice de liquidez = Activo Corriente /Xxxxxx Xxxxxxxxx El proponente deberá demostrar un índice de liquidez mayor a 50 Para el cálculo del Índice de liquidez para Consorcios o Uniones Temporales, será el cociente de la sumatoria de los activos corrientes de cada uno de sus miembros sobre la sumatoria de los pasivos corrientes de cada uno de los miembros. | ||||||
Índice de Endeudamiento = Pasivo Total / Activo total El proponente deberá tener un nivel de endeudamiento menor o igual a 0.50 Para el cálculo del Nivel de endeudamiento para Consorcios o Uniones Temporales, será el cociente de la sumatoria de los pasivos totales de cada uno de sus miembros sobre la sumatoria de los activos totales de cada uno de los miembros. | ||||||
Razón de Cobertura de intereses = utilidad operacional /gastos de intereses El proponente deberá tener una razón de cobertura de intereses mayor o igual a 450 o indefinido Para el cálculo de la Razón de Cobertura de intereses para Consorcios o Uniones Temporales, será el cociente de la sumatoria de la utilidad operacional de cada uno de sus miembros sobre la sumatoria de gastos de intereses de cada uno de sus miembros | ||||||
Capacidad Organizacional - Indicadores de Capacidad Organizacional Rentabilidad sobre patrimonio = utilidad operacional / patrimonio El proponente deberá demostrar una rentabilidad sobre patrimonio mayor a 0.05 Para el cálculo de la Rentabilidad sobre patrimonio para Consorcios o Uniones Temporales, será el cociente de la sumatoria de las utilidades operacionales de cada uno de sus miembros sobre la sumatoria de los patrimonios de cada uno de los miembros. Rentabilidad sobre activos = Utilidad operacional / Activo total. El proponente deberá demostrar una rentabilidad sobre activos mayor a 0.05 Para el cálculo de la Rentabilidad sobre activos para Consorcios o Uniones Temporales, será el cociente de la sumatoria de las utilidades operacionales de cada uno de sus miembros sobre la sumatoria de los activos totales de cada uno de sus miembros. | ||||||
REQUISITOS DE ORDEN TECNICO | ||||||
11 | Registro único de Proponentes - RUP | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Si aplica | El proponente debe anexar el Certificado de inscripción en el Registro Único de Proponentes, expedido por la Cámara de Comercio de su domicilio principal y su fecha de expedición no podrá ser mayor a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre del presente |
Proceso. La información contenida en el RUP, para todos sus efectos, para que sea considerada por Empiendamó E.S.P. deberá encontrarse en firme a la fecha programada para la audiencia de sorteo y determinación del orden de elegibilidad, teniendo en cuenta lo descrito en el numeral 30.8 xxx xxxxxx de condiciones: “…la recepción de documentos subsanables se hará hasta tres (3) horas hábiles antes de la hora programada en el cronograma para la audiencia pública de adjudicación. Los documentos presentados por fuera de este plazo, no serán considerados y la oferta será rechazada.” En el caso de propuestas presentadas por Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los integrantes debe cumplir con este requisito. El proponente deberá encontrarse inscrito, en el RUP en la Codificación Estandarizada Internacional de Bienes y Servicios de las Naciones Unidas en los siguientes códigos: Grupo F: Servicios UNSPSC: 83101501 – 83101506 En el caso de propuestas presentadas por Consorcios o Uniones Temporales cada uno de los integrantes debe cumplir con este requisito. | ||||||
12 | Capacidad residual del proponente. | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Teniendo en cuenta el decreto 791 del 22 xx xxxxx de 2014, “Por el cual se reglamenta al artículo 72 de la Ley 1682 de 2013 y se modifica el artículo 18 del Decreto 1510 de 2013” (hoy decreto 1082 de 2015), el cálculo de la capacidad residual se hará de acuerdo a la Guía para Determinar y Verificar la Capacidad Residual |
del Proponente en los Procesos de Contratación de Obra Pública. (Versión 2), publicada por Colombia Compra eficiente así: La capacidad residual del proceso de Contratación es de $283.989.164,oo) El proponente debe acreditar una capacidad Residual igual o superior a la Capacidad Residual establecida para el proceso de contratación. El proponente debe presentar la siguiente información para acreditar su capacidad residual: La lista de los contratos en ejecución, así como el valor y plazo de tales contratos. La lista de los contratos en Ejecución, suscritos por sociedades, consorcios o uniones temporales, en los cuales el proponente tenga participación, así como el valor y el plazo de tales contratos. El estado de resultados que contiene el mejor ingreso operacional de los últimos cinco (5) años. Para acreditar el factor de experiencia (E), el proponente debe diligenciar el formato correspondiente al Anexo 1 (publicado en la guía de Colombia compra eficiente), el cual contiene los contratos inscritos en el segmento 72 y su valor total en pesos colombianos liquidados con el SMMLV. Para acreditar la capacidad técnica (CT) el proponente debe diligenciar el Formato correspondiente al Anexo 2 (publicado en la guía de Colombia compra eficiente). Cómo presentar la lista de Contratos en Ejecución? El proponente debe presentar un |
certificado suscrito por su representante legal y su revisor fiscal, si el proponente está obligado a tenerlo, o por el contador o su auditor independiente, el cual contenga la lista de los Contratos en Ejecución, tanto a nivel nacional como internacional, indicando: (i) el valor del contrato; (ii) el plazo del contrato en meses; (iii) la fecha de inicio de las obras objeto del contrato, día, mes, año; y (iv) si la obra la ejecuta un consorcio, unión temporal o sociedad de propósito especial, junto con el porcentaje de participación del oferente que presenta el certificado. Si el proponente no tiene Contratos en Ejecución, en el certificado debe constar expresamente esa circunstancia. Datos Contrato 1 Valor Fecha inicio (dd-mm-aaaa) Plazo (meses) Oferente Plural (Si, No) Participación (%) Esta suspendido? (Si, No) Fecha suspensión (dd-mm-aaaa) El cálculo del Saldo de los Contratos en Ejecución debe hacerse linealmente calculando una ejecución diaria equivalente al valor del contrato dividido por el plazo del contrato expresado en días. Este resultado se multiplica por el número de días pendientes para cumplir el plazo del contrato y si el contrato es ejecutado por una estructura plural por la participación del proponente en el respectivo contratista. Si el número de días por ejecutar en un contrato es superior a 12 meses, es decir 360 días, el Saldo del Contrato en Ejecución solo tendrá en cuenta la proporción lineal de 12 meses. |
El Decreto 791 de 2014 se refiere a los contratos para ejecutar obras civiles bien sean suscritos con Entidades Estatales, entidades privadas, incluyendo los contratos para ejecutar obras civiles en desarrollo de contratos de concesión. Lo anterior puesto que la capacidad del contratista para acometer nuevas obras es afectada tanto los contratos públicos como los privados. Igualmente, se refiere a los contratos suscritos por el proponente como aquellos suscritos por consorcios uniones temporales o sociedades de propósito especial en las cuales participe el oferente. La Capacidad Residual de un proponente plural debe ser la suma de la Capacidad Residual de cada uno de sus integrantes. | ||||||
13 | Experiencia del Proponente | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Si aplica | El proponente deberá demostrar experiencia en el RUP en la Codificación Estandarizada Internacional de Bienes y Servicios de las Naciones Unidas en los siguientes códigos: |
Grupo F: Servicios UNSPSC: 83101501 – 83101506 | ||||||
En el caso de propuestas presentadas por Consorcios o Uniones Temporales, al menos uno (1) de los integrantes debe demostrar experiencia los códigos indicados | ||||||
Para los mencionados códigos, la sumatoria de los valores reportados en el RUP deberán ser como mínimo 400 SMMLV. Para el caso de persona plural, este valor podrá acreditarse por cualquiera de los integrantes. | ||||||
14 | Experiencia específica del proponente. | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Si aplica | La experiencia podrá acreditarse de la siguiente forma: DOS (2) contratos: |
