ÓRDENES E INSTRUCCIONES DEL CLIENTE Cláusulas de Ejemplo

ÓRDENES E INSTRUCCIONES DEL CLIENTE. Todas las órdenes e instrucciones que EL CLIENTE dé al BANCO deberán constar por escrito y ser dadas de manera clara y precisa. Cuando EL BANCO acepte instrucciones telefónicas, electrónicas, por fax, telegráficas o impartidas por otro medio similar. EL CLIENTE deberá confirmarlas por escrito en original a la mayor brevedad posible, quedando a discreción de EL BANCO el cumplir o no las mismas, hasta tanto no haya recibido la confirmación escrita. En todos los casos en que EL BANCO disponga de formularios para cursar órdenes o instrucciones, EL CLIENTE deberá hacer usos de los mismos, por lo que EL BANCO no responde si por descuido, error, omisión, inadvertencia o negligencia incumple una orden o instrucción dada sin usar dichos formularios. EL BANCO no estará obligado a cumplir las órdenes verbales, las trasmitidas por telégrafo, por fax, correo electrónico, télex o teléfono u otros medios de comunicación a menos que se le garantice la autenticidad de la misma. EL BANCO no será responsable de los perjuicios derivados de demoras o dificultades en el funcionamiento de los medios de comunicación, ni asume responsabilidad alguna por los perjuicios que resulten de errores, faltas o malentendidos en la recepción o transmisión a través de los mismos. EL CLIENTE acepta que el hecho de que EL BANCO acate instrucciones giradas sin cumplir con los requisitos establecidos en este ACUERDO DE PRODUCTOS Y SERVICIOS BANCARIOS, no establece ninguna obligación contractual o de ningún otro género de continuar acatando dichas instrucciones y no impondrá sobre EL BANCO ni sobre ninguno de sus empleados, riesgo o responsabilidad alguna por pérdida o daños causados por la omisión o falla al efectuar la instrucciones. Por lo tanto, EL CLIENTE exonera al BANCO de cualquier culpa en el caso de omisión o falla, y conviene en indemnizar al BANCO y a sus empleados, cualesquiera costos, reclamos, procesos y demandas relacionadas a dichas omisiones o fallas. EL CLIENTE indemnizará y pagará pérdidas, por daños y perjuicios, reclamos y gastos de cualquier tipo, incluyendo honorarios de abogados, en los que EL BANCO pueda incurrir como resultado de acatar las instrucciones del EL CLIENTE o de cualquier persona que asegure ser EL CLIENTE.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.