Common use of Valoración de las ofertas Clause in Contracts

Valoración de las ofertas. Los criterios de adjudicación de las propuestas son los que figuran en el anuncio de licitación y en los Anexos XI y XII, que son parte inseparable de este pliego. Dichos criterios podrán concretar la fase de valoración de las proposiciones en que operarán los mismos y, en su caso, el umbral mínimo de puntuación que en su aplicación pueda ser exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo. En el supuesto en que el procedimiento se articule en fases sucesivas, los licitadores deberán presentar tantos sobres como fases se prevean, según lo previsto en los Anexos XI y XII y corresponderá a la mesa de contratación aplicar los criterios de adjudicación a fin de ir reduciendo progresivamente el número de ofertas, elevando la correspondiente propuesta al órgano de contratación. Cuando los criterios subjetivos del Anexo XI tengan atribuida una ponderación mayor que los criterios objetivos del Anexo XII la valoración previa se realizará por el órgano, distinto de la mesa, expresamente indicado en dicho Anexo y publicado en el perfil del contratante, siendo vinculante dicha evaluación para la mesa de contratación a efectos de formular su propuesta de adjudicación. En dicho Anexo se harán constar los criterios concretos que deben someterse a valoración por el comité de expertos o por el organismo especializado, el plazo en que éstos deberán efectuar la valoración, y los límites máximo y mínimo en que ésta deberá ser cuantificada. Si se trata de un comité de expertos, su composición se detallará en el mismo Anexo XI o se hará pública en el perfil de contratante con carácter previo a la apertura de los Sobres nº DOS. Si se trata de un organismo técnico especializado, su designación se efectuará en el mismo Anexo XI del presente pliego que se hará público en el perfil de contratante junto con el anuncio de licitación.

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Samples: Contrato De Servicios, Contrato De Servicios De Colaboración Y Asistencia, Contrato De Servicios

Valoración de las ofertas. Los criterios de adjudicación de las propuestas son los que figuran en el anuncio de licitación y en los Anexos XI VIII y XIIIX, que son parte inseparable de este pliegoPliego. Dichos criterios podrán concretar la fase de valoración de las proposiciones en que operarán los mismos y, en su caso, el umbral mínimo de puntuación que en su aplicación pueda ser exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo. En el supuesto en que el procedimiento se articule en fases sucesivas, conforme al artículo 150.4 TRLCSP, los licitadores deberán presentar tantos sobres como fases se prevean, según lo previsto en los Anexos XI VIII y XII IX, y corresponderá a la mesa Mesa de contratación aplicar los criterios de adjudicación a fin de ir reduciendo progresivamente el número de ofertas, elevando la correspondiente propuesta al órgano Órgano de contratación. Para el ejercicio de sus funciones, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos. Igualmente, podrá solicitar estos informes cuando considere necesario verificar que las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas de los pliegos, de conformidad con lo previsto en el artículo 160.1 TRLCSP. Las propuestas que no cumplan las prescripciones técnicas exigidas no serán objeto de valoración. Cuando los criterios subjetivos del Anexo XI tengan atribuida una ponderación mayor que VIII superen el 50% del total de la ponderación, la evaluación previa de los criterios objetivos del Anexo XII la valoración previa sobres nº DOS se realizará por el órgano, distinto de la mesaMesa, expresamente indicado en dicho Anexo y publicado en el perfil del contratante, siendo vinculante dicha evaluación para la mesa Mesa de contratación a efectos de formular su propuesta de adjudicación. En dicho Anexo se harán constar los criterios concretos que deben someterse a valoración por el comité de expertos o por el organismo especializado, el plazo en que éstos deberán efectuar la valoración, y los límites máximo y mínimo en que ésta deberá ser cuantificada. Si se trata de un comité Comité de expertosExpertos, su composición se detallará en el mismo Anexo XI VIII o se hará pública en el perfil de contratante con carácter previo a la apertura de los Sobres nº DOS. Si se trata de un organismo técnico especializadoOrganismo Técnico Especializado, su designación se efectuará en el mismo Anexo XI VIII del presente pliego que se hará público en el perfil de contratante junto con el anuncio de licitación.

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Samples: Contrato De Servicios Sujeto a Regulacion a R M O N I Z a D a Procedimiento, www.aragon.es

Valoración de las ofertas. Los criterios de adjudicación de las propuestas son los que figuran en el anuncio de licitación y en los Anexos XI y XII, que son parte inseparable de este pliego. Dichos criterios podrán concretar la fase de valoración de las proposiciones en que operarán los mismos y, en su caso, el umbral mínimo de puntuación que en su aplicación pueda ser exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo. En el supuesto en que el procedimiento se articule en fases sucesivas, los licitadores deberán presentar tantos sobres como fases se prevean, según lo previsto en los Anexos XI y XII XII, y corresponderá a la mesa de contratación aplicar los criterios de adjudicación a fin de ir reduciendo progresivamente el número de ofertas, elevando la correspondiente propuesta al órgano de contratación. Las propuestas que no cumplan las prescripciones técnicas exigidas no serán objeto de valoración. Cuando los criterios subjetivos del Anexo XI tengan atribuida una ponderación mayor que la correspondiente a los criterios objetivos del Anexo XII XII, la valoración previa se realizará por el órgano, distinto de la mesa, expresamente indicado en dicho Anexo y publicado en el perfil del contratante, siendo vinculante dicha evaluación para la mesa de contratación a efectos de formular su propuesta de adjudicación. En dicho Anexo se harán constar los criterios concretos que deben someterse a valoración por el comité de expertos o por el organismo especializado, el plazo en que éstos deberán efectuar la valoración, y los límites máximo y mínimo en que ésta deberá ser cuantificada. Si se trata de un comité Comité de expertosExpertos, su composición se detallará en el mismo Anexo XI o se hará pública en el perfil de contratante con carácter previo a la apertura de los Sobres nº DOS. Si se trata de un organismo técnico especializadoOrganismo Técnico Especializado, su designación se efectuará en el mismo Anexo XI del presente pliego que se hará público en el perfil de contratante junto con el anuncio de licitación.