Con objeto clasificado con los códigos: Grupo G: Terrenos, edificios, estructuras y vías UNSPSC: 72141120 – SERVICIO DE CONSTRUCCIÓN DE LINEAS DE ALCANTARILLADO o Grupo F: Servicios UNSPSC: 83101501 – 83101506 Que oscilen entre 400 SMMLV Y que al menos uno de los contratos tenga como objeto la construcción redes de acueducto y alcantarillado y/o manejo de aguas, que corresponda al 40% del presupuesto oficial en SMMLV Para el caso en que la experiencia haya sido obtenida como integrante de un Consorcio o Unión Temporal, para la ponderación se tendrá en cuenta el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes. El resultado de la evaluación de la experiencia específica, de cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal se sumarán para efectos de determinar el cumplimiento como proponente de los requisitos de experiencia específica aquí definidos y deberá anexarse el documento de conformación del Consorcio o Unión Temporal con que se acredita experiencia con el porcentaje de participación de cada integrante, respecto a las actas o certificaciones, también puede ser certificada en las actas que indican el porcentaje de cada integrante en la ejecución de las obras. | ||||||
15 | Certificación de acogimiento de ítems. | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Si aplica | El oferente deberá certificar y anexar dicho documento firmado donde de manera expresa acoge las unidades, cantidades y descripción de los ítems de acuerdo al presupuesto. En caso de no presentarse esta |
certificación la Empresa realizará la corrección completa de la propuesta y en caso de encontrar algún cambio en los ítems, unidades y cantidades, la propuesta será rechazada. | ||||||
16 | Certificación de No tenencia de multas y/o sanciones | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Certificación suscrita por el representante legal o apoderado del proponente individual o de la estructura plural o por el representante legal o apoderado de cada uno de los integrantes, presentada bajo la gravedad de juramento que se entiende prestado con la firma de la misma, en la cual se indique, que no han sido objeto de multas y/o sanciones en contratos con el Estado, durante los dos (2) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección. |
17 | Certificación de No encontrarse reportado en el Registro Único de Infractores Ambientales (RUIA) | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Certificación suscrita por el representante legal o apoderado del proponente individual o de la estructura plural o por el representante legal o apoderado de cada uno de los integrantes, presentado bajo la gravedad de juramento que se entiende prestado con la firma de la misma, en la cual se indique que no se encuentra(n) reportado(s) en el Registro Único de Infractores Ambientales (RUIA), en virtud de acto administrativo en firme expedido por la autoridad ambiental competente, en los dos (2) años anteriores contados a partir de la fecha de cierre del presente proceso de selección. |
18 | Certificación de Incentivo a la Industria Nacional | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Dando cumplimiento a la Ley 816 de 2003, los proponentes deben presentar una certificación firmada por el proponente en caso de ser Persona Natural o por el Representante Legal, en caso de ser Persona Jurídica, Consorcio o Unión Temporal, en la cual manifieste de manera expresa que en caso de ser seleccionado para el cumplimiento del Objeto del Contrato utilizará Bienes o Servicios de origen nacional. El proponente que no adjunte esta certificación NO tendrá puntaje en |
este punto de evaluación. |
Empiendamó E.S.P., se reserva el derecho de verificar la información jurídica, financiera y técnica de los proponentes cuando lo considere necesario, para lo cual podrá solicitar los documentos necesarios para el esclarecimiento de la información, siempre que con ello no se violen los principios de igualdad y transparencia del proceso, sin que las aclaraciones o documentos que el proponente xxxxxxx a solicitud de Empiendamó E.S.P. puedan modificar, adicionar o complementar la propuesta.
23. DOCUMENTOS OBLIGATORIOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El oferente favorecido con la adjudicación objeto de la presente convocatoria, deberá allegar los siguientes documentos adicionales necesarios para la suscripción del contrato:
DOCUMENTOS OBLIGATORIOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO | ||||||
No. | Tipo de documento | Persona Natural | Persona Jurídica | Consorcio | Unión Temporal | Requisitos |
1 | Registro Único Tributario (R.U.T) expedido por la DIAN | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Anexar documento exigido Cuando el proponente sea un Consorcio o una Unión Temporal, deberá diligenciar su registro de manera inmediata a la resolución de adjudicación. |
2 | Certificación de la Contraloría General de la República (Resolución Orxxxxxx Xx. 00000 xe 2000). que el oferente no se encuentra registrado en el boletín de responsables fiscales | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Si aplica | En el caso de los Consorcios y Uniones Temporales cada uno de sus integrantes deberá cumplir este requisito. |
3 | Afiliación al sistema de seguridad social INTEGRAL, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y el artículo 23 de la ley 1150 de 2007. | Si aplica | Si aplica | Si aplica | En el caso de los Consorcios y Uniones Temporales y sus integrantes son personas naturales, cada uno deberá cumplir este requisito. | |
Si aplica | Si aplica | Si aplica | Cuando el proponente sea una persona jurídica, deberá acreditar el pago de los aportes de sus empleados, a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales, |
aportes a Caja de Compensación Familiar, ICBF y SENA mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o por el representante legal durante un lapso equivalente al que exija el respectivo régimen de contratación para que se hubiera constituido la sociedad, el cual en todo caso no será inferior a los seis (6) meses anteriores a la celebración del contrato. | |||||||||
Si aplica | Si aplica | Cuando se trate de persona jurídicas integrantes de un Consorcio o Unión Temporal, deben cumplir la exigencia anterior. | |||||||
4 | Certificado antecedentes disciplinarios | de | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Si aplica | En el caso de los Consorcios y Uniones Temporales cada uno de sus integrantes deberá cumplir este requisito. La Entidad consultará electrónicamente este certificado. | ||
5 | Certificado de antecedentes judiciales | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Si aplica | En el caso de los Consorcios y Uniones Temporales cada uno de sus integrantes deberá cumplir este requisito. | |||
6 | Copia de militar | la | Libreta | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Para los proponentes menores de 51 años. | |
7 | Cronograma de ejecución e inversión de obra | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Anexar exigido | documento | ||
8 | Esquema de organización de la obra | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Anexar exigido | documento | ||
9 | Relación de personal técnico o auxiliar a utilizar en la obra. | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Anexar exigido | documento | ||
10 | Análisis de precios unitarios, de acuerdo a los precios vigentes en el mercado. | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Anexar exigido | documento | ||
11 | El proponente deberá presentar, junto con el análisis de precios | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Si aplica | Anexar exigido | documento |
unitarios por ítem, los datos utilizados para su cálculo, a saber: Relación de Costos de materiales, en el sitio de la obra. Relación de componentes básicos. Cálculo del porcentaje de prestaciones sociales, de acuerdo al plazo de la obra. Lista de jornales básicos. Cálculo del porcentaje de administración, imprevistos y utilidades. |
Nota: en caso que el representante de un consorcio o unión temporal sea diferente a sus integrantes, también deberá presentar los documentos determinados en el numeral 16 del presente pliego de condiciones.
24. CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA
El siguiente cuadro contiene la actividad, fecha, hora y lugar del proceso de Oferta Pública a llevarse a cabo en Empiendamó E.S.P., ubicado en el Barrio San Xxxxxxxx de la localidad de Piendamó Cauca
ACTIVIDAD | FECHA Y HORA | LUGAR |
Aviso Oferta (numeral 3 art. 30 Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 224 del Decreto 019 de 2012) | 22 de septiembre/2016 | |
Publicación de aviso de convocatoria, pliego de condiciones y estudios previo | 22 de septiembre/2016 | |
Apertura del proceso de Oferta , Publicación del acto administrativo. | 22 de septiembre/2016 | |
Cierre del proceso, presentación de propuestas | 23 de septiembre/2016 4:00 pm. | |
Evaluación de la oferta jurídica, técnica y financiera – sobre No. 1 | Hasta el 23 de septiembre/2016 | Comité Evaluador oficina de la Empresa ubicada en el Barrio San Xxxxxxxx en Piendamó Cauca |
Publicación del informe de | Hasta el 24 de | página web de la entidad |
evaluación al sobre No. 1: oferta jurídica, financiera y técnica. | septiembre/2016 | |
Audiencia de adjudicación. | 24 de Septiembre – 10:00 a.m. | oficina de la Empresa ubicada en el Barrio San Xxxxxxxx en Piendamó Cauca |
Suscripción y legalización del contrato. | 24 de Septiembre/2016 | oficina de la Empresa ubicada en el Xxxxxx Xxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxx |
25. ESTUDIO E INTERPRETACION DE LOS PLIEGOS DE CONDICIONES
Los proponentes deberán estudiar cuidadosamente el pliego de condiciones, adendas, planos o esquemas que definen la obra en forma geométrica, cuantitativa y técnica y las especificaciones de esta convocatoria utilizando todos los medios disponibles para informarse a cabalidad de las cantidades de materiales, equipos y mano de obra necesarias y de los requisitos y detalles de la obra a ejecutar.
Los datos que Empiendamó E.S.P. ponga a disposición de los proponentes, para la preparación de las propuestas y los que entreguen al Contratista durante la ejecución del contrato no eximirá al proponente o al contratista de la responsabilidad total de la verificación, mediante investigaciones independientes, de aquellas condiciones susceptibles de afectar el costo y la realización de la obra.
Si alguno de los proponentes encontrase discrepancias u omisiones en las especificaciones o en las demás partes de los documentos de la convocatoria o si tuviere alguna duda acerca de su significado, deberá obtener de Empiendamó E.S.P. las aclaraciones escritas del caso antes de presentar su propuesta y dentro del plazo estipulado por Empiendamó E.S.P.
Si algún proponente tuviere dudas, requiriere aclaraciones a la Minuta del Contrato o a otras partes xxx xxxxxx de condiciones, deberá formularlas por escrito Empiendamó
E.S.P. en el plazo establecido. Empiendamó E.S.P. no considerará consultas que los proponentes hagan con posterioridad a dichos plazos.
Después del cierre de la convocatoria no se atenderá reclamo alguno por mala interpretación, por desconocimiento de la naturaleza, cantidad de obra propuesta, condiciones de las zonas de trabajo y no podrá hacerse modificación alguna a la propuesta.
26. IDIOMA
La propuesta y cualquier información adicional deberán presentarse en español. En caso de que los dibujos estén en cualquier otro idioma deberán estar acompañados de una traducción al español.
27. GARANTIA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA.
El proponente deberá tomar a su nombre una garantía de seriedad de la propuesta expedida por una Compañía de Seguros debidamente acreditada en Colombia y emitida
a favor de la entidad contratante o podrá optar por cualquiera de los siguientes mecanismos de cobertura del riesgo antes mencionado.
El contratista podrá optar para otorgar como mecanismo de cobertura de los riesgos antes mencionados cualquiera de las siguientes garantías:
1. Contrato de seguro contenido en una póliza.
2. Patrimonio autónomo.
3. Garantía Bancaria.
Si el proponente es una persona jurídica, la póliza o garantía debe tomarse de conformidad con el nombre o razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal de la Cámara de Comercio respectiva.
Si el proponente es un Consorcio o Unión Temporal, la garantía deberá tomarse a nombre de todos y cada uno de sus integrantes, indicándose para tal caso, el nombre del Consorcio o Unión Temporal.
Tendrá una vigencia de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha y hora de cierre de la Oferta . El proponente deberá presentar con su oferta, una póliza de garantía de la propuesta en pesos colombianos para garantizar que si el contrato le es adjudicado lo formalizará en los términos y plazos estipulados en este pliego de condiciones.
Sin embargo, la vigencia de la garantía de seriedad de la propuesta podrá modificarse a pedido de Empiendamó E.S.P., el cual, así mismo podrá solicitar al proponente, ampliar su vigencia hasta un plazo máximo de sesenta (60) días. Los gastos que ocasione su ampliación serán de cuenta del proponente.
El valor de la póliza será como mínimo el diez por ciento (10%) del valor total del presupuesto oficial.
Si el proponente a quien se adjudique el contrato rehúsa o descuida la legalización del mismo o deja de otorgar la fianza de cumplimiento, Empiendamó E.S.P. hará efectiva la Garantía de Seriedad de la propuesta y dispondrá de su valor como indemnización por perjuicios.
