Common use of VALORACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Clause in Contracts

VALORACIÓN DE LAS PROPOSICIONES. Previamente a la apertura de las ofertas contenidas en el “Sobre (archivo electrónico) número 3” la Mesa de Contratación procederá a la valoración de los documentos de carácter técnico incluidos en el “Sobre (fichero electrónico) número 2”, a fin de dar cumplimiento a la exigencia del artículo 146.2 de la LCSP. La Mesa de Contratación, de conformidad con el artículo 139.2 de la LCSP, arbitrará los medios necesarios para preservar la confidencialidad de las proposiciones hasta el momento de la apertura de proposiciones. Cuando el contrato se adjudique por procedimiento abierto, la apertura de las ofertas técnicas tendrá carácter público y se celebrará en un plazo no superior a siete días a contar desde la apertura de la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos previos contenida en el sobre (archivo electrónico) nº 1. La fecha del acto público de apertura de los sobres nº 2 (archivos electrónicos) técnicos marcará el momento a partir del cual se efectuará la puntuación y valoración de los criterios dependientes de un juicio de valor. La puntuación derivada de dicha apertura se dará a conocer con carácter previo a la apertura de los sobres nº 3 (archivos electrónicos) económicos. El acto público de apertura de las ofertas económicas se celebrará en la fecha, hora y lugar que se señale, una vez efectuada la valoración de las ofertas contenidas en el sobre (fichero electrónico) número “2”. En el referido acto, la Mesa de Contratación comunicará el resultado de la calificación de la documentación general presentada por los licitadores, con referencia expresa a las proposiciones admitidas y, en su caso, a las proposiciones rechazadas y las causas de su rechazo, igualmente se comunicará la valoración de las ofertas técnicas de los licitadores admitidos y, en su caso las proposiciones rechazadas en la fase de valoración de las ofertas técnicas por no haber superado su puntuación el umbral mínimo especificado en el presente pliego, y, a continuación, se procederá a la apertura de las ofertas económicas admitidas. No se abrirán las proposiciones económicas de aquellos licitadores que no hubieran alcanzado el umbral mínimo establecido en la valoración de las ofertas técnicas. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variara sustancialmente el modelo establecido o comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o bien existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa en resolución motivada. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, siempre que lo uno o la otra no alteren su sentido, no será causa bastante para el rechazo de la proposición. La valoración de las ofertas evaluables conforme a criterios dependientes de juicios de valor y evaluable mediante la aplicación de fórmulas se realizará en dos fases sucesivas y su ponderación se efectuará de acuerdo con los criterios objetivos establecidos en el apartado 11 del Cuadro Resumen xxx Xxxxxx. En todo caso, se dará audiencia a los licitadores que, según los criterios establecidos en el Cuadro resumen de este Pliego, hayan presentado una proposición económica identificada como anormalmente baja para que justifiquen la valoración de su oferta, en particular, en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, la innovación y originalidad de las soluciones propuestas para ejecutar las obras, el respeto de las obligaciones que resulten aplicables en materia medioambiental, social o laboral y subcontratación, o la posible obtención de una ayuda del Estado. La Mesa de Contratación clasificará las proposiciones presentadas por orden decreciente en función de la puntuación total obtenida, incluyendo las ofertas que se hubieran considerado anormalmente bajas. Igualmente, realizará el cálculo de la puntuación total obtenida, tras el cálculo de la puntuación económica prevista en el apartado 11.5 del Cuadro Resumen de este Pliego, para el supuesto de que la Mesa estimase que deben excluirse aquellas ofertas de los licitadores que, tras el trámite de audiencia, no han justificado debidamente la viabilidad de las mismas, por incluir valores anormales.