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Samples: Contrato De Suministro, Contrato De Suministro

Valoración de las ofertas. Los La valoración de los criterios cuya cuantificación dependa de adjudicación un juicio de valor corresponderá, en los casos en que proceda por tener atribuida una ponderación mayor que la correspondiente a los criterios evaluables de forma automática, bien al comité formado por expertos con cualificación apropiada, o al organismo técnico especializado, que se recoge en el apartado 9 del Cuadro de Características del Contrato, sin perjuicio de que la designación de sus miembros deba publicarse en el Perfil del Contratante. La evaluación de las propuestas son ofertas conforme a los criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas se realizará tras efectuar previamente la de aquellos otros criterios en que figuran no concurra esta circunstancia, dejándose constancia documental de ello. La citada evaluación previa se hará pública en el anuncio acto en el que se proceda a la apertura del sobre que contenga los elementos de licitación y en los Anexos XI y XII, la oferta que son parte inseparable se valoraran mediante la mera aplicación de este pliegofórmulas. Dichos criterios podrán concretar Cuando para la fase de valoración de las proposiciones se tengan en cuenta criterios distintos al del precio, y para verificar que operarán las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas xxx xxxxxx el órgano competente podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos. Las Mesas de contratación podrán, asimismo, solicitar el asesoramiento de técnicos/as o expertos/as independientes con conocimientos acreditados en las materias relacionadas con el objeto del contrato. Dicha asistencia será autorizada por el órgano de contratación y deberá ser reflejada expresamente en el expediente, con referencia a las identidades de los mismos ytécnicos o expertos asistentes, su formación y su experiencia profesional. El citado apartado 9 precisará, salvo cuando se tome en consideración el precio exclusivamente, la ponderación relativa atribuida a cada uno de los criterios de valoración, que podrá expresarse fijando una banda de valores con una amplitud máxima adecuada. Igualmente señalará cuando el procedimiento de adjudicación se articule en varias fases, en su casocuales de ellas se irán aplicando los distintos criterios, el estableciendo un umbral mínimo del 50 por ciento de la puntuación que en su aplicación pueda ser exigido al licitador el conjunto de los criterios cualitativos para continuar en el proceso selectivo. En el supuesto en que el procedimiento se articule en fases sucesivasCuando, los licitadores deberán presentar tantos sobres como fases se preveanpor razones objetivas debidamente justificadas, según lo previsto en los Anexos XI y XII y corresponderá a la mesa de contratación aplicar no sea posible ponderar los criterios elegidos, éstos se enumerarán por orden decreciente de adjudicación a fin de ir reduciendo progresivamente el número de ofertas, elevando la correspondiente propuesta al órgano de contratación. Cuando los criterios subjetivos del Anexo XI tengan atribuida una ponderación mayor que los criterios objetivos del Anexo XII la valoración previa se realizará por el órgano, distinto de la mesa, expresamente indicado en dicho Anexo y publicado en el perfil del contratante, siendo vinculante dicha evaluación para la mesa de contratación a efectos de formular su propuesta de adjudicación. En dicho Anexo se harán constar los criterios concretos que deben someterse a valoración por el comité de expertos o por el organismo especializado, el plazo en que éstos deberán efectuar la valoración, y los límites máximo y mínimo en que ésta deberá ser cuantificada. Si se trata de un comité de expertos, su composición se detallará en el mismo Anexo XI o se hará pública en el perfil de contratante con carácter previo a la apertura de los Sobres nº DOS. Si se trata de un organismo técnico especializado, su designación se efectuará en el mismo Anexo XI del presente pliego que se hará público en el perfil de contratante junto con el anuncio de licitaciónimportancia.

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Samples: Contrato De Suministros. Procedimiento Abierto Para Adjudicación De Contrato Sujeto a Regulación Armonizada, Contrato De Obras. Procedimiento Abierto Para Adjudicación De Contrato Sujeto a Regulación Amornizada

Valoración de las ofertas. Los criterios Finalizado el plazo de adjudicación admisión de las propuestas son ofertas o proposiciones, y una vez recibidas las que fueron enviadas por correo o transcurrido el plazo de cinco días sin que se hubieran recibido, la Mesa de Contratación procederá, a efectos de su calificación, a la apertura del Sobre nº 1, pudiendo conceder un plazo de tres días hábiles para la subsanación de los defectos u omisiones subsanables que figuran se observen. De no concederse el referido plazo, se efectuará, a continuación y, en el anuncio de licitación y en los Anexos XI y XIIacto público, que son parte inseparable de este pliego. Dichos criterios podrán concretar la fase de valoración apertura de las proposiciones en que operarán los mismos y, en su caso, el umbral mínimo técnicas de puntuación que en su aplicación pueda ser exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo. En el supuesto en que el procedimiento se articule en fases sucesivas, los licitadores deberán presentar tantos sobres como fases se preveanadmitidos, según lo previsto en los Anexos XI y XII y corresponderá a sobre nº 2, para cuya valoración la mesa de contratación aplicar los criterios se podrá auxiliar del asesoramiento técnico o jurídico que precise, pudiendo requerir la emisión de adjudicación a fin un informe de ir reduciendo progresivamente el número valoración que deberá, en todo caso, elaborarse en un plazo máximo de ofertas3 días. Si, elevando la correspondiente propuesta al órgano de contratación. Cuando los criterios subjetivos del Anexo XI tengan atribuida una ponderación mayor que los criterios objetivos del Anexo XII la valoración previa se realizará por el órganocontrario, distinto fuese concedido dicho plazo de la mesasubsanación, expresamente indicado en dicho Anexo y publicado se comunicará verbalmente a los licitadores presentes y, mediante fax o correo electrónico se remitirá escrito, tanto a éstos como a los que no lo estuvieran, en el perfil del contratanteque se haga constar tales circunstancias. En este caso, siendo vinculante dicha evaluación la Mesa volverá a constituirse, una vez finalice el referido plazo de subsanación, para efectuar la apertura de las proposiciones técnicas de los licitadores admitidos, sobre nº 2, para cuya valoración la mesa de contratación a efectos de formular su propuesta de adjudicación. En dicho Anexo se harán constar los criterios concretos podrá auxiliar del asesoramiento técnico o jurídico que deben someterse a valoración por el comité de expertos o por el organismo especializadoprecise, el plazo en que éstos deberán efectuar pudiendo requerir la valoración, y los límites máximo y mínimo en que ésta deberá ser cuantificada. Si se trata emisión de un comité informe de expertosvaloración que deberá, su composición en todo caso, elaborarse en un plazo máximo de tres días. Valoradas las proposiciones técnicas contenidas en los sobres nº 2, se detallará en el mismo Anexo XI o se hará pública en el perfil de contratante con carácter previo procederá a la apertura de los Sobres sobres DOS. Si se trata de un organismo técnico especializado3, su designación se efectuará en el mismo Anexo XI del presente pliego que se hará realizará en acto público previamente anunciado en el perfil del contratante del Ayuntamiento de contratante junto con el anuncio Istán. Valorados los sobres nº 3, se formulará propuesta de licitaciónadjudicación al órgano de contratación una vez ponderados los criterios que deban aplicarse para efectuar la selección del adjudicatario.

