Definición de Fecha de Inicio de Suministro

Fecha de Inicio de Suministro. Es la fecha a partir de la cual el Compromiso de suministro de Energía asumido por el Adjudicado le es exigible.
Fecha de Inicio de Suministro. Tiene el significado establecido en la minuta de Contrato de Abastecimiento, contenida en el numeral 8 de las Bases de Licitación. Fecha de Validación de la Planilla de Contrato: Tiene el significado establecido en la minuta de Contrato de Abastecimiento, contenida en el numeral 8 de las Bases de Licitación.
Fecha de Inicio de Suministro es la fecha máxima establecida en la Cláusula Quinta del presente Contrato, en la cual el Adjudicado deberá iniciar el suministro de potencia eléctrica objeto de este contrato, conforme lo establecido en el presente Contrato y la Planilla de Contrato. “Fecha de Validación de la Planilla de Contrato” Es la fecha en la cual el AMM ha analizado, verificado y validado las Planillas de Contrato que el Adjudicado y la Distribuidora han ingresado y validado en el sistema informático del AMM, la cual deberá ser tres (3) Días antes a la Fecha de Inicio de Suministro. “Filial” Significa cualquier persona que sea participada directa o indirectamente por cualquier otra persona que tenga una participación económica mínima de treinta por ciento (30%) en la misma y que intervenga mediante sus representantes en la dirección de la administración o de las políticas de dicha persona jurídica, ya sea por medio de la propiedad de acciones, participaciones u otros valores con derecho a voto o mediante cualquier otro medio. “Fuerza Mayor” significa todo

Examples of Fecha de Inicio de Suministro in a sentence

  • El Proveedor deberá mantener vigente esta póliza por al menos 15 meses a contar de la Fecha de Inicio de Suministro.

  • La Contribución será entregada al FISDL a más tardar el treinta xx xxxxx de cada uno de los años comprendidos dentro del Plazo a partir de la Fecha de Inicio de Suministro (como se define dicho término en los Contratos de Abastecimiento).

  • Los Montos Pre Contribuidos se acreditarán contra la Contribución que será generada durante los primeros meses posteriores a la Fecha de Inicio de Suministro la Planta de Generación hasta que los Montos Pre Contribuidos sean deducidos en su totalidad.

  • El presente Contrato entrará en vigor en la fecha de su suscripción y a menos que se rescinda de conformidad con los términos del mismo, continuará en vigencia desde su celebración hasta la Fecha de Inicio de Suministro y durante el Período de Suministro establecido en la Cláusula Quinta.

  • Fecha de Inicio de Suministro Es la fecha efectiva del inicio de las entregas del Producto, notificada por YPFB, una vez concluida la construcción de la Planta y se encuentre en condiciones de operar.

  • A objeto de aplicación del presente Contrato, el primer Año se computará a partir de las cero horas a.m. (00:00 Hrs.) de la Fecha de Inicio de Suministro y concluirá a las cero horas a.m. (00:00 Hrs.) del 1ro de Enero del año inmediato siguiente.

  • El Adjudicado que ofrezca cumplir con sus obligaciones de suministro de potencia y energía eléctrica con Plantas de Generación Nuevas, deberá alcanzar la Fecha de Operación Comercial, acreditada por el AMM, de cada Planta de Generación Nueva, a más tardar cuarenta (40) Días antes de la Fecha de Inicio de Suministro establecida en la Cláusula Quinta.

  • Para Ofertas con Fecha de Inicio de Suministro posterior al treinta (30) xx xxxxx de dos mil diecisiete (2017), el plazo corresponderá para el primer año de contratación: = CTUNG × (F +FA ) + CI + CTT + (OyM × PPIi ) jk k j C k PPI0 Para el período complementario de vigencia del contrato: 0 PPIi XXXXx ) + CI + (OyMk × PPI ) Donde: PEOjk = Precio de la energía total para el mes “j” y la Planta de Generación “k” en US$/MWh, este precio no incluye el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

  • Para Ofertas con Fecha de Inicio de Suministro posterior al treinta (30) xx xxxxx de dos mil diecisiete (2017), el plazo corresponderá para el primer año de contratación.

  • En caso de ampliación de Fechas de Eventos Críticos, incluyendo la Fecha de Inicio de Suministro, conforme el litera (b) del numeral seis punto ocho (6.8) de la presente Cláusula, el Adjudicado deberá ampliar la vigencia de cualquier carta de crédito emitida conforme la presente Cláusula por el período de tal ampliación, de tal forma que la Garantía Preoperativa se mantenga vigente por los plazos y montos requeridos.


More Definitions of Fecha de Inicio de Suministro

Fecha de Inicio de Suministro es la fecha a partir de la cual el Vendedor deberá comenzar a suministrar a favor del Comprador la Cantidad de Energía. Esta obligación iniciará a las 00:00 horas de dicha fecha. La Fecha de Inicio de Suministro será la indicada en la Sección

Related to Fecha de Inicio de Suministro

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • Contratante “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.

  • Autoridad Gubernamental significa cualquier gobierno, funcionario, departamento, comisión, consejo, oficina, agencia, autoridad reguladora, organismo, ente judicial, legislativo o administrativo, de carácter federal o estatal, con jurisdicción sobre el presente Contrato o cualquier Documento del Financiamiento.

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Impuestos significa todos y cada uno de los impuestos, ya sean federales, estatales, locales u otros impuestos relacionados con la Transacción o con el Importe de la Transacción, y los costos incurridos en relación con dichos impuestos, incluidos, sin limitación, los honorarios y gastos de abogados y contables especializados en impuestos.

  • Operador Persona física o jurídica, pública o privada, que explota redes de telecomunicaciones con la debida concesión o autorización para la prestación de servicios de telecomunicaciones disponibles al público en general.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Contrato Documento suscrito entre la institución y el Adjudicatario elaborado de conformidad con los requerimientos establecidos en el Pliego de Condiciones Específicas y en la Ley.

  • Salvamento Es el valor que técnicamente se establece a la parte no destruida y aprovechable de un bien después de la ocurrencia de un evento.

  • Autoridad Competente Es la instancia Administrativa, de Tránsito o Judicial, legitimada para realizar, resolver o referirse a una gestión o asunto concreto.

  • Fecha de Cierre Es el día en que se suscribe el Contrato previo cumplimiento de todas las condiciones y declaraciones establecidas en las Bases y en el Contrato.

  • Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • Estado Estado Dominicano.

  • Acuerdo Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental denominado CompraNet (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2011).

  • Desistimiento Renuncia expresa o tácita por voluntad del proponente adjudicado, de formalizar la contratación, que no es consecuencia de causas de fuerza mayor y/o caso fortuito.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis (18/11/2016).

  • Estipulaciones Especiales significa el conjunto de cláusulas que componen la Primera Parte de este Contrato y que contienen los elementos peculiares de la operación.