La póliza de garantía o constancia de depósito para garantizar la seriedad de la propuesta debe ser expedida de la siguiente manera:
- ASEGURADO: Empiendamó E.S.P. Nit No. 800219666-9,
- VIGENCIA: La extensión será desde el momento de presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la garantía de la etapa contractual, el cual se calcula en cuatro (4) meses contados a partir de la fecha y hora del cierre de la OFERTA .
- OBJETO: Garantizar la seriedad de la propuesta, OFERTA PÚBLICA No. 001 cuyo Objeto es: EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS DE OPTIMIZACIÓN Y ADECUACIÓN DE REDES DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO EN LA ZONA
URBANA DEL MUNICIPIO DE PIENDAMÓ CAUCA, DE ACUERDO A LA DESCRIPCIÓN Y CANTIDADES DE OBRA ESPECIFICADAS EN EL ANEXO –
VR. ASEG: Mínimo diez por ciento (10%) del valor total del presupuesto oficial.
27.1. DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS.
La devolución de las garantías se podrá realizar previa solicitud escrita y radicada por el proponente así:
Al proponente adjudicatario como a quien se encuentre en segundo lugar de elegibilidad, una vez el primero de ellos haya cumplido con su obligación de suscribir el contrato.
A los demás proponentes, no adjudicatarios, se les podrá devolver la garantía de seriedad de la oferta, una vez haya sido notificada la resolución de adjudicación del contrato
En los eventos de declaratoria de desierta, la misma será devuelta a los proponentes una vez haya sido notificada la resolución de desierta del proceso de contratación correspondiente.
28. DE LA PROPUESTA.
28.1. PREPARACION, PRESENTACION Y ENTREGA DE LAS PROPUESTAS
Las ofertas deben presentarse para el objeto señalado en los presentes pliegos de condiciones y ajustarse en un todo a los requisitos y condiciones fijadas en el mismo, incluyendo sus formatos y adendas.
Empiendamó E.S.P. publicará en la página de la empresa, los formatos guías para la presentación de la propuesta.
El FORMATO No. 5 - PROPUESTA ECONOMICA, que contiene las siguientes columnas: Nº de ítem, Descripción, Unidad, Cantidad, Valor Unitario, Valor total, las columnas Nº de ítem, Descripción, Unidad y Cantidad son inmodificables y será la base de la presentación de la propuesta económica; el proponente debe diligenciar las columnas correspondientes al valor unitario, valor total, AIU y valor total de la propuesta.
Los proponentes deberán dar los precios unitarios EN NUMEROS ENTEROS (y los precios en suma global cuando así se indique también en NUMEROS ENTEROS) de todos y cada uno de los ítems e indicar también los valores que resulten de multiplicar las cantidades por los precios unitarios; estos precios unitarios y los precios por suma global quedarán consignados en el contrato que se celebre con el proponente favorecido.
Los valores que resulten de multiplicar la cantidad por el valor unitario debe expresarse en NUMERO ENTERO, por lo tanto el valor total de la oferta será en NUMERO ENTERO. Las propuestas que no se presenten con los valores enteros como se indica
anteriormente serán ajustadas al peso, con la función de Excel = REDONDEAR (número;0)
La propuesta deberá ajustarse en todos sus puntos a esos formularios que deberán ser diligenciados completamente, a tinta o máquina, y refrendados todas sus páginas con la firma del proponente. No se podrá cambiar la redacción ni agregar comentarios.
Los documentos de las propuestas deben ser entregadas en ORIGINAL y la propuesta económica en ORIGINAL y una copia en MEDIO MAGNÉTICO, dicha copia servirá para la realización de la corrección aritmética de las propuestas, aclarando que la copia impresa del presupuesto debidamente firmada prima sobre la copia magnética.
Las ofertas deberán presentarse DEBIDAMENTE foliadas y refrendadas así:
SOBRE No. 1: Debe contener ORIGINAL de todos los requisitos de admisibilidad y documentos de ponderación: Carta de presentación, requisitos de orden jurídico –legal, requisitos de capacidad técnica, requisitos de orden financiero.
SOBRE No. 2: Xxxx contener la propuesta económica debidamente firmada por el proponente, que servirá para comparar las ofertas y definir el orden de elegibilidad.
los sobres deberán estar debidamente cerrados, pegados y rotulado de la siguiente manera:
SOBRE No. 1
OFERTA PUBLICA No. 001 de 2016
Empiendamó E.S.P. Barrio San Xxxxxxxx – Piendamó Cauca
Nombre, dirección y firma del Proponente.
CONTENIDO: Carta de presentación, requisitos de orden jurídico –legal, requisitos de capacidad técnica, requisitos de orden financiero
SOBRE No. 2
OFERTA PUBLICA No. 001 de 2016
Empiendamó E.S.P. Barrio San Xxxxxxxx –
Piendamó Cauca Nombre, dirección y firma del Proponente. CONTENIDO: Propuesta económica.
Las Propuestas deben depositarse en el sitio, fecha y hora indicados para tal fin por Empiendamó E.S.P.
28.2. PROPUESTA ECONÓMICA.
Debe ser diligenciada de manera impresa el FORMATO Nº 5 y firmada por el proponente. Los documentos de la propuesta económica servirán para comparar las
ofertas y definir el orden de la propuesta económica, de acuerdo con la información consignada en el FORMATO No. 5. Los precios de la oferta deben ir en pesos corrientes, en caso que el proponente no lo indique Empiendamó E.S.P. lo asumirá en pesos corrientes. No se aceptan propuestas económicas en pesos constantes.
Los valores de cada uno de los ítems, NO podrán exceder el valor establecido para cada ítem en el presupuesto oficial, los cuales se han establecido de acuerdo a los precios xx xxxxxxx que rigen para Empiendamó E.S.P.
Adicional al Formato No.5 impreso el oferente deberá anexar su propuesta económica en medio magnético (CD).
28.3. CANTIDADES Y PRECIOS DE LA PROPUESTA
Los proponentes deberán dar los precios unitarios de todos y cada uno de los ítems e indicar también los valores que resulten de multiplicar las cantidades por los precios unitarios; estos precios unitarios y los precios por suma global quedará consignado en el contrato que se celebre con el proponente favorecido.
Los precios unitarios y los precios por suma global deben cubrir los gastos de materiales, mano de obra en trabajo diurno, nocturno y días feriados, herramientas, maquinaria y todos los demás gastos inherentes al cumplimiento satisfactorio del contrato, inclusive los de administración, imprevistos y utilidades del Contratista.
No se aceptan discrepancias entre los Precios Unitarios consignados en el Formato de Cantidades de Obra y los análisis de Precios Unitarios entregados posteriormente, por cuanto se variaría el valor total de la propuesta. Este precio unitario total del análisis de cada ítem es invariable y no se podrá corregir.