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Samples: static.malaga.es, static.malaga.es

Valoración de las ofertas. Los criterios de adjudicación de las propuestas ofertas son los que figuran en el anuncio de licitación y en los Anexos XI y XIIel Anexo B del cuadro resumen, que son parte inseparable de este pliego. Dichos criterios podrán concretar la fase de valoración de las proposiciones en que operarán los mismos y, en su caso, el umbral mínimo de puntuación que en su aplicación pueda ser exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo. En el supuesto en que el procedimiento se articule en fases sucesivas, los licitadores deberán presentar tantos sobres como fases se prevean, según lo previsto en los Anexos XI B y XII B1 del cuadro-resumen y corresponderá a la mesa de contratación aplicar los criterios de adjudicación a fin de ir reduciendo progresivamente el número de ofertas, elevando la correspondiente propuesta al órgano de contratación. Cód. Validación: 9RW9NL2DWL56NL9KTKP7745SW | Verificación: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 52 Cuando los criterios subjetivos del Anexo XI B1 del cuadro-resumen tengan atribuida una ponderación mayor que los criterios objetivos del Anexo XII B del cuadro-resumen la valoración previa se realizará por el órgano, distinto de la mesa, expresamente indicado en dicho Anexo y publicado en el perfil del contratante, siendo vinculante dicha evaluación para la mesa de contratación a efectos de formular su propuesta de adjudicación. En dicho Anexo se harán constar los criterios concretos que deben someterse a valoración por el comité de expertos o por el organismo especializado, el plazo en que éstos deberán efectuar la valoración, y los límites máximo y mínimo en que ésta deberá ser cuantificada. Si se trata de un comité de expertos, su composición se detallará en el mismo Anexo XI D del cuadro-resumen o se hará pública en el perfil de contratante con carácter previo a la apertura de los Sobres nº DOS. B. Si se trata de un organismo técnico especializado, su designación se efectuará en el mismo Anexo XI D del presente pliego cuadro-resumen que se hará público en el perfil de contratante junto con el anuncio de licitación.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Habrán De Regir Para La Contratación Del Servicio De Mantenimiento, Conservación Y Mejora De Parques Y Zonas Verdes en El Municipio De Almuñécar

Valoración de las ofertas. Los La valoración de los criterios cuya cuantificación dependa de adjudicación un juicio de valor corresponderá, en los casos en que proceda por tener atribuida una ponderación mayor que la correspondiente a los criterios evaluables de forma automática, bien al comité formado por expertos con cualificación apropiada, o al organismo técnico especializado, que se recoge en el apartado 9 del Cuadro de Características del Contrato, sin perjuicio de que la designación de sus miembros deba publicarse en el Perfil del/de la Contratante. La evaluación de las propuestas son ofertas conforme a los criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas se realizará tras efectuar previamente la de aquellos otros criterios en que figuran no concurra esta circunstancia, dejándose constancia documental de ello. La citada evaluación previa se hará pública en el anuncio acto en el que se proceda a la apertura del sobre que contenga los elementos de licitación y en los Anexos XI y XII, la oferta que son parte inseparable se valoraran mediante la mera aplicación de este pliegofórmulas. Dichos criterios podrán concretar Cuando para la fase de valoración de las proposiciones se tengan en cuenta criterios distintos al del precio, y para verificar que operarán las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas xxx xxxxxx el órgano competente podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos. Las Mesas de contratación podrán, asimismo, solicitar el asesoramiento de técnicos/as o expertos/as independientes con conocimientos acreditados en las materias relacionadas con el objeto del contrato. Dicha asistencia será autorizada por el órgano de contratación y deberá ser reflejada expresamente en el expediente, con referencia a las identidades de los/las técnicos/as o expertos/as asistentes, su formación y su experiencia profesional. El citado apartado 9 precisará, salvo cuando se tome en consideración el precio exclusivamente, la ponderación relativa atribuida a cada uno de los mismos ycriterios de valoración, que podrá expresarse fijando una banda de valores con una amplitud máxima adecuada. Igualmente señalará cuando el procedimiento de adjudicación se articule en varias fases, en su casocuales de ellas se irán aplicando los distintos criterios, el estableciendo un umbral mínimo del 50 por ciento de la puntuación que en su aplicación pueda ser exigido al licitador el conjunto de los criterios cualitativos para continuar en el proceso selectivo. En el supuesto en que el procedimiento se articule en fases sucesivasCuando, los licitadores deberán presentar tantos sobres como fases se preveanpor razones objetivas debidamente justificadas, según lo previsto en los Anexos XI y XII y corresponderá a la mesa de contratación aplicar no sea posible ponderar los criterios elegidos, éstos se enumerarán por orden decreciente de adjudicación a fin de ir reduciendo progresivamente el número de ofertas, elevando la correspondiente propuesta al órgano de contratación. Cuando los criterios subjetivos del Anexo XI tengan atribuida una ponderación mayor que los criterios objetivos del Anexo XII la valoración previa se realizará por el órgano, distinto de la mesa, expresamente indicado en dicho Anexo y publicado en el perfil del contratante, siendo vinculante dicha evaluación para la mesa de contratación a efectos de formular su propuesta de adjudicación. En dicho Anexo se harán constar los criterios concretos que deben someterse a valoración por el comité de expertos o por el organismo especializado, el plazo en que éstos deberán efectuar la valoración, y los límites máximo y mínimo en que ésta deberá ser cuantificada. Si se trata de un comité de expertos, su composición se detallará en el mismo Anexo XI o se hará pública en el perfil de contratante con carácter previo a la apertura de los Sobres nº DOS. Si se trata de un organismo técnico especializado, su designación se efectuará en el mismo Anexo XI del presente pliego que se hará público en el perfil de contratante junto con el anuncio de licitación.importancia

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Samples: Contrato De Suministros. Procedimiento

Valoración de las ofertas. Los criterios de adjudicación de las propuestas ofertas son los que figuran en el anuncio de licitación y en los Anexos XI y XIIel Anexo B del cuadro resumen, que son parte inseparable de este pliego. Dichos criterios podrán concretar la fase de valoración de las proposiciones en que operarán los mismos y, en su caso, el umbral mínimo de puntuación que en su aplicación pueda ser exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo. En el supuesto en que el procedimiento se articule en fases sucesivas, los licitadores deberán presentar tantos sobres como fases se prevean, según lo previsto en los Anexos XI B y XII B1 del cuadro-resumen y corresponderá a la mesa de contratación aplicar los criterios de adjudicación a fin de ir reduciendo progresivamente el número de ofertas, elevando la correspondiente propuesta al órgano de contratación. Cód. Validación: 7D4YZT4FRPF6HPAHKMHTYAPDD | Verificación: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 46 Cuando los criterios subjetivos del Anexo XI B1 del cuadro-resumen tengan atribuida una ponderación mayor que los criterios objetivos del Anexo XII B del cuadro-resumen la valoración previa se realizará por el órgano, distinto de la mesa, expresamente indicado en dicho Anexo y publicado en el perfil del contratante, siendo vinculante dicha evaluación para la mesa de contratación a efectos de formular su propuesta de adjudicación. En dicho Anexo se harán constar los criterios concretos que deben someterse a valoración por el comité de expertos o por el organismo especializado, el plazo en que éstos deberán efectuar la valoración, y los límites máximo y mínimo en que ésta deberá ser cuantificada. Si se trata de un comité de expertos, su composición se detallará en el mismo Anexo XI D del cuadro-resumen o se hará pública en el perfil de contratante con carácter previo a la apertura de los Sobres nº DOS. B. Si se trata de un organismo técnico especializado, su designación se efectuará en el mismo Anexo XI D del presente pliego cuadro-resumen que se hará público en el perfil de contratante junto con el anuncio de licitación.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Regirá El Procedimiento Negociado Sin Publicidad Convocado Para Adjudicar La Contratación De Espectáculos Musicales Para Las Fiestas Patronales De San Jose 2019

