Common use of ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Clause in Contracts

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Entidad Local es el que se señala en el apartado 1 del Cuadro de Características del Contrato, en virtud de las facultades que le confieren los artículos 61 y disposición adicional segunda de la LCSP 2017. Dicho órgano tiene facultad para adjudicar el contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos, previo informe jurídico, que a este respecto dicte serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio del derecho del/de la contratista a su impugnación ante la jurisdicción competente.

Appears in 6 contracts

Samples: Contrato De Suministro. Procedimiento Negociado Sin Publicidad Sujeto a Regulación Armonizada, Contrato De Suministro. Procedimiento De Licitación Con Negociación No Sujeto a Regulación Armonizada, Contrato De Obras. Procedimiento

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Entidad Local es el que se señala en el apartado 1 del Cuadro de Características del Contrato, en virtud de las facultades que le confieren los artículos 61 y disposición la Disposición adicional segunda de la LCSP 2017. Dicho órgano tiene facultad para adjudicar el contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos, previo informe jurídico, que a este respecto dicte serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio del derecho del/de la del contratista a su impugnación ante la jurisdicción competente.

Appears in 3 contracts

Samples: mnhlicitaciones.com, mnhlicitaciones.com, mnhlicitaciones.com

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Entidad Local del Consorcio es el que se señala en el apartado 1 del Cuadro de Características del Contrato, en virtud de las facultades que le confieren los artículos 61 y disposición de la Disposición adicional segunda de la LCSP 2017. Dicho órgano tiene facultad para adjudicar el contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos, previo informe jurídico, que a este respecto dicte serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio del derecho del/de la del contratista a su impugnación ante la jurisdicción competente.

Appears in 1 contract

Samples: www.turismocoruna.com

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Entidad Local es el que se señala en el apartado 1 del Cuadro de Características del Contrato, en virtud de las facultades que le confieren los artículos confiere el artículo 61 y disposición adicional segunda de la LCSP 2017. Dicho órgano tiene facultad para adjudicar el contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos, previo informe jurídico, que a este respecto dicte serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio del derecho del/de la contratista a su impugnación ante la jurisdicción competente.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Obras. Procedimiento Abierto Para Adjudicación De Contrato Sujeto a Regulación Amornizada

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Entidad Local es el que se señala en el apartado 1 del Cuadro de Características Resumen del Contrato, en virtud de las facultades que le confieren los artículos 61 y la disposición adicional segunda de la LCSP 2017. Dicho órgano tiene facultad para adjudicar el contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos, previo informe jurídico, que a este respecto dicte serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio del derecho del/de la del contratista a su impugnación ante la jurisdicción competente.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratacion De Las Obras De Adecuacion De Local Para Escuela Infantil De O a 3 Años en Rioseco‐ Sobrescobio a Adjudicar Por Procedimiento Abierto Simplificado

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Entidad Local es el que se señala en el apartado 1 del Cuadro de Características del Contrato, en virtud de las facultades que le confieren los artículos 61 y disposición adicional segunda 323 de la LCSP 2017. Dicho órgano tiene facultad para adjudicar el contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos, previo informe jurídico, que a este respecto dicte serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio del derecho del/de la contratista a su impugnación ante la jurisdicción competente.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Obras

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Entidad Local es el que se señala en el apartado 1 del Cuadro de Características del Contrato, en virtud de las facultades que le confieren los artículos el artículo 61 y disposición adicional segunda la Disposición Adicional Segunda de la LCSP 2017LCSP. Dicho órgano tiene facultad para adjudicar el contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos, previo informe jurídico, que a este respecto dicte serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio del derecho del/de la del contratista a su impugnación ante la jurisdicción competente.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego Cláusulas Administrativas Particulares

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Entidad Local es el que se señala en el apartado 1 del Cuadro de Características del Contrato, en virtud de las facultades que le confieren los artículos 61 y la disposición adicional segunda de la LCSP 2017. Dicho órgano tiene facultad para adjudicar el contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos, previo informe jurídico, que a este respecto dicte serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio del derecho del/de la contratista a su impugnación ante la jurisdicción competente.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Suministro. Procedimiento Abierto Simplificado De Tramitación Reducida