Si en el análisis de precios unitarios se han omitido materiales u otros costos, o componentes, se mantendrá el precio propuesto, sin lugar a reclamos o revisiones posteriores.
28.4. VALIDEZ DE LA PROPUESTA.
La oferta tendrá una validez por un término igual al estipulado para la garantía de seriedad de la propuesta, plazo que podrá ser prorrogado a solicitud de Empiendamó E.S.P.
28.5. FIRMA DE LA PROPUESTA, REPRESENTACION LEGAL
Cuando los proponentes fueren personas jurídicas de derecho privado, deberán acreditar su existencia y representación, mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio con antelación no superior a treinta (30) días de la fecha de cierre de la convocatoria; en caso de prórroga de este plazo se tendrá en cuenta la primera fecha de cierre.
Cada propuesta deberá indicar el nombre o nombres del proponente, su residencia, domicilio comercial y estar debidamente firmada por el Representante legal del proponente. En caso de personas jurídicas, si el representante legal no es Ingeniero civil, la propuesta debe ser avalada por un Ingeniero civil indicado como lo establece la Ley 842 de 2003.
28.6. PROPUESTAS PARCIALES Y/O ALTERNATIVAS.
Con el fin de poder evaluar a la totalidad de los proponentes en igualdad de condiciones no se reciben ni aceptan propuestas parciales, ni alternativas técnicas y/o económicas en esta Convocatoria, si el proponente que resultare favorecido en esta convocatoria presenta posteriormente una propuesta alternativa, la entidad estudiará la conveniencia o no de dicha propuesta y en caso de que sea acogida, modificará por medio de acta los ítems que sean necesarios.
28.7. PROPUESTAS EXTEMPORANEAS
Las propuestas que no sean depositadas en la urna o sitio indicado para tal fin por Empiendamó E.S.P. antes de la hora y fecha señaladas para el cierre de la Convocatoria, NO serán consideradas y se devolverán sin abrir.
28.8. CIERRE DE LA CONVOCATORIA
El cierre de la convocatoria se hará en la fecha y hora previstas para el cierre de la presente Oferta Pública.
Una vez el proponente deposite la propuesta en la urna o en el sitio indicado en los presentes pliegos no se permite su retiro, hasta el momento de la diligencia de cierre de la presente Oferta Pública, previa manifestación escrita del proponente. De ninguna manera y en ningún momento del desarrollo de la presente convocatoria se permitirá el cambio de sobres o de la propuesta en sí.
El Comité Evaluador procede a revisar la información de los proponentes y verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos en los presentes pliegos y si es necesario requerirá de los proponentes las aclaraciones o documentos subsanables pertinentes, requerimiento que se entiende realizado mediante publicación del acta de verificación de documentos, en la página web de Empiendamó E.S.P., de acuerdo al cronograma de la convocatoria. Los oferentes deberán presentar las aclaraciones, certificaciones o cualquier documento relacionado con la información jurídica, técnica y financiera que solicite el comité a través de la publicación del acta correspondiente, so pena de rechazo de la oferta; en este lapso de tiempo los proponentes podrán revisar y realizar observaciones a la calificación del comité evaluador, de los documentos del sobre Nº 1. El resultado de la verificación de los requisitos habilitantes o admisibles será publicado de conformidad al Decreto 1082 de 2015.
Vencido éste término se dará respuesta a las observaciones que formulen los Proponentes al informe de evaluación de las Ofertas, el cual será publicado en la página web de Empiendamó E.S.P.
Definidos los proponentes habilitados, es decir, con los proponentes que cumplen con todos los requisitos de orden Jurídico, Técnico, Financiero, se procederá en audiencia pública, en presencia de los interesados y el Jefe de la oficina Asesora de Control Interno de Empiendamó E.S.P., en la fecha y hora indicada en los presentes pliegos a realizar la apertura del sobre No. 2 contentivo de la propuesta económica se realiza el sorteo de la formula tal como lo establece los pliegos de condiciones se establece el orden de elegibilidad y se suscribe la respectiva acta la cual será publicada a través de la página de la Empresa Empiendamó E.S.P., se procede a la adjudicación por parte del Señor Gerente y se elaborará la respectiva resolución de adjudicación, la cual será publicada en la página de Empiendamó E.S.P.
Las modificaciones al proceso de selección serán anunciadas a los proponentes por medio de adendas que hará parte de este pliego de condiciones, las cuales serán publicadas en la página xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
Empiendamó E.S.P. no se hará responsable por la apertura de una propuesta antes de tiempo, en el caso de que no haya sido entregada en el sitio y hora señalada por Empiendamó E.S.P.
La recepción de documentos subsanables se hará hasta tres (3) horas hábiles antes de la hora programada en el cronograma para la audiencia pública de adjudicación. Los documentos presentados por fuera de este plazo, no serán considerados y la oferta será rechazada.
29. REGLAS DE SUBSANABILIDAD.
De conformidad con el parágrafo primero del artículo 5º de la Ley 1150 de 2007 “(…) la ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas no servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos. En consecuencia, todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la asignación de puntaje, podrán ser solicitados por las entidades en cualquier momento, hasta la adjudicación (…)”. (La subraya no es del texto).
El numeral 0x xxx xxxxxxxx 00 xx xx Xxx 00 xx 0000, xxxxxx: “Las propuestas deben referirse y sujetarse a todos y cada uno de los puntos contenidos en el pliego de condiciones (…)”
Igualmente, el numeral 7º ibídem consagra: “De acuerdo con la naturaleza, objeto y cuantía del contrato, en los pliegos de condiciones se señalará el plazo razonable dentro del cual la entidad deberá elaborar los estudios técnicos, económicos y jurídicos necesarios para la evaluación de las propuestas y para solicitar a los proponentes las
aclaraciones y explicaciones que se estimen indispensables.” (La subraya no es del texto).
Bajo las previsiones contenidas en los numerales 6º y 7º del artículo 30 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 5º de la Ley 1150 de 2007 y acogiendo lo señalado en los pronunciamientos del Consejo de Estado 1 indicados en los documentos y estudios previos, Empiendamó E.S.P., durante el término de evaluación de las propuestas, solicitará a los proponentes, en caso de ser necesario, las aclaraciones, precisiones y/o allegar documentos que puedan ser objeto de subsanabilidad.
Los proponentes deberán allegar dentro del término preclusivo y perentorio 2 que al efecto les fije Empiendamó E.S.P. las clarificaciones y/o documentos requeridos, so pena del rechazo de la propuesta.