Valoración de las ofertas. Los criterios de adjudicación de las propuestas ofertas son los que figuran en el anuncio de licitación y en los Anexos XI y XIIel Anexo B del cuadro resumen, que son parte inseparable de este pliego. Dichos criterios podrán concretar la fase de valoración de las proposiciones en que operarán los mismos y, en su caso, el umbral mínimo de puntuación que en su aplicación pueda ser exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo. Cód. Validación: 5E4AJNNXWE9C2J5EZLR5FKGP2 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 50 En el supuesto en que el procedimiento se articule en fases sucesivas, los licitadores deberán presentar tantos sobres como fases se prevean, según lo previsto en los Anexos XI B y XII B1 del cuadro-resumen y corresponderá a la mesa de contratación aplicar los criterios de adjudicación a fin de ir reduciendo progresivamente el número de ofertas, elevando la correspondiente propuesta al órgano de contratación. Cuando los criterios subjetivos del Anexo XI B1 del cuadro-resumen tengan atribuida una ponderación mayor que los criterios objetivos del Anexo XII B del cuadro-resumen la valoración previa se realizará por el órgano, distinto de la mesa, expresamente indicado en dicho Anexo y publicado en el perfil del contratante, siendo vinculante dicha evaluación para la mesa de contratación a efectos de formular su propuesta de adjudicación. En dicho Anexo se harán constar los criterios concretos que deben someterse a valoración por el comité de expertos o por el organismo especializado, el plazo en que éstos deberán efectuar la valoración, y los límites máximo y mínimo en que ésta deberá ser cuantificada. Si se trata de un comité de expertos, su composición se detallará en el mismo Anexo XI D del cuadro-resumen o se hará pública en el perfil de contratante con carácter previo a la apertura de los Sobres nº DOS. B. Si se trata de un organismo técnico especializado, su designación se efectuará en el mismo Anexo XI D del presente pliego cuadro-resumen que se hará público en el perfil de contratante junto con el anuncio de licitación.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Habrán De Regir Para La Contratación De Servicios Socio Educativos Y Servicios De Comedor en Las Escuelas Infantiles Municipales De Almuñécar, Mediante Lotes Y Procedimiento Abierto

Valoración de las ofertas. Los criterios de adjudicación de las propuestas son los que figuran en el anuncio de licitación y en los Anexos XI VI y XIIVII, que son parte inseparable de este pliegoPliego. Dichos criterios podrán concretar la fase de valoración de las proposiciones en que operarán los mismos y, en su caso, el umbral mínimo de puntuación que en su aplicación pueda ser exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo. En el supuesto en que el procedimiento se articule en fases sucesivas, conforme al artículo 150.4 TRLCSP, los licitadores deberán presentar tantos sobres como fases se prevean, según lo previsto en los Anexos XI VI y XII VII, y corresponderá a la mesa Mesa de contratación aplicar los criterios de adjudicación a fin de ir reduciendo progresivamente el número de ofertas, elevando la correspondiente propuesta al órgano Órgano de contratación. Para el ejercicio de sus funciones, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos. Igualmente, podrá solicitar estos informes cuando considere necesario verificar que las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas de los pliegos, de conformidad con lo previsto en el artículo 160.1 TRLCSP. Las propuestas que no cumplan las prescripciones técnicas exigidas no serán objeto de valoración. Cuando los criterios subjetivos del Anexo XI tengan atribuida una ponderación mayor que VI superen el 50% del total de la ponderación, la evaluación previa de los criterios objetivos del Anexo XII la valoración previa sobres nº DOS se realizará por el órgano, distinto de la mesaMesa, expresamente indicado en dicho Anexo y publicado en el perfil del contratante, siendo vinculante dicha evaluación para la mesa Mesa de contratación a efectos de formular su propuesta de adjudicación. En dicho Anexo se harán constar los criterios concretos que deben someterse a valoración por el comité de expertos o por el organismo especializado, el plazo en que éstos deberán efectuar la valoración, y los límites máximo y mínimo en que ésta deberá ser cuantificada. Si se trata de un comité Comité de expertosExpertos, su composición se detallará en el mismo Anexo XI VI o se hará pública en el perfil de contratante con carácter previo a la apertura de los Sobres nº DOS. Si se trata de un organismo técnico especializadoOrganismo Técnico Especializado, su designación se efectuará en el mismo Anexo XI VI del presente pliego que se hará público en el perfil de contratante junto con el anuncio de licitación.

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Samples: Contrato De Servicios Que Tiene Como Objeto El S Tratamiento Y Mantenimiento Del Agua