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratacióncontratación es el Pleno del Consorcio, que actúa según lo establecido en nombre los estatutos regulador del mismo. Aunque dicha normativa no se ajusta a las prescripciones de la Entidad Local es el que se señala en el apartado 1 del Cuadro Disposición adicional segunda de Características del Contrato, en virtud de las facultades la LCSP que le confieren los artículos 61 y disposición la Disposición adicional segunda de la vigente LCSP 2017. Dicho órgano tiene facultad para adjudicar el contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos, previo informe jurídico, que a este respecto dicte serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio del derecho del/de la del contratista a su impugnación ante la jurisdicción competente.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Contratación De La Redacción Del Proyecto Museográfico Y De Su Ejecución Material, Suministro, Instalación Y Montaje De La Exposicion Temporal

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Entidad Local del Consorcio es el que se señala en el apartado 1 del Cuadro de Características del Contrato, Contrato (Presidencia del Consorcio) en virtud de las facultades que le confieren los artículos 61 y disposición adicional segunda de la LCSP 2017. Dicho órgano tiene facultad para adjudicar el contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos, previo informe jurídico, que a este respecto dicte serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio del derecho del/de la del contratista a su impugnación ante la jurisdicción competente.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares. Procedimiento De Negociado Sin Publicidad No Sujeto a Regulación Armonizada, Tramitacion Urgente

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Entidad Local es el que se señala en el apartado 1 del Cuadro de Características del Contrato, en virtud de las facultades que le confieren los artículos 61 y disposición adicional segunda 323 de la LCSP 2017. Dicho órgano tiene facultad para adjudicar el contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos, previo informe jurídico, que a este respecto dicte serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio del derecho del/de la del contratista a su impugnación ante la jurisdicción competente.

Appears in 1 contract

Samples: saael.dip-caceres.es

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Entidad Local es el que se señala en el apartado 1 del Cuadro de Características del Contrato, en virtud de las facultades que le confieren los artículos 61 y disposición adicional segunda de la LCSP 2017. Dicho órgano tiene facultad para adjudicar el contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos, previo informe jurídico, que a este respecto dicte serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio del derecho del/de la contratista a su impugnación ante la jurisdicción competente.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Obras. Procedimiento Abierto Simplificado De Tramitación Reducida

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Entidad Local es el que se señala en el apartado 1 del Cuadro de Características del Contrato, en virtud de las facultades que le confieren los artículos 61 y disposición adicional segunda de la LCSP 2017. Dicho órgano tiene facultad para adjudicar el contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos, previo informe jurídico, que a este respecto dicte serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio del derecho del/de la del contratista a su impugnación ante la jurisdicción competente.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato No Sujeto a Regulación Armonizada

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Entidad Local del Organismo Autónomo es el que se señala en el apartado 1 del Cuadro de Características del Contratola Carátula xxx Xxxxxx de cláusulas administrativas, en virtud de las facultades que le confieren los artículos 61 y disposición adicional segunda de la LCSP 2017. Dicho órgano tiene facultad para adjudicar el contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos, previo informe jurídico, que a este respecto dicte serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio del derecho del/de la del contratista a su impugnación ante la jurisdicción competente.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Servicio De Explotación Del Bar Cafetería Del Imd Sito en El Centro Deportivo De Kabiezes

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Entidad Local Mercantil citada, es el que se señala en el apartado 1 5 del Cuadro de Características del ContratoResumen, en virtud de las facultades que le confieren los artículos arts. 61 y la disposición adicional segunda LCSP/2017, así como los Estatutos de la LCSP 2017creación del poder adjudicador no Administración Pública. Dicho El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos, previo informe jurídico, acuerdos que a este respecto dicte serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio del derecho del/de la del contratista a su impugnación ante la jurisdicción Jurisdicción competente.

Appears in 1 contract

Samples: www.barbate.es

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Entidad Local es el que se señala en el apartado 1 A) del Cuadro de Características del Contrato, en virtud de las facultades que le confieren los artículos 61 y la disposición adicional segunda de la LCSP 2017. Dicho órgano tiene facultad para adjudicar el contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos, previo informe jurídico, que a este respecto dicte serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio del derecho del/de la del contratista a su impugnación ante la jurisdicción competente.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Y De Prescripciones Técnicas