En el evento en que la entidad no advierta la ausencia de un requisito habilitante y no lo haya requerido en el “Documento de Solicitud de Subsanabilidad”, lo podrá solicitar al proponente hasta antes de la adjudicación para que xxxxxxx los documentos en el término que para el efecto le fije en el requerimiento.
Todos aquellos requisitos de la propuesta que afecten la asignación de puntaje no podrán ser objeto de subsanabilidad, por lo que los mismos deben ser aportados por los proponentes desde el momento mismo de la presentación de la oferta.
El oferente tiene la carga de presentar su oferta en forma íntegra, esto es, respondiendo todos los puntos xxx xxxxxx de condiciones y adjuntando todos los documentos de soporte o prueba de las condiciones que pretenda hacer valer en el proceso.
NOTA: Los documentos exigidos en el presente pliego para acreditar los factores de desempate tampoco podrán ser subsanados, por lo que deberán ser presentados desde el momento de la presentación de la oferta.
30. EVALUACION DE PROPUESTAS
EMPIENDAMÓ E.S.P., debe evaluar las Ofertas de los Proponentes que hayan acreditado los requisitos habilitantes exigidos por la Empresa
En la evaluación de las Ofertas EMPIENDAMÓ E.S.P., realizará ponderación del factor económico y el técnico de acuerdo con los porcentajes indicados en la Tabla 5.
Tabla 5 – Puntaje por criterios de evaluación
1 CONSEJO DE ESTADO, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección A, Consejero Ponente: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, 12 de Noviembre de 2014, Radicación 250002326000200201606-01
CONSEJO DE ESTADO, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección C,. Consejero Ponente: Xxxxxxx Xxx Xxxxxx, 26 de Febrero de 2014, Numero de Radicado: 13001-23-31-000-1999-00113-01 (25.804).
2 “…el artículo 25 de la Ley 80 enseña que los términos para las diferentes etapas de selección son preclusivos y perentorios. Transcurrido el tiempo indicado
en los pliegos o en la ley para realizar determinada actividad sin que esta se hubiere cumplido, se habrá perdido la oportunidad para efectuarla, por cuanto el término una vez vencido no puede revivirse…” Cfr. CONSEJO DE ESTADO, Sección Tercera, Sentencia de 20 de octubre de 2005, Exp. 14.579.
Criterio de Evaluación | Puntaje |
Factor Económico | 500 |
Factor Experiencia | 400 |
Incentivo a la Industria Nacional | 100 |
Total | 1.000 Puntos |
En caso de empate en el puntaje total de dos o más ofertas, Empiendamó E.S.P. Cauca, debe escoger el Proponente aplicando los criterios de desempate previstos en el artículo 33 del Decreto 1510 de 2013 (Compilado en Decreto 1082 de 2015).
A. Factor Económico (500 PUNTOS)
El valor de la propuesta económica deberá incluir todos los costos directos e indirectos para la completa y adecuada ejecución de la obra al cual presenta propuesta del presente proceso y los riesgos y administración de los mismos.
Los estimativos técnicos que hagan los proponentes para la presentación de sus Ofertas deberán tener en cuenta que la ejecución del Contrato se regirá íntegramente por lo previsto en dicho Contrato y sus Apéndices, así como en el Pliego de Condiciones, Adendas y sus Anexos y que en sus cálculos económicos se deben incluir todos los aspectos y requerimientos necesarios para cumplir con todas y cada una de las obligaciones contractuales y asumir los riesgos previstos en dichos documentos.
B.3. MEJOR EXPERIENCIA. - (400 puntos).
Para obtener el puntaje establecido en este pliego de condiciones, respecto al FACTOR TÉCNICO. - MEJOR EXPERIENCIA, el proponente deberá adjuntar con su propuesta dentro del Sobre No. 1 los siguientes documentos.
Acta de recibo y/o liquidación de los contratos que pretenda hacer valer.
Dichos contratos deberán estar inscritos en RUP en la clasificación requerida y el puntaje que se asignará será el siguiente:
CONTRATO 400 - 415 SMMLV | 500 puntos |
CONTRATO 300 – 399 SMMLV | 300 puntos |
CONTRATO 200 – 299 SMMLV | 200 puntos |
CONTRATO 100 – 199 SMMLV | 100 puntos |
Los contratos que acrediten la experiencia general y específica, podrán ser incluidos también para la acreditación del factor técnico.
La información requerida en este numeral que no sea aportada, no restringe la participación del proponente, ni es causal de rechazo de la propuesta, solamente generará la no asignación del puntaje respectivo, por el contrario comprobar que el
proponente falta a la verdad, contrario a su declaración será CAUSAL DE RECHAZO DE LA PROPUESTA.
C. Puntaje para estimular la industria nacional (100 puntos)
los proponentes deben presentar una certificación firmada por el proponente en caso de ser Persona Natural o por el Representante Legal, en caso de ser Persona Jurídica, Consorcio o Unión Temporal, en la cual manifieste de manera expresa que en caso de ser seleccionado para el cumplimiento del Objeto del Contrato utilizará Bienes o Servicios de origen nacional. El proponente que no adjunte esta certificación NO tendrá puntaje en este punto de evaluación
ORDEN DE ELEGIBILIDAD
OCUPARÁ EL PRIMER PUESTO EN EL ORDEN DE ELEGIBILIDAD EL PROPONENTE QUE OBTENGA EL MAYOR PUNTAJE, SUMANDO LOS PUNTAJES PARCIALES OBTENIDOS DEL ELEMENTO CALIDAD, PRECIO E INCENTIVO A LA INDUSTRIA NACIONAL.
31. CRITERIO DE DESEMPATE
En cumplimiento del artículo 2.2.1.1.2.2.9 del decreto 1082 de 2015, En caso de presentarse empate entre dos o más propuestas, el proponente será seleccionado así:
Se asigna el primer lugar al proponente con mayor capital de trabajo, si continúa el empate, se asigna el primer lugar al proponente que haya ejecutado mayor valor de obra en un solo contrato, teniendo en cuenta la información aportada para acreditar la experiencia especifica en la oferta.
Si persiste el empate, se dará aplicación a lo dispuesto en el decreto 1082 de 2015 así:
1. Si persiste el empate, se preferirá la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o Servicios extranjeros.
2. Si persiste el empate, se preferirá las ofertas presentada por una Mipyme nacional.
3. Si persiste el empate, se preferirá la oferta presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura.
4. Si persiste el empate, se preferirá la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por
ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
5. Si el empate se mantiene, se realizará sorteo mediante el sistema de balotas.
CRITERIOS DE COMPARABILIDAD DE LAS PROPUESTAS:
LA OMISIÓN DE LA INFORMACIÓN REQUERIDA EN ESTE NUMERAL, NO SERÁ SUBSANABLE POR SER CRITERIO DE DESEMPATE; EN TODO CASO, LA NO PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN REQUERIDA NO RESTRINGE LA PARTICIPACIÓN DEL PROPONENTE, NI ES CAUSAL DE RECHAZO DE PROPUESTA TÉCNICA .