Valoración de las ofertas. Los criterios de adjudicación de las propuestas son los que figuran en el anuncio de licitación y en los Anexos XI y XII, que son parte inseparable de este pliego. Dichos criterios podrán concretar la fase de La valoración de las proposiciones ofertas se realizará en que operarán los mismos yel día y hora indicados en las invitaciones, en su casoel plazo máximo de un mes desde la finalización del plazo de presentación de las ofertas. La Mesa de Contratación será quien realizará un recuento de las proposiciones presentadas, el umbral mínimo de puntuación que en su aplicación pueda ser exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo. En el supuesto en que el procedimiento se articule en fases sucesivas, los licitadores deberán presentar tantos sobres como fases se prevean, según lo previsto en los Anexos XI y XII y corresponderá dando a la mesa de contratación aplicar los criterios de adjudicación a fin de ir reduciendo progresivamente conocer el número de ofertasproposiciones presentadas y el nombre de los licitantes. Posteriormente procederá valorar las ofertas técnicas a partir de la documentación contenida en el Sobre A. La Comisión de Contratación procederá a la valoración de la oferta técnica, elevando según los siguientes criterios, valorando en primer lugar aquellos cuya cuantificación no se realiza mediante la correspondiente propuesta al mera aplicación de fórmulas. La baremación (puntuación) de la mejora, que no responde a la aplicación directa de una fórmula se realizará de la siguiente forma: - Las ofertas que no contengan mejoras o en las que estas no sean claramente identificables, así como aquellas que no se consideren debidamente justificadas por la Mesa de Contratación, obtendrán cero puntos. - El resto de ofertas serán valoradas por la Mesa de contratación asignando a cada una un número de orden decreciente, de forma que a aquella que obtenga la mejor valoración se le asignará el número de orden 1, a la siguiente con mejor valoración el número de orden 2 y así sucesivamente. La asignación del número de orden deberá de estar motivada y el órgano de contratacióncontratación podrá estar asistido por miembros del equipo técnico de gerencia del CEDER Xxxxx-Porcía. Cuando La puntuación obtenida por las ofertas se obtiene aplicando la relación P= Pm/Nº, siendo “P” la puntuación de la oferta que se valora, “Pm” la puntuación máxima que se asigna a este criterio y “Nº” el número de orden obtenido por la oferta. Para indicar la dedicación semanal se utilizará el modelo que se recoge en el anexo IV. La baremación (puntuación) de la dedicación se realizará de la siguiente forma: - Las ofertas que no supongan un incremento del número de horas de servicio respecto al tiempo mínimo de dedicación fijado en el pliego de prescripciones técnicas (7 horas semanales) obtendrán 0 puntos. De igual modo, las ofertas que supongan un incremento del número de horas de dedicación que no se consideren debidamente justificadas por la Mesa de contratación obtendrán 0 puntos. - Al resto de licitadores se asignarán los criterios subjetivos puntos que proporcionalmente de acuerdo con la siguiente fórmula: P=Pm x (To/Tm), dónde “P” es la puntuación de la oferta que se valora, “Pm” es la puntuación máxima del Anexo XI tengan atribuida una ponderación criterio, y “To” es el número de horas por encima de las mínimas exigidas que incluye la oferta que se valora y “Tm” es el número de horas semanales por encima de las mínimas exigidas que incluye la oferta con mayor que los criterios objetivos del Anexo XII dedicación. Con posterioridad a la valoración previa de la oferta técnica se realizará procederá a la apertura del Sobre B (Oferta económica) y a su valoración según el siguiente criterio. - Las ofertas que no supongan una reducción respecto al precio máximo de ejecución del contrato que figura en el presente pliego obtendrán 0 puntos. De igual modo, las ofertas relativas a reducción del precio de ejecución que no se consideren debidamente justificadas por el órganoórgano de contratación obtendrán asimismo 0 puntos. - El resto de ofertas se valorarán con la siguiente fórmula matemática: P=Pm x (Cm/Co), distinto dónde “P” es la puntuación de la mesaoferta que se valora, expresamente indicado “Pm” es la puntuación máxima que se aplica a este criterio, “Cm” es el precio de la mejor oferta que no incurre en dicho Anexo anormalidad de acuerdo con lo establecido en la cláusula 21 del presente Pliego, y publicado “Co” es el precio de la oferta que se valora. El precio de las ofertas económicas se expresará en el perfil del contratante, siendo vinculante dicha evaluación euros. La Mesa de Contratación podrá solicitar los informes técnicos que considere necesarios para la mesa de contratación a efectos de formular realizar su propuesta de adjudicación. En dicho Anexo El CEDER Xxxxx-Porcía podrá solicitar por escrito cuantas aclaraciones considere necesarias para una mejor comprensión de las ofertas presentadas. Asimismo, podrá solicitar al licitante que aclare presencialmente aquellos extremos de la oferta técnica que aun habiéndose consultado no hayan sido totalmente aclarados. La puntuación global de cada empresa se harán constar los criterios concretos que deben someterse a valoración por el comité obtendrá mediante la suma de expertos o por el organismo especializado, el plazo la puntuación obtenida en que éstos deberán efectuar la valoración, y los límites máximo y mínimo en que ésta deberá ser cuantificada. Si se trata de un comité de expertos, su composición se detallará en el mismo Anexo XI o se hará pública en el perfil de contratante con carácter previo a la apertura cada uno de los Sobres nº DOS. Si se trata criterios: Criterios de un organismo técnico especializadovaloración Puntuación máxima 100 puntos Mejoras del servicio Hasta 20 puntos Mayor dedicación Hasta 10 puntos Mejor precio Hasta 70 puntos Total (máxima puntuación) 100 puntos De la valoración global resultará la propuesta más ventajosa en su conjunto, su designación se efectuará en el mismo Anexo XI del presente pliego que se hará público en el perfil elevará al órgano de contratante junto con el anuncio de licitación.contratación para su aprobación

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Samples: www.naviaporcia.com

Valoración de las ofertas. Los criterios de adjudicación de las propuestas son los que figuran en el anuncio de licitación y en los Anexos XI y XII, que son parte inseparable de este pliegoPliego. Dichos criterios podrán concretar la fase de valoración de las proposiciones en que operarán los mismos mis- mos y, en su caso, el umbral mínimo de puntuación que en su aplicación pueda ser exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo. En el supuesto en que el procedimiento se articule en fases sucesivas, los licitadores deberán presentar tantos sobres como fases se prevean, según lo previsto en los Anexos XI y XII y corresponderá a la mesa de contratación aplicar los criterios de adjudicación a fin de ir reduciendo progresivamente el número de ofertas, elevando la correspondiente propuesta al órgano de contratación. Cuando los criterios subjetivos del Anexo XI tengan atribuida una ponderación mayor que los criterios objetivos del Anexo XII XII, la valoración previa se realizará por el órgano, distinto de la mesa, expresamente expresa- mente indicado en dicho Anexo y publicado en el perfil del contratante, siendo vinculante dicha evaluación evalua- ción para la mesa de contratación a efectos de formular su propuesta de adjudicación. En dicho Anexo se harán constar los criterios concretos que deben someterse a valoración por el comité de expertos o por el organismo especializado, el plazo en que éstos deberán efectuar la valoración, y los límites máximo má- ximo y mínimo en que ésta deberá ser cuantificada. Si se trata de un comité Comité de expertosExpertos, su composición se detallará en el mismo Anexo XI o se hará pública en el perfil de contratante con carácter previo a la apertura de los Sobres nº DOS. B. Si se trata de un organismo técnico especializado, Organismo Técnico Especializado su designación se efectuará en el mismo Anexo XI del presente pliego pliego, que se hará público en el perfil de contratante junto con el anuncio de licitación.

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Samples: Contrato De Servicios Procedimiento Abierto Varios Criterios De Adjudicación X Tramitación Ordinaria

Valoración de las ofertas. Los criterios de adjudicación de las propuestas son los que figuran en el anuncio de licitación y en los Anexos XI y XII, que son parte inseparable de este pliego. Dichos criterios podrán concretar la fase de valoración de las proposiciones en que operarán los mismos y, en su caso, el umbral mínimo de puntuación que en su aplicación pueda ser exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo. En el supuesto en que el procedimiento se articule en fases sucesivas, los licitadores deberán presentar tantos sobres como fases se prevean, según lo previsto en los Anexos XI y XII XII, y corresponderá a la mesa de contratación aplicar los criterios de adjudicación a fin de ir reduciendo progresivamente el número de ofertas, elevando la correspondiente propuesta al órgano de contratación. Las propuestas que no cumplan las prescripciones técnicas exigidas no serán objeto de valoración. Cuando los criterios subjetivos del Anexo XI tengan atribuida una ponderación mayor que la correspondiente a los criterios objetivos del Anexo XII XII, la valoración previa se realizará por el órgano, distinto de la mesa, expresamente indicado en dicho Anexo y publicado en el perfil del contratante, siendo vinculante dicha evaluación para la mesa de contratación a efectos de formular su propuesta de adjudicación. En dicho Anexo se harán constar los criterios concretos que deben someterse a valoración por el comité de expertos o por el organismo especializado, el plazo en que éstos deberán efectuar la valoración, y los límites máximo y mínimo en que ésta deberá ser cuantificada. Si se trata de un comité Comité de expertosExpertos, su composición se detallará en el mismo Anexo XI o se hará pública en el perfil de contratante con carácter previo a la apertura de los Sobres nº DOS. B. Si se trata de un organismo técnico especializadoOrganismo Técnico Especializado, su designación se efectuará en el mismo Anexo XI del presente pliego que se hará público en el perfil de contratante junto con el anuncio de licitación.

