Ãmbito temporal Cláusulas de Ejemplo

Ãmbito temporal. El presente Xxxxxxxx entrará en vigor el 1 de enero de 2022 y terminará su vigencia el 31 de diciembre de 2022.
Ãmbito temporal. 1. El presente Convenio general extenderá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026. Su entrada en vigor se producirá el 1 de enero de 2022, surtiendo plenos efectos desde esa fecha.
Ãmbito temporal. El periodo de duración del presente convenio será de dos años, entrando en vigor el día 1 de enero de 2022 y finalizando el día 31 de diciembre de 2023, considerándose prorrogado tácitamente por períodos anuales si no se denunciara por alguna de las partes. Salvo pacto en contrario, la denuncia habrá de formalizarse con una antelación de tres meses, como mínimo, respecto a la fecha de finalización de la vigencia del convenio colectivo o de cualquiera de sus prórrogas. Transcurrido el período inicial de vigencia o la prórroga, en su caso, seguirá aplicándose el convenio colectivo con el mismo alcance y contenido hasta tanto no se apruebe y entre en vigor un nuevo convenio colectivo. Salvo en lo que se indique expresamente en el texto del presente convenio colectivo, todos los importes económicos aplicables al año 2022 y 2023 son exactamente los mismos que los pactados en el XXIV Convenio Colectivo Interprovincial de la empresa Nokia Spain, SA.
Ãmbito temporal. La vigencia general de este convenio será desde el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023. En los artículos en que se hace referencia a una vigencia distinta respecto a materias concretas se estará a lo allí específicamente dispuesto.
Ãmbito temporal cve: BOE-A-2023-17238 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx La vigencia temporal del convenio colectivo se retrotrae a 1 de enero del año 2020, si bien, el texto convencional iniciará sus efectos al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello, sin perjuicio, de lo que se determine expresa y específicamente para determinadas materias a lo largo del Convenio. Los efectos económicos del convenio colectivo serán de aplicación, en lo que se refiere a las tablas salariales a partir del día 1 de julio de 2022. La nueva clasificación profesional y las tablas salariales adscritas a la misma, reguladas en el Anexo I del presente convenio colectivo, estarán vigentes a partir del día 1 de julio de 2022. De cara a la reclasificación profesional de las personas trabajadoras en las nuevas áreas profesionales establecidas en el artículo 15 del XVIII Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Consultoría, Tecnologías de la Información y Estudios xx Xxxxxxx y de la Opinión Pública, las Empresas dispondrán de dos meses desde la publicación del mismo en el «BOE» para encuadrar a las personas trabajadoras afectadas en el nuevo sistema de áreas, grupos y niveles profesionales del XVIII Convenio Colectivo. La reclasificación profesional que efectúen las empresas deberá realizarse de conformidad a la descripción funcional de las áreas establecidas en el artículo 15 del Convenio Colectivo. La Comisión Mixta Paritaria del Convenio asume las competencias para la resolución de los problemas de adecuación funcional a la Clasificación Profesional del Convenio El convenio colectivo agotará su vigencia el 31.12.2024 prorrogándose a partir de dicha fecha por tácita aceptación y en sus propios términos en tanto no inicie su vigencia el Convenio Colectivo Estatal que lo sustituya, en los términos del artículo 5.
Ãmbito temporal. La vigencia general del presente Convenio Colectivo se iniciará a partir de la fecha de su publicación, finalizando el 28 de febrero de 2026, salvo que alguna de sus cláusulas prevea una vigencia distinta. Los efectos económicos, de conformidad con los términos que se recogen en el texto del Convenio Colectivo, se retrotraen al 1 xx xxxxx de 2022 para el personal al servicio de la Empresa en el momento de su entrada en vigor, salvo disposición expresa contenida en el propio Convenio Colectivo.
Ãmbito temporal. El presente Xxxxxxxx tiene una vigencia de cuatro años desde el día siguiente de su publicación en el boletín oficial correspondiente.
Ãmbito temporal cve: BOE-A-2022-21174 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx El presente convenio colectivo será de aplicación con una vigencia inicial desde el 1 julio de 2022, hasta el 31 de diciembre de 2024 salvo que en el propio texto se indique otra vigencia distinta para alguna concreta materia.
Ãmbito temporal. El presente Xxxxxxxx colectivo entrará en vigor el 1 de enero de 2022, finalizando su vigencia el día 31 de diciembre de 2024, salvo en aquellas materias en las que se establezca una vigencia diferente. Las tablas salariales se aplicarán desde el 1 de enero de 2023, sin efectos económicos retroactivos para el año 2022. Cualquiera de las partes firmantes podrá denunciar el presente convenio dentro de los tres meses anteriores a la finalización de su vigencia. A fin de evitar vacío normativo, denunciado el convenio y hasta que no se alcance acuerdo expreso, perderán vigencia sus cláusulas obligacionales, excepto en las materias que se determine lo contrario, hasta la firma del convenio que lo sustituya, manteniendo su vigencia las de carácter normativo. Si dentro de los tres meses anteriores a la fecha de su terminación no mediara denuncia expresa, el convenio prorrogará su vigencia de año en año por la voluntad tácita de las partes. Transcurrido un año desde la denuncia del convenio colectivo sin que se haya acordado un nuevo convenio, las partes se someterán a los procedimientos de mediación regulados en los acuerdos interprofesionales de ámbito estatal o autonómico previstos en la Disposición Adicional Primera, para solventar de manera efectiva las discrepancias existentes.
Ãmbito temporal. El presente Convenio Colectivo tendrá una vigencia temporal desde el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023. No obstante lo anterior, el convenio se mantendrá vigente hasta que se alcance un nuevo convenio que lo sustituya.