CERTIFICACIÓN DE MIPYMES.
El revisor fiscal o contador, según corresponda, de Micro-pequeñas y Medianas Empresas deberá aportar certificación bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la presentación del documento, en la que acredite, que la empresa cumple con los requisitos establecidos en el artículo 2º de la Ley 905 del 2 xx xxxxxx de 2004 y el Decreto 1082 de 2015 y demás normas vigentes y aplicables sobre la materia.
En caso de Consorcios o Uniones Temporales, dicha manifestación deberá hacerse por el Revisor Fiscal o Contador Público, según el caso, de cada uno de los integrantes.
En caso de sociedades extranjeras sin sucursal en Colombia o las personas naturales extranjeras no residentes en el país que presenten propuesta, podrán acreditar la calidad de Mipymes, siempre y cuando hayan acreditado RECIPROCIDAD, de conformidad con el numeral 6.4 del presente pliego de condiciones. En el evento de no acreditar RECIPROCIDAD no se tendrá en cuenta la certificación que acredite la calidad Mipyme.
En caso de sociedades extranjeras con sucursal en Colombia quien deberá acreditar la calidad de Mipymes será la sociedad matriz, a través del revisor fiscal o contador o quien haga sus veces en el país de origen. Esta certificación deberá incluir la información relativa a la sociedad matriz y la de su sucursal, a efectos de acreditar los requisitos de que trata la Ley 905 de 2004.
NOTA: La omisión de la información requerida en este numeral, no restringe la participación del proponente, ni es causal de rechazo de propuesta.
32. ACEPTACIÓN Y RECHAZO DE LAS PROPUESTAS.
32.1 ACEPTACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
Empiendamó E.S.P. aceptará las propuestas que cumplan con todos los requisitos y condiciones establecidas en el presente pliego de condiciones y se reserva el derecho de
verificar aquellos documentos que considere necesarios, dentro de su competencia legal.
32.2. CAUSA DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS.
Sin perjuicio de lo establecido por la normatividad vigente y las expresas condiciones contenidas en éste Pliego de condiciones, constituyen causales de RECHAZO de las Ofertas, las siguientes:
a) Cuando se presenten dos o más Ofertas por el mismo Proponente, bajo el mismo nombre o con nombres diferentes o directamente o como miembro de un Consorcio o Unión temporal. En este caso se rechazarán las dos (2) o más Ofertas en las que concurra dicha situación.
b) Cuando la propuesta presentada por el oferente que también haga parte de una persona jurídica, consorcio o unión temporal que se haya presentado a la presente convocatoria, excepto las sociedades anónimas.
c) Cuando el representante legal de la persona jurídica tenga limitaciones para presentar Oferta y definitivamente no se adjunte la autorización del órgano social para la presentación de la misma o presente una autorización que resulte insuficiente de conformidad con lo exigido en el Pliego.
d) Cuando, al momento del cierre del presente proceso, no se cumpla con el requerimiento del objeto social o con la duración exigida para las personas jurídicas.
e) Cuando se presente la Oferta en forma subordinada al cumplimiento de cualquier condición o modalidad no prevista en el Pliego de Condiciones.
f) Cuando el Consorcio o Unión Temporal modifique, durante la etapa pre-contractual, los porcentajes de participación de los integrantes.
g) Cuando no se presente la garantía de seriedad de la Oferta de manera simultánea con la oferta.
h) Cuando el Proponente o alguno de sus integrantes se encuentre incurso en alguna inhabilidad o prohibición para contratar previstas en la legislación colombiana.
i) Cuando el valor de la Oferta Económica se presente en pesos constantes, o sea que se debe presentar en moneda corriente. Si la oferta económica no expresa si corresponde a precios constantes o corrientes, se entenderá que la misma ha sido presentada en moneda corriente.
j) En caso de Xxxxxxx presentadas a través de apoderados, cuando no se presente el respectivo poder junto con la Oferta o cuando éste no se encuentre suscrito por quien debe suscribirlo.
k) Cuando el valor de la oferta después de la corrección aritmética, supere el presupuesto oficial.
l) Cuando el valor de algún ítem exceda el valor establecido para cada ítem en el presupuesto oficial.
m) Cuando la persona jurídica Proponente individual o integrante de Consorcio o Unión temporal se encuentre en causal de disolución o liquidación obligatoria.
n) Cuando la Oferta sea presentada extemporáneamente de acuerdo con lo establecido en el Pliego de Condiciones.
o) Cuando la propuesta fuera presentada por personas naturales o jurídicas que hayan intervenido, directa o indirectamente en los estudios o proyectos de la obra
respectiva o participado en la elaboración de los diseños o pliegos de condiciones, o por las firmas cuyos socios o personas a su servicio hayan tenido tal intervención o cuando se presenten las inhabilidades o incompatibilidades contempladas en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 la Constitución Política y demás normas especiales.
p) Cuando abiertos los sobres se encuentre alguna ilegalidad o falsedad en los documentos presentados.
q) Cuando abiertos los sobres las propuestas estén incompletas, en cuanto a que no cumplen lo especificado o dejen de incluir alguno de los documentos obligatorios, sin perjuicio del principio de subsanabilidad.
r) Cuando el proponente no incluya la oferta económica en medio impreso, o cuando esta no esté firmada por quien esté en la obligación de hacerlo o se evidencie que el número de ítems de la propuesta es mayor o menor al número de ítems del presupuesto oficial.
s) cuando no se presenten con la propuesta los análisis de precios unitarios.
33. CONDICIONES PARA DECLARAR DESIERTA LA CONVOCATORIA.
Empiendamó E.S.P. podrá declarar desierta la Convocatoria de acuerdo en lo previsto en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios:
1) Cuando no se presenten propuestas.
2) Cuando ninguna de las ofertas resulte hábil en los factores jurídicos, técnicos, financieros y de experiencia previstos en el pliego de condiciones.
3) Cuando existan causas o motivos que impidan la escogencia objetiva del oferente.
4) En el evento que el Representante Legal de la Entidad o su Delegado no acoja la recomendación del Comité Evaluador y opte por la declaratoria de desierta del proceso, caso en el cual deberá motivar su decisión.
5) Las demás contempladas en la Ley
34. ORDEN DE ELEGIBILIDAD Y AUDIENCIA PÚBLICA DE ADJUDICACIÓN
Empiendamó E.S.P. efectuará la evaluación de las propuestas a través del Comité Evaluador conformado mediante acto administrativo. Dicho comité seleccionará aquellas que cumplan a cabalidad las especificaciones y requisitos previstos en el Pliego de Condiciones de la convocatoria y presentará un informe con las propuestas seleccionadas.