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Samples: Contrato De Suministro Procedimiento Abierto Varios Criterios De Adjudicación

Valoración de las ofertas. Los criterios de adjudicación de las propuestas son los que figuran en el anuncio de licitación La Mesa, una vez calificada la documentación general (sobre A) y en los Anexos XI y XII, que son parte inseparable de este pliego. Dichos criterios podrán concretar la fase de valoración de las proposiciones en que operarán los mismos yenmendados, en su caso, el umbral mínimo los defectos u omisiones de puntuación que en su aplicación pueda ser exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo. En el supuesto en que el procedimiento se articule en fases sucesivasla documentación presentada, los licitadores deberán presentar tantos sobres como fases se prevean, según lo previsto en los Anexos XI y XII y corresponderá con carácter previo a la mesa apertura pública de contratación ofertas, tiene que pronunciarse expresamente respecto de las empresas admitidas a la licitación, las rechazadas y las causas de su rechazo. Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa hace falta aplicar los criterios de adjudicación a fin valoración que se determinan en el Anexo 9 de ir reduciendo progresivamente el número este Pliego, que se agrupan, en primer lugar, por la naturaleza subjetiva o automática de ofertas, elevando la correspondiente propuesta al órgano de contratación. Cuando los criterios subjetivos del Anexo XI tengan atribuida una ponderación mayor que los criterios objetivos del Anexo XII la valoración previa se realizará y, en segundo lugar, por el órgano, distinto su ponderación de la mesa, expresamente indicado en dicho Anexo y publicado en el perfil del contratante, siendo vinculante dicha evaluación para la mesa de contratación mayor a efectos menor puntuación. La Mesa podrá solicitar los informes técnicos (tanto internos como externos) que considere necesarios u oportunos antes de formular su propuesta de adjudicación. La Mesa clasificará por orden decreciente las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales de acuerdo con el procedimiento establecido en el Anexo 9 de este Pliego, en relación con el artículo 152 del TRLCSP. En dicho Anexo el lugar, día y hora indicados en el anuncio de licitación, la Mesa de contratación llevará a cabo el acto público de apertura de los sobres B presentados por las empresas admitidas, en qué se harán constar dará lectura a las respectivas proposiciones económicas y otras partes de la oferta susceptibles de cuantificación y valoración automática u objetiva. En este acto, sólo se abrirá el sobre cada empresa correspondiente a los criterios concretos que deben someterse a de valoración por el comité subjetiva o dependientes de expertos o por el organismo especializado, el plazo en que éstos deberán efectuar la valoraciónun juicio de valor (sobre B), y se entregará su contenido al vocal ponente de la Mesa, representando de la unidad del DARP promotora del contrato, que una vez finalizada la reunión de la Mesa se encargará de elaborar el correspondiente informe de valoración. Reunida en convocatoria posterior que no tendrá carácter público, la Mesa analizará el anterior informe y aprobará el resultado de la valoración de los límites máximo y mínimo en que ésta deberá ser cuantificada. Si se trata criterios subjetivos, la puntuación de un comité de expertos, su composición se detallará en el mismo Anexo XI o se hará pública la cual será publicada en el perfil de contratante con carácter previo de la Administración antes de la fecha indicada para el acto público de apertura de la parte de las ofertas correspondiendo a los criterios de evaluación automática u objetiva (sobre C). En este acto público, la Mesa procederá a la apertura del sobre C de los Sobres nº DOS. Si se trata de un organismo técnico especializado, su designación se efectuará en el mismo Anexo XI del presente pliego las ofertas que se hará público en el perfil de contratante junto no hayan sido excluidas por causas relacionadas con el anuncio contenido del sobre B, y se dará lectura a las proposiciones económicas y a los otros elementos de licitaciónlas ofertas que sean objeto de evaluación automática u objetiva.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Tiene Que Regir La Contratación Del Servicio

Valoración de las ofertas. Los criterios de adjudicación de las propuestas ofertas son los que figuran en el anuncio de licitación y en los Anexos XI y XIIel Anexo B del cuadro resumen, que son parte inseparable de este pliego. Dichos criterios podrán concretar la fase de valoración de las proposiciones en que operarán los mismos y, en su caso, el umbral mínimo de puntuación que en su aplicación pueda ser exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo. En el supuesto en que el procedimiento se articule en fases sucesivas, los licitadores deberán presentar tantos sobres como fases se prevean, según lo previsto en los Anexos XI B y XII B1 del cuadro-resumen y corresponderá a la mesa de contratación aplicar los criterios de adjudicación a fin de ir reduciendo progresivamente el número de ofertas, elevando la correspondiente propuesta al órgano de contratación. Cód. Validación: 33RNNXL3KFHX4DYQZQHWT66D6 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 47 Cuando los criterios subjetivos del Anexo XI B1 del cuadro-resumen tengan atribuida una ponderación mayor que los criterios objetivos del Anexo XII B del cuadro-resumen la valoración previa se realizará por el órgano, distinto de la mesa, expresamente indicado en dicho Anexo y publicado en el perfil del contratante, siendo vinculante dicha evaluación para la mesa de contratación a efectos de formular su propuesta de adjudicación. En dicho Anexo se harán constar los criterios concretos que deben someterse a valoración por el comité de expertos o por el organismo especializado, el plazo en que éstos deberán efectuar la valoración, y los límites máximo y mínimo en que ésta deberá ser cuantificada. Si se trata de un comité de expertos, su composición se detallará en el mismo Anexo XI D del cuadro-resumen o se hará pública en el perfil de contratante con carácter previo a la apertura de los Sobres nº DOS. B. Si se trata de un organismo técnico especializado, su designación se efectuará en el mismo Anexo XI D del presente pliego cuadro-resumen que se hará público en el perfil de contratante junto con el anuncio de licitación.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Habrán De Regir Para La Contratación Del Suministro De Diferentes Materiales De Cerrajería

