Solvencia técnica o profesional en los restantes contratos. En los demás contratos regulados por esta Ley la solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que podrá acreditarse, según el objeto del contrato, por uno o varios de los medios siguientes:
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Samples: www.carm.es, Contrato De Gestión De Servicios Kontratua Betetzea, Eta Horren, sa4763f05ff997a61.jimcontent.com