Appears in 1 contract

Samples: www.acuaes.com

VALORACIÓN DE LAS PROPOSICIONES. Previamente a la apertura de las ofertas económicas contenidas en el “Sobre (archivo electrónico) número 3” C:, la Mesa de Contratación procederá a la valoración de los documentos de carácter técnico incluidos en el “Sobre (fichero electrónico) número 2B”, a fin de dar cumplimiento a la exigencia del artículo 146.2 134.2 de la LCSPLCSP de que la evaluación de las ofertas conforme a los criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas (supuesto de la oferta económica) se realice tras efectuar previamente la de aquellos otros criterios en que no concurra esta circunstancia. La Mesa de Contratación, de conformidad con el artículo 139.2 129.2 de la LCSP, arbitrará los medios necesarios para preservar la confidencialidad de las proposiciones ofertas técnicas hasta el momento de la apertura de proposicioneslas ofertas económicas. Cuando el contrato se adjudique por procedimiento abierto, la apertura de las ofertas técnicas tendrá carácter público y se celebrará en un plazo no superior a siete días a contar desde la apertura de la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos previos contenida en el sobre (archivo electrónico) nº 1administrativa. La fecha del acto público de apertura de los sobres nº 2 (archivos electrónicos) técnicos marcará el momento a partir del cual se efectuará la puntuación y valoración de los criterios dependientes de un juicio de valor. La puntuación derivada de dicha apertura se dará a conocer con carácter previo a la apertura de los sobres nº 3 (archivos electrónicos) económicos. El acto público de apertura de las ofertas económicas se celebrará en la fecha, hora y lugar que se señale, señalen una vez efectuada la valoración de las ofertas contenidas en el sobre (fichero electrónico) número “2”técnicas. En el referido acto, la Mesa de Contratación comunicará el resultado de la calificación de la documentación general presentada por los licitadores, con referencia expresa a las proposiciones admitidas y, en su caso, a las proposiciones rechazadas y las causas de su rechazo, igualmente se comunicará la valoración de las ofertas técnicas de los licitadores admitidos y, en su caso las proposiciones rechazadas en la fase de valoración de las ofertas técnicas por no haber superado su puntuación calificación el umbral mínimo de puntuación especificado en el presente pliego, y, a continuación, se procederá a la apertura de las ofertas económicas de las ofertas admitidas. No se abrirán las proposiciones económicas de aquellos licitadores que no hubieran alcanzado superado el umbral mínimo establecido en la valoración de las ofertas técnicas. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variara sustancialmente el modelo establecido o comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o bien existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa en resolución motivada. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, siempre que lo uno o la otra no alteren su sentido, no será causa bastante para el rechazo de la proposición. La valoración de las ofertas evaluables conforme a criterios dependientes de juicios de valor técnica y evaluable mediante la aplicación de fórmulas económica se realizará en dos fases sucesivas y su ponderación se efectuará de acuerdo con los criterios objetivos establecidos en el apartado 11 del Cuadro Resumen xxx Xxxxxx. Xxxxxx En todo caso, se dará audiencia a los licitadores que, según los criterios establecidos en el Cuadro resumen de este Pliego, que hayan presentado una proposición económica identificada como anormalmente baja anormal o desproporcionada para que justifiquen la valoración de su oferta, en particular, en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, la innovación y originalidad de las soluciones propuestas para ejecutar las obrasprestaciones propuestas, el respeto de las obligaciones disposiciones relativas a la protección del empleo y las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en que resulten aplicables en materia medioambiental, social o laboral y subcontrataciónse vaya a realizar la prestación, o la posible obtención de una ayuda del Estado. La Mesa de Contratación clasificará las proposiciones presentadas por orden decreciente en función de la puntuación total obtenida, incluyendo las ofertas que se hubieran considerado anormalmente bajas. Igualmente, realizará el cálculo de la puntuación total obtenida, tras el cálculo de la puntuación económica prevista en el apartado 11.5 del Cuadro Resumen de este Pliego, para el supuesto de que la Mesa estimase que deben excluirse aquellas ofertas de los licitadores que, tras el trámite de audiencia, no han justificado debidamente la viabilidad de las mismas, por incluir valores anormales.