Valoración de las ofertas. Los criterios Una vez finalizado el plazo de presentación de proposiciones, por la Mesa de Contratación se procederá a calificar la declaración responsable presentada por los licitadores en el sobre A. Las ofertas que correspondan a proposiciones rechazadas quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación de las propuestas son los que figuran en el anuncio de licitación y en los Anexos XI y XII, que son parte inseparable de este pliego. Dichos criterios podrán concretar la fase de valoración de las proposiciones en que operarán los mismos y, en su caso, el umbral mínimo de puntuación que en su aplicación pueda ser exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo. En el supuesto en que el procedimiento se articule en fases sucesivas, los licitadores deberán presentar tantos sobres como fases se prevean, según lo previsto en los Anexos XI y XII y corresponderá a la mesa de contratación aplicar los criterios de adjudicación a fin de ir reduciendo progresivamente el número de ofertas, elevando la correspondiente propuesta al órgano de contratación. Cuando los criterios subjetivos del Anexo XI tengan atribuida una ponderación mayor que los criterios objetivos del Anexo XII la valoración previa se realizará por el órgano, distinto de la mesa, expresamente indicado en dicho Anexo y publicado en el perfil del contratante, siendo vinculante dicha evaluación para la mesa de contratación a efectos de formular su propuesta de adjudicación. En dicho Anexo se harán constar los criterios concretos que deben someterse a valoración por el comité de expertos o por el organismo especializado, el plazo en que éstos deberán efectuar la valoración, contrato y los límites máximo y mínimo en sobres que ésta deberá las contengan no podrán ser cuantificadaabiertos. Si se trata observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se comunicará por medios electrónicos, informáticos o telemáticos a los interesados, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante el propio órgano gestor, bajo apercibimiento de un comité de expertos, su composición se detallará exclusión definitiva del licitador si en el mismo Anexo XI o plazo concedido no procede a la subsanación de la documentación. Posteriormente, se hará pública procederá por la Mesa de Contratación en el perfil acto público a dar cuenta de contratante con carácter previo las ofertas presentadas y admitidas a la licitación, y seguidamente a la apertura de los Sobres nº DOSsobres B “Referencias técnicas” de las ofertas admitidas que contienen la propuesta técnica que presenta el contratista, justificativa de los criterios de adjudicación del contrato, salvo la oferta económica, es decir, los criterios no susceptibles de evaluación mediante fórmula aritmética. Si Antes de la apertura de la primera proposición se trata invitará a los licitadores interesados a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la mesa a las aclaraciones y contestaciones pertinentes, pero sin que en este momento pueda aquélla hacerse cargo de un organismo técnico especializadodocumentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, su designación o el de corrección o subsanación de defectos u omisiones. Tras la apertura de los sobres se efectuará procederá a la valoración de los criterios mediante el correspondiente informe técnico. Tras la obtención de las puntuaciones de los criterios no evaluables mediante fórmula aritmética, se procederá en acto público por la Mesa de Contratación, tras dar cuenta del resultado de dicha valoración, a la apertura de los sobres C que contienen la oferta económica, puntuándose las mismas mediante la fórmula aritmética prevista en el mismo Anexo XI del presente pliego punto 8.2.1, xxx xxxxxx. Tras la suma de las puntuaciones correspondientes a todos los criterios se procederá a la clasificación de las ofertas por orden de mayor a menor puntuación obtenida. En el caso de que dos o más proposiciones se hará público encuentren igualadas se aplicarán los criterios de preferencia previstos en el perfil de contratante junto con el anuncio de licitaciónartículo 8.3.2.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Que Regirán El Contrato De “Prestación De Servicios De Conserjería en Los Colegios Públicos “Ramon Y Cajal De Guarnizo

Valoración de las ofertas. Los criterios de adjudicación de las propuestas son los que figuran en el anuncio de licitación y en los Anexos XI y XII, que son parte inseparable de este pliegoxxxxxx. Dichos criterios podrán concretar la fase de valoración de las proposiciones en que operarán los mismos y, en su caso, el umbral mínimo de puntuación que en su aplicación pueda ser exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo. En el supuesto en que el procedimiento se articule en fases sucesivas, los licitadores deberán presentar tantos sobres como fases se prevean, según lo previsto en los Anexos XI y XII y corresponderá a la mesa de contratación aplicar los criterios de adjudicación a fin de ir reduciendo progresivamente el número de ofertas, elevando la correspondiente propuesta al órgano de contratación. Cuando los criterios subjetivos del Anexo XI tengan xxxxxx atribuida una ponderación mayor que los criterios objetivos del Anexo XII la valoración previa se realizará por el órgano, distinto de la mesa, expresamente indicado en dicho Anexo y publicado en el perfil del contratante, siendo vinculante dicha evaluación para la mesa de contratación a efectos de formular su propuesta de adjudicación. En dicho Anexo se harán xx xxxxx constar los criterios concretos que deben someterse a valoración por el comité de expertos o por el organismo especializado, el plazo en que éstos deberán efectuar la valoración, y los límites máximo y mínimo en que ésta deberá xxxxxx ser cuantificada. Si se trata de un comité de expertos, su composición se detallará en el mismo Anexo XI o se hará pública en el perfil de contratante con carácter previo a la apertura de los Sobres nº DOS. Si se trata de un organismo técnico especializado, su designación se efectuará en el mismo Anexo XI del presente pliego xxxxxx que se hará público en el perfil de contratante junto con el anuncio de licitación.

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Samples: Contrato De Servicios

Valoración de las ofertas. Los criterios de adjudicación de las propuestas son los que figuran en el anuncio de licitación y en los Anexos XI y XII, que son parte inseparable de este pliego. Dichos criterios podrán concretar la fase de valoración de las proposiciones en que operarán los mismos y, en su caso, el umbral mínimo de puntuación que en su aplicación pueda ser exigido al licitador para continuar en el proceso selectivoprocedimiento de adjudicación. En el supuesto en que el procedimiento se articule en fases sucesivas, los licitadores deberán presentar tantos sobres como fases se prevean, según lo previsto en los Anexos XI y XII XII, y corresponderá a la mesa de contratación aplicar los criterios de adjudicación a fin de ir reduciendo progresivamente el número de ofertas, elevando la correspondiente propuesta al órgano de contratación. Las propuestas que no cumplan las prescripciones técnicas exigidas no serán objeto de valoración. Cuando los criterios subjetivos del Anexo XI tengan atribuida una ponderación mayor que la correspondiente a los criterios objetivos del Anexo XII XII, la valoración previa se realizará por el órgano, distinto de la mesa, expresamente indicado en dicho Anexo y publicado en el perfil del contratante, siendo vinculante dicha evaluación para la mesa de contratación a efectos de formular su propuesta de adjudicación. En dicho Anexo se harán constar los criterios concretos que deben someterse a valoración por el comité de expertos o por el organismo técnico especializado, el plazo en que éstos deberán efectuar la valoración, y los límites máximo y mínimo en que ésta deberá ser cuantificada. Si se trata de un comité de expertos, su composición se detallará en el mismo Anexo XI o se hará pública en el perfil de contratante con carácter previo a la apertura de los Sobres nº DOS. Si se trata de un organismo técnico especializado, su designación se efectuará en el mismo Anexo XI del presente pliego que se hará público en el perfil de contratante junto con el anuncio de licitación.

