SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Los interesados podrán recurrir al procedimiento de Avenimiento, previsto en el Título Octavo, Capítulo Segundo de la Ley N° 2051/03 “De Contrataciones Públicas”, como mecanismo de solución de diferendos. Como resultado del procedimiento de contratación derivado del presente documento, las partes someterán sus diferendos, además, a la jurisdicción de los Tribunales de la República del Paraguay.
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SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Los interesados podrán recurrir al procedimiento de Avenimiento, previsto en el Título Octavo, Capítulo Segundo de la Ley N° 2051/03 “De Contrataciones Públicas”, como mecanismo de solución de diferendos. Como resultado del procedimiento de contratación derivado del presente documento, las partes someterán sus diferendos, además, a la jurisdicción de los Tribunales de la República Ciudad del ParaguayEste, VI Circunscripción Judicial de Alto Paraná.
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SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Los interesados podrán recurrir al procedimiento de Avenimiento, previsto en el Título Octavo, Capítulo Segundo de la Ley N° 2051/03 “"De Contrataciones Públicas”", como mecanismo de solución de diferendos. Como resultado del procedimiento de contratación derivado del presente documento, las partes someterán sus diferendos, además, a la jurisdicción de los Tribunales de la República del Paraguay.
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SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Los interesados podrán recurrir al procedimiento de Avenimiento, previsto en el Título Octavo, Capítulo Segundo de la Ley N° Nº 2051/03 “De Contrataciones Públicas”, como mecanismo de solución de diferendos. Como resultado del procedimiento de contratación derivado del presente documento, las partes someterán sus diferendos, además, a la jurisdicción de los Tribunales de la República del Paraguay.
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SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Los interesados podrán recurrir al procedimiento de Avenimiento, previsto en el Título Octavo, Capítulo Segundo de la Ley N° °2051/03 “De Contrataciones Públicas”, como mecanismo de solución de diferendos. Como resultado del procedimiento de contratación derivado del presente documento, las partes someterán sus diferendos, además, a la jurisdicción de los Tribunales de la República del Paraguay.
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SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Los interesados podrán recurrir al procedimiento de Avenimiento, previsto en el Título OctavoOctavó, Capítulo Segundo Capítuló Segundó de la Ley N° 2051/03 “De Contrataciones Cóntrataciónes Públicas”, como cómó mecanismo de solución de diferendos. Como resultado del procedimiento de contratación derivado del presente documento, las partes someterán sus diferendos, además, a la jurisdicción de los Tribunales de la República del Paraguay.
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SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Los interesados podrán recurrir al procedimiento de Avenimiento, previsto en el Título Octavo, Capítulo Segundo de la Ley N° 2051/03 “De Contrataciones Públicas”, como mecanismo de solución de diferendos. Como resultado del procedimiento de contratación derivado del presente documento, las partes someterán sus diferendos, ademásademá s, a la jurisdicción de los Tribunales de la República del Paraguay.
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SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Los interesados podrán recurrir al procedimiento de Avenimiento, previsto en el Título Octavo, Capítulo Segundo Segundó de la Ley N° 2051/03 “De Contrataciones Cóntrataciónes Públicas”, como mecanismo cómó mecanismó de solución sólución de diferendosdiferendós. Como resultado del procedimiento de contratación derivado del presente documento, las partes someterán sus diferendos, además, a la jurisdicción de los Tribunales de la República del Paraguay.
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SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Los interesados podrán recurrir al procedimiento de Avenimiento, previsto en el Título Octavo, Capítulo Segundo de la l a Ley N° 2051/03 “De Contrataciones Públicas”, como mecanismo de solución de diferendos. Como resultado del procedimiento de contratación derivado del presente documento, las partes someterán sus diferendos, además, a la jurisdicción de los Tribunales de la l a República del Paraguay.
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