Appears in 1 contract

Samples: www.acuaes.com

VALORACIÓN DE LAS PROPOSICIONES. Previamente a la apertura de las ofertas contenidas en el “Sobre (archivo electrónico) número 3” la Mesa de Contratación procederá a la valoración de los documentos de carácter técnico incluidos en el “Sobre (fichero electrónico) número 2”, a fin de dar cumplimiento a la exigencia del artículo 146.2 de la LCSP150.2 del TRLCSP. La Mesa de Contratación, de conformidad con el artículo 139.2 de la LCSP145.2 del TRLCSP, arbitrará los medios necesarios para preservar la confidencialidad de las proposiciones ofertas técnicas hasta el momento de la apertura de proposicioneslas ofertas económicas. Cuando el contrato se adjudique por procedimiento abierto, la apertura de las ofertas técnicas tendrá carácter público y se celebrará en un plazo no superior a siete días a contar desde la apertura de la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos previos contenida en el sobre (archivo electrónico) nº 1administrativa. La fecha del acto público de apertura de los sobres nº 2 (archivos electrónicos) técnicos marcará el momento a partir del cual se efectuará la puntuación y valoración de los criterios dependientes de un juicio de valor. La puntuación derivada de dicha apertura se dará a conocer con carácter previo a la apertura de los sobres nº 3 (archivos electrónicos) económicos. El acto público de apertura de las ofertas económicas se celebrará en la fecha, hora y lugar que se señale, una vez efectuada la valoración de las ofertas contenidas en el sobre (fichero electrónico) número “2”. En el referido acto, la Mesa de Contratación comunicará el resultado de la calificación de la documentación general presentada por los licitadores, con referencia expresa a las proposiciones admitidas y, en su caso, a las proposiciones rechazadas y las causas de su rechazo, igualmente se comunicará la valoración de las ofertas técnicas de los licitadores admitidos y, en su caso las proposiciones rechazadas en la fase de valoración de las ofertas técnicas por no haber superado su puntuación el umbral mínimo especificado en el presente pliego, y, a continuación, se procederá a la apertura de las ofertas económicas admitidas. No se abrirán las proposiciones económicas de aquellos licitadores que no hubieran alcanzado superado el umbral mínimo establecido en la valoración de las ofertas técnicas. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variara sustancialmente el modelo establecido o comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o bien existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa en resolución motivada. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, siempre que lo uno o la otra no alteren su sentido, no será causa bastante para el rechazo de la proposición. La valoración de las ofertas evaluables conforme a criterios dependientes técnica y económica y de juicios de valor y evaluable mediante la aplicación de fórmulas plazo se realizará en dos fases sucesivas y su ponderación se efectuará de acuerdo con los criterios objetivos establecidos en el apartado 11 del Cuadro Resumen xxx Xxxxxx. En todo caso, se dará audiencia a los licitadores que, según los criterios establecidos en el Cuadro resumen de este Pliego, hayan presentado una proposición económica identificada como anormalmente baja anormal o desproporcionada para que justifiquen la valoración de su oferta, en particular, en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, la innovación y originalidad de las soluciones propuestas para ejecutar las obrasprestaciones propuestas, el respeto de las obligaciones disposiciones relativas a la protección del empleo y las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en que resulten aplicables en materia medioambiental, social o laboral y subcontrataciónse vaya a realizar la prestación, o la posible obtención de una ayuda del Estado. La Mesa de Contratación clasificará las proposiciones presentadas por orden decreciente en función de la puntuación total obtenida, incluyendo las ofertas que se hubieran considerado anormalmente bajasde valor anormal o desproporcionado. Igualmente, realizará el cálculo de la puntuación total obtenida, tras el cálculo de la puntuación económica prevista en el apartado 11.5 del Cuadro Resumen de este Pliego, para el supuesto de que la Mesa estimase que deben excluirse aquellas ofertas de los licitadores que, tras el trámite de audiencia, no han justificado debidamente la viabilidad de las mismas, por incluir valores anormalesanormales o desproporcionados.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Particulares