El cuadro comparativo deberá contener las propuestas de las firmas que hubieren sido eliminadas, rechazadas o descartadas del proceso.
Establecido el orden de elegibilidad, la entidad a través del Ordenador del Gasto, por medio de acto administrativo motivado, adjudicará el proceso, al proponente ubicado en
el primer puesto del orden de elegibilidad, y que cumpla con todos los requisitos exigidos en el presente pliego de condiciones o procederá a la declaratoria de desierta del proceso, si a ello hubiere lugar.
El proponente favorecido deberá comparecer a la oficina de contratación de Empiendamó E.S.P., para atender la diligencia de suscripción, perfeccionamiento y legalización del contrato.
El adjudicatario deberá allegar a Empiendamó E.S.P. los documentos necesarios para la elaboración y suscripción del contrato dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la adjudicación, y deberá suscribir el mismo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la adjudicación.
Si el adjudicatario no allega la documentación necesaria o no suscribe el contrato dentro de los términos señalados, Empiendamó E.S.P. mediante acto motivado, podrá adjudicar el contrato dentro de los quince (15) días siguientes al plazo de suscripción, al proponente que haya ocupado el segundo lugar, siempre y cuando la propuesta sea igualmente favorable al Empiendamó E.S.P. y atemperándose a las normas vigentes sobre este caso.
35. CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA ÚNICA
El Contratista deberá constituir una garantía única que ampare los siguientes riesgos:
a- Cumplimiento de todas las obligaciones contraídas en virtud del presente contrato, la cual deberá ser equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, estar vigente desde la fecha de perfeccionamiento del contrato más el término de ejecución del mismo y seis (6) meses más. Esta fianza se hará efectiva a favor de Empiendamó E.S.P. en caso de declaratoria de incumplimiento de sus obligaciones contractuales.
b- Salarios, prestaciones e indemnizaciones sociales, para asegurar su pago al personal que EL CONTRATISTA llegare a sub contratar en la ejecución del contrato equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del mismo, la cual deberá estar vigente desde la fecha de firma del contrato más el término de su ejecución y tres
(3) años más.
c- Estabilidad de la obra Una garantía de estabilidad de la obra y para el reemplazo o reparación de las obras cuyos defectos aparezcan después de la aceptación final, esta deberá ser otorgada por cinco (5) años contados a partir de la fecha del acta final de liquidación de la obra y su cuantía será equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total de la obra.
d- Responsabilidad civil Extracontractual. Para amparar a Empiendamó E.S.P., contra reclamaciones de terceros por cualquier clase de daños que se causen a bienes o personas en razón o con ocasión de las obras objeto del contrato, vigente desde la firma del contrato más el término de ejecución y seis (6) meses más y su cuantía no podrá ser inferior a 200 SMMLV. (de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.3.1.18 del decreto 1082 de 2015)
El contratista podrá optar para otorgar como mecanismo de cobertura de los riesgos antes mencionados cualquiera de las siguientes garantías:
1. Contrato de seguro contenido en una póliza.
2. Patrimonio autónomo.
3. Garantía Bancaria.
36. DEL CONTRATO
36.1. IDIOMA DEL CONTRATO
Todos los documentos del Contrato se elaborarán en idioma Español.
36.2. CONTRATO DE OBRA
El Contrato que celebre Empiendamó E.S.P. y el adjudicatario de la convocatoria se ceñirá a la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, decreto 1082 de 2015, Acuerdo No, 012 de 2015, a los pliegos de condiciones y a la minuta del contrato adjunta, que podrá ser modificada por motivos de conveniencia de Empiendamó E.S.P., donde se establecen todas las condiciones del mismo y son de obligatorio cumplimiento para las partes.
36.3. ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS
El proponente deberá diligenciar para cada uno de los ítems enunciados en el Formulario No. 1, el análisis de precios unitarios (costos directos más indirectos), de acuerdo con el formato que se presenta en el respectivo Anexo y entregarlos en el plazo establecido en el acápite INFORMACIÓN PARA EL CONTROL DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA del
presente documento, la no presentación de los análisis de precios unitarios es causal de Rechazo de la oferta.
Los precios unitarios resultantes de los análisis no podrán ser diferentes a los consignados en el Formulario de la propuesta, toda vez que estos últimos serán utilizados en la evaluación de las propuestas.
El contratista deberá tener en cuenta dentro de cada uno de los análisis de precios unitarios todo lo necesario y suficiente para llevar a cabo el ítem de acuerdo con las normas y especificaciones técnicas contractuales, en relación con: El equipo (con sus rendimientos), materiales (cantidades, rendimientos), mano de obra (con sus rendimientos), AIU.
En el análisis de los precios unitarios deben ser tenidos en cuenta los precios y rendimientos que se ajustan a la zona y condiciones del proyecto; así mismo, se deben tener en lo dispuesto en el artículo 17, contenido en la Ley 1682 de 2013.
Cualquier error u omisión del contratista en los costos directos o indirectos considerados en su APU para los ítems de obra, y en el formato para elaboración de estudios y diseños, es de exclusiva responsabilidad del contratista y por lo tanto no podrá reclamar a Empiendamó E.S.P. reconocimiento alguno adicional al valor de los precios unitarios
consignados en el formulario de su propuesta. El contratista acepta que los precios unitarios por él ofertados constituyen su propuesta económica autónoma.
El desglose de los Análisis de Precios Unitarios publicados en la página web de Empiendamó E.S.P., son únicamente de referencia, constituyen una guía para la preparación de la propuesta, cada Análisis de Precios Unitarios presentado por el contratista debe contener todo lo necesario y suficiente para llevar a cabo el ítem correspondiente: equipos, materiales, transportes, mano de obra y costos indirectos. Si existe alguna duda o interrogante sobre la presentación de estos APU y el precio de estudios publicados por Empiendamó E.S.P. es deber del proponente hacerlos conocer con cinco (5) días hábiles de antelación al cierre del proceso licitatorio para que Empiendamó E.S.P. los pueda estudiar.
37. FIRMA Y LEGALIZACION DEL CONTRATO.
El proponente favorecido deberá estar preparado para firmar y legalizar el contrato con Empiendamó E.S.P. dentro de los términos señalados en este pliego.
37.1. INICIACION DEL CONTRATO
Para la iniciación del contrato, se deberá suscribir el acta de iniciación del mismo, previa legalización del contrato.
37.2. MINUTA DEL CONTRATO.
Contrato de ejecución de obra pública a precios unitarios fijos sin ajuste. Minuta establecida por Empiendamó E.S.P. para los contratos de obra pública, modelo que se anexa a este pliego.
XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX
Gerente Empiendamó E.S.P.
Firmado documento Original