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Samples: Contrato De Servicios Publicitarios

Valoración de las ofertas. Los criterios de adjudicación de las propuestas ofertas son los que figuran en el anuncio de licitación y en los Anexos XI y XIIel Anexo B del cuadro resumen, que son parte inseparable de este pliego. Dichos criterios podrán concretar la fase de valoración de las proposiciones en que operarán los mismos y, en su caso, el umbral mínimo de puntuación que en su aplicación pueda ser exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo. En el supuesto en que el procedimiento se articule en fases sucesivas, los licitadores deberán presentar tantos sobres como fases se prevean, según lo previsto en los Anexos XI y XII y corresponderá a la mesa de contratación aplicar los criterios de adjudicación a fin de ir reduciendo progresivamente el número de ofertas, elevando la correspondiente propuesta al órgano de contratación. Cuando los criterios subjetivos del Anexo XI B1 del cuadro-resumen tengan atribuida una ponderación mayor que los criterios objetivos del Anexo XII B del cuadro-resumen la valoración previa se realizará por el órgano, distinto de la mesa, expresamente indicado en dicho Anexo y publicado en el perfil del contratante, siendo vinculante dicha evaluación para la mesa de contratación a efectos de formular su propuesta de adjudicación. En dicho Anexo se harán constar los criterios concretos que deben someterse a valoración por el comité de expertos o por el organismo especializado, el plazo en que éstos deberán efectuar la valoración, y los límites máximo y mínimo en que ésta deberá ser cuantificada. Si se trata de un comité de expertos, su composición se detallará en el mismo Anexo XI D del cuadro-resumen o se hará pública en el perfil de contratante con carácter previo a la apertura de los Sobres nº DOS. B. Si se trata de un organismo técnico especializado, su designación se efectuará en el mismo Anexo XI D del presente pliego cuadro-resumen que se hará público en el perfil de contratante junto con el anuncio de licitación.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Habrán De Regir Para La Contratación Del Servicio De Restauración De Documentos Y Libros Del Archivo Municipal De Almuñécar Mediante Procedimiento Abierto

Valoración de las ofertas. Los criterios de adjudicación de las propuestas son los que figuran en el anuncio de licitación La Mesa, una vez calificada la documentación administrativa y en los Anexos XI y XII, que son parte inseparable de este pliego. Dichos criterios podrán concretar la fase de valoración de las proposiciones en que operarán los mismos ysubsanados, en su caso, el umbral mínimo los defectos u omisiones de puntuación la documentación presentada, determinará las empresas que en se ajustan a los criterios de selección establecidos, con pronunciamiento expreso respecto de las admitidas a la licitación, las rechazadas y las causas de su aplicación pueda ser exigido al licitador para continuar en el proceso selectivorechazo. En el supuesto día, lugar y hora indicados en que el procedimiento se articule en fases sucesivas, anuncio de la licitación tendrá lugar el acto público de apertura de los licitadores deberán presentar tantos sobres como fases se prevean, según lo previsto en los Anexos XI y XII y corresponderá a la mesa B presentados por las empresas admitidas. La Mesa de contratación aplicar los criterios podrá solicitar y admitir la aclaración o subsanación de adjudicación a errores en las ofertas cuando sean de tipo material o formal, no sustanciales y no impidan conocer el sentido de la oferta. Únicamente se permitirá la aclaración o subsanación de errores en las ofertas siempre que no supongan una modificación o concreción de la oferta, con el fin de ir reduciendo progresivamente garantizar el número principio de ofertas, elevando la correspondiente propuesta al órgano igualdad de contratacióntrato entre empresas licitadoras. Cuando los criterios subjetivos del Anexo XI tengan atribuida una ponderación mayor que los criterios objetivos del Anexo XII la valoración previa se realizará por el órgano, distinto Serán excluidas de la mesalicitación, expresamente indicado mediante resolución motivada, las empresas las proposiciones de las que no concuerden con la documentación examinada y admitida, las que excedan del presupuesto base de licitación, modifiquen sustancialmente los modelos de proposición establecidos en dicho Anexo y publicado este pliego, comporten un error manifiesto en el perfil del contratante, siendo vinculante dicha evaluación para importe de la mesa proposición y aquellas en las que la empresa licitadora reconozca la existencia de contratación a efectos error o inconsistencia que la hace inviable. Los actos de formular su propuesta exclusión de adjudicación. En dicho Anexo se harán constar los criterios concretos que deben someterse a valoración por el comité de expertos o por el organismo especializado, el plazo las empresas licitadoras adoptados en que éstos deberán efectuar la valoración, y los límites máximo y mínimo en que ésta deberá ser cuantificada. Si se trata de un comité de expertos, su composición se detallará en el mismo Anexo XI o se hará pública en el perfil de contratante relación con carácter previo a la apertura de los Sobres nº DOSsobres de la licitación serán susceptibles de impugnación en los términos establecidos en la cláusula vigésimo segunda de este Pliego. Si se trata La Mesa de un organismo técnico especializadocontratación procederá a la valoración de las proposiciones, su designación se efectuará clasificándolas en orden decreciente de valoración, y elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación a favor del licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa. En cualquier caso y momento, la Mesa de Contratación podrá solicitar el mismo Anexo XI del presente pliego asesoramiento y los informes de los técnicos que se hará público en el perfil considere necesarios para la evaluación de contratante junto con el anuncio de licitaciónlas ofertas presentadas.

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Samples: econtractacio.diputaciodetarragona.cat

Valoración de las ofertas. Los criterios de adjudicación de las propuestas son los que figuran en el anuncio de licitación y en los Anexos XI ANEXOS III y XIIIV, que son parte inseparable de este pliego. 25/10/2018 14:19:26 Dichos criterios podrán concretar la fase de valoración de las proposiciones en que operarán los mismos y, en su caso, el umbral mínimo de puntuación que en su aplicación pueda ser exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo. En el supuesto en que el procedimiento se articule en fases sucesivas, los licitadores deberán presentar presenta tantos sobres como fases se prevean, según lo previsto en los Anexos XI y XII ANEXO III Y IV y corresponderá a la mesa de contratación aplicar los criterios de adjudicación a fin de ir reduciendo progresivamente el número de ofertas, elevando la correspondiente propuesta al órgano de contratación. Cuando los criterios subjetivos del Anexo XI ANEXO III tengan atribuida una ponderación mayor que los criterios objetivos del Anexo XII ANEXO IV la valoración previa se realizará por el órgano, distinto de la mesa, expresamente indicado en dicho Anexo y publicado en el perfil del contratante, siendo vinculante dicha evaluación para la mesa de contratación a efectos de formular su propuesta de adjudicación. En dicho Anexo se harán constar los criterios concretos que deben someterse a valoración por el comité de expertos o por el organismo especializado, el plazo en que éstos deberán efectuar la valoración, y los límites máximo y mínimo en que ésta deberá ser cuantificada. Firmante: XXXX XXXXX, XXXXXX Si se trata de un comité de expertos, su composición se detallará en el mismo Anexo XI XXXXX XXX o se hará pública en el perfil de contratante con carácter previo a la apertura de los Sobres nº DOS. B. Si se trata de un organismo técnico especializado, su designación se efectuará en el mismo Anexo XI ANEXO III del presente pliego que se hará público en el perfil de contratante junto con el anuncio de licitación.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Del Suministro Mediante Procedimiento Abierto