VALORACIÓN DE LAS PROPOSICIONES. Previamente a la apertura de las ofertas económicas contenidas en el “Sobre (archivo electrónico) número 3” C: Oferta Económica y documentación para valoración de criterios cuantificables de forma automática”, la Mesa de Contratación procederá a la valoración de los documentos de carácter técnico incluidos en el del “Sobre (fichero electrónico) número 2B: “documentación para valoración de criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor”, a fin de dar cumplimiento a la exigencia del artículo 146.2 134.2 de la LCSP. La Mesa LCSP de Contratación, de conformidad con el artículo 139.2 de que la LCSP, arbitrará los medios necesarios para preservar la confidencialidad de las proposiciones hasta el momento de la apertura de proposiciones. Cuando el contrato se adjudique por procedimiento abierto, la apertura evaluación de las ofertas técnicas conforme a los criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas (supuesto de la oferta económica) se realice tras efectuar previamente la de aquellos otros criterios en que no concurra esta circunstancia. La apertura de los sobres comprensivos de la documentación a valorar con arreglo a juicios de valor tendrá carácter público y se celebrará en un plazo no superior a siete días a contar desde la apertura de la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos previos contenida en el sobre (archivo electrónico) nº 1carácter administrativo. La fecha del acto público Mesa de apertura Contratación, de conformidad con el artículo 129.2 de la LCSP, arbitrará los sobres nº 2 (archivos electrónicos) técnicos marcará el momento a partir del cual se efectuará medios necesarios para preservar la puntuación y valoración confidencialidad de los criterios dependientes la documentación de un juicio de valor. La puntuación derivada de dicha apertura se dará a conocer con carácter previo a técnico hasta la apertura de los sobres nº 3 (archivos electrónicos) económicoslas ofertas económicas. El acto público de apertura de las ofertas económicas se celebrará en la fecha, hora y lugar que se señale, señalen una vez efectuada la valoración de las ofertas contenidas en el sobre (fichero electrónico) número “2”técnicas. En el referido acto, la Mesa de Contratación comunicará el resultado de la calificación de la documentación general presentada por los licitadores, con referencia expresa a las proposiciones admitidas y, en su caso, a las proposiciones rechazadas y las causas de su rechazo, igualmente se comunicará la valoración de las ofertas técnicas de los licitadores admitidos y, en su caso caso, las proposiciones rechazadas en la fase de valoración de las ofertas técnicas la documentación de carácter técnico por no haber superado su puntuación calificación el umbral mínimo de puntuación especificado en el presente pliego, y, a continuación, se procederá a la apertura de las ofertas económicas de las ofertas admitidas. No se abrirán las proposiciones económicas de aquellos licitadores que no hubieran alcanzado superado el umbral mínimo establecido en la valoración de las ofertas técnicascuya cuantificación dependa de un juicio de valor. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variara sustancialmente el modelo establecido o comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o bien existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa en resolución motivada. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, siempre que lo uno o la otra no alteren su sentido, no será causa bastante para el rechazo de la proposición. La valoración de las ofertas evaluables conforme a criterios dependientes de juicios de valor y evaluable mediante la aplicación de fórmulas se realizará en dos fases sucesivas y su ponderación se efectuará de acuerdo con los criterios objetivos establecidos en el apartado 11 del Cuadro Resumen xxx Xxxxxx. En todo caso, se dará audiencia a los licitadores que, según los criterios establecidos en el Cuadro resumen de este Pliego, hayan presentado una proposición económica identificada como anormalmente baja para que justifiquen la valoración de su oferta, en particular, en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, la innovación y originalidad de las soluciones propuestas para ejecutar las obras, el respeto de las obligaciones que resulten aplicables en materia medioambiental, social o laboral y subcontratación, o la posible obtención de una ayuda del Estado. La Mesa de Contratación clasificará las proposiciones presentadas por orden decreciente en función de la puntuación total obtenida, incluyendo las ofertas que se hubieran considerado anormalmente bajas. Igualmente, realizará el cálculo de la puntuación total obtenida, tras el cálculo de la puntuación económica prevista en el apartado 11.5 del Cuadro Resumen de este Pliego, para el supuesto de que la Mesa estimase que deben excluirse aquellas ofertas de los licitadores que, tras el trámite de audiencia, no han justificado debidamente la viabilidad de las mismas, por incluir valores anormales.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Particulares